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RD 1111/2015, adquisición, pérdida condición de militar...

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Título del Test:
RD 1111/2015, adquisición, pérdida condición de militar...

Descripción:
y situaciones administrativas

Fecha de Creación: 2026/09/08

Categoría: Otros

Número Preguntas: 12

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Temario:

¿Cuál es el objeto principal del Reglamento aprobado por el RD 1111/2015?. Regular exclusivamente los ascensos militares. Regular los procedimientos de adquisición y pérdida de la condición de militar y las situaciones administrativas. Regular únicamente los destinos militares. Regular las retribuciones del personal militar.

¿A quién se aplica este reglamento?. Solo a los militares de carrera. Solo a los reservistas voluntarios. Al personal militar profesional. A todos los empleados públicos.

Se entiende por militar profesional a quien: Haya realizado el servicio militar obligatorio. Tenga una relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas. Haya jurado bandera. Posea un empleo militar.

Los militares profesionales se agrupan según: Su empleo militar. Su ejército de pertenencia. Su vinculación profesional con las Fuerzas Armadas. Su titulación académica.

Para las escalas de tropa y marinería, el tiempo de servicios comienza a computarse desde: La firma del compromiso inicial. La incorporación a la unidad. El nombramiento como alumno del centro militar de formación. La jura de bandera.

Los oficiales y suboficiales adquieren la condición de militar de carrera: Al ingresar en la academia militar. Al obtener el primer empleo de su escala. Tras dos años de servicio activo. Al firmar un compromiso.

La condición de militar de carrera se pierde por: Cambio de destino. Pase a reserva. Pérdida de la nacionalidad española. Solicitar una vacante.

El tiempo mínimo general para que un oficial de los Cuerpos Generales pueda renunciar a la condición de militar de carrera es de: 5 años. 6 años. 8 años. 10 años.

El preaviso exigido para renunciar a la condición de militar de carrera es de: 1 mes. 3 meses. 6 meses. 12 meses.

La declaración de retiro se efectúa: A petición del interesado. Por el Jefe de Estado Mayor. Por el Ministro de Defensa. Por el Subsecretario de Defensa.

La condición de militar de complemento se adquiere: Al incorporarse a la unidad. Al adscribirse a una escala y cuerpo tras superar el plan de estudios y firmar el compromiso inicial. Al obtener el empleo de capitán. Al cumplir tres años de servicio.

La duración máxima de los compromisos de los militares de complemento es de: 5 años. 6 años. 10 años. 8 años.

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