rdl 2/2011
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Título del Test:![]() rdl 2/2011 Descripción: Servicios portuarios( art 126 a 132) |




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Qué se entiende por practicaje?. Servicio de asesoramiento a capitanes de buques y artefactos flotantes prestado a bordo de esto para facilitar su entrada y salida a puerto y las maniobras náuticas dentro de éste y de los límites geográficos de la zona de practicaje. Son prácticas para capitanes de buque para que puedan amarrar en la zona específica del puerto. Son prácticas y a a su vez el carnet de capitán de buque para poder manejar buques de medida longitud. Son servicios de asesoramiento a gente civil para buques y artefactos flotantes prestado a bordo de esto para facilitar su entrada y salida a puerto y las maniobras náuticas dentro de este y de los límites geográficos de la zona de practicaje. El servicio de practicaje: No será obligatorio. Será obligatorio. No será obligatorio excepto cuando lo determine la administración marítima. Sí será obligatorio en los puertos cuando así lo determine la administración marítima. Podrá haber excepciones a la obligatoriedad de la utilización del servicio de practicaje en cada puerto cuando: Experiencia del capitán características del buque la naturaleza de la carga las peculiaridades del puerto. Según la carga o la naturaleza de la carga del buque. No estarán obligados por la mínima experiencia del capitán. si, en todo caso. Estarán exentos del servicio de practicaje: Los buques destinados a la realización de obras en el dominio público portuario los destinados al avituallamiento y al aprovisionamiento de buques buque de cualquier otro tipo cuya tripulación incluya un capitán que haya ejercido incluso interinamente como práctico en el puerto de que se trate o bien haya superado las pruebas de habilitación teóricas y prácticas en dicho puerto. Los buques destinados a la realización de obras en el dominio privado portuario los destinados al avituallamiento y al aprovisionamiento de buques, buque de cualquier otro tipo cuya tripulación incluya un capitán que haya ejercido incluso interinamente como práctico en el puerto de que se trate o bien haya superado las pruebas de habilitación teóricas y prácticas en dicho puerto. Los buques destinados a la realización de obras en el dominio público y privado portuario los destinados al avituallamiento y al aprovisionamiento de buques, buque de cualquier otro tipo cuya tripulación incluya un capitán que haya ejercido incluso interinamente como práctico en el puerto de que se trate o bien haya superado las pruebas de habilitación teóricas y prácticas en dicho puerto. Los buques destinados a la realización de obras en el dominio público portuario los destinados al avituallamiento y al aprovisionamiento de buques, buque de cualquier otro tipo cuya tripulación incluya un capitán que no haya ejercido incluso interinamente como práctico en el puerto de que se trate o bien haya superado las pruebas de habilitación teóricas y prácticas en otros puertos. En materia de habilitación reelección formación y régimen de trabajo corresponde a: Administración marítima y a la autoridad portuaria. Administración portuaria y a la autoridad marítima. Comisión de faros y a la autoridad marítima. Administración portuaria y a los convenios marítimos. En el servicio de practicaje a la administración marítima le corresponde: Las pruebas para habilitar como práctico de puerto a los aspirantes que reúnan las condiciones y titulaciones profesionales requeridas sin que exista limitación en el número de candidatos que puedan superar las pruebas. Las pruebas para habilitar como práctico de puerto a los aspirantes que reúna las condiciones y titulaciones profesionales requeridas limitando en el número de candidatos que puedan superar las pruebas. La determinación del número de prácticos necesarios para la prestación del servicio. La selección de los aspirantes para la realización de las prácticas. En el servicio de practicaje a la administración marítima le corresponde: Determinar los tiempos máximos de trabajo efectivo de los prácticos y sus períodos mínimos de descanso por razones de seguridad marítima. La determinación del número de prácticos necesarios para la prestación del servicio previo informe de la capitanía marítima. La expedición de los nombramientos. La facilitación de la formación práctica en el puerto. En el servicio de practicaje le corresponde a la autoridad portuaria: La determinación del número de prácticos necesarios para la prestación del servicio, previo informe de la capitanía marítima. La realización de las pruebas necesarias para habilitar como práctica