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Test recursos penal-ORIOLVIEITEZ

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Título del Test:
Test recursos penal-ORIOLVIEITEZ

Descripción:
Test recursos penal-ORIOLVIEITEZ

Fecha de Creación: 2022/09/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

Valoración:(1)
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¿Qué recurso no puede ejercitarse contra resoluciones del Juez de lo Penal?. Reforma. Súplica. Apelación. Queja.

Según el artículo 217 de la LRCr., el recurso de reforma puede interponerse contra: Todos los autos y sentencias del Juez de Instrucción. Todos los autos del Juez de Instrucción. Todas las resoluciones del Juez de Instrucción. Todas las actuaciones del Juez de Instrucción.

El recurso de queja puede interponerse contra: a. Resoluciones menores del Juez de Instrucción. b. Aquellas resoluciones en que se deniegue la admisión de un recurso de apelación. c. Todos los autos no apelables del Juez de Instrucción. d. Son correctas las respuestas b) y c).

¿Qué recursos se interponen ante el mismo Juez que ha dictado el auto que se impugna?. Reforma, apelación y queja. Reforma únicamente. Apelación únicamente. Reforma y apelación.

Es Juez o Tribunal competente para conocer del recurso de queja: El mismo ante el que se hubiere interpuesto. El superior jerárquico de aquel ante el que se hubiere interpuesto. Exclusivamente, el Tribunal Supremo. Cualquier Juez que se encuentre disponible.

Los recursos de reforma, apelación y queja se interpondrán, siempre: Por escrito, autorizado con firma de letrado. Por escrito, aunque ocasionalmente, el Juez los admitirá en forma oral. Por escrito y con firma de letrado, exclusivamente en el caso de la apelación. Por escrito y con firma del letrado, en los casos de apelación y queja.

El recurso de apelación no puede interponerse sino: En un solo efecto. En ambos efectos. Después de haberse ejercitado el de reforma. A la brevedad posible.

A la presentación del recurso de reforma debe acompañarse: Tantas copias del mismo cuantas sean las demás partes. Copia de la resolución que le ha sido notificada. Testimonio de la resolución que es objeto del recurso. Son ciertas todas las respuestas anteriores.

El Juez resolverá el recurso de reforma: Dentro de 24 horas. Dentro de 28 horas. Al segundo día. Al tercer día.

Según el art. 224 de la LECr,. el emplazamiento de las partes para sustanciación del recurso de apelación ante la Audiencia Provincial se hará por: 15 días. 10 días. 5 días. 15 días.

El Ministerio Fiscal y el apelante pueden pedir que, en el testimonio, se incluyan aquellos particulares que estimen procedentes, cuya petición deberán efectuarla dentro del plazo de: 5 improrrogables días. 2 días siguientes al de serles notificada la providencia admitiendo la apelación en un solo efecto. 5 días siguientes a la notificación de la providencia admitiendo la apelación en un solo efecto. 10 días desde la firma de la notificación de la entrega del testimonio.

El término para expedir el testimonio a que se refiere el art. 225 de la LECr, en principio, no excederá de: 10 días. 15 días. 30 días. 60 días.

Si el recurso de apelación se admite en ambos efectos, ¿qué se remite a la Audiencia Provincial?. Copias compulsadas de lo que el Secretario determine. Testimonio de los particulares que las partes insten. Los autos originales. Lo decidirá el Juez en cada caso, ya que no está reglado en la LECr.

Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, si no se personara el apelante, ¿qué se declara, según el artículo 228 de la actual LECr.?. De oficio, desierto el recurso. De oficio, caducado el recurso. A instancia del Fiscal, rechazado el recurso. A instancia del apelado, denegado el recurso.

Si remitido testimonio a la Audiencia Provincial para sustanciar un recurso de apelación admitido en un efecto, no se remite el recibo desde el Tribunal superior después de habérselo reclamado respetuosamente, el Secretario Judicial lo pondrá directamente en conocimiento del: Presidente del T.S.J. Secretario de Gobierno a los efectos procedentes. Presidente de la A.P. Juez decano, a los efectos procedentes.

Se rechazará, sin ulterior recurso y de plano, las pretensiones que se formulan sobre: Prueba de la apelación. Suspensión de la vista de una apelación. Prueba anticipada en apelación. Situación personal del sujeto pasivo.

