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RD 32/2009 V2

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Título del Test:
RD 32/2009 V2

Descripción:
Protocolo nacional de actuación Médico-forense y de Policía Científica en suceso

Fecha de Creación: 2021/12/21

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 17

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Temario:

¿A quién corresponde la decisión de actuar con uno o varios equipos antemortem?. Director del Instituto de Medicina Legal. Responsable de los equipos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Juez Instructor.

¿Por quiénes estarán constituidos los equipos antemortem?. El personal forense siguiente: un médico-forense, un oficial de actividades específicas y un funcionario de tramitación procesal. Los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas siguientes: dos fotógrafos y dos funcionarios expertos en la recogida de datos «post mortem». Ambas respuestas son correctas.

¿Cuándo pasará el cadáver o resto a la zona de conservación y custodia?. Tras la realización de la autopsia. Tras identificar al cadáver o resto. Una vez obtenidos los datos de identificación, realizadas las autopsias y superado el control de calidad.

¿A disposición de quién quedarán los cadáveres y restos cuya identificación se presuma difícil?. Instituto de Medicina Legal. Ayuntamiento donde se haya producido la defunción. Autoridad judicial.

¿Cuándo se entregarán a los familiares los objetos que portaban los cadáveres?. Cuando estos lo soliciten. Cuando se levante un acta, cuyo original se remitirá al juzgado quedando copia en el Instituto de Medicina Legal. Cuando haya terminado el proceso de identificación genética.

Indica quiénes no se encontrarán presentes en el punto de información del área de asistencia a familiares y obtención de datos antemortem: Personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas. Personal de asistencia social y psicológica. Médico-forense.

¿Cuál de las siguientes no es una función del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas en la oficina de recepción de denuncias?. Elaborar las listas de desaparecidos y centralizar todos los datos en relación a los mismos. Informar a los posibles familiares y allegados de los datos «ante mortem» que son necesarios y que deben aportar para realizar las identificaciones. Obtener datos que puedan facilitar la identificación tales como vestimenta, efectos personales, tatuajes, fichas dentales o radiografías dentales, operaciones quirúrgicas realizadas, uso de prótesis internas, uso de marcapasos o cualquier otro dato identificativo.

¿Cuál de las siguientes no es una zona del área de asistencia a familiares y obtención de datos antemortem?. El punto de información. La oficina de recepción de denuncias. La zona de obtención de datos «ante mortem» u oficina «ante mortem». La zona de asistencia sanitaria, social y psicológica. Todas las respuestas son correctas.

¿Cuántos responsables existirán en la oficina antemortem?. un responsable de cada uno de los siguientes institutos y cuerpos: del Instituto de Medicinal Legal competente, del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las policías autonómicas. funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas, personal médico-forense y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. El personal forense siguiente: un médico-forense, un oficial de actividades específicas y un funcionario de tramitación procesal. Los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas siguientes: dos fotógrafos y dos funcionarios expertos en la recogida de datos «post mortem».

¿Cuál de las siguientes no es una función del equipo antemortem?. Obtener la lista de familiares disponibles para la toma de ADN. Obtener muestras biológicas de familiares directos y/o «ante mortem» del fallecido para análisis de ADN. Informar a los posibles familiares y allegados de los datos «ante mortem» que son necesarios y que deben aportar para realizar las identificaciones. Para todo ello se contará con una guía informativa.

¿Cuál de las siguientes no es una función de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las policías autonómicas?. La obtención de muestras biológicas indubitadas de familiares para la obtención del ADN, en coordinación con los médicos forenses y el apoyo del personal del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. La obtención de los datos «ante mortem», mediante la cumplimentación de un impreso normalizado basado en los formularios que Interpol tiene establecidos, la recopilación de fichas dentales y radiografías dentales, así como otros datos de interés para la identificación como operaciones quirúrgicas realizadas, uso de prótesis internas, uso de marcapasos, etc. La interpretación y cotejo de todos los informes médicos, radiografías y cuantos datos sanitarios o médicos tengan relación con el proceso de identificación.

¿En qué laboratorio de las siguientes instituciones no se podrá analizar ADN?. Laboratorios de los Institutos de Medicina Legal. Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Comisaría General de Policía Científica del Cuerpo Nacional de Policía, del Ministerio del Interior. Servicio de Criminalística de la Guardia Civil, del Ministerio del Interior (SECRIM). Laboratorios de comunidades autónomas que hayan recibido traspasos en materia de seguridad. Se podrá analizar en todos ellos.

¿Quién establecerá el criterio de reparto de muestras recogidas en las fases antemortem y postmortem?. La autoridad judicial competente. Los responsables de las instituciones implicadas. El Director del Instituto de Medicina Legal junto con Protección Civil.

¿Cuántas oficinas componen el Centro de integración de datos?. Una Oficina Forense y una Oficina de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las policías autonómicas. Un responsable de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y personal del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Una Oficina Forense, una Oficina de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las policías autonómicas y una Oficina de Gestión Auxiliar.

¿A dónde se remitirán los resultados de los análisis de identificación de víctimas?. A la autoridad judicial competente. Al Centro de Integración de Datos. Al Control de Calidad.

Señala la información correcta relativa a los dictámenes remitidos a la autoridad judicial competente por el Centro de Integración de Datos: Elaborará un dictamen de identificación que será firmado por los responsables de la emisión del informe y otro de la causa de la muerte que será firmado por los médicos forenses del Servicio de Patología del Instituto de Medicina Legal actuante. Elaborará un dictamen de identificación que será firmado por los responsables de la emisión del informe y otro de la causa de la muerte que será firmado por los facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. elaborará un dictamen de identificación que será firmado por los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otro de la causa de la muerte que será firmado por los médicos forenses del Servicio de Patología del Instituto de Medicina Legal actuante.

El responsable de información único, dependiente del Centro de Integración de Datos, en casos de delitos de terrorismo será: el Jefe de Prensa del Tribunal Superior de Justicia. el Jefe de Prensa del Tribunal Supremo. el Jefe de Prensa de la Audiencia Nacional.

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