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Reglamento Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Ayto. Madrid

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Título del Test:
Reglamento Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Ayto. Madrid

Descripción:
Titulo Preliminar

Fecha de Creación: 2026/01/20

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 35

Valoración:(4)
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¿Cuando entro en Vigor Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012?. Al día siguiente de la publicación en el BOE CAM 16-10-2012. Al día siguiente de la publicación en el BOE AYUNTAMIENTO DE MADRID 15-11-2012. El mismo día de su disposición 26/09/2012.

¿Cómo esta estructurado el Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012?. 1 titulo preliminar: Disposiciones Generales + 5 títulos numerados, 1 Disposición adicional , 1 Disposición final. 1 titulo preliminar: Disposiciones Generales + 6 títulos numerados, 1 Disposición adicional , 1 Disposición final. 1 titulo preliminar: Disposiciones Generales + 7 títulos numerados, 1 Disposición adicional , 1 Disposición final.

Según indica el reglamento ¿en que articulo de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local Los municipios ejercerán en todo caso competencias en materia de actividades o instalaciones deportivas.?. ART. 25 (Letra M). No se indica en esta norma, se indica en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Ninguna es correcta.

El presente Reglamento tiene por objeto: Regular la utilización de las instalaciones deportivas municipales. Establecer las correctas condiciones de uso de de las instalaciones deportivas municipales. Regular las actividades en las instalaciones deportivas municipales.

Según el Artículo 2. ¿cual es la Definición de Instalaciones deportivas municipales?. Son aquellas edificaciones o inmuebles, campos, dependencias o espacios, de cualquier característica, al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física, incluyendo las zonas de equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias para el desarrollo de la actividad deportiva, de titularidad del Ayuntamiento de Madrid o cedidas al mismo por cualquier título jurídico. Son aquellas edificaciones o inmuebles, campos, instalaciones o espacios, de cualquier característica, al aire libre o cubiertas, cerradas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física, incluyendo las zonas de equipamiento, complementarias o necesarias para el desarrollo de la actividad deportiva, de titularidad del Ayuntamiento de Madrid o cedidas al mismo por cualquier título jurídico. Son aquellas edificaciones o inmuebles, campos, dependencias o espacios, de cualquier característica, al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física, incluyendo las zonas de equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias para el desarrollo de la actividad deportiva, de titularidad del Ayuntamiento de Madrid o cedidas al mismo por cualquier título jurídico y legal.

Según el articulo 2.2 detallado mediante letras de la "A" a la "E" la definición y letra correcta seria: e) Acompañantes y espectadores. b) Las que, de forma individual o colectiva, utilizan las instalaciones deportivas municipales. c) Alumnado de actividades deportivas programadas o de las clases o escuelas deportivas.

Según el articulo 2 del Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012 definimos como Título de uso: Es el pase de entrada que permite acceder a la instalación o actividad, acreditativo del abono de la tasa, precio público o tarifa que corresponda, en su caso. Es el documento que permite acceder a la instalación o actividad, acreditativo del abono de la tasa, precio público o tarifa que corresponda, en su caso. Es el documento que permite el paso a las instalaciones, acreditativo del abono de la tasa, precio público o tarifa que corresponda, en su caso.

Según el articulo 2 del Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012 definimos como Actividad deportiva dirigida: Es la actividad físico-deportiva que se realiza bajo una Gestión técnica y que forma parte del Programa Municipal de Actividades deportivas, desarrollándose con arreglo a los criterios técnicos establecidos por la Dirección General de Deportes del Ayuntamiento de Madrid. Es la actividad físico-deportiva que se realiza bajo una Dirección técnica y que forma parte del Programa Municipal de Actividades deportivas, desarrollándose con arreglo a los criterios técnicos establecidos por la Dirección General de Deportes del Ayuntamiento de Madrid. Es la actividad físico-deportiva que se realiza bajo una Jefatura técnica y que forma parte del Programa Municipal de Actividades deportivas, desarrollándose con arreglo a los criterios técnicos establecidos por la Dirección General de Deportes del Ayuntamiento de Madrid.

Según el articulo 2 del Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012 definimos como Uso Libre: Es la actividad física o deporte que te permite realizar libremente uso en las instalaciones deportivas municipales y que no está sometida a una dirección técnica. Es la actividad físico-deportiva que se realiza en las instalaciones deportivas municipales y que no está sometida a una dirección técnica. Es la actividad físico-deportiva que se realiza en las instalaciones deportivas municipales y que no está supervisada por una dirección técnica.