En la sustanciación de un recurso de apelación, sólo se admite como medio de prueba: Los documentos pertinentes como justificación de las pretensiones de las partes. La testifical y, solamente, en casos urgentes. La documental, siempre que no consista en más de tres documentos. La pericial, si no puede reproducirse en el juicio oral.

Emitido el informe del Juez, en el recurso de queja, pasarán las actuaciones al Fiscal para que emita dictamen por escrito en: Un día. Dos días. Tres días. A la brevedad posible.

No se admite el recurso de súplica contra los autos de los Tribunales de lo criminal: Siempre que se otorga expresamente otro recurso en la ley. Si son susceptibles de revisión. Si el procesado es mayor de 65 años. Si los autos resuelven cuestiones menores.

El recurso de súplica se sustancia por el mismo procedimiento señalado para: Los incidentes. El recurso de apelación en un sólo efecto. El recurso de reforma. El recurso de queja.

¿Qué ley modifica la LOPJ y generaliza la segunda instancia penal?. La Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre. La Ley Orgánica 8/2002, de 24 de octubre. La Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Según nuestro sistema actual de recursos, ¿Qué tipo de recurso cabe contra la sentencia dictada en primera instancia en los procesos ante el Tribunal del Jurado?. Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. No cabe ningún tipo de recurso. Recurso de apelación ante los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas. Directamente, cabe recurso de casación.

De los recursos enumerados a continuación, según sus efectos ¿cuál de ellos se caracteriza por ser no devolutivo?. El recurso de apelación. El recurso de súplica. El recurso de queja. El recurso de casación.

En el proceso penal, como regla general, los recursos contra sentencias condenatorias: Se admitirán en ambos efectos. Se admitirán en un solo efecto. No impedirán la ejecución de la resolución que se impugna. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

En el procedimiento abreviado, como regla general, ¿qué resoluciones son recurribles en reforma?. a. Todos los Autos dictados por el Juez de Instrucción, que no estén exceptuados de recurso. b. Todos los Autos dictados por el Juez de lo Penal, que no estén exceptuados de recurso. c. Solo las providencias. d. Las respuestas de los apartados a y b son correctas.

En el procedimiento abreviado: a. No es necesario interponer recurso de reforma con carácter previo a la apelación. b. El recurrente puede interponer conjuntamente el recurso de reforma y el de apelación. c. Las respuestas de los apartados a y b son correctas. d. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Quién es competente para conocer del recurso de apelación contra un Auto dictado por un Juez Central de Instrucción?. La Audiencia Provincial. La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Juzgado Central de lo Penal.

En el proceso ordinario ¿ante quién se interpone el recurso de apelación contra las resoluciones interlocutorias y en qué plazo?. Se interpone en el plazo de cinco días desde la última notificación del Auto impugnable y ante el mismo Juez que hubiere dictado el auto. Se interpone ante en órgano ad quem en el plazo de tres días desde la última notificación del Auto impugnable. Se interpone ante el órgano a quo, en el plazo de tres días desde la última notificación del Auto impugnable. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Cuál es el plazo para recurrir en apelación una sentencia dictada por un Juzgado de lo Penal en un procedimiento abreviado?. Cinco días a partir del día siguiente a su notificación. Tres días a partir del día siguiente a su notificación. Diez días a partir del día siguiente a su notificación. Estas sentencias no se pueden recurrir en apelación.

En la tramitación de un recurso de apelación contra una sentencia dictada en primera instancia en el procedimiento abreviado, ¿Cuándo procederá celebrar la vista ante el órgano ad quem?. a. Cuando la Audiencia estime que es necesario para la correcta formación de una convicción fundada. b. Si los escritos de formalización o de alegaciones contienen proposición de prueba o reproducción de la grabada, el Tribunal resolverá en tres días sobre la admisión de la propuesta y acordará, en su caso, que el Letrado de la Administración de Justicia señale día para la vista. c. Cuando lo pida alguna de las partes. d. Las respuestas de los apartados a y b son correctas.

Cabe recurso de queja: Contra el Auto en que el instructor no admite recurso de apelación. Contra el Auto dictado por la Audiencia Provincial, de inadmisión del recurso de casación. Contra el Auto dictado por la Audiencia Nacional, de inadmisión del recurso de casación. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Procede el recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma contra: a. Las sentencias dictadas en única instancia o en apelación por la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia. b. Las sentencias dictadas por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional. c. Contra los autos dictados en apelación por las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia en los casos en los que la ley lo autorice de modo expreso. d. Son ciertas la a y la b.

