Recopilación baterías TEMARIO aux administrativo
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Título del Test:![]() Recopilación baterías TEMARIO aux administrativo Descripción: OSAKIDETZA Estabilización 20-21-22 |




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El objeto de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud es: Establecer las bases reguladoras de la relación funcionarial especial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud. Establecer el Estatuto Marco del personal estatutario vinculados por una relación laboral especial a los servicios de salud que integran el Sistema Nacional de Salud. Establecer las bases reguladoras de la relación funcionarial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta. Señale cual es la respuesta correcta: La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud solo es de aplicación al personal estatutario que desempeña su función en centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades autónomas. Lo previsto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en ningún caso será de aplicación al personal sanitario laboral que preste servicios en los centros del Sistema Nacional de Salud gestionados directamente por entidades creadas por las distintas comunidades autónomas. En lo no previsto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se aplicará al personal estatutario las disposiciones y principios generales sobre función pública de la Administración correspondiente. Son correctas las respuestas b) y c). Según dispone la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la ordenación del régimen personal estatutario de los servicios de salud se rige por una serie de principios y criterios. Señale cuales NO están entre los mencionados por esta Ley. Sometimiento pleno a la ley y el derecho. Igualdad, mérito, capacidad y promoción en el acceso a la condición de personal estatutario. Integración en el régimen organizativo y funcional del servicio de salud y de sus centros e instituciones. Coordinación, cooperación y mutua información entre las Administraciones sanitarias públicas. El objeto de la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, según se establece en sus disposiciones es: La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios públicos, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. La regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes y usuarios, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una intervención en el ámbito de la sanidad es: Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores, de salud pública o de investigación. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos o rehabilitadores. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos o terapéuticos. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la documentación clínica es: La información contenida en la historia clínica. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial y la documentación relativa a las voluntades anticipadas. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial y de investigación biomédica. El soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, una intervención en el ámbito de la sanidad es: Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores, de salud pública o de investigación. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos o rehabilitadores. Toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos o terapéuticos. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, es usuario: La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud. La persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el antenimiento o recuperación de su salud en el sistema público de salud. La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria. La persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria en el sistema público de salud. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la información asistencial: Como regla general se proporcionará verbalmente. Como regla general se proporcionará por escrito. Como regla general se proporcionará verbalmente y por escrito. Como regla general se proporcionará por escrito cuando se trate de pacientes menores de edad. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la información asistencial contiene, como mínimo: La finalidad y la naturaleza de cada intervención. La finalidad y la naturaleza de cada intervención y sus riesgos. La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. La finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos, sus consecuencias y los derechos de los pacientes. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, garantiza el cumplimiento del derecho a la información asistencial: El médico responsable del paciente. El médico responsable del paciente y los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto. El médico responsable del paciente y el personal de enfermería. El centro sanitario. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el titular del derecho a la información asistencial es: El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa. El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita por escrito. El paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico: La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho si así lo dispone la autoridad judicial. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho, después de haber consultado al Comité de Ética Asistencial de Centro. