option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Estudios Universitarios

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Reconocimiento y Transferencia de Créditos en Estudios Universitarios

Descripción:
OPOSICIONES UGR

Fecha de Creación: 2026/06/17

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 53

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

¿Qué tipo de créditos se pueden reconocer a partir de otros títulos de Grado si pertenecen a la misma rama de conocimiento?. Todos los créditos de formación básica superados. Solo los créditos optativos. Los créditos de TFG y TFM. Los créditos de asignaturas optativas.

¿Cuándo los créditos de formación básica de un título de origen pueden ser reconocidos por asignaturas de formación básica en el título de destino?. Siempre que pertenezcan a la misma materia de rama. Solo si el estudiante lo solicita expresamente. Cuando la rama de conocimiento es diferente. Si las asignaturas tienen el mismo número de créditos.

¿Qué ocurre con las asignaturas de formación básica superadas en el título de origen que no se reconocen por asignaturas de formación básica en el título de destino?. Pueden ser reconocidas por créditos optativos o asignaturas obligatorias/optativas equivalentes. No son reconocidas y deben ser cursadas de nuevo. Se reconocen automáticamente si el estudiante tiene un promedio alto. Solo se reconocen si el título de origen es más antiguo.

¿Qué ocurre con los créditos cursados y superados en el título de origen que no se reconocen específicamente por asignaturas o créditos optativos?. Pueden ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre competencias y conocimientos adquiridos. No se reconocen en ningún caso. Se reconocen si el estudiante ha obtenido una calificación sobresaliente. Se reconocen si el título de destino es más antiguo.

¿Los créditos del Trabajo de Fin de Grado (TFG) pueden ser objeto de reconocimiento?. No, en ningún caso. Sí, si el TFG del título de origen es similar al del título de destino. Solo si el TFG se realizó en la misma universidad. Sí, pero con una reducción del 50%.

¿Cómo se resuelven las solicitudes de reconocimiento de créditos basadas en títulos oficiales de Máster Universitario?. Teniendo en cuenta la adecuación entre competencias y conocimientos adquiridos y los previstos en el plan de estudios del título de destino. Solo se reconocen si el Máster es del mismo ámbito de conocimiento. Se reconocen automáticamente si el estudiante ha cursado el Máster en la misma universidad. Se reconocen si el Máster tiene más de 60 créditos ECTS.

¿Qué tipo de estudios universitarios de la anterior ordenación (Diplomado, Licenciado, etc.) pueden ser objeto de reconocimiento?. Todos los estudios superados, teniendo en cuenta la adecuación entre competencias y conocimientos. Solo los estudios de Licenciatura. Solo los estudios de Diplomatura. No se reconocen créditos de la anterior ordenación universitaria.

¿Cómo se reconocen los créditos por estudios oficiales realizados en universidades extranjeras?. Teniendo en cuenta la adecuación entre competencias, conocimientos, número de créditos y carácter transversal. Se reconocen automáticamente si el país de origen pertenece a la UE. Solo se reconocen si el estudiante ha vivido en el extranjero más de un año. No se reconocen créditos de universidades extranjeras.

¿Qué se considera 'enseñanzas universitarias no oficiales' a efectos de reconocimiento?. Títulos propios de la Universidad de Granada aprobados según normativa o de otras universidades. Cualquier curso de formación online. Solo títulos de otras universidades públicas. Cursos de idiomas no universitarios.

¿En qué se basa el reconocimiento de créditos por experiencia profesional o laboral?. En la correspondencia de las competencias adquiridas en el ejercicio profesional con las inherentes al título. En el número de años de experiencia laboral. En el tipo de empresa donde se ha trabajado. En la posesión de un título universitario previo.

¿Cuál es el límite máximo de créditos que se pueden reconocer conjuntamente por experiencia profesional o laboral y enseñanzas universitarias no oficiales?. El 15% del total de créditos del plan de estudios de destino. 6 créditos ECTS. 10 créditos ECTS. No hay límite.

¿Qué sucede excepcionalmente con los créditos procedentes de títulos propios?. Pueden ser reconocidos en un porcentaje superior al 15% o en su totalidad si el título propio se ha extinguido y sustituido por uno oficial. No se reconocen si el título propio no es de la misma universidad. Solo se reconocen si el título propio tiene más de 10 años de antigüedad. No hay excepciones, se aplica el 15% como máximo.