Cabe recurso de casación contra: Los autos definitivos dictados en primera instancia y en apelación por las Audiencias Provinciales o por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cuando supongan la finalización del proceso por falta de jurisdicción o sobreseimiento libre y la causa se haya dirigido contra el encausado mediante una resolución judicial que suponga una imputación fundada. Los autos de sobreseimiento provisional dictados por las Audiencias. Los autos de sobreseimiento dictados por las Audiencias, en el sólo caso de que fuera libre el acordado, cualquiera que sea la causa de dicho sobreseimiento y siempre que alguien se hallare procesado como culpable en el proceso. Todos los autos de sobreseimiento dictados por las Audiencias, tanto de sobreseimiento libre como provisional.

Se entenderá que ha sido infringida la ley para el efecto de que pueda interponerse el recurso de casación: Cuando se haya denegado alguna diligencia de prueba que, propuesta en tiempo y forma por las partes, se considere pertinente. Cuando haya existido error en la apreciación de la prueba, basado en documentos que obren en autos, que demuestren la equivocación del juzgador sin resultar contradichos por otros elementos probatorios. Cuando en la sentencia sólo se exprese que los hechos alegados por las acusaciones no se han probado, sin hacer expresa relación de los que resultaren probados. Cuando se desestime cualquier pregunta por capciosa, sugestiva o impertinente, no siéndolo en realidad, siempre que tuviese verdadera importancia para el resultado del juicio.

¿Ante qué Tribunal se prepara e interpone el recurso de casación penal?. Se prepara e interpone ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se pretende impugnar. Se prepara ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se pretende impugnar, y se interpone ante el Tribunal Supremo. Se prepara e interpone ante el Tribunal Supremo. El recurso de casación penal se prepara ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se pretende impugnar, y se interpone ante el Tribunal Supremo o ante el Tribunal Superior de Justicia según lo establecido en los diferentes Estatutos de Autonomía.

¿Qué recurso cabe contra el auto denegatorio de la preparación del recurso de casación penal?. Ninguno. Recurso de súplica. Recurso de apelación. Recurso de queja.

En cuanto a la necesidad de acompañar al escrito de interposición del recurso de casación penal el documento que acredite haber depositado una determinada cantidad de dinero, hay que afirmar: Que en la actualidad no se exige el citado depósito por estimar que el art. 875 de la LECr es inconstitucional. Cuando el recurrente sea la acusación particular y el delito sea de los que pueden perseguirse de oficio, se exige un depósito de 12.000 pesetas (72 euros). Cuando el recurrente sea el actor civil, se exige un depósito de 25.000 pesetas (150 euros). Cuando el recurrente sea el acusado, se exige un depósito de 6.000 pesetas (36 euros).

¿Qué naturaleza jurídica tiene la revisión penal?. Es un recurso ordinario. Es un recurso extraordinario. No es un recurso. Es una acción de impugnación autónoma que da lugar a un proceso nuevo en el que se persigue la rescisión de una sentencia firme. Tiene la misma naturaleza jurídica que la casación penal.

La revisión penal procede: Contra sentencias firmes, absolutorias o condenatorias, cuando las sentencias impugnadas fueron obtenidas como consecuencia de la comisión de un delito. Cuando sobre el mismo hecho y encausado hayan recaído dos sentencias firmes. Contra sentencias firmes absolutorias o autos de sobreseimiento libres, también firmes, que sean manifiestamente injustos. Contra sentencias definitivas, no firmes, siempre que concurra alguno de los motivos taxativamente establecidos por la ley.

En cuanto a la promoción e interposición de la revisión penal, debemos tener en cuenta que: La revisión se promueve mediante escrito motivado dirigido a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en el que se ha de solicitar autorización a la misma para interponer la revisión. Una vez autorizada la revisión, el promovente dispondrá de quince días para su interposición ante la misma Sala. La revisión se promueve mediante escrito motivado dirigido al Tribunal que dictó la sentencia que impugnamos, pidiendo autorización para interponer la revisión por concurrir los requisitos exigidos por la ley. Una vez autorizada la revisión, el promovente dispondrá de quince días para su interposición ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Cuando quien promueve la revisión es el penado, la revisión se promueve e interpone a través de un único escrito ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Cuando quien promueve la revisión es el penado, la revisión se promueve e interpone a través de un único escrito dirigido al Tribunal que dictó la sentencia que impugnamos.

