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Reglamento del Bachillerato Técnico Humanístico

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Título del Test:
Reglamento del Bachillerato Técnico Humanístico

Descripción:
parte 1

Fecha de Creación: 2026/03/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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¿Cuál es el objetivo principal del Reglamento del Bachillerato Técnico Humanístico según el Artículo 1?. Normar la implementación y sostenibilidad del Bachillerato Técnico Humanístico. Establecer las bases para la educación superior. Definir los criterios de evaluación para los estudiantes. Regular el uso de la infraestructura escolar.

¿A qué subsistemas se aplica este Reglamento según el Artículo 2?. Solo al Subsistema de Educación Regular. Solo al Subsistema de Educación Alternativa y Especial. Al Subsistema de Educación Regular y al Subsistema de Educación Alternativa y Especial. A todos los subsistemas de educación del país.

¿Qué sentido tiene el Bachillerato Técnico Humanístico según el Artículo 3?. Promover la educación teórica sin conexión con la práctica. Contribuir a la transformación de la matriz productiva y la reactivación económica. Centrarse únicamente en la formación académica general. Limitar la formación a las necesidades locales sin considerar las regionales o territoriales.

¿Cuál es el objetivo del Bachillerato Técnico Humanístico en el Subsistema de Educación Regular, según el Artículo 4?. Formar estudiantes con enfoque exclusivo en la teoría. Formar estudiantes con valores sociocomunitarios, enfoque tecnológico, productivo, emprendimiento comunitario y socioambiental. Preparar a los estudiantes únicamente para la inserción laboral inmediata. Fomentar la competencia individual por encima de la colaboración.

¿Qué enfoque tiene el área Técnica Tecnológica y Bachillerato Técnico Humanístico en el Subsistema de Educación Regular, según el Artículo 5?. Humanístico, artístico y cultural. Tecnológico, productivo, emprendimiento comunitario y socioambiental. Teórico, abstracto y exclusivamente científico. Deportivo, recreativo y de entretenimiento.

¿Por qué se denomina 'Tecnológico' al enfoque del área Técnica Tecnológica y Bachillerato Técnico Humanístico según el Artículo 5?. Porque se enfoca en el uso de la tecnología obsoleta. Porque incentiva la investigación e innovación para la producción científica, técnica y tecnológica propia. Porque solo se basa en el conocimiento de las ciencias modernas. Porque prioriza la aplicación de técnicas ancestrales sin modernización.

¿Qué implica la 'técnica' dentro del enfoque 'Tecnológico' según el Artículo 5?. Solo el uso de herramientas manuales. Operaciones prácticas como el manejo de máquinas, herramientas e instrumentos, y el desarrollo de habilidades creativas e inventivas. La teoría abstracta sin aplicación práctica. La dependencia exclusiva de la tecnología extranjera.

¿Por qué se denomina 'Productivo' al enfoque del área Técnica Tecnológica y Bachillerato Técnico Humanístico según el Artículo 5?. Porque los aprendizajes se generan en situaciones de producción real, promoviendo capacidades productivas. Porque solo se enfoca en la producción teórica abstracta. Porque se limita a la producción de bienes tangibles sin considerar los intangibles. Porque la producción se basa únicamente en la demanda externa.

¿Qué se promueve en el enfoque 'Emprendimiento comunitario' según el Artículo 5?. La competencia individual extrema. La generación de espíritus emprendedores comunitarios y la creación de entidades socioproductivas. La dependencia exclusiva de fondos externos. La individualización de los procesos productivos.

¿Cuál es la premisa fundamental del enfoque 'Socioambiental' según el Artículo 5?. La naturaleza puede vivir sin el ser humano, pero el ser humano no puede vivir sin la naturaleza, y es primordial el cuidado del medio ambiente. El ser humano es independiente de la naturaleza. La explotación de recursos naturales es ilimitada. La protección del medio ambiente no es relevante para la actividad productiva.

¿Qué enfoques tiene el Bachillerato Técnico Humanístico en el Subsistema de Educación Alternativa y Especial, según el Artículo 5?. Solo tecnológico. Solo emprendimiento comunitario. Técnico tecnológico y emprendimiento comunitario. Tecnológico, productivo, emprendimiento comunitario y socioambiental.

¿Qué tipo de formación se busca desarrollar en el enfoque 'Técnico tecnológico' del Subsistema de Educación Alternativa y Especial según el Artículo 5?. Formación teórica exclusivamente. Fortalecimiento e incentivación de la implementación y aplicación de innovaciones tecnológicas e investigación acción participativa. Uso exclusivo de tecnologías obsoletas. Formación desvinculada de la investigación.

¿Qué se promueve en el enfoque 'Emprendimiento comunitario' del Subsistema de Educación Alternativa y Especial según el Artículo 5?. El emprendimiento individual y familiar, recuperando saberes y conocimientos. La dependencia de subsidios estatales. La exclusión de saberes y conocimientos locales. La desarticulación de vocaciones y potencialidades regionales.

¿Qué permite la obtención del Título de Técnico Medio según el Artículo 4, parte II?. Solo la inserción directa en el mercado laboral. Continuar la formación en Educación Superior, generar emprendimientos productivos y/o la inserción en el ámbito laboral. Solo la continuación de estudios técnicos especializados. Limita la formación a un solo campo.

