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reglamentos de servicios interiores

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Título del Test:
reglamentos de servicios interiores

Descripción:
reglamento de servicios interiores de los B

Fecha de Creación: 2026/07/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 35

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Es el presente reglamento tiene por objeto establecer las bases y doctrina de la organización interior de los buques así como regular las actividades del personal de la armada de México en el desempeño del servicio interior abordo. Articuló 2. Articulo 1. Articulo 3.

Es la aplicación del presente reglamento es responsabilidad del comandante del buque y es deber de toda la tripulación su cumplimiento. articulo 3. articulo 1. articulo 4.

El valor militar de un buque esta determinado por su tipo y clase según sus sistemas de armas y sensores , el valor combativo es la integración del valor militar y del grado de la preparación y adestramiento de su tripulación. articulo 1. articulo 6. articulo 4.

Cada buque, de acuerdo a la misión y función que se le encomiende, tendrá características técnicas propias que permitirán identificarlo mediante su inclusión en un determinado tipo y clase. articulo 6. articulo 5. articulo 8.

Se entenderá por Tipo: una agrupación amplia de buques concebidos para cumplir misiones y empleo operacional similar, tanto en la guerra naval como en aquellas derivadas de la salvaguarda de los intereses marítimos nacionales. articulo 7. articulo 5. ariculo 1. articulo 6.

Dentro de un mismo tipo de buques se agruparán en clases, cada una de las cuales agruparán buques de un mismo diseño para cumplir las mismas misiones. Su asignación será conforme al nombre oficial que le confiera el Estado Mexicano al primer buque de la serie. En caso de adquisición de buques cuya clase haya sido designada por otro Estado, ésta deberá quedar en desuso y adoptarse el nombre del primer buque acorde con la tradición, historia y valores nacionales. articulo 10. articulo 9. artículo 7. articulo 8.

Todos los buques de la Armada de México, deberán ostentar los numerales y nombre que se les asignen de acuerdo con su tipo y clase, de conformidad con la división siguiente: articulo 10. articulo 7. articulo 8.

La organización interna del buque se realizará de tal forma que le permita actuar como una unidad armónicamente integrada, operando individualmente o en una fuerza de tarea, lo que implica la coordinación de todas sus partes mediante la estructura operativa, de guardias o administrativa, para el cabal cumplimiento de la misión asignada al Comandante. articulo 2. articulo 11. articulo 9. articulo 8.

La organización interior del buque se basa en el sistema divisional, que constituye la unidad mínima para el control del personal y la asignación de faenas y actividades operativas. Las divisiones constituyen los cargos y éstos se agrupan en departamentos para el manejo administrativo y operativo. Las divisiones se subdividen en estaciones, que son tanto operativas como para la administración del mantenimiento. articulo 8. articulo 6. articulo 11. articulo 13.

Las condiciones de alistamiento o navegación se clasificarán de acuerdo a la situación táctica-operativa que determina un nivel de amenaza, como sigue: CONDICIÓN I.- Ataque inminente: CONDICIÓN II.- Ataque probable: CONDICIÓN III.- Ataque posible: CONDICIÓN IV.- Ataque improbable: CONDICIÓN V.- Guardia en Puerto. articulo 4. articulo 40. articulo 42. articulo 43.

El sistema divisional y su integración en departamentos proporcionan la adaptabilidad de la organización según el tipo y clase de buque y la cantidad de personal que integra su dotación, empleando los principios de responsabilidad principal y colateral. articulo 15. articulo 14. articulo 13. ariculo 12.

La organización interior de un buque en particular, se establece en el Manual de la Organización Interior del Buque, que basado en este Reglamento, especifica su organización administrativa, operativa y de servicios de guardia acorde a su tipo, clase y variaciones específicas de construcción; integrándose por dos apartados y una representación gráfica que se describen. articulo 14. articulo 3. artículo 4. articulo 13.

El Comandante de Buque tiene la responsabilidad de la seguridad, bienestar y eficiencia de la unidad bajo su mando y la autoridad de la cual está investido, deberá ser proporcional con ésta y sólo limitada por las leyes y reglamentos aplicables. articulo 18. articulo 17. articulo 16. articulo 15.

El Segundo Comandante será un auxiliar del Comandante y responsable de supervisar la ejecución de sus órdenes y disposiciones, debiendo coordinar y supervisar el desempeño y la administración del buque de manera integral, incluyendo los asuntos relativos a la disciplina, ejercicios, adiestramiento y capacitación, moral, bienestar, trabajo, seguridad, derechos y privilegios a la tripulación. articulo 19. articulo 16. articulo 17. articulo 18.

