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REPASO

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Título del Test:
REPASO

Descripción:
estudio

Fecha de Creación: 2024/03/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 75

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Cecilia, perjudicada en un procedimiento penal por un delito de lesiones, ha obtenido la cantidad de 10.000 euros, en concepto de responsabilidad civil derivada del delito. Contra la sentencia dictada, Jürgen ha interpuesto recurso de apelación. ¿Puede pedir Cecilia la ejecución provisional sobre la responsabilidad civil?. Los pronunciamientos sobre responsabilidad civil no serán susceptibles de ejecución provisional. Los pronunciamientos sobre responsabilidad civil sólo serán susceptibles de ejecución provisional si la cuantía objeto de condena es inferior a 5.000 €. Los pronunciamientos sobre responsabilidad civil sólo serán susceptibles de ejecución provisional si se ha interpuesto recurso de casación, pero la ejecución provisional no es posible si se ha interpuesto recurso de apelación. Los pronunciamientos sobre responsabilidad civil serán susceptibles de ejecución provisional con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Emilio ha obtenido una sentencia judicial favorable que acuerda el lanzamiento de Bibiana, que estaba poseyendo un inmueble en precario, y que constituía la vivienda habitual de ésta. ¿Qué plazo le concederá el letrado de la Administración de Justicia para desalojar el inmueble?. Cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado o de quienes de él dependan, el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo de cinco días para desalojarlo. De existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo diez días más. Cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado o de quiénes 16 de él dependan, el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo de diez días para desalojarlo. De existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo un mes más. c) Cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado o de quienes de él dependan, el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo de un mes para desalojarlo. De existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo un mes más. Cuando el inmueble cuya posesión se deba entregar fuera vivienda habitual del ejecutado o de quienes de él dependan, el Letrado de la Administración de Justicia les dará un plazo de dos meses para desalojarlo. De existir motivo fundado, podrá prorrogarse dicho plazo diez días más.

Aritz desea interponer una tercería de dominio, por considerar que el bien embargado por el juzgado es de su propiedad y no de Julen, el ejecutado. Señale la respuesta correcta. La tercería de dominio, que habrá de interponerse ante el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, se resolverá por el tribunal que dictó la orden general y despacho de la misma y se sustanciará por los trámites previstos para el juicio verbal. La tercería de dominio, que habrá de interponerse ante el juez responsable de la ejecución, se resolverá por el tribunal que dictó la orden general y despacho de la misma y se sustanciará por los trámites previstos para el juicio verbal. La tercería de dominio, que habrá de interponerse ante el Letrado de la Administración de Justicia responsable de la ejecución, se resolverá por el tribunal que dictó la orden general y despacho de la misma y se sustanciará por los trámites previstos para el juicio ordinario. La tercería de dominio, que habrá de interponerse ante el juez responsable de la ejecución, se resolverá por el tribunal que dictó la orden general y despacho de la misma y se sustanciará por los trámites previstos para el juicio ordinario.

Usted es el/la procurador/a del Sr. Pérez, que quiere iniciar una demanda de reclamación de cantidad, ¿puede solicitar una nota simple del Registro de la Propiedad de una finca sobre la que puede ser el interés de su mandante para solicitar el embargo?. Si, Los Registros serán públicos para quienes tengan interés conocido en averiguar el estado de los bienes inmuebles o derechos reales inscritos. No, debe haber un procedimiento judicial abierto para poder solicitar una nota simple registral. No, nunca, porque los datos están protegidos. Si, si pide una conciliación previa ante el Notario en virtud de la Ley de Jurisdicción Voluntaria y éste califica el interés necesario.

Estamos ante una ejecución por condena de hacer personalísimo en la que el ejecutante, dado el interés que tiene en obtener el cumplimiento en forma específica de la obligación, ha solicitado al órgano judicial encargado de la ejecución que se apremie al ejecutado con multas coercitivas. El ejecutante le pregunta a su procurador/a lo siguiente: ¿Por cuánto tiempo se pueden imponer dichas multas y cuál es la cuantía máxima a la que pueden ascender?. Las multas serán mensuales hasta el máximo de un año y su cuantía podrá ascender a un veinte por ciento del precio o valor o podrá imponerse una multa única al cincuenta por ciento del precio o valor de la prestación. Las multas serán trimestrales sin límite temporal y su cuantía podrá ascender a un cincuenta por ciento del precio o valor de la prestación. Las multas serán semestrales hasta el máximo de dos años y su cuantía podrá ascender a un veinte por ciento del precio o valor de la prestación. En la ejecución por condenas de hacer personalísimo, transcurrido el plazo del requerimiento, proseguirá la ejecución para entregar al ejecutante un equivalente pecuniario de la prestación.

