Reglamento casa Amparo Zaragoza 2
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cual es el porcentaje a abonar por un residente que tiene menos 7 días de vacaciones en la Residencia Casa Amparo. el 100% de la cuota mensual. el 50% de la cuota mensual. el 75% de la cuota mensual. Serán deberes de los residentesen la Residencia Casa Amparo : Conocer y cumplir el Reglamento, así como los acuerdos e instrucciones emanadas de la Junta de Participación y de la dirección, respectivamente. Aportar cuantos datos y documentos les sean requeridos con la finalidad de constatar el cumplimiento de los requisitos para adquirir o mantener la condición de residentes, así como de comunicar a la dirección todas aquellas circunstancias que alteren su situación económica. Utilizar adecuadamente las instalaciones de la Residencia. Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro de la Residencia y en cualquier otro lugar relacionado con sus actividades. todas. Serán deberes de los residentes en la Residencia Casa Amparo : Poner en conocimiento de la Junta y de la dirección del centro las anomalías e irregularidades que se observen en la misma. Colaborar en la limpieza de su habitación, realizando aquellas tareas para las que se encuentre capacitado, con arreglo a lo establecido en las normas de régimen interno. Cumplir las normas de régimen interno. No enajenar los bienes propios, ni renunciar a derechos de orden económica o patrimonial. Todas. Las faltas sujetas a sanción en la Residencia Casa Amparo se clasifican. en leves, graves y muy graves. en leves y graves. en graves y muy graves. Son faltas leves en la Residencia Casa Amparo: Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo creando situaciones de malestar en la Residencia. Utilizar inadecuadamente las instalaciones y medios de la Residencia o perturbar las actividades de la misma. Promover y participar en altercados, riñas o peleas de cualquier tipo. Todas. Son faltas graves en la Residencia Casa Amparo : La reiteración de las faltas leves, desde la tercera cometida, en un período de cuatro meses. Alterar las normas de convivencia de forma habitual creando situaciones de malestar en la Residencia Casa Amparo. No comunicar la ausencia de la Residencia cuanto ésta tenga una duración superior a veinticuatro horas e inferior a cinco días. Utilizar en las habitaciones aparatos y herramientas no autorizados. La sustracción de bienes o cualquier clase de objetos propiedad de la Residencia del personal que en ella presta sus servicios o de cualquier residente. Falsear u ocultar datos en relación con el disfrute de cualquier prestación o servicio. Todas. Son faltas graves en la Residencia Casa Amparo : La reiteración de las faltas leves, desde la tercera cometida, en un período de tres meses. No comunicar la ausencia de la Residencia cuanto ésta tenga una duración superior a veinticuatro horas e inferior a cinco días. dinamizar las normas de convivencia de forma habitual creando situaciones de malestar. Son faltas graves en la Residencia Casa Amparo. Utilizar en las habitaciones aparatos y herramientas autorizados. La sustracción de bienes o cualquier clase de objetos propiedad de la Residencia del personal que en ella presta sus servicios sin incluir a los residentes. Falsear u ocultar datos en relación con el disfrute de cualquier prestación o servicio. En la Residencia Casa Amparo son faltas muy graves: La comisión de dos faltas graves en un período de cuatro meses. La agresión física o los malos tratos graves a otros residentes, personal de la Residencia o a cualquier persona que tenga relación con él. Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos inexactos y relevantes en relación con la condición de residente. No comunicar la ausencia de la Residencia cuando ésta tenga una duración superior a cinco días. Todas. En la residencia Casa amparo son faltas muy graves. La comisión de dos faltas graves en un período de cuatro meses. comunicar la ausencia de la Residencia cuando ésta tenga una duración superior a cinco días. Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos exactos y relevantes en relación con la condición de residente. Cual no es una sanción por falta leve en la residencia casa Amparo. Amonestación verbal privada. Amonestación individual por escrito. amonestación verbal pública. Por faltas graves la sanción en la Residencia Casa Amparo es: Suspensión de los derechos de residente hasta un tiempo no superior a seis meses. Suspensión de los derechos de residente hasta un tiempo superior a seis meses. Suspensión de los derechos de residente hasta un tiempo no superior a un año. Por faltas muy graves la sanción en la Residencia Casa Amparo es: Suspensión de los derechos de residente por un período de seis meses hasta dos años. Pérdida de la condición de residente y expulsión diferida de la Residencia. Suspensión de los derechos de residente por un período de seis meses hasta un año. Cuando prescriben las faltas de la Casa Amparo. Tanto las faltas leves como las graves y muy graves prescribirán a los tres meses. las graves y muy graves prescribirán a los tres meses. Solo las leves prescriben a los 3 meses. |