de puerto a los aspirantes que reúnan las condiciones. Los tiempos máximos de trabajo efectivo de los prácticos. Las limitaciones del número de candidatos que puedan superar las pruebas. En el servicio de practicaje le corresponde a la autoridad portuaria: La selección de los aspirantes para la realización de las prácticas, de acuerdo con criterios basados en los principios de igualdad mérito y capacidad. La realización de las pruebas necesarias para habilitar como práctico de puerto a los aspirantes que reúnan las condiciones. La selección de los aspirantes las realizarán con criterios basados en el merito. La selección de los aspirantes para la realización de las prácticas de acuerdo con los criterios basados en los principios de capacidad y sacrificio. Se entiende por servicio de remolque portuario: A la ayuda a la maniobra de un buque denominado remolcado, siguiendo las instrucciones de su capitán mediante el auxilio de otro u otros buques denominados remolcadores que proporciona su fuerza motriz o en su caso el acompañamiento o su puesta a disposición dentro de los límites de las aguas de la zona de servicio del puerto. Es un servicio llamado practicaje donde enseñan al capitán cuesta de enero a remolcar buques. la maniobra de un buque siguiendo las instrucciones de su estibador mediante el auxilio de otro buque denominado remolcador. Este fin la maniobra de un buque remolcado siguiendo las instrucciones de capitanía del puerto, mediante el auxilio de otro buque. se entiende como servicio de amarre: recoger las amarras de un buque portarlas y fijarlas a los elementos dispuestos en los muelles o atraques para este fin siguiendo las instrucciones del capitán del buque en el sector de amarre designado por la autoridad portuaria. Es largar las amarras de un buque de los elementos de fijación a los que está amarrado siguiendo la secuencia e instrucciones del capitán. Es desamarrar las amarras de un buque de los elementos de fijación a los que está amarrado. recoger las amarras de un buque portarlas y quitarlas a los elementos dispuestos en los muelles o atraques para este fin siguiendo las instrucciones del capitán del buque en el sector de amarre designado por la autoridad portuaria. Se entiende por desamarre: Recoger las amarras de un buque portarlas y fijarlas a los elementos dispuestos en los muelles o atraques para este fin siguiendo las instrucciones del capitán del buque designado por la autoridad portuaria. Largar las amarras de un buque de los elementos de fijación a los que está amarrado siguiendo la secuencia e instrucciones del capitán y sin afectar a las condiciones de amarre de los otros barcos continuos. Recoger y poner las amarras de un buque en cualquier fijación de otro barco siguiendo la secuencia e instrucciones del capitán y sin aceptar las condiciones de amarre. Largar las amarras de un buque de los elementos de fijación a los que está amarrado siguiendo la secuencia e instrucciones del funcionario del puerto y sin afectar las condiciones de amarre de otros barcos continuos. Que incluirá en el servicio al pasaje?. servicio de embarque y desembarque de pasajeros, carga y descarga de equipajes y servicio de carga y descarga de vehículo en régimen de pasaje. Servicios de embarque de pasajeros ,carga y descarga de equipajes y servicio de carga y descarga de vehículos en régimen de pasaje. Servicio de embarque carga de equipaje y servicio de carga de vehículos en régimen de pasaje. Servicio de desembarque de pasajeros descarga de equipajes y servicio de descarga de vehículos en régimen de pasaje. Que incluye en el servicio de embarque y desembarque de pasajeros?. La organización, control y en su caso manejo de los medios necesarios para hacer posible el acceso de los pasajeros desde la estación marítima o el muelles a los buques de pasaje y viceversa el té. Organización, control y en su caso manejo de los medios necesarios para la recepción de los equipajes en tierra su identificación y traslado a bordo del buque. Organización, control y en su caso manejo de los medios necesarios para hacer posible la transferencia de estos vehículos, en ambos sentidos entre el muelles o zona de aparcamiento y el buque. Traslado a tierra de pasajeros y entrega de equipaje. Que incluye en el servicio de carga y descarga de equipajes?. Organización, control y en su caso manejo de los medios necesarios para la recepción de los equipajes en tierra su identificación y traslado a bordo del buque y su colocación en el lugar o lugares que se establezcan una de ellas. Organización, control y en su caso manejo de los medios necesarios para hacer posible el acceso de los pasajeros desde la estación marítima o el muelle a los buques de