Los departamentos son los segmentos en que la organización del buque puede ser dividida para realizar el control del personal y material, el adiestramiento, así como planear, programar y ejecutar el mantenimiento, a fin de lograr el alistamiento del buque. Cada departamento agrupará a las divisiones con funciones básicas afines. articulo 8. articulo 17. articulo 18. articulo 10.

. Los departamentos de acuerdo a su función básica podrán ser agrupados en Departamento de Comando, de Apoyo o Específico. El Manual para la Organización Interior del buque especificará los departamentos de acuerdo al tipo y clase de buque. articulo 23. articulo 12. articulo 1. articulo 18.

. Los departamentos de Apoyo son aquellos que sin estar directamente relacionados con la operación combativa del buque la apoyan con sus acciones; éstos incluyen, de manera enunciativa pero no limitativa, los departamentos: articulo 19. articulo 20. articulo 13. articulo 1.

Los departamentos específicos son aquellos que existirán en buques con misiones específicas, determinadas por su diseño propio o por otra circunstancia, que apoyan a operaciones diferentes a las combativas; éstos incluyen, de manera enunciativa pero no limitativa, los departamentos de: articulo 28. artículo 2. articulo 12. articulo 21.

Cada buque de acuerdo a su tipo y clase, podrá contar con el o los departamentos necesarios para su manejo administrativo. Para su determinación se aplicará el principio de la responsabilidad principal y colateral. articulo 22. articulo 12. articulo 42. articulo 2.

articulo 23. Los Oficiales de División se constituirán en los oficiales de cargo, subordinados a cada Jefe de Departamento, serán responsables por la Administración del personal asignado a la división, así como del mantenimiento y control de los sistemas, equipos, aparatos o espacios a cargo de la misma. En departamentos unidivisionales, el Oficial de División será el Jefe del Departamento y los oficiales de cargo estarán integrados a la División. Cada buque de acuerdo a su tipo y clase, podrá contar con el o los departamentos necesarios para su manejo administrativo. Para su determinación se aplicará el principio de la responsabilidad principal y colateral. El personal, según la tarea que cumpla, se organiza en las siguientes divisiones, las que de acuerdo al porte del buque pueden integrarse unas a otras para el cumplimiento de su función. Las divisiones que pueden conformar los departamentos.

articulo 24. El porte del buque determinará el número de divisiones asignadas a cada departamento, con base en la adaptabilidad de su organización interior. En el caso de los buques con departamento del buque, el Jefe de Departamento será el propio Comandante. Los Oficiales de División se constituirán en los oficiales de cargo, subordinados a cada Jefe de Departamento, serán responsables por la Administración del personal asignado a la división, así como del mantenimiento y control de los sistemas, equipos, aparatos o espacios a cargo de la misma. En departamentos unidivisionales, el Oficial de División será el Jefe del Departamento y los oficiales de cargo estarán integrados a la División. Para la programación y ejecución de las acciones de mantenimiento, las divisiones se fraccionarán en estaciones de mantenimiento, las cuales podrán constituirse por espacios específicos del buque o por un espacio asignado como taller, o bien por la definición de las acciones de mantenimiento a ser realizadas sobre equipos distribuidos en el buque.

articulo 25. El porte del buque determinará el número de divisiones asignadas a cada departamento, con base en la adaptabilidad de su organización interior. En el caso de los buques con departamento del buque, el Jefe de Departamento será el propio Comandante. Para la ejecución de los servicios de guardia y otros de seguridad al buque, la división se fraccionará en tantos trozos como turnos de guardia se integren, para asegurar la capacidad operativa del buque. Los trozos se integran con personal de cada una de las estaciones de mantenimiento en que se fracciona la división para la realización del mantenimiento. En cualquier condición operativa, la organización del buque deberá basarse en controles que le permitan al Comandante coordinar la utilización total de los sistemas del buque para alcanzar la máxima capacidad combativa, aun después de haber sufrido daños.

