Real Decreto 3/2023 - Cap. V y Anexos I, II, XI
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Título del Test:
![]() Real Decreto 3/2023 - Cap. V y Anexos I, II, XI Descripción: Transparencia, SINAC, Parámetros de calidad y Frecuencias |



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Según el artículo 62 del Real Decreto 3/2023 sobre el Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC), el uso de esta aplicación a través de Internet es obligatorio para toda entidad que gestione: Exclusivamente zonas de abastecimiento tipo 5 y tipo 6. Zonas de abastecimiento tipo 2, tipo 3, tipo 4, tipo 5 y tipo 6, o sus infraestructuras. Todas las zonas de abastecimiento, incluyendo obligatoriamente las tipo 0 y tipo 1. Según el artículo 63 (Transparencia y acceso a la información) del Real Decreto 3/2023, ¿en qué plazo máximo se debe publicar en línea la información exigida tras disponer de los informes analíticos?. Antes de 24 horas. Antes de 5 días hábiles. Antes de las 72 horas. El Anexo XI (Parte A) del Real Decreto 3/2023 establece los plazos de notificación en el SINAC. ¿Cuál es el plazo máximo para cargar los boletines de análisis cuyo punto de muestreo sea de red de distribución (excluyendo el control de rutina)?. Cuatro días laborales tras la elaboración del informe de los resultados analíticos. Diez días laborales tras la elaboración del informe de los resultados analíticos. Setenta y dos horas tras la toma de la muestra. De acuerdo con el Anexo I (Parte C, Indicadores de calidad) del Real Decreto 3/2023, ¿cuál es el valor paramétrico establecido para el Cloro libre residual en la red de distribución?. 0,5 mg/L. 1,0 mg/L. 2,0 mg/L. El Anexo I (Parte C) del Real Decreto 3/2023 establece unos límites muy claros para el pH del agua de consumo. ¿Cuáles son los valores paramétricos permitidos para las Unidades de pH?. De 7,0 a 8,5. De 5,5 a 9,0. De 6,5 a 9,5. En relación a la Turbidez (Anexo I, Parte C del Real Decreto 3/2023), ¿cuál es el valor paramétrico general para el agua de consumo en depósitos de distribución y redes?. 4,0 UNF. 1,0 UNF. 0,8 UNF. Según el Anexo II (Parte A) del Real Decreto 3/2023, ¿cuál es el objetivo principal del "Control operacional"?. Facilitar al ciudadano las características generales del agua. Facilitar al operador una visión rápida de la eficacia del tratamiento y los problemas de calidad del agua, permitiendo una acción correctora rápida. Determinar el cumplimiento de los valores paramétricos de todos los parámetros de la normativa. Basándose en el Anexo II (Parte C) del Real Decreto 3/2023, para instalaciones con un volumen de agua tratada o distribuida mayor a 10.000 m3 al día, ¿cuál es la frecuencia mínima exigida para el control de la turbidez en la ETAP o depósito de cabecera?. Diaria. Semanal. En línea (notificando en SINAC el valor medio y máximo diario). Según el Anexo II (Parte C, Aspectos generales) del Real Decreto 3/2023, ¿con qué frecuencia se debe realizar el "control de rutina" si en ese periodo no se ha realizado un análisis de control o completo?. Semanalmente. Diariamente. Mensualmente. Según el Anexo II (Parte B) del Real Decreto 3/2023, dentro del "Control de rutina", ¿qué parámetros se deben controlar obligatoriamente siempre (al menos de forma organoléptica o con kit/línea)?. Conductividad, Hierro, pH y Turbidez. Color, Sabor, Olor, Turbidez y pH. Bacterias coliformes, Color, Olor y Cloro libre. En la misma línea que el cloro libre, el Anexo I (Tabla 3, Nota 17) del Real Decreto 3/2023 establece valores de no aptitud para la Turbidez. ¿Cuáles son estos valores a la salida de la ETAP y en la red de distribución, respectivamente?. 1,0 UNF a la salida de ETAP y 4,0 UNF en red. 2,0 UNF a la salida de la ETAP y 6,0 UNF en red. 0,8 UNF a la salida de ETAP y 5,0 UNF en red. El Anexo I (Tabla 3, Nota 14) del Real Decreto 3/2023 establece límites estrictos para el pH. ¿A partir de qué valores el agua se considera de "no aptitud" respecto a este parámetro?. Los menores de 4,5 y los mayores de 10,0. Los menores de 6,5 y los mayores de 9,5. Los menores de 5,0 y los mayores de 8,5. Según el Anexo II (Parte C, Tabla 11) del Real Decreto 3/2023, para el "Control operacional", ¿cuál es la frecuencia mínima anual exigida en ETAP si el volumen de agua tratada es superior a 10.000 m3/día (exceptuando la turbidez)?. 12 muestras (Mensual). 24 muestras (Quincenal). 52 muestras (Semanal). Siguiendo con el control operacional (Anexo II, Parte B) del Real Decreto 3/2023, tras realizar una limpieza de decantadores, de un depósito o de la red de distribución, ¿qué parámetro se debe controlar adicionalmente a la turbidez?. Escherichia coli. Clostridium perfringens incluidas esporas. Recuento de colonias a 22ºC. El Anexo II (Parte B) del Real Decreto 3/2023 establece que en el control operacional de la toma de captación (si el origen es embalse), se controlará la Microcistina LR. Si el resultado es mayor de 1 µg/L, ¿qué otro parámetro se deberá controlar inmediatamente?. Clorofila a. Carbono Orgánico Total. Nitritos y Amonio. |