pasaje. Organización, control y en su caso manejo de los medios necesarios para hacer posible la transferencia de estos vehículos en ambos sentidos, entre el muelle y zona de aparcamiento y el buque. Organización control y en su caso manejo de las cargas y descargas del pasaje. Que incluye en el servicio de carga y descarga de equipajes?. Traslado de equipaje a tierra y su entrega a cada 1 de los pasajeros. Traslado de animales de compañía de pasajeros. Traslado al hotel o recinto al que va dirigido el pasajero una. Traslado de equipaje a tierra. Que incluye en el servicio carga y descarga de vehículos en régimen de pasaje?. Organización, control y en su caso, manejo de los medios necesarios para hacer la transferencia de estos vehículos en ambos sentidos entre el muelle o zona de aparcamiento y el buque. Organización, control y en su caso, manejo de los medios necesarios para hacer la transferencia de estos vehículos en un único sentido, entre muelles y el buque. Organización control y en su caso manejo de los medios necesarios para la recepción de los equipajes en tierra que van depositados en los vehículos. En el servicio de carga y descarga de vehículos en régimen de pasaje incluye únicamente la descarga del vehículo. No está incluido en el servicio portuario: El manejo de pasarelas, rampa y otros medios mecánicos de la autoridad portuaria cuando se efectúe con el propio personal de la misma. El manejo de carretillas, containers y otros medios electrónicos de la autoridad portuaria cuando se efectúe con el personal de la misma. El manejo de toda clase de medios mecánicos de la autoridad portuaria. El manejo de pasarelas, rampas y otros medios mecánicos de la autoridad portuaria cuando se efectúe con el personal del buque. Las actividades de carga y de estiba comprenden: La recogida de la mercancía en la zona de almacenamiento o depósito del puerto y el transporte horizontal de la misma hasta el costado del buque en operaciones relacionadas con la carga del mismo. Suelta de las sujeciones de la carga a bordo para permitir su manipulación siempre que estas operaciones no se realicen por la tripulación del buque. La desestiba de mercancías en la bodega o a bordo del buque comprendiendo todas las operaciones precisas para su colocación al alcance de los medios de izada o transferencia. La recogida de la mercancía en la zona exterior del puerto relacionado con la carga. Las actividades de carga y de estiba comprenden: La aplicación de gancho, cuchara, spreader o cualquier otro dispositivo que permita izar o transferir la mercancía directamente desde un medio de transporte terrestre, o desde el muelles o pantalán al costado del buque. El desembarque de la mercancía del buque por medios rodantes. izado o transferencia de la mercancía y su colocación en un medio de transporte o en él muelles o pantalán para su posterior recogida. La estiba de la mercancía en bodega a bordo del buque de acuerdo con los planes de estiba e indicaciones de la autoridad portuaria. Las actividades de carga y de estiba comprenden: El izado o transferencia de la mercancía y su colocación en la bodega a bordo del buque. El embarque de la mercancía por medios no rodantes en el buque. El embarque de la mercancía por medios humanos. El izado transferencia de la mercancía y su posterior recogida. Las actividades de carga y de estiba comprenden: La estiba de la mercancía en bodega o a bordo del buque de acuerdo con los planes de estiba e indicaciones del capitán del buque o de los oficiales en quienes delegue esta responsabilidad. La descarga de la mercancía bien sobre vehículos de transporte terrestre bien sobre muelles o pantalán para su posterior recogida. La desestiba de mercancías en la bodega o a bordo del buque. El desembarqué de la mercancía del buque por medio rodantes. Las actividades de carga y de estiba comprenden: El embarque de la mercancía por medios rodantes en el buque. El desembarque de la mercancía por medio rodantes en el buque. La desestiba de mercancías en la bodega o a bordo del buque. El embarque de la mercancía por medios naturales en el buque. Las actividades de carga y de estiba comprenden: La sujeción de la carga a bordo del buque para evitar su desplazamiento durante la navegación siempre que estas operaciones no se realicen por la tripulación del buque. La sujeción de la carga a bordo del buque para evitar su desplazamiento durante la navegación siempre que estas operaciones no las realicen la tripulación del buque. Los bienes propiedad de las autoridades portuarias. La pesca fresca el bacalao verde y sus productos elaborados. las actividades de desestiba y descarga se comprenden en: suelta de las sujeciones de la carga a bordo, para