articulo 26. Para la ejecución de los servicios de guardia y otros de seguridad al buque, la división se fraccionará en tantos trozos como turnos de guardia se integren, para asegurar la capacidad operativa del buque. Los trozos se integran con personal de cada una de las estaciones de mantenimiento en que se fracciona la división para la realización del mantenimiento. Para la programación y ejecución de las acciones de mantenimiento, las divisiones se fraccionarán en estaciones de mantenimiento, las cuales podrán constituirse por espacios específicos del buque o por un espacio asignado como taller, o bien por la definición de las acciones de mantenimiento a ser realizadas sobre equipos distribuidos en el buque. . El porte del buque determinará el número de divisiones asignadas a cada departamento, con base en la adaptabilidad de su organización interior. En el caso de los buques con departamento del buque, el Jefe de Departamento será el propio Comandante.

articulo 27. En cualquier condición operativa, la organización del buque deberá basarse en controles que le permitan al Comandante coordinar la utilización total de los sistemas del buque para alcanzar la máxima capacidad combativa, aun después de haber sufrido daños. Los Oficiales de División se constituirán en los oficiales de cargo, subordinados a cada Jefe de Departamento, serán responsables por la Administración del personal asignado a la división, así como del mantenimiento y control de los sistemas, equipos, aparatos o espacios a cargo de la misma. En departamentos unidivisionales, el Oficial de División será el Jefe del Departamento y los oficiales de cargo estarán integrados a la División. Para la ejecución de los servicios de guardia y otros de seguridad al buque, la división se fraccionará en tantos trozos como turnos de guardia se integren, para asegurar la capacidad operativa del buque. Los trozos se integran con personal de cada una de las estaciones de mantenimiento en que se fracciona la división para la realización del mantenimiento.

articulo 28. . El porte del buque determinará el número de divisiones asignadas a cada departamento, con base en la adaptabilidad de su organización interior. En el caso de los buques con departamento del buque, el Jefe de Departamento será el propio Comandante. En cualquier condición operativa, la organización del buque deberá basarse en controles que le permitan al Comandante coordinar la utilización total de los sistemas del buque para alcanzar la máxima capacidad combativa, aun después de haber sufrido daños. . Los Oficiales de División se constituirán en los oficiales de cargo, subordinados a cada Jefe de Departamento, serán responsables por la Administración del personal asignado a la división, así como del mantenimiento y control de los sistemas, equipos, aparatos o espacios a cargo de la misma. En departamentos unidivisionales, el Oficial de División será el Jefe del Departamento y los oficiales de cargo estarán integrados a la División.

articulo 29. . Los controles esenciales para la operación de un buque comprenden:. tipo, clase y particularidades individuales de diseño, así como de los sistemas del buque, determinarán la localización física de cada uno de los controles y la forma en que cada uno de ellos cumplirá con su cometido. Para el cumplimiento de su cometido, los controles se fraccionarán en estaciones de batalla y éstas en puestos específicos a los cuales será asignado el personal de manera individual. Los controles determinarán la distribución vertical en la confección del Plan General, contenido en el Manual de Organización Interior del Buque, de acuerdo a su tipo y clase.

articulo 31. Las condiciones operativas en las cuales puede encontrarse un buque serán tanto los zafarranchos para atender una condición específica como las condiciones de alistamiento o navegación; toda condición operativa estará relacionada con una condición de cierre o alistamiento de la estanqueidad. Los zafarranchos y las condiciones de alistamiento o navegación determinarán la distribución horizontal en la confección del Plan General. El Comandante asumirá el Control de Mando y se ubicará en el Puente de Gobierno o en el Centro de Información de Combate, según corresponda al tipo o clase de buque. El Segundo Comandante asumirá inicialmente el control del buque que se localizará en el Puente de Gobierno, pudiendo separarse de él a órdenes del Comandante, tanto para reconocer el área de una avería o supervisar el trabajo de la Central de Control de Averías. El adiestramiento orientado a desarrollar las habilidades del personal en los puestos a los cuales es asignado, obliga a considerar que éste debe ser capaz de cumplir las funciones de varios puestos o de la totalidad de ellos, considerados en la estación. . Para el cumplimiento de su cometido, los controles se fraccionarán en estaciones de batalla y éstas en puestos específicos a los cuales será asignado el personal de manera individual. Los controles determinarán la distribución vertical en la confección del Plan General, contenido en el Manual de Organización Interior del Buque, de acuerdo a su tipo y clase.