¿Dónde podrán transitar los bachilleres que obtengan el Título de Técnico Medio, según el Artículo 6, parte I?. Únicamente a institutos técnicos y tecnológicos privados. A los Institutos Técnicos y Tecnológicos del Subsistema de Educación Superior de Formación Profesional. Solo al sistema universitario. A cualquier centro de formación sin requerimientos específicos.

¿Qué acredita el Certificado Único de Trámite del Título de Técnico Medio (CUT-TTM) según el Artículo 7?. La finalización de estudios secundarios. El cumplimiento de la carga horaria y la continuidad en una carrera para la emisión del Título de Técnico Medio. La aprobación de todas las asignaturas del bachillerato. El egreso del estudiante sin requisitos adicionales.

¿Cuándo se entrega el Título de Técnico Medio según el Artículo 8?. Inmediatamente al finalizar los estudios. En un acto público, conjuntamente con el Diploma de Bachiller. Por correo postal. Solo a solicitud expresa del estudiante.

¿Qué se puede hacer en el marco del Artículo 10 sobre 'Uso compartido de infraestructura y equipamiento'?. Solo las unidades educativas fiscales pueden compartir recursos. Los estudiantes de unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas y centros de educación alternativa pueden desarrollar procesos de formación compartiendo infraestructura y equipamiento. Los centros educativos no pueden compartir recursos. La infraestructura y equipamiento solo se utilizan de forma individual.

¿Quiénes son responsables de gestionar los recursos económicos para la implementación y sostenibilidad del Bachillerato Técnico Humanístico según el Artículo 11, parte I?. Únicamente los directores de las unidades educativas. Los directores distritales de educación, directores de unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas y centros de educación alternativa, con apoyo de la comunidad educativa. Solo los estudiantes. Los Gobiernos Autónomos Municipales y/o Indígena Originario Campesinos.

¿Qué asignarán los Gobiernos Autónomos Municipales y/o Indígena Originario Campesinos según el Artículo 11, parte II?. Únicamente personal administrativo. Partida/s presupuestaria/s en el Plan Operativo Anual (POA) para la implementación y sostenibilidad del Bachillerato Técnico Humanístico. Infraestructura deportiva. Becas de estudio únicamente.

¿Cómo se clasifican las unidades educativas de Educación Secundaria Comunitaria Productiva según el Artículo 12?. Humanísticas y Técnicas. Generales y Especializadas. Humanísticas y Técnico Humanísticas Plenas. Urbanas y Rurales.

¿Qué caracteriza a las 'Unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas' según el Artículo 12, parte b)?. Brindan formación humanística y desarrollan Técnica Tecnológica General solo en 1ro y 2do año. Implementan el Bachillerato Técnico Humanístico y desarrollan Técnica Tecnológica General y Especializada. Se enfocan exclusivamente en la formación humanística. Ofrecen solo educación técnica básica sin enfoque humanístico.

¿En qué años de escolaridad se desarrolla la 'Técnica Tecnológica General' según el Artículo 13, parte a)?. 4to, 5to y 6to año. 1ro, 2do y 3er año. Solo en 1ro y 2do año. En todos los años de escolaridad de manera continua.

¿En qué años de escolaridad se desarrolla la 'Técnica Tecnológica Especializada' según el Artículo 13, parte b)?. 1ro, 2do y 3er año. 4to, 5to y 6to año. Solo en 4to y 5to año. En todos los años de escolaridad.

¿Cuál es la carga horaria total del área Técnica Tecnológica en las unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas, según el Artículo 14?. 640 horas. 1280 horas. 1920 horas. 2560 horas.

¿Qué porcentaje de la formación en Técnica Tecnológica Especializada será de carácter práctico, según el Artículo 16, parte a)?. 30%. 50%. 70%. 100%.

¿Qué se valora y evidencia en la evaluación de Técnica Tecnológica Especializada según el Artículo 17?. Únicamente el conocimiento teórico. El 'Hacer', considerando el 'Perfil de Salida' del profesional Técnico Medio. La memorización de conceptos. La asistencia a clases sin participación activa.

¿Qué tipo de actividades se organizarán anualmente para difundir los resultados de los procesos formativos del Bachillerato Técnico Humanístico, según el Artículo 18?. Exámenes sorpresa. Espacios de socialización de la concreción curricular (ferias productivas, ruedas de negocios y otros). Obras de teatro. Concursos de conocimientos generales.

¿Qué carácter tiene la formación en el área de Técnica Tecnológica General y Técnica Tecnológica Especializada en unidades educativas Técnico Humanísticas Plenas, según el Artículo 19?. Opcional y complementario. Obligatorio y promocional. Exclusivamente teórico. Solo para estudiantes con aptitudes especiales.

¿Quién es responsable de la asignación en el Sistema de Información Educativa de una carrera Técnica Tecnológica Especializada a estudiantes de 4to, 5to y 6to año, según el Artículo 20, parte I?. El Ministerio de Educación. La Dirección Departamental de Educación. La directora o director de la unidad educativa Técnico Humanística Plena. Los propios estudiantes.

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