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Reglamento General de Circulación 14

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Título del Test:
Reglamento General de Circulación 14

Descripción:
Tema 30

Fecha de Creación: 2021/11/06

Categoría: Otros

Número Preguntas: 21

Valoración:(2)
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Temario:

2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: a) Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre ella que indique prohibición de atravesarla sea inferior a. 3 metros. 2 metros. 3,5 metros. 2,5 metros.

2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: b) Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente. parado. estacionado. ambas respuestas son correctas. ninguna de las respuestas es correcta.

2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: c) Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble. de personas. de animales. o de vehículos en un vado señalizado correctamente. todas las respuestas son correctas.

2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: d) Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para. disminuidos. disminuidos físicos. disminuidos mentales. disminuidos físicos y psquicos.

2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: e) Cuando se efectúe en. las medianas. separadores. isletas u otros elementos de canalización del tráfico. todas las respuestas son correctas.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: f) Cuando se impida. el giro. el giro autorizado. el giro autorizado por la señal correspondiente. ninguna de las respuestas son correctas.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: g) Cuando ------------------------------ tenga lugar en una zona reservada a carga y descarga, durante las horas de utilización. el estacionamiento. la parada. la parada o estacionamiento. ninguna de las respuestas son correctas.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: h) Cuando ----------------------------------------- se efectúe en doble fila sin conductor. el estacionamiento. la parada o estacionamiento. la parada. ninguna de las respuestas es correcta.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: i) Cuando ------------------------------------- se efectúe en una parada de transporte público, señalizada y delimitada. el estacionamiento. la parada. la parada o estacionamiento. ninguna de las respuestas es correcta.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: j) Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios expresamente reservados a servicios de urgencia y. seguridad. policía. ambulancia. emergencia.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: k) Cuando -------------------------------------- se efectúe en espacios prohibidos en vía pública calificada de atención preferente, específicamente señalizados. el estacionamiento. la parada o estacionamiento. la parada. ninguna de las respuestas son correctas.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: l) Cuando -------------------------- se efectúe en medio de la calzada. el estacionamiento. la parada o estacionamiento. la parada. ninguna de las respuestas son correctas.

Artículo 91 Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación 2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: m) ----------------------------------- que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales. el estacionamiento. la parada o estacionamiento. la parada. ninguna de las respuestas son correctas.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación COLOCACIÓN DEL VEHÍCULO. (Parada o Estacionamiento). ARTÍCULO 92. ARTÍCULO 91. ARTÍCULO 90. ARTÍCULO 94.

COLOCACIÓN DEL VEHÍCULO. 1. La parada y el estacionamiento se realizarán situando el vehículo. paralelamente al borde de la calzada. perpendicularmente al borde de la calzada. en cualquier colocación cuando las características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen. todas las respuestas son correctas.

Todo conductor que pare o estacione su vehículo deberá hacerlo de forma que permita la mejor utilización del restante espacio disponible. pare o estacione. pare. estacione. ninguna de las respuestas es correcta.

Parar el motor y desconectar el sistema de arranque y, si se alejara del vehículo, adoptar las precauciones necesarias para impedir su uso sin autorización. Cuando se trate de un ---------------------------------- y el conductor tenga que dejar su puesto. de un vehículo a motor o ciclomotor. de un vehículo a motor o motocicleta. de un vehículo a motor o ciclo. de un vehículo a motor o vehículo especial.

3. Cuando se trate de un vehículo a motor o ciclomotor y el conductor tenga que dejar su puesto, deberá observar, además, en cuanto le fuesen de aplicación, las siguientes reglas: Dejar accionado el freno de estacionamiento. En un vehículo provisto de caja de cambios, dejar colocada la primera velocidad, en pendiente descendiente, y la marcha hacia atrás, en ascendente, o, en su caso, la posición de estacionamiento. Ambas respuestas son correctas. Ninguna de las respuestas es correcta.

3. Cuando se trate de un vehículo a motor o ciclomotor y el conductor tenga que dejar su puesto, deberá observar, además, en cuanto le fuesen de aplicación, las siguientes reglas: d) Cuando se trate de ------------------------------------------------------- y la parada o el estacionamiento se realice en un lugar con una sensible pendiente, su conductor deberá, además, dejarlo debidamente calzado, bien sea por medio de la colocación de calzos, sin que puedan emplear a tales fines elementos como piedras u otros no destinados de modo expreso a dicha función, bien por apoyo de una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera, inclinando aquéllas hacia el centro de la calzada en las pendientes ascendentes, y hacia fuera en las pendientes descendentes. Los calzos, una vez utilizados, deberán ser retirados de las vías al reanudar la marcha. un vehículo de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada. un autobús. un conjunto de vehículos. un vehículo especial. un vehículo de transporte de mercancías peligrosas. un vehículo agrícola.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación ORDENANZAS MUNICIPALES. (parada y estacionamiento). ARTÍCULO 93. ARTÍCULO 94. ARTÍCULO 90. ARTÍCULO 92.

El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por. El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ordenanza municipal.

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