permitir su manipulación siempre que estas operaciones no se realicen por la tripulación del buque. Atado de las sujeciones de carga para que queden bien sujeta. Suelta de las sujeciones de la carga a bordo, para permitir su manipulación siempre que estas operaciones se realicen por la tripulación del buque. Sujeción de la carga a bordo, para permitir su manipulación siempre que estas operaciones se realicen por la tripulación del buque. las actividades de desestiba y descarga se comprenden en: La descarga de la mercancía bien sobre vehículos de transporte terrestre bien sobre muelles o pantalán para su posterior recogida por vehículos o medios de transporte horizontal ni en su caso su traslado a la zona de almacenamiento o depósito dentro del puerto y el depósito y apilado de la mercancía en dicha zona. La descarga de la mercancía bien sobre vehículos de transporte terrestre bien sobre muelles o pantalán para su posterior recogida por vehículos o medios de transporte horizontal y en su caso su traslado a la zona de almacenamiento o depósito afuera del puerto y el depósito y apilado de la mercancía en dicha zona. La descarga de la mercancía bien sobre vehículos de transporte terrestre bien sobre muelles o pantalán para su posterior recogida por vehículos o medios de transporte horizontal ni en su caso su traslado a la zona de almacenamiento o depósito dentro del puerto, pero no, depósito y apilado de la mercancía en dicha zona. La descarga de la mercancía bien sobre vehículos de transporte terrestre o acuáticos, bien sobre muelles o pantalán para su posterior recogida por vehículos o barcas medios de transporte horizontal ni en su caso su traslado a la zona de almacenamiento o depósito dentro del puerto y el depósito y apilado de la mercancía en dicha zona. No tendrá la consideración de mercancía objeto de tráfico marítimo: Los bienes propiedad de las autoridades portuarias, las cartas, tarjetas, paquetes postales y otros bienes que sean objeto de servicio postal o de mensajería, la pesca fresca, el bacalao verde y sus productos elaborados, los desechos y residuos generados por el buque así como los desechos y residuos de la carga procedentes de los buques. Los bienes propiedad de las autoridades portuarias, las cartas, bienes que sean objeto de servicio postal o de mensajería, la pesca fresca, el bacalao verde y sus productos elaborados, los residuos generados por el buque así como los residuos de la carga procedentes de los buques. Los bienes propiedad de las autoridades portuarias, las cartas, bienes que sean objeto de servicio postal o de mensajería, la pesca fresca, el bacalao verde y sus productos elaborados, los desechos generados por el buque así como los desechos de la carga procedentes de los buques. Como indica las autoridades portuarias toda mercancía que está dentro de sus respectivos buques serán consideradas mercancías objeto de tráfico marítimo. Que es la estiba?. Distribución y colocación adecuada de la carga en una embarcación. Distribución adecuada de la carga en una embarcación. Colocación adecuada de la carga en una embarcación. Un producto relacionado con los buques. Que es la desestiba?. Transporte marítimo. Tomar cargamento de la bodega o cubierta de carga hasta colocarlo al alcance del gancho de la grúa del buque, elevarlo y trasladarlo hasta la vertical del costado del buque. Movilización del cargamento desde el gancho de la grúa del buque hasta que se encuentra debidamente colocado en la bodega o cubierta de carga del mismo, para distribuir convenientemente la mercancía o bultos que componen la expedición, de manera que ocupen el menor espacio posible. Transporte relacionado con transporte de personas. transportar personas desde el muelle hasta las escaleras del buque asignado. Que se incluye en el servicio de recepción de desechos generados por buques?. La recogida de desechos generados por buques, su traslado a una instalación de tratamiento autorizada por la administración competente, el almacenamiento, clasificación y tratamiento previo en las zonas autorizadas por las autoridades competentes. La recogida de desechos generados por buque, el almacenamiento, clasificación y tratamiento previo en las zonas autorizadas por las autoridades competentes. La recogida de desechos generados por buques, su traslado a una instalación de tratamiento autorizada por la administración competente, el almacenamiento y tratamiento previo en las zonas autorizadas por las autoridades competentes. La recogida de desechos generados por buques, su traslado a una instalación de tratamiento autorizada por la administración competente, el almacenamiento, clasificación y tratamiento previo en todas las zonas portuarias que