option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Regulación de armas, pirotécnica y cartuchería

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Regulación de armas, pirotécnica y cartuchería

Descripción:
Modulo VI (TTP)

Fecha de Creación: 2022/08/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 55

Valoración:(2)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

CIPAE. Comisión ministerial Permanente de Armas y Explosivos. Organismo consultivo para la interpretación de los reglamentos de armas y explosivos. Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. Organismo consultivo para la interpretación de los reglamentos de armas y explosivos. Comisión Interministerial transitoria de Armas y Explosivos. Organismo consultivo para la interpretación de los reglamentos de armas y explosivos. Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. Organismo regulador para la interpretación de los reglamentos de armas y explosivos.

Arma de fuego. Arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible. Arma no portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible. Arma portátil que no tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible. Arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse difícilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible.

Arma blanca. Arma constituida por una hoja metálica u otro material de características físicas semejantes, cortante o punzante. Arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible. Son instrumentos que, por su propia naturaleza o forma en que pueden ser manejados, representan un riesgo potencialmente grave para la vida aumentando la capacidad ofensiva del agresor y disminuyendo la capacidad defensiva de la víctima. Artículo pirotécnico con fines recreativo o de entretenimiento.

Objeto peligroso. Son instrumentos que, por su propia naturaleza o forma en que pueden ser manejados, representan un riesgo potencialmente grave para la vida aumentando la capacidad ofensiva del agresor y disminuyendo la capacidad defensiva de la víctima. Son instrumentos que, por su propia naturaleza o forma en que pueden ser manejados, representan un riesgo potencialmente leve para la vida aumentando la capacidad ofensiva del agresor y disminuyendo la capacidad defensiva de la víctima. Arma constituida por una hoja metálica u otro material de características físicas semejantes, cortante o punzante. Arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible.

Señale la correcta respecto a la piezas fundamentales: Las piezas fundamentales terminadas tendrán el mismo régimen jurídico que las armas de las que formen parte y quedarán incluidas en la categoría en que se haya clasificado el arma en la que se monten o vayan a ser montadas. Las piezas fundamentales no terminadas tendrán el mismo régimen jurídico que las armas de las que formen parte y quedarán incluidas en la categoría en que se haya clasificado el arma en la que se monten o vayan a ser montadas. Las piezas fundamentales terminadas tendrán diferente régimen jurídico que las armas de las que formen parte y quedarán incluidas en la categoría en que se haya clasificado el arma en la que se monten o vayan a ser montadas. Ninguna es correcta.

¿Qué supone carecer de la guía del arma, o de las licencias requeridas para las armas de fuego?. Infracción administrativa. Delito. Sanción administrativa. Ninguna es correcta.

¿Qué supone carecer de la licencia de arma de fuego?. Infracción administrativa. Delito del art 564 del CP. Sanción administrativa. Delito del art 555 del CP.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas prohibidas?. Las armas de fuego que sean el resultado de una fabricación o de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización. Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas. Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín. Las armas de fuego cortas semiautomáticas de percusión central cuya capacidad de carga sea superior a veintiún cartuchos, incluido el alojado en la recámara.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas prohibidas?. Las armas de fuego largas semiautomáticas de percusión central cuya capacidad de carga sea superior a once cartuchos, incluido el alojado en la recámara. Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos. Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto. Bastones - estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas prohibidas?. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, dos filos y puntiaguda. Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas. Las defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, puño americano, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes. Las armas de fuego largas de cañones recortados.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas parcialmente prohibidas?. Las armas de fuego cortas semiautomáticas de percusión central cuya capacidad de carga sea superior a veintiún cartuchos, incluido el alojado en la recámara. Las armas de fuego largas semiautomáticas de percusión central cuya capacidad de carga sea superior a once cartuchos, incluido el alojado en la recámara. Las armas de fuego largas de cañones recortados. Las defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, puño americano, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas parcialmente prohibidas?. Las armas de fuego automáticas que hayan sido transformadas en armas de fuego semiautomáticas. Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de percusión central semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de 20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos. Las armas de fuego largas que puedan reducirse a una longitud de menos de 60 cm sin perder funcionalidad por medio de una culata plegable, telescópica o eliminable. Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas parcialmente prohibidas?. Las armas de fuego que hayan sido transformadas para dispararcartuchos de fogueo, productos irritantes, otras sustancias activas, cartuchos pirotécnicos, o para disparar salvas o señales acústicas. Las armas de alarma y señales que no vayan a emplearse para actividades (autorizadas) deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, así como para fines de coleccionismo. Los *SPRAYS de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancialmente estupefacientes, tóxicas o corrosivas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, dos filos y puntiaguda.