articulo 32. El adiestramiento orientado a desarrollar las habilidades del personal en los puestos a los cuales es asignado, obliga a considerar que éste debe ser capaz de cumplir las funciones de varios puestos o de la totalidad de ellos, considerados en la estación. El Comandante asumirá el Control de Mando y se ubicará en el Puente de Gobierno o en el Centro de Información de Combate, según corresponda al tipo o clase de buque. El Segundo Comandante asumirá inicialmente el control del buque que se localizará en el Puente de Gobierno, pudiendo separarse de él a órdenes del Comandante, tanto para reconocer el área de una avería o supervisar el trabajo de la Central de Control de Averías. Las condiciones operativas en las cuales puede encontrarse un buque serán tanto los zafarranchos para atender una condición específica como las condiciones de alistamiento o navegación; toda condición operativa estará relacionada con una condición de cierre o alistamiento de la estanqueidad. Los zafarranchos y las condiciones de alistamiento o navegación determinarán la distribución horizontal en la confección del Plan General.

El Comandante asumirá el Control de Mando y se ubicará en el Puente de Gobierno o en el Centro de Información de Combate, según corresponda al tipo o clase de buque. El Segundo Comandante asumirá inicialmente el control del buque que se localizará en el Puente de Gobierno, pudiendo separarse de él a órdenes del Comandante, tanto para reconocer el área de una avería o supervisar el trabajo de la Central de Control de Averías. articulo 33. articulo 13. articulo 23.

articulo 34. Por condiciones de alistamiento o navegación, se deberá entender la aplicación de procedimientos para la operación del buque utilizando una fracción de la dotación en la realización de evoluciones o acciones determinadas, para enfrentar al enemigo o alguna contingencia real o con fines de ejercicio. Por zafarrancho se deberá entender la aplicación de procedimientos para la preparación y operación del buque, utilizando a toda la dotación en la realización de evoluciones o acciones determinadas, sean éstas para enfrentar al enemigo o alguna contingencia, así como para la realización de prácticas y ejercicios. Las condiciones operativas en las cuales puede encontrarse un buque serán tanto los zafarranchos para atender una condición específica como las condiciones de alistamiento o navegación; toda condición operativa estará relacionada con una condición de cierre o alistamiento de la estanqueidad. Los zafarranchos y las condiciones de alistamiento o navegación determinarán la distribución horizontal en la confección del Plan General.

Por zafarrancho se deberá entender la aplicación de procedimientos para la preparación y operación del buque, utilizando a toda la dotación en la realización de evoluciones o acciones determinadas, sean éstas para enfrentar al enemigo o alguna contingencia, así como para la realización de prácticas y ejercicios. articulo 34. artículo 15. articulo 25. articulo 35.

Por condiciones de alistamiento o navegación, se deberá entender la aplicación de procedimientos para la operación del buque utilizando una fracción de la dotación en la realización de evoluciones o acciones determinadas, para enfrentar al enemigo o alguna contingencia real o con fines de ejercicio. artículo 16. articulo 26. articulo 36. articulo 34.

articulo 27. Por condiciones de alistamiento o navegación, se deberá entender la aplicación de procedimientos para la operación del buque utilizando una fracción de la dotación en la realización de evoluciones o acciones determinadas, para enfrentar al enemigo o alguna contingencia real o con fines de ejercicio. Los zafarranchos determinarán la forma en que se articularán los diversos controles y la distribución del personal en ellos. De acuerdo a sus características serán clasificados en operacionales y especiales. Los zafarranchos operacionales requieren la participación del total de la dotación ocupando puestos específicos para realizar una evolución o acción determinada, tales como:.

articulo 38. Por condiciones de alistamiento o navegación, se deberá entender la aplicación de procedimientos para la operación del buque utilizando una fracción de la dotación en la realización de evoluciones o acciones determinadas, para enfrentar al enemigo o alguna contingencia real o con fines de ejercicio. Los zafarranchos determinarán la forma en que se articularán los diversos controles y la distribución del personal en ellos. De acuerdo a sus características serán clasificados en operacionales y especiales. Los zafarranchos operacionales requieren la participación del total de la dotación ocupando puestos específicos para realizar una evolución o acción determinada, tales como: los tipos de zafarranchos de combate, vuelo etc.

En tiempo de paz, la organización de las guardias seguirá en importancia a la organización para el combate. La condición IV corresponderá a la guardia de navegación. Esta condición de alistamiento es aquella que provee la guardia óptima para crucero de tiempo de paz, la cual se integrará con personal calificado para la operación segura y eficiente del buque, permitiendo reducir la fatiga del personal asignado a las guardias. articulo 42. articulo 2. articulo 34.

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