dictamina el capitán del buque. que se entiende por desechos generados por buques?. todos los producidos por buques, incluyendo los de la carga, incluido en el protocolo Marpol 73/78. todos los producidos por buques, incluyendo los de la carga, incluido en el protocolo Mecot 73/78. todos los producidos por buques, incluyendo los de la carga, incluido en el protocolo de Kioto73/78. todos los producidos por buque, incluido en el protocolo Interpol 73/78. Que son los desechos de carga?. embalajes, elementos de sujeción que se encuentran en las bodegas o tanques de carga según las directrices de Marpol 73/78. embalajes, elementos de sujeción que se encuentran en las bodegas o tanques de carga según las directrices de Interpol 73/74. embalajes, elementos de sujeción que se encuentran en las bodegas o tanques de carga según las directrices de Kioto 73/78. embalajes, elementos de sujeción que se encuentran en las bodegas o tanques de carga según las directrices de Marpol 73/74. No son desechos generados por buques : los residuos de la carga que se encuentren en bodegas o tanques ni los derrames del material de carga. los residuos de la carga que se encuentren en zonas del buque ni los derrames del material de carga. los residuos del agua que se encuentren en bodegas o tanques ni los derrames del material de carga. los residuos químicos de la carga que se encuentren en bodegas o tanques ni los derrames del material de carga. No está incluido en el servicio portuario de recepción de desechos generados por buques: los residuos de carga y sustancias que agotan la capa de ozono y los equipos que las contienen. los residuos de gas y sustancias que agotan la capa de ozono y los equipos que las contienen. los residuos de gas, gasóleo y sustancias que agotan la capa de ozono y los equipos que las contienen. los residuos del agua y sustancias que agotan la capa de ozono y los equipos que las contienen. quien puede retirar o realizar el servicio de retirada de desechos por buques: empresas con licencia de la autoridad portuaria y con compromiso de aceptación para el tratamiento o eliminación por parte del gestor destinatario. empresas con licencia de la autoridad portuaria y con compromiso de aceptación para el tratamiento pero no su eliminación por parte del gestor destinatario. empresas de la autoridad portuaria y con compromiso de aceptación para el tratamiento o eliminación por parte del gestor destinatario. Buques o barcos con licencia de la autoridad portuaria y con compromiso de aceptación para el tratamiento o eliminación por parte del gestor destinatario. hay alguna tarifa a los buques para reducir los vertidos al mar?. si, en todo caso. no. si, a los buques que atraquen en cada escala en el puerto, hagan o no uso del servicio de recepción de desechos. si, a los buques que atraquen en cada escala en el puerto, ha excepción que no se haga uso del servicio de recepción de desechos. de que depende la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques?. de las unidades de arqueo GT del buque, que les dará derecho a descargar por medios de recogida terrestre en la zona I del puerto, sin coste adicional, durante los siete primeros días de la escala. de las unidades de arqueo GT del buque, que les dará derecho a descargar por medios de recogida marítima en la zona I del puerto, sin coste adicional, durante los siete primeros días de la escala. de las unidades de arqueo GT del buque, que les dará derecho a descargar por medios de recogida terrestre en la zona II del puerto, sin coste adicional, durante los siete primeros días de la escala. de las unidades de arqueo GT del buque, que les dará derecho a descargar por medios de recogida terrestre y marino en la zona I del puerto, sin coste adicional, durante los siete primeros días de la escala. tarifa para el servicio de recepción de residuos generados por buques: si la recogida es por medios marinos o tiene lugar en la zona II del puerto, la tarifa será un 25 por ciento superior a la de la zona I. si la recogida es por medios terrestres o tiene lugar en la zona I del puerto, la tarifa será un 25 por ciento superior a la de la zona I. si la recogida es por medios marinos o tiene lugar en la zona II del puerto, la tarifa será un 50 por ciento superior a la de la zona I. si la recogida es por medios terrestres o tiene lugar en la zona I del puerto, la tarifa será un 50 por ciento superior a la de la zona I. La tarifa a aplicar a un buque en cada escala es?. el producto de la cuantía básica (R) por unos coeficientes, en función del arqueo bruto del buque ( GT ). el producto de la cuantía básica (R) menos unos coeficientes, en función del arqueo bruto del buque ( GT ). el producto de la cuantía básica (R) dividido por unos coeficientes, en función del arqueo bruto del buque ( GT ). el producto de la cuantía básica (R) más unos coeficientes, en función del arqueo bruto del buque ( GT ). valor de la cuantía básica ( R ). 