¿Cuáles de estas NO se consideran armas parcialmente prohibidas?. Las defensas eléctricas, de goma o extensibles, y las tonfas o similares. Las municiones con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles correspondientes. Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles «dum-dum» o de punta hueca, así como los propios proyectiles. Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.

"Con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 de este Reglamento, de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego..." Señale la correcta: Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo. Queda prohibida la tenencia, salvo en la vía publica como objeto de adorno o de coleccionismo. No queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo. No queda prohibida la tenencia, salvo en la vía publica como objeto de adorno o de coleccionismo.

¿Cuando estará prohibido el uso de cuchillos, machetes y demás armas blancas usadas por los particulares?. Cuando formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Cuando formen parte de armamentos que no estén debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Cuando formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos no competentes. Ninguna es correcta.

¿Qué requerirá la venta de algún tipo de estos cuchillos, machetes y demás armas por los particulares?. La presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos. La presentación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos. La anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos. La presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas sin derecho al uso de dichos armamentos.

¿Qué prohibiciones existen en referencia a las navajas no automáticas cuya hoja excede de 11 centímetros?. Comercialización. Publicidad. Compraventa. Todas son correctas.

¿Qué prohibiciones existen en referencia a las navajas no automáticas cuya hoja excede de 11 centímetros? Indique la Incorrecta: Tenencia. Su uso. La compraventa. Tenerlas en el domicilio como objeto de adorno.

¿Cuáles de estas NO son consideradas armas de guerra?. Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros. Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra. Armas de fuego automáticas. Armas de fuego semiautomáticas.

¿Cuáles de estas NO son consideradas armas de guerra?. Las municiones para las armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros. Las municiones para las armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 20 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra. Bombas de aviación, misiles, cohetes, torpedos, minas, granadas, así como sus subconjuntos y componentes esenciales. Las municiones para las armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 10 milímetros.

¿Cuáles de estas NO son consideradas armas de guerra?. Los conjuntos, subconjuntos y componentes esenciales de las armas y municiones de las armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre igual o superior a 20 milímetros. Las que se consideren armas de guerra por el ministerio de defensa. Armas de fuego automáticas. Armas de fuego o sistemas de armas de fuego de calibre inferior a 10 milímetros, cuyos calibres sean considerados por el Ministerio de Defensa como de guerra.

Los titulares de licencias para armas largas rayadas podrán adquirir únicamente hasta... 1.000 cartuchos anuales por arma. 5.000 cartuchos anuales por arma. 3.000 cartuchos anuales por arma. 2.000 cartuchos anuales por arma.

En referencia a las armas largas rayadas... ¿Cuántos cartuchos se podrán tener en deposito?. En ningún caso se podrá tener un numero superior a 200 cartuchos. En ningún caso se podrá tener un numero menor a 200 cartuchos. En ningún caso se podrá tener un numero superior a 300 cartuchos. En ningún caso se podrá tener un numero menor a 300 cartuchos.

Los titulares de licencia para arma corta sólo podrán adquirir... 100 cartuchos anuales por arma. 300 cartuchos anuales por arma. 500 cartuchos anuales por arma. 200 cartuchos anuales por arma.

En referencia a las armas cortas... ¿Cuántos cartuchos se podrán tener en deposito?. El numero de cartuchos en deposito no puede ser superior a 150. El numero de cartuchos en deposito no puede ser inferior a 150. El numero de cartuchos en deposito no puede ser superior a 300. El numero de cartuchos en deposito no puede ser inferior a 300.

¿Cuántos cartuchos de caza no metálicos pueden adquirirse?. 300. 400. 200. Un numero ilimitado.

En referencia a los cartuchos de caza no metálicos... ¿Cuántos cartuchos se podrán tener en deposito?. En ningún caso podrá tenerse un deposito superior a las 5000 unidades de esta clase de cartuchos. En ningún caso podrá tenerse un deposito inferior a las 5000 unidades de esta clase de cartuchos. En ningún caso podrá tenerse un deposito superior a las 3000 unidades de esta clase de cartuchos. En ningún caso podrá tenerse un deposito inferior a las 3000 unidades de esta clase de cartuchos.

Artificios de pirotecnia: F1. Artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales. Artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. Artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana. Artificios de pirotecnia de alta peligrosidad destinados al uso exclusivo por parte de expertos, también denominados «artificios de pirotecnia para uso profesional» y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana.

Artificios de pirotecnia: F2. Artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales. Artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. Artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana. Artificios de pirotecnia de alta peligrosidad destinados al uso exclusivo por parte de expertos, también denominados «artificios de pirotecnia para uso profesional» y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana.

Artificios de pirotecnia: F3. Artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales. Artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. Artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana. Artificios de pirotecnia de alta peligrosidad destinados al uso exclusivo por parte de expertos, también denominados «artificios de pirotecnia para uso profesional» y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana.

