Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo
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Título del Test:
![]() Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo Descripción: I. DISPOSICIONES GENERALES Tema 5 |



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Este real decreto desarrolla la organización básica de las Fuerzas Armadas para posibilitar: El cumplimiento de las misiones que se les encomienden en el marco específico, conjunto y combinado. El cumplimiento de las misiones que se les encomienden en el marco específico, orgánico y combinado. El modelo de organización estará en línea con el proceso de transformación digital: Del Ministerio de Defensa, y permitirá una adaptación constante a un entorno en evolución. De las Fuerzas Armadas, y permitirá una adaptación constante a un entorno en transformación. El modelo de organización fomentará el desarrollo de: Capacidades, la innovación y el talento en su personal. Capacidades, la investigación y el talento en su personal. La organización se basará en la gestión por procesos como: Modelo principal a emplear para el desarrollo de la actividad. Modelo específico a emplear para el desarrollo de la actividad. Los procesos de trabajo sistematizarán y normalizarán la actividad de las Fuerzas Armadas, favoreciendo: La calidad, la eliminación de duplicidades, la agilidad, el análisis integral y el ahorro de tiempo y personal. La calidad, la eliminación de duplicidades, la agilidad, el análisis específico y el ahorro de medios y personal. Todos los componentes de las Fuerzas Armadas se integrarán en: La gestión por procesos de carácter conjunto. La gestión por procesos de carácter específico. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa ejerce, bajo la dependencia de la persona titular del Ministerio de Defensa: El mando de la estructura operativa de las Fuerzas Armadas y el mando del Estado Mayor de la Defensa. El mando de la estructura orgánica de las Fuerzas Armadas y el mando del Estado Mayor de la Defensa. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa proporciona asesoramiento militar: Al Presidente del Gobierno y a la persona titular del Ministerio de Defensa. Al Presidente del Gobierno y a la persona titular de la Secretaría de Estado de Defensa. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa elabora y define: La estrategia militar, contenida en el Concepto de Empleo de las Fuerzas Armadas. La estrategia operativa, contenida en el Concepto de Empleo de las Fuerzas Armadas. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa realiza la conducción estratégica de las operaciones militares: Bajo la dependencia de la persona titular del Ministerio de Defensa. Bajo la dependencia de la persona titular de la Subsecretaría de Defensa. En la preparación y empleo de la Fuerza, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa asegura: La eficacia operativa de las Fuerzas Armadas. La eficacia administrativa de las Fuerzas Armadas. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa imparte a los Jefes de Estado Mayor las directrices para orientar: La preparación de la Fuerza Conjunta. La preparación de la Fuerza Específica. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa evalúa la disponibilidad operativa de las unidades de la Fuerza mediante: La valoración de su grado de alistamiento. La valoración de su grado de adiestramiento. En el ámbito estratégico, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa dirige las acciones para garantizar: La libertad de acción en el ciberespacio. La libertad de actuación en el ciberespacio. Cuando cualquier circunstancia le impida ejercer temporalmente el cargo, le sustituirá en sus funciones, con carácter accidental: El Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire de más antigüedad. El Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire de mayor empleo. Los Jefes de Estado Mayor ejercen, bajo la autoridad de la persona titular del Ministerio de Defensa: El mando de su respectivo Ejército o de la Armada. El mando de su respectiva Fuerza o de la Armada. Los Jefes de Estado Mayor instruyen, adiestran, administran y proporcionan: Apoyo logístico a su respectivo Ejército o a la Armada. Apoyo operativo a su respectivo Ejército o a la Armada. Los Jefes de Estado Mayor garantizan la adecuada preparación de la Fuerza de su respectivo Ejército o de la Armada para su puesta a disposición de: La estructura operativa de las Fuerzas Armadas. La estructura orgánica de las Fuerzas Armadas. Los Jefes de Estado Mayor velan por los intereses generales del personal militar bajo su mando, tutelando en particular: El régimen de derechos y libertades derivado de la norma constitucional y de su desarrollo legal. El régimen de derechos y obligaciones derivado de la norma constitucional y de su desarrollo legal. Los Jefes de Estado Mayor dirigen: La gestión de personal. La gestión de recursos materiales. La estructura operativa es la organización establecida para el desarrollo de: La acción conjunta y combinada y dispuesta para el empleo de la fuerza en operaciones. La acción conjunta y específica y dispuesta para el empleo de la fuerza en operaciones. La estructura operativa de las Fuerzas Armadas se organiza en una cadena de autoridades militares situadas en: Tres niveles. Dos niveles. En el nivel estratégico se encuentra: El Jefe de Estado Mayor de la Defensa. El Comandante del Mando de Operaciones. En el nivel operacional se encuentra: El Comandante del Mando de Operaciones y los comandantes de aquellas organizaciones operativas que determine el Jefe de Estado Mayor de la Defensa para la ejecución de los planes de contingencia. El Jefe de Estado Mayor de la Defensa y los comandantes de aquellas organizaciones operativas que determine el Jefe de Estado Mayor de la Defensa para la ejecución de los planes de contingencia. En el nivel táctico se encuentran: Los comandantes de las organizaciones operativas que se generen. Los comandantes de las organizaciones operativas permanentes que se determinen. Las organizaciones operativas podrán crearse con carácter: Permanente o temporal. Permanente o provisional. Las organizaciones operativas permanentes estarán directamente subordinadas: Al Jefe de Estado Mayor de la Defensa. Al Comandante del Mando de Operaciones. En la ejecución de las operaciones asignadas, las organizaciones operativas permanentes estarán bajo: El control operacional del Comandante del Mando de Operaciones. El control estratégico del Comandante del Mando de Operaciones. Corresponde a los comandantes de las organizaciones operativas: Llevar a cabo la integración de las fuerzas bajo su mando. Llevar a cabo la coordinación de las fuerzas bajo su mando. La Fuerza Conjunta la constituyen todos los elementos integrantes de la Fuerza: Del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, además de los elementos de los mandos subordinados al Jefe de Estado Mayor de la Defensa que se determinen. Del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, además de los elementos de los mandos subordinados al Comandante del Mando de Operaciones que se determinen. |