¿Los créditos de títulos de enseñanzas superiores no universitarias reguladas en la Ley Orgánica de Educación vigente se pueden reconocer en estudios de Grado?. Sí, teniendo en cuenta la adecuación de competencias, conocimientos y resultados de aprendizaje. No, solo se reconocen títulos universitarios. Sí, pero solo si son de la misma especialidad. Solo si el título es anterior a la Ley Orgánica de Educación.

¿Se pueden reconocer créditos por participación en actividades universitarias?. Sí, en actividades culturales, artísticas, lingüísticas, de representación estudiantil, deportivas, solidarias y de cooperación. No, solo se reconocen créditos académicos. Solo si las actividades son organizadas por el propio departamento del estudiante. Sí, pero solo hasta un máximo de 2 créditos.

¿Cuál es el máximo de créditos que se pueden reconocer por participación en actividades universitarias?. Hasta 12 créditos. Hasta 6 créditos. Hasta 3 créditos. No hay límite máximo.

¿Qué nivel de competencia lingüística permite el reconocimiento de créditos?. Niveles superiores al exigido en cada titulación, a razón de 2 créditos por nivel. Solo el nivel B1. Solo niveles superiores a B2. No se reconocen créditos por competencia lingüística.

¿Cuál es el máximo de créditos que se pueden reconocer por acreditación de competencia lingüística?. Hasta un máximo de 6 créditos. Hasta un máximo de 3 créditos. Hasta un máximo de 10 créditos. No hay límite máximo.

¿Qué tipo de créditos se pueden reconocer en las enseñanzas oficiales de Máster?. Materias relacionadas con el Máster, créditos de enseñanzas superiores no universitarias, estudios en el extranjero, enseñanzas no oficiales y experiencia laboral. Solo créditos de Máster del mismo ámbito. Solo créditos de experiencia laboral. No se reconocen créditos en Máster.

¿Se pueden reconocer los créditos correspondientes a los Trabajos de Fin de Máster (TFM)?. No, en ningún caso. Sí, si el TFM ha sido aprobado con una calificación alta. Solo si el TFM se realizó en la misma universidad. Sí, pero se reduce el número de créditos.

¿Qué criterio general se aplica para aceptar créditos en el reconocimiento de asignaturas?. Solo se aceptarán asignaturas del mismo o superior nivel de enseñanza. Se aceptan asignaturas de cualquier nivel. Solo se aceptan asignaturas del mismo nivel. Solo se aceptan asignaturas de nivel inferior.

¿Cuándo se pueden reconocer créditos por experiencia laboral o profesional en el marco de un plan de estudios que contemple prácticas externas?. Se aplicará preferentemente a este tipo de materias. No se reconocen, deben ser prácticas académicas. Solo si la experiencia laboral es en el ámbito de las prácticas externas. Se reconocen si la experiencia es más larga que las prácticas.

¿Se pueden reconocer créditos que ya han sido previamente reconocidos en otra Universidad o título?. No, sin perjuicio del reconocimiento de lo realmente cursado. Sí, si la otra universidad tiene un convenio. Solo si el reconocimiento previo fue en la misma rama de conocimiento. No, a menos que se pague una tasa adicional.

¿Cómo se rige el cómputo de resultados académicos en programas conjuntos de Másteres nacionales?. Por lo establecido en sus respectivas normativas y convenios. Por la normativa general de reconocimiento de créditos. Por un promedio simple de las calificaciones. Por lo que decida el coordinador del programa.

¿Qué se incorpora al expediente académico de cada estudiante en concepto de transferencia de créditos?. La totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas y superadas con anterioridad, que no hayan conducido a título oficial y no se hayan reconocido o adaptado. Solo los créditos que el estudiante solicite explícitamente. Los créditos de asignaturas que el estudiante apruebe en otra universidad. Los créditos de TFG y TFM.

¿Quiénes son los órganos competentes para los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos en títulos de Grado?. Los decanos o decanas y directores o directoras de los centros académicos de la Universidad de Granada. El Rector o Rectora de la Universidad. El Consejo de Gobierno de la Universidad. Los profesores de cada asignatura.