Artificios de pirotecnia: F4. Artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales. Artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. Artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana. Artificios de pirotecnia de alta peligrosidad destinados al uso exclusivo por parte de expertos, también denominados «artificios de pirotecnia para uso profesional» y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana.

¿Cuántos años se requieren para utilizar los elementos pirotécnicos de la categoría F1?. Mínimo 12 años de edad. Mínimo 16 años de edad. Mínimo 18 años de edad. Mínimo 14 años de edad.

¿Cuántos años se requieren para utilizar los elementos pirotécnicos de la categoría F2?. Mínimo 12 años de edad. Mínimo 16 años de edad. Mínimo 18 años de edad. Mínimo 14 años de edad.

¿Cuántos años se requieren para utilizar los elementos pirotécnicos de la categoría F3?. Mínimo 12 años de edad. Mínimo 16 años de edad. Mínimo 18 años de edad. Mínimo 14 años de edad.

¿Qué se requiere para poder utilizar los elemento pirotécnicos de la categoría F4?. Carnet de experto pirotécnico. Licencia de experto pirotécnico. Carnet de novato pirotécnico. Licencia de experto pirotécnico sellada por el Ministerio de Defensa.

¿Qué dispone en el articulo 89 del reglamento de armas?. La adquisición y tenencia de armas de la categoría 5.ª, 1, es libre para personas mayores de edad. Es la guía de pertenencia, extendida en el correspondiente impreso confeccionado por la Dirección General de la Guardia Civil, se harán constar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales del propietario del arma, así como los de la licencia correspondiente; contendrá una reseña completa del arma; y la acompañará siempre, en los casos de uso, depósito y transporte. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª. Ninguna es correcta.

¿Qué dispone en el articulo 106 del reglamento de armas?. La adquisición y tenencia de armas de la categoría 5.ª, 1, es libre para personas mayores de edad. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª. Es la guía de pertenencia, extendida en el correspondiente impreso confeccionado por la Dirección General de la Guardia Civil, se harán constar el número del documento nacional de identidad o documento equivalente y los datos personales del propietario del arma, así como los de la licencia correspondiente; contendrá una reseña completa del arma; y la acompañará siempre, en los casos de uso, depósito y transporte. Ninguna es correcta.

En referencia al articulo 106 "La adquisición y tenencia de armas de la categoría 5.ª, 1, es libre para personas mayores de edad". ¿Qué tipo de armas son las de la categoría 5.ª, 1?. Armas blancas no prohibidas. Armas de gas o aire de repetición. Armas históricas o antiguas. Armas fabricadas antes de 1870 (antiguas por Mº de defensa).

¿Qué dispone en el articulo 146 del reglamento de armas?. A) Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª. B) Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento. C) La adquisición y tenencia de armas de la categoría 5.ª, 1, es libre para personas mayores de edad. D) A Y B son correctas.

En referencia al articulo 146 del reglamento de armas: ¿Ante quien quedara a criterio si un particular porta un arma de fuego con la licencia fuera de su domicilio?. Al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador del arma tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad. Al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador del arma tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, en especial si se trata de armas amparadas en licencias A, por razones de seguridad. Al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador del arma tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, en especial si se trata de armas amparadas en licencias E, por razones de seguridad. Ninguna es correcta.

En el articulo 147.1 del reglamento de armas dispone que los usuarios de las armas... Deberán estar en todo momento en condiciones de controlarlas. Pueden dejárselas a otra persona siempre y cuando tenga la licencia correspondiente al arma recibida. Podrán llevarlas sin ningún tipo de funda, enganchadas al simple cinturón del pantalón. Ninguna es correcta.

En referencia al articulo 147.1 del reglamento de armas: ¿Cómo deberán actuar los portadores de las armas en presencia o proximidad de personas?. Deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes. Deberán actuar sin las precauciones necesarias y comportarse de forma que no puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes. Deberán actuar con la diligencia y precauciones necesarias y comportarse de forma que puedan causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes. Ninguna es correcta.

En referencia al articulo 147.2 del reglamento de armas: ¿Cuando queda prohibido portar, usar o exhibir las armas?. Sin necesidad o de modo negligente o temerario. Mientras se utilizan cascos o auriculares conectados con aparatos receptores o reproductores de sonidos. Bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas. Todas son correctas.

¿En cuales de estos delitos NO interviene el Reglamento de armas?. Riña tumultuaria (art 154 CP). Quebrantamiento de condena (art 468 CP). Derecho de reunión/manifestación y porte de armas (art 514 CP). Delitos de lesiones dolosas (art 147 CP).

¿En cuales de estos delitos NO interviene el Reglamento de armas?. Perturbación del orden público (art 561 CP). Tenencia de armas prohibidas y modificación (art 563 CP). Carencia de licencia para armas de fuego (art 564 CP). Delito de hurto (art 235 CP).

