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Régimen disciplinario 3

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Título del Test:
Régimen disciplinario 3

Descripción:
Policía Local Andalucía

Fecha de Creación: 2021/04/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

Los miembros del Cuerpo Nacional de Policía tendrán la obligación de comunicar los hechos de los que tengan conocimiento que consideren constitutivos de faltas graves y muy graves. Por cualquier medio. Por escrito o de forma verbal. Por cualquier medio que deje constancia de dicha comunicación. Por escrito.

La iniciación de un procedimiento sancionador a un funcionario del CNP. Sólo interrumpirá la prescripción de la falta,si se trata de faltas leves o graves. Todas las respuestas son falsas. No interrumpirá la prescripción de la falta. Interrumpirá la prescripción de la falta.

Las faltas leves prescriben a. Los dos meses. Los tres meses. Los seis meses. El mes.

El tiempo de suspensión provisional, como consecuencia de un expediente disciplinario por faltas graves cometidas por funcionarios del CNP, no podrán exceder de. Cuatro meses. Dos meses. Tres meses. Seis meses.

Desde la iniciación del expediente por faltas graves o muy graves cometidas por un funcionario del CNP, la resolución que ponga fin al procedimiento disciplinario y su notificación al interesado deberá producirse en un plazo no superior a. Seis meses. Cuatro meses. Tres meses. Nueve meses.

El Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía establece como falta grave embriagarse o consumir drogas fuera del servicio cuando tal circunstancia tiene carácter habitual, entendiendo por habitualidad cuando estuvieren acreditadas. Cinco o mas episodios de embriaguez o consumo de drogas en un período de un año. Tres o mas episodios de embriaguez o consumo de drogas en un período de seis meses. Tres o mas episodios de embriaguez o consumo de drogas en un período de tres meses. Tres o mas episodios de embriaguez o consumo de drogas en un período de un año.

De acuerdo con la Ley Orgánica 4/2010, los miembros del CNP tendrán la obligación de comunicar por escrito a su superior jerárquico los hechos de los que tengan conocimiento que consideren constitutivos de. Delitos o faltas muy graves. Faltas muy graves. Delitos y faltas. Faltas graves y muy graves.

El Régimen Disciplinario del CNP. establece que podrán recaer sanción penal y administrativa sobre los mismos hechos cuando. No pueden recaer ambas sobre los mismos hechos en ningún caso. Sólo cuando no hubiera identidad de fundamento jurídico ly bien jurídico protegido. Sólo cuando hubiera identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido. Ambas fueran compatibles y complementables entre si, de acuerdo con la normativa vigente.

Ley Orgánica 4/2010. de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. de 20 de marzo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. de 20 de junio, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. de 20 de octubre, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Haber sido condenado en virtud de sentencia firme por una falta dolosa cuando la infracción penal cometida cause daño a la Administración o los Administrados. Muy Grave. Grave. Leve.

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