Si el Tribunal Supremo estima la revisión penal y anula la sentencia firme impugnada: Salvo que se haya estimado el motivo segundo del art. 954, se inicia un juicio rescisorio, del cual conocerá el Tribunal Supremo, y se sustanciará conforme a las normas del proceso penal abreviado. Salvo que se haya estimado el motivo segundo del art. 954, se inicia un juicio rescisorio, del cual conocerá el Juez o Tribunal a quien corresponda según las reglas de competencia, y se sustanciará conforme a las normas del proceso penal abreviado. Salvo que se haya estimado el motivo segundo del art. 954, se inicia un juicio rescisorio, del cual conocerá el Tribunal Supremo, y se sustanciará conforme a las normas del proceso ordinario por delitos graves. Salvo que se haya estimado el motivo segundo del art. 954, se inicia un juicio rescisorio, del cual conocerá el Juez o Tribunal a quien corresponda según las reglas de competencia, y se sustanciará conforme a las normas del procedimiento correspondiente en la instanci.

El órgano competente para conocer del "recurso de anulación" contra la sentencia dictada en ausencia es: La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en todo caso. La Audiencia Provincial, en todo caso. La Audiencia Provincial, sólo en caso de que fuera el Juez de lo Penal el que dictó la sentencia dictada en ausencia en primera instancia. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, en todo caso.

Con respecto a los recursos contra los autos del Juez de Instrucción y de Penal en el Procedimiento Abreviado: Salvo que la Ley disponga otra cosa, los recursos de reforma y apelación suspenderán el curso del procedimiento. El recurso de apelación podrá interponerse subsidiariamente con el de reforma o por separado. Será necesario interponer previamente el de reforma para presentar la apelación. Son ciertas todas las opciones anteriores.

Recibido el escrito de formalización de un recurso de apelación sentencia dictada en el Procedimiento Abreviado, el Juez, en caso de apreciar Ia concurrencia de algún defecto subsanable: Concederá al recurrente un plazo no superior a tres días para la subsanación. Actuará en la forma indicada en la opción anterior, pero el plazo que le concederá! para que subsane será de cinco días. Tendrá por no formalizado el recurso. Ignorará el defecto, que se podrá subsanar posteriormente en la vista, y continuará con la tramitación del recurso.

Transcurrido el término del emplazamiento sin que haya comparecido el recurrente en la Sala Segunda del Tribunal Supremo: Dará trámite al recurso cuando haya comparecido la parte recurrida. El Letrado de la Administración de Justicia dictará sin más trámites decreto declarando desierto el recurso. Con carácter previo al dictado del auto declarando desierto el recurso, dará traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal. Con carácter previo al dictado del auto declarando desierto el recurso, dará traslado de las actuaciones a la parte recurrida en casación para que se manifieste sobre la posibilidad de imponer las costas del recurso al recurrente no comparecido.

Admitido el recurso y señalado día para la vista: Se verificará ésta en audiencia pública. Se verificará ésta con asistencia del Ministerio Fiscal y de los defensores de las partes. La incomparecencia injustificada de estos últimos no será, sin embargo, motivo de suspensión de la vista si la Sala así lo estima. Son ciertas todas las opciones anteriores.

Concluida la audiencia pública, la Sala resolverá el recurso de casación: Dentro de los diez días siguientes. Dentro de los veinte días siguientes. Dentro del mes siguiente. Dentro de los tres meses siguientes.

Una de las siguientes afirmaciones no es cierta: Si el tribunal desestimare el recurso declarará no haber lugar al mismo y condenará al recurrente en costas. Se exceptúa el Ministerio Fiscal de la imposición de costas. Contra la sentencia de casación y la que se dicte en virtud de la misma, no se dará recurso alguno. Las sentencias en que se declare haber o no lugar al recurso de casación se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

En la misma resolución en que se tenga por preparado el recurso de casación se mandará expedir el testimonio de la sentencia o del auto recurrido: En el plazo de tres días. Dentro de quinto día. Dentro de diez días. Dentro de quince días.

Con respecto a la decisión del recurso de casación sin celebración de vista: La Sala podrá decidir el fondo del recurso, sin celebración de vista, en todo caso. La Sala podrá decidir el fondo del recurso, sin celebración de vista, señalando día para fallo, salvo cuando las partes solicitaran la celebración de aquélla. La Sala podrá decidir el fondo del asunto, sin celebración de vista, señalando para fallo cuando la pena duración de la pena impuesta o que pueda imponerse deberá se superior a cinco años. Todas las respuestas son falsas.

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