Normativa aplicable: Art 36.10 de la L.O.P.S.C. Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal. La perturbación del desarrollo de una reunión o manifestación lícita, cuando no constituya infracción penal. La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación. Ninguna es correcta.

Normativa aplicable: Art 36.12 de la L.O.P.S.C. La fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, certificación, enajenación o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos, incumpliendo la normativa de aplicación, careciendo de la documentación o autorización requeridas o excediendo los límites autorizados cuando tales conductas no sean constitutivas de delito, así como la omisión, insuficiencia, o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias. La negativa de acceso o la obstrucción deliberada de las inspecciones o controles reglamentarios, establecidos conforme a lo dispuesto en esta Ley, en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves. La ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal. Ninguna es correcta.

Normativa aplicable: Art 563 CP. La tenencia de armas prohibidas y la de aquellas que sean resultado de la modificación sustancial de las características de fabricación de armas reglamentadas, será castigada con la pena de prisión de uno a tres años. Los Jueces o Tribunales podrán rebajar en un grado las penas señaladas en los artículos anteriores, siempre que por las circunstancias del hecho y del culpable se evidencie la falta de intención de usar las armas con fines ilícitos. La tenencia o el depósito de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o sus componentes, así como su fabricación, tráfico o transporte, o suministro de cualquier forma, no autorizado por las Leyes o la autoridad competente, serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años, si se trata de sus promotores y organizadores, y con la pena de prisión de tres a cinco años para los que hayan cooperado a su formación. Ninguna es correcta.

Normativa aplicable: Art 564 CP. La tenencia de armas de fuego reglamentadas, careciendo de las licencias o permisos necesarios. Respecto de las municiones, los Jueces y Tribunales, teniendo en cuenta la cantidad y clase de las mismas, declararán si constituyen depósito a los efectos de este capítulo. Se considera depósito de armas de fuego reglamentadas la fabricación, comercialización o reunión de cinco o más de dichas armas, aun cuando se hallen en piezas desmontadas. Ninguna es correcta.

Normativa aplicable: Art 567.1 CP. Se considera depósito de armas de guerra la fabricación, la comercialización o la tenencia de cualquiera de dichas armas, con independencia de su modelo o clase, aun cuando se hallen en piezas desmontadas. Se considera depósito de armas químicas, biológicas, nucleares o radiológicas o de minas antipersonas o de municiones en racimo la fabricación, la comercialización o la tenencia de las mismas. El depósito de armas, en su vertiente de comercialización, comprende tanto la adquisición como la enajenación. Todas son correctas.

Normativa aplicable: Art 567.2 CP. Se consideran armas de guerra las determinadas como tales en las disposiciones reguladoras de la defensa nacional. Se consideran armas químicas, biológicas, nucleares o radiológicas, minas antipersonas o municiones en racimo las determinadas como tales en los tratados o convenios internacionales en los que España sea parte. Se entiende por desarrollo de armas químicas, biológicas, nucleares o radiológicas, minas antipersonas o municiones en racimo cualquier actividad consistente en la investigación o estudio de carácter científico o técnico encaminada a la creación de una nueva arma química, biológica, nuclear o radiológica, o mina antipersona o munición en racimo o la modificación de una preexistente. Todas son correctas.

Normativa aplicable: Art 567.3 CP. Se considera depósito de armas de fuego reglamentadas la fabricación, comercialización o reunión de cinco o más de dichas armas, aun cuando se hallen en piezas desmontadas. La negativa de acceso o la obstrucción deliberada de las inspecciones o controles reglamentarios, establecidos conforme a lo dispuesto en esta Ley, en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves. La perturbación del desarrollo de una reunión o manifestación lícita, cuando no constituya infracción penal. Ninguna es correcta.

Normativa aplicable: Art 567.4 CP. Respecto de las municiones, los Jueces y Tribunales, teniendo en cuenta la cantidad y clase de las mismas, declararán si constituyen depósito a los efectos de este capítulo. La perturbación del desarrollo de una reunión o manifestación lícita, cuando no constituya infracción penal. La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación. Ninguna es correcta.

Normativa aplicable: Art 568 CP. La tenencia o el depósito de sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios o asfixiantes, o sus componentes, así como su fabricación, tráfico o transporte, o suministro de cualquier forma, no autorizado por las Leyes o la autoridad competente, serán castigados con la pena de prisión de cuatro a ocho años, si se trata de sus promotores y organizadores, y con la pena de prisión de tres a cinco años para los que hayan cooperado a su formación. La carencia de los registros previstos en esta Ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana o la omisión de comunicaciones obligatorias. La ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal. El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya delito.

Denunciar Test