80 euros. 60 euros. 40 euros y podrá ser revisado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 80 euros y podrá ser revisado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. bonificaciones a la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: cuando el buque disponga de certificado de la administración marítima en el que se haga constar que, por gestión medioambiental del buque, por su diseño, equipos disponibles o condiciones de explotación, se generan cantidades reducidas de los desechos : 20%. cuando el buque disponga de certificado de la administración marítima en el que se haga constar que, por gestión medioambiental del buque, por su diseño, equipos disponibles o condiciones de explotación, se generan cantidades reducidas de los desechos : 25%. cuando el buque disponga de certificado de la administración marítima en el que se haga constar que, por gestión medioambiental del buque, por su diseño, equipos disponibles o condiciones de explotación, se generan cantidades reducidas de los desechos : 10%. cuando el buque disponga de certificado de la administración marítima en el que se haga constar que, por gestión medioambiental del buque, por su diseño, equipos disponibles o condiciones de explotación, se generan cantidades reducidas de los desechos : 40%. bonificaciones a la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Cuando el buque en una escala no efectúa descarga de desechos del anexo 1 acredita ante la autoridad portuaria mediante un certificado expedido por la administración marítima, la entrega de los desechos de dicho anexo, así como el pago de las tarifas correspondientes, en el último puerto donde haya efectuado escala, siempre que se garantice la recogida de todos los desechos de este tipo en dicho puerto, que no se haya superado la capacidad de almacenamiento del mismo desde la escala anterior y que tampoco se vaya a superar hasta la próxima escala: 50%. Cuando el buque en una escala no efectúa descarga de desechos del anexo 1 acredita ante la autoridad portuaria mediante un certificado expedido por la administración marítima, la entrega de los desechos de dicho anexo, así como el pago de las tarifas correspondientes, en el último puerto donde haya efectuado escala, siempre que se garantice o no la recogida de todos los desechos de este tipo en dicho puerto, que no se haya superado la capacidad de almacenamiento del mismo desde la escala anterior y que tampoco se vaya a superar hasta la próxima escala: 50%. Cuando el buque en una escala no efectúa descarga de desechos del anexo 1 acredita ante la autoridad portuaria mediante un certificado expedido por la administración marítima, la entrega de los desechos de dicho anexo, así como el pago de las tarifas correspondientes, en el último puerto donde haya efectuado escala, siempre que se garantice la recogida de todos los desechos de este tipo en dicho puerto, que no se haya superado la capacidad de almacenamiento del mismo desde la escala anterior y que tampoco se vaya a superar hasta la próxima escala: 30%. Cuando el buque en una escala no efectúa descarga de desechos del anexo 1 acredita ante la autoridad portuaria mediante un certificado expedido por la administración marítima, la entrega de los desechos de dicho anexo, así como el pago de las tarifas correspondientes, en el último puerto donde haya efectuado escala, siempre que se garantice la recogida de todos los desechos de este tipo en dicho puerto, que se haya superado la capacidad de almacenamiento del mismo desde la escala anterior y que se vaya a superar hasta la próxima escala: 50%. bonificaciones a la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Los buques que operen en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares dedicados a líneas de transporte marítimo de corta distancia, cuando ante la autoridad portuaria se acredite mediante certificado expedido por la administración marítima la existencia de un plan que asegure la entrega de desechos generados por los buques así como el pago de las tarifas correspondientes en algunos de los puertos situados en la ruta del buque y que garantice la recogida de todos sus desechos cuando el buque haga escala en dicho puerto. Los buques que operen en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares dedicados a líneas de transporte marítimo de corta distancia, cuando ante la autoridad portuaria se acredite mediante certificado expedido por la administración marítima la existencia de un plan