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho después de haber consultado con la dirección del centro. La información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. Según dispone la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, el estado de necesidad terapéutica: Excluye el derecho a la información sanitaria de los pacientes. Es la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por su edad la información puede perjudicar su salud de manera grave. Se regulará en la normativa autonómica. No está contemplado en la legislación. El personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud: No ostenta el derecho individual a la libre sindicación. Ostenta el derecho a la actividad sindical. Ostenta el derecho de reunión, que podrá ejercerlo siempre que cuente con la necesaria autorización previa. Todas las respuestas son correctas. Según dice la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en el proceso de la adquisición de la condición de personal estatutario fijo, no podrán ser nombrados, y quedarán sin efecto sus actuaciones, quienes: No acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, una vez superado el proceso selectivo. No acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, con carácter previo a la superación del proceso selectivo. No acrediten que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, una vez firmada la convocatoria. Una vez superado el proceso selectivo, automáticamente se procede al nombramiento por el órgano competente. La condición de personal estatutario fijo se adquiere, tal y como prevé la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, por el cumplimiento de los siguientes requisitos: Incorporación a una plaza de servicio, institución o centro que corresponda en el plazo fijado en la convocatoria tras la superación de las pruebas de selección. Superación de las pruebas de selección; nombramiento conferido por el órgano competente; e incorporación a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en el plazo de un mes. Superación de las pruebas de selección; nombramiento conferido por el órgano competente; e incorporación, previo cumplimiento de los requisitos formales en cada caso establecidos, a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en el plazo determinado en la convocatoria. Superación de las pruebas de selección; nombramiento conferido por el órgano competente; e incorporación a una plaza del servicio, institución o centro que corresponda en todo caso en el plazo determinado en la convocatoria. La pérdida de la condición de personal estatutario regulada en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se produce: Siempre en caso de pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público afecte o no al correspondiente nombramiento. En caso de que se adopte la pena de inhabilitación absoluta sea firme o no. En caso de que se adopte la pena de inhabilitación especial para la correspondiente profesión, siempre que esta exceda de seis años. En caso de que se adopte la pena de inhabilitación especial para la correspondiente profesión, siempre que esta exceda de tres años. Conforme a la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, señale cuál de las siguientes afirmaciones NO es correcta: La jubilación puede ser forzosa o voluntaria. Para que el interesado pueda prolongar su permanencia en servicio activo hasta cumplir los 70 años, bastará con que lo solicite voluntariamente. La jubilación forzosa se declarará al cumplir el interesado 65 años. Podrá optar a la jubilación voluntaria, total o parcial, el personal estatutario que reúna los requisitos establecidos en la legislación de Seguridad Social. La renuncia a la condición de personal estatutario de los servicios de salud, deberá ser solicitada por la persona interesada con una antelación mínima de: Quince días a la fecha en que se desee hacer efectiva. Diez días a la fecha en que se desee hacer efectiva. Diez días hábiles a la fecha en que se desee hacer efectiva. La renuncia no puede solicitarse con carácter voluntario por la persona interesada. Procede la extinción de la condición de personal estatutario fijo de los servicios de salud: Cuando se produzca la pérdida de la nacionalidad. En caso de recaer sanción firme disciplinaria de separación del servicio. Siempre que se imponga una pena principal o accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo público o para el ejercicio de la correspondiente profesión. Todas las anteriores respuestas son correctas. Señale cuál de los siguientes criterios no se incluyen en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud como orientadores para la fijación de las retribuciones complementarias: Motivación del personal. Transparencia en el desempeño del servicio. Calidad del servicio. Incentivación de la actividad. En materia de retribuciones, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, prevé que: El sistema retributivo del personal estatutario se estructura en retribuciones básicas y retribuciones complementarias. La evaluación del personal estatutario a efectos de determinación de una parte de la retribuciones complementarias se establecerá a través de procedimientos fundados en los principios igualdad, objetividad y transparencia. El sistema retributivo del personal estatutario responde a los principios de cualificación técnica y profesional. Todas las respuestas son correctas. Señale la respuesta correcta respecto a las retribuciones