¿Quién aprueba el reconocimiento de actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación en el ámbito del Grado?. El Consejo de Gobierno, visto el informe de la Comisión de Títulos. El decano del centro académico. El Vicerrectorado de Ordenación Académica. La Comisión de Evaluación de Actividades.

¿Quién es el órgano competente para los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos en títulos de Máster Universitario?. La Dirección de la Escuela Internacional de Posgrado. El Rector o Rectora de la Universidad. El Consejo de Gobierno de la Universidad. Los directores de los programas de Máster.

¿Qué facilitan los centros académicos para los procedimientos de reconocimiento en estudios de Grado?. Tablas actualizadas con los reconocimientos concedidos. Un software específico para solicitar el reconocimiento. Sesiones informativas sobre el proceso de reconocimiento. Guías personalizadas para cada estudiante.

¿Cuál es el requisito imprescindible para iniciar un procedimiento de reconocimiento o transferencia de créditos?. Estar matriculado en la titulación de Grado o Máster de destino. Haber superado al menos el 50% de los créditos del título de origen. Tener una media de 7 o superior en el título de origen. Ser estudiante de último curso de la titulación de origen.

¿Qué documentación se debe aportar en el caso de estudios universitarios cursados para solicitar el reconocimiento de créditos?. Certificación académica personal y programas docentes de las materias a reconocer. Solo la certificación académica personal. Solo los programas docentes sellados. El título original y su traducción.

¿Cómo debe presentarse la documentación de estudios extranjeros?. Expedida por autoridades competentes, debidamente traducida al español y legalizada o apostillada. Solo debe estar traducida al español. No necesita traducción si el país pertenece a la UE. Debe ser expedida por la embajada del país de origen.

¿Qué documentos se pueden aportar para acreditar la experiencia laboral o profesional?. Informe de Vida Laboral, contratos laborales, certificados de empresa, memoria de actividades, o certificación de trabajador autónomo. Únicamente el Informe de Vida Laboral. Solo los contratos laborales. Una declaración jurada del interesado.

¿Qué implica el reconocimiento y la transferencia de créditos en términos económicos?. Exigirán el abono de los precios públicos establecidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Son gratuitos si se realizan dentro de la misma universidad. Solo se paga una tasa si el reconocimiento es de más de 6 créditos. Son gratuitos si se realizan en el mismo curso académico.

¿Cuál es el plazo máximo para que el órgano competente resuelva una solicitud de reconocimiento?. Tres meses a contar desde la finalización del plazo de solicitud. Un mes. Seis meses. No hay plazo establecido.

¿Qué ocurre si transcurrido el plazo máximo no hay resolución sobre la solicitud de reconocimiento?. Se entenderá estimada la solicitud (silencio administrativo positivo). Se entenderá desestimada la solicitud (silencio administrativo negativo). Se debe volver a presentar la solicitud. La resolución se prorroga automáticamente por otros tres meses.

¿Cómo se obtendrá la calificación de las asignaturas reconocidas?. Tendrán la calificación numérica correspondiente a la obtenida en el centro de procedencia. Se les asignará una calificación de 'Aprobado'. Se calculará la media de todas las asignaturas cursadas. No tendrán ninguna calificación.

Si en el expediente académico de origen solo constan calificaciones cualitativas (Aprobado, Notable, etc.), ¿cómo se transformarán en numéricas?. Se utilizará una tabla de equivalencias específica. Se les asignará un 7 por defecto. Se solicitará al estudiante que repita la asignatura. No se transformarán, se mantendrán como cualitativas.

¿Los créditos reconocidos por enseñanzas universitarias no oficiales o por experiencia laboral incorporan calificación?. No, no incorporan calificación. Sí, la calificación obtenida en la experiencia o enseñanza no oficial. Sí, pero con una ponderación del 50%. Solo si la calificación es Sobresaliente o Matrícula de Honor.

¿Los créditos transferidos computan a efectos de la nota media del expediente?. No, no computan a efectos de nota media ni de obtención del título oficial. Sí, computan como los créditos cursados. Computan solo para la nota media, no para el título. Computan solo para la obtención del título, no para la nota media.