Según el articulo 3: Ámbito de aplicación, del Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012 es correcto afirmar que: El contenido de este Reglamento es adicional al establecido en la regulación de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas municipales, de la normativa de espectáculos, eventos y actividades recreativas, así como de la normativa sectorial de consumidores y usuarios. El contenido de este Reglamento es complementario y supletorio de lo establecido en la regulación de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas municipales, de la normativa de espectáculos, eventos y actividades recreativas, así como de la normativa específica de consumidores y usuarios. El contenido de este Reglamento es complementario y supletorio de lo establecido en la regulación de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas municipales, de la normativa de espectáculos y actividades recreativas, así como de la normativa sectorial de consumidores y usuarios.

Según el apartado 2.a Personas usuarias, señala la respuesta correcta: Las que, de forma individual y colectiva, acceden a las instalaciones deportivas municipales. Las que, de forma individual o colectiva, utilizan las instalaciones deportivas municipales. Las que, de forma personal o colectiva, acceden a las instalaciones deportivas municipales.

Según el apartado 2.b Personas usuarias, señala la respuesta correcta: Alumnado de actividades deportivas ofertadas o de las clases o escuelas deportivas. Alumnado de actividades deportivas programadas, escuelas deportivas y clases dirigidas. Alumnado de actividades deportivas programadas o de las clases o escuelas deportivas.

Según el apartado 2.c Personas usuarias, señala la respuesta correcta: Titulares de una reserva de temporada de unidades o espacios deportivos. Titulares de una reserva de temporada de elementos y espacios deportivos. Titulares de una reserva de temporada de espacios deportivos.

Según el apartado 2.d Personas usuarias, señala la respuesta correcta: Participantes en actividades de exhibición y competición deportiva. Participantes en actividades de competición deportiva. Participantes en ejercicios de competición deportiva.

Según el apartado 2.e Personas usuarias, señala la respuesta correcta: Acompañantes y espectadores. Acompañantes, familiares y espectadores. Acompañantes, espectadores y entrenadores de clubs y equipos.

Según el Artículo 3: Ámbito de aplicación del Reglamento , señale la respuesta incorrecta: El contenido de este Reglamento es complementario y supletorio de lo establecido en la regulación de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas municipales, de la normativa de espectáculos y actividades recreativas, así como de la normativa sectorial de consumidores y usuarios. Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación a todas las instalaciones deportivas municipales, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de entidad pública o privada autorizada. En todo caso, para la aplicación de las normas del presente Reglamento, se tendrá en cuenta que la instalación deportiva municipal tenga el carácter de acceso libre.

Según el Artículo 3: Ámbito de aplicación del Reglamento , señale la respuesta correcta: Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación a todas las dependencias deportivas municipales, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de entidad pública o privada autorizada. Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación a todas las instalaciones deportivas municipales, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de entidad pública o privada autorizada. Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación a todas las instalaciones deportivas municipales, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de empresas privadas subcontratadas.

El título preliminar del Reglamento consta de: 5 artículos: Objeto, definiciones, uso libre, personas usuarias y ámbito de aplicación. 3 artículos : Objeto, definiciones y ámbito de aplicación. 4 artículos: Objeto, definiciones, personas usuarias y ámbito de aplicación.

¿El reglamento entro en vigor el mismo día de su publicación en en boletín de Ayuntamiento de Madrid?. No, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. No, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Ayuntamiento de Madrid. No, entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín de la Comunidad de Madrid.

¿Cuál es el nombre del Reglamento?. Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de septiembre de 2012. Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012. Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones Deportivas Municipales de la ciudad de Madrid de 26 de septiembre de 2012.

¿Quién establece los criterios técnicos de las condiciones de las actividades deportivas dirigidas?. La dirección técnica. Dirección General de Deportes del Ayuntamiento de Madrid. La autoridad competente.

El título preliminar se compone de 3 artículos, ¿ Cual es el orden y título correcto?. ART.1 Objeto -ART. 2 Definiciones- ART.3 Ámbito de aplicación. ART.1 Objeto -ART. 2 Ámbito de aplicación- ART.3 Definiciones. ART.1 Ámbito de aplicación-ART. 2 -Objeto - ART.3 Definiciones.

El artículo 2 del Reglamento, se compone de varios puntos ¿ sabrías decir cuales son?. Son 5: Instalaciones deportivas Municipales/Personas usuarias./Título de uso/Actividad deportiva dirigida/Uso Libre. Son 4 Instalaciones deportivas Municipales/Personas usuarias./Título de uso/Actividad deportiva dirigida. Son 6: Ámbito de aplicación/Instalaciones deportivas Municipales/Personas usuarias./Título de uso/Actividad deportiva dirigida/Uso Libre.