del personal estatutario de los servicios de salud: Las retribuciones básicas son: el sueldo asignado a cada categoría en función del título exigido para su desempeño; los trienos; y las pagas extraordinarias. Las retribuciones básicas serán iguales en todos los servicios de salud independientemente de la anualidad en la que se perciban. El personal estatutario temporal percibirá la totalidad de las retribuciones que, en el correspondiente servicio de salud, correspondan a su nombramiento, con excepción del complemento de carrera. El complemento de atención continuada está destinado a retribuir la iniciativa continuada y permanente del titular del puesto. La pérdida de la condición de personal estatutario de los servicios de salud se produce cuando la incapacidad permanente sea declarada: En grado de incapacidad permanente total para la profesión habitual. En grado de incapacidad absoluta para todo trabajo. En grado de gran invalidez. Todas las respuestas son correctas. Señale la respuesta que NO es correcta. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi afirma que corresponde a los poderes públicos vascos, la misión de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica, con el fin de: Potenciar la incidencia de efectos positivos. Estimular los hábitos de vida saludable. Eliminar los factores de riesgo. Anular la incidencia de efectos negativos. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi, establece que la Administración sanitaria vasca debe garantizar la tutela general de la salud pública a través de: Medidas preventivas. Promoción de la salud. Prestaciones sanitarias individuales. Son correctas todas las respuestas. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi, reconoce la universalidad del derecho a la protección de la salud para: Todas las personas residentes en el territorio de Euskadi, así como para los transeúntes. Todas las personas residentes en Euskadi o fuera de Euskadi, así como para los transeúntes. Solo para las personas que tengan vecindad administrativa en Euskadi. Solo para las personas de quienes pueda predicarse la condición política de vascos. El sistema sanitario de Euskadi: Se crea para llevar a cabo una adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la Administración central en materia sanitaria en Euskadi. Está configurado con un carácter integral por todos los recursos sanitarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Tiene como objetivo último exclusivamente el mantenimiento y la recuperación del nivel de salud de la población. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Señale cuál de los siguientes principios NO se enuncian entre los principios informadores del sistema sanitario de Euskadi en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi: Universalidad. Solidaridad ciudadana. Equidad. Calidad de los servicios. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi, establece respecto a las áreas de salud que: La Comunidad Autónoma del País Vasco se divide territorialmente en áreas de salud de acuerdo con la situación socio-económica de cada demarcación geográfica. En cada área de salud pueden ponerse en práctica las actuaciones esenciales que requiere la tutela general de la salud pública y exclusivamente la asistencia sanitaria primaria. En cada área de salud se garantizará una adecuada ordenación de la atención primaria y su coordinación con la atención especializada. Son correctas la a) y la c). Señale que respuesta NO es correcta. Son principios programáticos de organización y funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi los siguientes: La optimización del marco de cualquier tipo de financiación del catálogo de prestaciones sanitarias que asegure la Comunidad Autónoma de Euskadi. La orientación prioritaria de los medios y actuaciones a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades. El desarrollo interno de la organización mediante el principio de separación de los cometidos de regulación y financiación del sistema respecto de la provisión de servicios sanitarios. La responsabilización y participación de los profesionales sanitarios en las decisiones de organización y gestión de los recursos que tengan asignados. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de ordenación Sanitaria de Euskadi prevé la creación de sistemas de información necesarios para facilitar el ejercicio adecuado de los distintos niveles de responsabilidad en el sistema. A tal fin, los datos de carácter personal relativos a la salud podrán ser recabados y tratados siempre que se cumplan los siguientes requisitos: Siempre debe constar el previo consentimiento del afectado. Si no consta el previo consentimiento del afectado se requiere que la actuación se encuentre debidamente autorizada y se efectúe previo procedimiento de disociación que garantice el anonimato de la información. Que conste el previo consentimiento del afectado por escrito y que se garantice el anonimato de la información. Basta con que la actuación se encuentre debidamente autorizada. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi contempla que: El acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios de cobertura pública garantizará el principio de igualdad formal. El acceso de los ciudadanos a cualquier servicio sanitario garantizará el principio de igualdad efectiva. El acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios de cobertura pública garantizará el principio de igualdad efectiva. El acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios garantizará el principio de universalidad. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi al contemplar los derechos y deberes ciudadanos, alude a: La obligación de dejar constancia escrita de todo proceso diagnóstico o terapéutico. La obligación de dejar constancia por cualquier medio de todo proceso diagnóstico. La obligación de dejar constancia por cualquier medio de todo proceso diagnóstico o terapéutico. No existe en la Ley ninguna previsión a este respecto, de modo que será el propio facultativo el que decida si el proceso diagnóstico o terapéutico debe quedar registrado. Señale la respuesta correcta: Los consejos de participación comunitaria serán creados por ley para posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi. Los consejos de participación comunitaria serán creados por ley para posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi y se crearán exclusivamente para el ámbito de toda la Comunidad Autónoma. Los consejos de participación comunitaria serán creados reglamentariamente para posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi, para el ámbito de toda la Comunidad Autónoma y para el ámbito de cada área de salud. La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi no contempla los consejos de participación comunitaria. Atendiendo a lo dispuesto en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, señale cuál es la afirmación correcta con relación a los consejos de participación comunitaria: Tienen facultades decisorias en la formulación de planes y objetivos generales del sistema. Se les atribuyen facultades consultivas y de asesoramiento en la formulación de planes y objetivos generales del sistema. Su composición responde exclusivamente a criterios de representatividad territorial. Su composición responde a criterios de representatividad territorial y podrán incorporarse, cuando así lo decida su presidencia, además de representantes de las Administraciones locales y forales, representantes de los colegios profesionales sanitarios. Osakidetza-Servicio Vasco de Salud se constituye como: Ente público con personalidad jurídica propia y adscrito al Departamento de la Administración General competente en materia de salud. Ente público de Derecho privado con personalidad jurídica propia. Ente público de Derecho público al que se le atribuye personalidad jurídica propia. Ninguna respuesta es correcta. Con relación a la organización rectora de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, señale la respuesta que NO es correcta: Los órganos rectores son el consejo de administración y el presidente. Los órganos rectores son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá el Lehendakari. Los órganos rectores son el consejo de administración y el presidente, cuyo cargo ejercerá el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad. El consejo de administracion estará integrado por el presidente y por un número no superior a cinco miembros en represantación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Señale la respuesta correcta respecto a Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Se rige por la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi y por lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco. Todas sus actuaciones quedan sujetas al Derecho privado. Cuando ejerza potestades administrativas por atribución directa o delegación se sujetará al Derecho público. Las organizaciones dependientes del ente tendrán la consideración de órganos administrativos. El consejo de administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud está integrado por: El presidente y por un número no superior a cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El presidente y por un número no superior a tres miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El presidente y por cinco miembros en representación del Departamento competente en materia de sanidad. El presidente, el Consejero del Departamento competente en materia de sanidad y tres miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi. A los efectos de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, las plantillas de personal del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Serán aprobadas por su Presidente a propuesta del consejo de administración. Se denominan así al número de efectivos de carácter estructural con que cuentan tanto su organización central de administración como las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. Deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos profesionales, que anualmente aprobará su consejo de administración a propuesta del Departamento de Sanidad. Deberán ajustarse al número máximo de efectivos, según grupos de titulación, que anualmente aprobará el Departamento de Sanidad. Respecto al personal sujeto al régimen estatutario que establece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, señale la respuesta correcta: Este vínculo estatutario se adquiere mediante el cumplimiento de los dos siguientes requisitos: superación del proceso selectivo correspondiente y nombramiento conferido por autoridad competente. Los principios que rigen el procedimiento selectivo para la adquisición del vínculo estatutario son exclusivamente el de igualdad, mérito y capacidad. Los instrumentos de clasificación del personal sujeto a este régimen estatutario son el grupo de titulación, el grupo