¿En qué circunstancia los créditos de títulos propios pueden ser objeto de reconocimiento en un porcentaje superior al 15%?. Siempre que el título propio haya sido extinguido y sustituido por el título oficial para el que se solicita el reconocimiento. Solo si el estudiante ha cursado más de 200 créditos en el título propio. Si el título propio tiene una antigüedad superior a 5 años. Nunca, el límite del 15% es inamovible.

¿Qué tipo de actividades están excluidas del reconocimiento por participación universitaria?. Las actividades que tengan un carácter complementario a una titulación concreta. Las actividades deportivas. Las actividades culturales. Las actividades de representación estudiantil.

¿Los créditos reconocidos por estudios oficiales en universidades extranjeras deben tener la misma equivalencia en créditos ECTS que en el país de origen?. Se tiene en cuenta la adecuación entre competencias, conocimientos y el número de créditos asociados a las materias. No, solo se tiene en cuenta la adecuación de competencias y conocimientos. Sí, deben ser exactamente equivalentes en ECTS. Se equiparan al número de créditos de asignaturas similares en España.

¿En qué se basará el reconocimiento de estudios de títulos de Máster que habiliten para profesiones reguladas?. En los créditos de los módulos definidos en la correspondiente norma reguladora que hayan sido superados. En la calificación media del estudiante. En la duración del Máster. En la reputación de la universidad de origen.

¿Qué ocurre si un módulo no se ha superado íntegramente para el reconocimiento en Másteres de profesiones reguladas?. El reconocimiento se llevará a cabo por materias o asignaturas en función de las competencias y conocimientos asociados. No se reconocerá ningún crédito de ese módulo. Se reconocerá un porcentaje proporcional a lo superado. Se solicitará al estudiante que complete el módulo.

¿Los créditos previamente reconocidos en otra Universidad pueden ser reconocidos de nuevo?. No, no podrán reconocerse créditos previamente reconocidos. Sí, si el reconocimiento es para una titulación diferente. Solo si el estudiante presenta una justificación especial. No, a menos que se renuncie al reconocimiento anterior.

¿Cómo se tramitan las solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos en estudios de Grado?. A través del procedimiento electrónico establecido, a solicitud del interesado. Mediante solicitud escrita presentada en secretaría. Por correo electrónico al decanato. A través del profesorado de las asignaturas.

¿Qué información debe incluir la documentación para acreditar la experiencia laboral?. Descripción detallada de las actividades o tareas desempeñadas y el tiempo durante el que se desarrollaron. Solo el nombre de la empresa. El puesto de trabajo sin más detalles. La última nómina recibida.

¿Se puede presentar recurso contra la resolución de reconocimiento de créditos?. Sí, recurso de alzada ante el/la rector/a de la Universidad. No, la resolución es definitiva. Solo si la resolución es desfavorable. Se debe presentar un nuevo expediente.

¿Las asignaturas reconocidas que provienen de diferentes materias de origen se promedian de forma simple?. Sí, si coexisten varias materias de origen y una sola de destino, la calificación será el resultado de una media ponderada. No, se asigna la calificación más alta obtenida. No, se asigna la calificación más baja obtenida. Sí, se calcula la media aritmética simple.

¿Para qué se publican las tablas de reconocimiento de créditos?. Para facilitar los procedimientos de reconocimiento en estudios de Grado, dotándolos de certeza y agilidad. Para limitar el número de reconocimientos posibles. Para que los estudiantes comparen sus créditos con los de otros. Para informar sobre las tasas de reconocimiento.

¿Los créditos de enseñanzas universitarias no oficiales reconocidos se computan para la obtención del título oficial?. No, solo los créditos de enseñanzas oficiales. Sí, si la calificación es superior a 7. Solo si se reconocen en bloque. Sí, pero con una reducción del 20%.

¿Cuál es el objetivo principal del Título II del documento?. Establecer las normas y procedimientos para el reconocimiento y transferencia de créditos en enseñanzas oficiales. Definir las titulaciones de Grado y Máster. Regular las prácticas externas de los estudiantes. Establecer el régimen económico de las universidades.

¿A quién va dirigido principalmente este reglamento sobre reconocimiento de créditos?. A los estudiantes que solicitan el reconocimiento o transferencia de créditos y a los órganos universitarios competentes. Solo a los estudiantes que inician sus estudios. Solo al profesorado universitario. A las agencias de acreditación de títulos.

Denunciar Test