Según el artículo 2 del Reglamento ¿Las instalaciones deportivas Municipales tienen que tener alguna característica que las haga firmes como tal?. Si, las instalaciones deportivas Municipales deben reunir un mínimo de las características según normativa de la ley de bases reguladora régimen local. No, las instalaciones deportivas Municipales no deben reunir un mínimo de las características según normativa en la ley de bases reguladora régimen local. Este aspecto no esta definido, siendo cualquier característica como válida para ser instalaciones deportivas Municipales.

Según el articulo 2 del Reglamento sobre la Utilización de las Instalaciones y Servicios Deportivos Municipales, de 26 de septiembre de 2012 el Título de uso te permite el paso a : La instalación o actividad. La instalación, dependencia o actividad. La instalación o actividad deportiva.

El artículo 2 del Reglamento nos habla de Actividad deportiva dirigida, ¿sabes decir de que forma parte?. Programa Municipal de Actividades deportivas. Programa oficial del centro deportivo. Programa de actividades aprobado por la dirección técnica.

Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación a: todas las instalaciones deportivas municipales, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de entidad pública o privada autorizada. todas las instalaciones deportivas públicas, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de entidad estatutaria o privada autorizada. todas las instalaciones deportivas municipales, tanto aquellas gestionadas directamente como aquellas gestionadas de manera indirecta a través de entidad pública o privada.

A efectos de este reglamento se consideran personas usuarias: Usuarios de actividades deportivas programadas o de las clases o escuelas deportivas. Espectadores. Pagadores de una reserva de temporada de unidades o espacios deportivos.

¿Qué es El título de uso?. Un documento que permite acceder a la instalación o actividad. El pago para el acceso. El título de uso es el documento que autoriza la entrada a una instalación o la participación en una actividad, y que sirve como justificante de haber pagado la tasa, precio público o tarifa correspondiente, cuando proceda.

Según el Reglamento, ¿cuál de las siguientes afirmaciones define correctamente una actividad dirigida?. Aquella actividad incluida en el Programa Municipal de Actividades Deportivas que se desarrolla en instalaciones municipales bajo supervisión técnica, conforme a los criterios organizativos aprobados por el Ayuntamiento de Madrid. Es la actividad físico-deportiva que se realiza bajo una dirección técnica formando parte del Programa Municipal de Actividades deportivas, desarrollándose con arreglo a los criterios técnicos establecidos por la Dirección General de Deportes del Ayuntamiento de Madrid. Toda actividad físico-deportiva organizada por el Ayuntamiento de Madrid que cuente con dirección técnica y se ajuste a las directrices generales del Área competente en materia deportiva.

De conformidad con el artículo 3 del Reglamento, señale la afirmación correcta: Las normas del Reglamento serán aplicables únicamente a las instalaciones deportivas municipales de gestión directa, sin perjuicio de su carácter complementario respecto de la normativa sectorial en materia de consumidores y usuarios. En todo caso, para la aplicación de las normas del presente Reglamento, se tendrá en cuenta que la instalación deportiva municipal tenga o no el carácter de acceso libre. Las normas del Reglamento se aplicarán a las instalaciones deportivas municipales gestionadas directamente, así como a las de gestión indirecta cuando expresamente se prevea, siendo en todo caso preferente frente a la regulación de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas municipales.

Según el Artículo 2. ¿cual no es la Definición de Instalaciones deportivas municipales?. Son aquellas edificaciones o espacios, de cualquier característica, al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física de titularidad del Ayuntamiento de Madrid. Son aquellas edificaciones o inmuebles, campos, dependencias o espacios, de cualquier característica. Son aquellas edificaciones o inmuebles, campos, dependencias o espacios, de cualquier característica, al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas, destinadas a la práctica del deporte y la actividad física, no incluyendo las zonas de equipamiento, complementarias.

Según el Artículo 2. ¿qué tienen que tener las dependencias o edificaciones para el desarrollo de la actividad deportiva?. Zonas de equipamiento, complementarias o funcionalmente necesarias. Tienen que disponer de los medios suficientes para el desarrollo de la actividad física o deporte según normativa sectorial-. Pueden tener cualquier característica, al aire libre o cubiertas, cerradas o abiertas.

Según el Artículo 2. Si el club de fútbol Atlético de Madrid alquila el campo Metropolitano al ayuntamiento de Madrid para celebrar la liga municipal de futbol por distritos ¿que tipo de acción sería?. Una cesión de un título jurídico al ayuntamiento de Madrid, y el campo sería una Instalación deportiva municipal. Una cesión de alquiler, y el estadio Metropolitano es propiedad del Ayuntamiento para todas las actividades que se vayan a llevar a cabo. Esto no es posible, la liga de distritos no se puede hacer en un estadio de un club deportivo profesional.

¿Qué nombre tiene el titulo preliminar?. Disposiciones de las normas generales. Disposiciones Generales. Título preliminar y consta de 3 artículos.

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