profesional, la categoría y el puesto funcional que se desempeñe. El grupo de titulación constituye el instrumento de clasificación del personal en base al agrupamiento unitario de las aptitudes profesionales y contenido específico da las tareas propias de la prestación. El Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud es: El Ente Institucional de la Comunidad Autónoma, de naturaleza pública y bajo la calificación de Ente Público de Derecho Privado o Público. El Ente Institucional de la Comunidad Autónoma, de naturaleza pública y bajo la calificación de Ente Público de Derecho Público. El Ente Institucional de la Comunidad Autónoma, de naturaleza pública y bajo la calificación de Ente Público de Derecho Privado. Las tres anteriores son erróneas. En desarrollo de su objeto, el Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» perseguirá a través de todas sus organizaciones los siguientes fines (señálese la respuesta INCORRECTA): Ejecutar la provisión del servicio público sanitario en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Promocionar el desarrollo de sus recursos sanitarios a través de acciones y programas propios o en colaboración con otras instituciones, y cualquier otro fin relacionado con su objeto que decida su Director General. Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario, tanto en el campo específico de la salud como en los de la gestión y administración sanitarias. Proporcionar a las personas que accedan a sus servicios las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes de carácter instrumental o complementario. Corresponderá la presidencia del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud a: El Lehendakari de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Diputado General del Territorio Histórico en que esté situado el Ente. La presidencia, al Consejero de Sanidad y la presidencia de honor al Lehendakari de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El Consejero de Sanidad. La función de nombrar y separar a los Directores de División de la organización central del Ente Público corresponde a: El Consejo de Administración del Ente. La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. Ninguno de los anteriores. La relación de las funciones de la Presidencia de Osakidetza comprenderá las siguientes (señálese la respuesta INCORRECTA): Ejercer la representación del Ente Público y de su Consejo de Administración, sin perjuicio de la que corresponde a los directivos superiores de todas las organizaciones dependientes del Ente. Supervisar las operaciones del Ente Público y presentar al Consejo de Administración los informes que considere oportunos. Asegurar la adecuada coordinación de las actividades desempeñadas por el Ente con las de los centros sanitarios de naturaleza privada, así como con otras Comunidades Autónomas o la Administración Central del Estado. Ejercer toda clase de acciones, excepciones y recursos judiciales y administrativos en defensa de los derechos e intereses del Ente Público, sin perjuicio de las actuaciones ordinarias directamente vinculadas al ejercicio de las facultades que se atribuyen a las distintas organizaciones del Ente Público. La composición del Consejo contará, además del Presidente del Ente Público: con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, uno de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, otro a propuesta del Consejero de Bienestar Social y los tres restantes a propuesta del Consejero de Sanidad. con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, uno de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, otro a propuesta del Consejero de Presidencia y los tres restantes a propuesta del Consejero de Sanidad. con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, dos de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y los tres restantes a propuesta del Consejero de Sanidad. Ninguna de los anteriores. La función de aprobar los criterios y líneas generales de actuación del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» corresponde a: El Consejo de Administración del Ente. La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. Ninguno de los anteriores. La propuesta de Plan Estratégico del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud»: Será formulada por la Dirección General del Ente. Será aprobada por la Presidencia del Ente. Será sometida a informe del Consejo de Administración del Ente. Todas las anteriores son ciertas. Al Consejo de Administración del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» le corresponderá (señálese la que sea incorrecta): Aprobar la propuesta de Presupuestos y Estados Financieros Previsionales del Ente Público. Aprobar el Plan Estratégico del Ente Público. Ejercer la representación del Ente Público. Aprobar los criterios y líneas generales de actuación del Ente Público y de todas las organizaciones dependientes del mismo. La función de nombrar y separar a los Directores-Gerentes de las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» corresponderá a: La Dirección General del Ente. La Presidencia del Ente. El Consejo de Administración del Ente. Ninguna de las anteriores. La función de convocar, presidir, suspender y levantar las sesiones, arbitrar las deliberaciones del Consejo de Administración del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» y decidir los empates con su voto de calidad corresponderá a: La Dirección General. La Presidencia. El miembro más antiguo del Consejo de Administración. Ninguna de las anteriores. De acuerdo con lo que señala el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud», cada organización de servicios sanitarios dependiente del Ente Público tendrá definido su objeto de actividad o ámbito de actuación sanitaria de conformidad con lo dispuesto específicamente en la: Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente. Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación sanitaria de Euskadi. Decreto 17/2022, de 1 de febrero, del Registro Vasco de Profesionales del ámbito sanitario. Ninguna de las anteriores. Corresponde a cada organización de servicios sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud». el ejercicio de todas las facultades de gestión y administración que se requieran para el ejercicio de la actividad de provisión de servicios sanitarios que tengan encomendada, quedando excluidas únicamente: aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» atribuyen expresamente a la organización central del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y Reglamentos vigentes. aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» atribuyen expresamente a la Presidencia del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y Reglamentos vigentes. aquellas facultades de gestión centralizada que los estatutos sociales del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» atribuyen expresamente al Consejo de Administración del Ente Público y las competencias propias de otras instancias de acuerdo con las Leyes y Reglamentos vigentes. Ninguna de las anteriores. Al Director Gerente de una organización de servicios sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» se encontrará un Director al que le corresponderá (señálese la respuesta INCORRECTA): Ostentar la representación oficial de la organización y ejercer la autoridad directa dentro de la misma, todo ello de acuerdo con las facultades encomendadas a la organización correspondiente. Suscribir el contrato-programa en representación de la organización respectiva, así como aprobar la propuesta que corresponde formular a cada organización sobre su presupuesto individualizado y sus planes de gestión a corto y medio plazo. Representar al Ente Público en la negociación colectiva del Acuerdo Marco de Condiciones de Trabajo del Personal de la organización en la que ejerce sus tareas. Dirigir, impulsar y coordinar la organización, gestión, y control interno de los servicios sanitarios y de administración correspondientes a su organización, velando por el cumplimiento de los objetivos asignados. El número de miembros del equipo directivo de las organizaciones de servicios sanitarios: Oscilará entre dos y tres. Oscilará entre tres y cuatro. Oscilará entre cuatro y cinco. La normativa que rige su estatuto jurídico no establece un número determinado sino un máximo de cinco. Con carácter ordinario, a la Dirección Médica le corresponderán las siguientes atribuciones (señálese la respuesta INCORRECTA): Presidir los Consejos Técnicos de participación profesional y promover su eficaz funcionamiento. Dirigir, coordinar y evaluar las actividades clínico- asistenciales, auditar su nivel de calidad y proponer las medidas que sean oportunas para su mejora. Promover y supervisar las actividades de docencia e investigación del personal Facultativo. Determinar las políticas de contratación de personal de su organización de servicios. Para el desarrollo de funciones de propuesta y asesoramiento, así como de participación en las organizaciones de servicios sanitarios, existirá un Consejo de Dirección en cada una de ellas, integrado por: el equipo directivo, las jefaturas de unidad que se determinen y una representación de los vocales electos que formen parte de los Consejos Técnicos de participación profesional respectivos. el equipo directivo, las jefaturas de unidad que se determinen, los representantes sindicales y una representación de los vocales electos que formen parte de los Consejos Técnicos de participación profesional respectivos. el equipo directivo y las jefaturas de unidad que se determinen. todas las anteriores son falsas. Las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud» podrán: descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los responsables clínicos facultades de gestión, aunque sólo en materia de personal, y siempre de acuerdo con el marco estratégico, los planes de gestión y el compromiso del contrato-programa suscrito por la organización. descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los responsables clínicos facultades de gestión, aunque sólo en materia de personal, y siempre de acuerdo con el marco estratégico, los planes de gestión y el compromiso del contrato-programa suscrito por la organización. descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los responsables clínicos facultades de gestión tanto en materia económica como de personal, de acuerdo con el marco estratégico, los planes de gestión y el compromiso del contrato-programa suscrito por la organización. todas las anteriores son falsas. En el ámbito de una organización de servicios sanitarios del Ente Público «Osakidetza-Servicio vasco de salud», presidir los Consejos Técnicos de participación profesional y promover su eficaz funcionamiento es una tarea que corresponde a: La Dirección General del Ente. El Director Gerente del Ente. La Dirección Médica del Ente. Ninguna de las anteriores. |