que no asegure la entrega de desechos generados por los buques así como el pago de las tarifas correspondientes en algunos de los puertos situados en la ruta del buque y que garantice la recogida de todos sus desechos cuando el buque haga escala en dicho puerto. Los buques que operen en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares dedicados a líneas de transporte marítimo de corta distancia, cuando ante la autoridad portuaria se acredite mediante certificado expedido por la administración marítima la existencia de un plan que asegure la entrega de desechos generados por los buques así como el pago de las tarifas correspondientes en algunos de los puertos situados en la ruta del buque y que no pueda garantizar la recogida de todos sus desechos cuando el buque haga escala en dicho puerto. Los buques que operen en tráfico regular con escalas frecuentes y regulares dedicados a líneas de transporte marítimo de corta distancia, cuando ante la autoridad portuaria se acredite mediante certificado expedido por la administración marítima la existencia que no asegure la entrega de desechos generados por los buques así como el pago de las tarifas correspondientes en algunos de los puertos situados en la ruta del buque y que garantice la recogida de todos sus desechos cuando el buque haga escala en dicho puerto. estarán exentos de la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Los buques de guerra, unidades navales auxiliares y otros buques que, siendo de un estado de la Unión Europea o estando a su servicio solo presten servicios gubernamentales de carácter no comercial. Las embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de 24 pasajeros. Los buques que funden en zonas geográficas que hayan necesitado la realización de obras de mejora y la instalación de equipos para posibilitar el fondeo. Los buques o embarcaciones de pesca fresca. Que no tengan un convenio con las cofradías de pescadores con el fin de establecer un plan que asegure la entrega periódica de desechos y residuos. estarán exentos de la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Los buques y embarcaciones al servicio de la autoridad portuaria, o asociadas a la zona de servicio del puerto. Los buques embarcaciones de pesca fresca sin convenio con las cofradías de pescadores. Los buques de recreo para un máximo de 24 pasajeros. Buques activos y buques a flote. estarán exentos de la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Los buques o embarcaciones de pesca fresca. Que tengan un convenio con las cofradías de pescadores con el fin de establecer un plan que asegure la entrega periódica de desechos y residuos generados por el buque. Los buques que funden en zonas geográficas que haya necesitado la realización de obras de mejora. Los buques de guerra unidades navales auxiliares y otros buques que sean de propiedad de los Estados Unidos. Los buques y embarcaciones al servicio de la autoridad portuaria, que no estén asociados para la realización de obras en la zona de servicio del puerto. estarán exentos de la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Las embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de 12 personas. La autoridad portuaria deberá suscribir un convenio con los operadores de las dársenas o las instalaciones náutico- deportivas. Las embarcaciones deportivas o de recreo autorizadas para un máximo de 24 personas. La autoridad portuaria deberá suscribir un convenio con los operadores de las dársenas o las instalaciones náutico- deportivas. Los buques o embarcaciones de pesca que tengan un convenio con los operadores de las dársenas, o las instalaciones náutico deportivas. Los buques o embarcaciones de pesca autorizadas para un máximo de 24 personas, que tengan un convenio con los operadores de las dársenas, o las instalaciones náutico deportivas. estarán exentos de la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Los buques que funden en zonas geográficas que no hayan necesitado la realización de obras de mejora y la instalación de equipos para posibilitar el fondeo. Los buques que funden en zonas geográficas que hayan necesitado la realización de obras de mejora y la instalación de equipos para posibilitar el fondeo. Los buques o embarcaciones de pesca fresca, sin convenios con las cofradías de pescadores. Los buques de guerra que no son de la propiedad de un estado de la Unión Europea. estarán exentos de la tarifa fija de recepción de desechos generados por buques: Buques inactivos y buques a flote en construcción, gran reparación, transformación o desguace. Buques inactivos y buques hundidos. Buques de recreo para un máximo de 24 personas. Buques de pesca sin convenio en las cofradías de pescadores. |