Santiago, procurador de los tribunales, interpone demanda de tercería de dominio frente al acreedor ejecutante y al ejecutado cuya pretensión va dirigida a obtener el alzamiento del embargo de un bien que afirma ser de su propiedad. Los demandados no contestan a la demanda, ¿cuál será la consecuencia para la ejecución?. Se entenderá que admiten los hechos alegados en la demanda, dictándose auto estimando la tercería y ordenando el alzamiento de la traba, la remoción del depósito y la cancelación de cualquier medida de garantía del embargo del bien de qué se trata. Se entenderá que los demandados se oponen a la demanda de tercería de dominio, debiendo el actor probar la titularidad del bien embargado. Se entenderá que ejecutante y ejecutado han actuado de mala fe, imponiéndose las costas por tal motivo. Se entenderá que el ejecutado admite los hechos alegados en la demanda, pero no así el ejecutante al no haber sido designado por él el bien al que se refiere la tercería.

A Santos, procurador de los tribunales, un cliente le ha pedido que le represente en la ejecución derivada de un acuerdo de mediación por valor de 2.500 €. Sin embargo, Santos 20 le informa que no es necesaria su presencia para dicha ejecución. ¿Es correcta dicha información?. No, en los casos de ejecución de acuerdos de mediación es obligatoria siempre la actuación por medio de un/a procurador/a. Sí, en los casos de ejecución de acuerdos de mediación no es obligatoria la intervención de procurador/a. No, para la ejecución de un acuerdo de mediación se requerirá la intervención de procurador/a siempre que la cantidad por la que se despache ejecución sea superior a 2.000 euros. No, para la ejecución derivada de un acuerdo de mediación se requerirá la intervención de abogado/a siempre que la cantidad por la que se despache ejecución sea superior a 1.000 euros.

María es procuradora y ejerce en Linares. Está interviniendo en un proceso de ejecución dineraria en representación de la parte ejecutante y acaba de practicar una anotación preventiva de embargo sobre un bien inmueble, motivo por el que se cuestiona cuánto tiempo estará vigente la anotación preventiva de embargo practicada sobre la finca. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Las anotaciones preventivas de embargo no caducan. Las anotaciones preventivas de embargo caducan a los cuatro años desde la fecha de la anotación, u otro plazo que dispongan las leyes. Las anotaciones preventivas de embargo caducan a los diez años desde la fecha de la anotación. Las anotaciones preventivas de embargo no caducan y se convierten en inscripción definitiva.

Condenado en costas el responsable civil subsidiario en un proceso penal, sus bienes son insuficientes para cubrir todas las responsabilidades pecuniarias y su procurador/a tienen dudas acerca de cómo proceder. ¿Cuál de las siguientes respuestas es correcta?. Puede solicitarse al órgano jurisdiccional un fraccionamiento del pago. Puede solicitarse una ayuda al Estado para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias. El condenado debe hacer frente a todas las responsabilidades pecuniarias sin que proceda ningún tipo de fraccionamiento del pago. El juez puede de oficio acordar directamente el fraccionamiento del pago.

.La procuradora Rosalía Sánchez recibe una calificación negativa del Registrador que expresa no poder expedir una certificación de cargas del art 688 LEC, dimanante de ejecución hipotecaria, porque existe inscrita y no cancelada otra anotación marginal anterior dimanante de otro procedimiento de ejecución hipotecaria. ¿Qué debe hacer Rosalía?. Debe recurrir la resolución, pues nada impide que se expidan certificaciones de cargas por la existencia de ejecuciones hipotecarias varias por la misma carga. Debe solicitar al Juzgado que le entregó el mandamiento de certificación que intenta inscribir que ordene la cancelación de la carga anterior. Debe desistir de la ejecución instada que no podrá interponer hasta que la cancelación de la anotación anterior esté realizada. Debe indicar a su cliente o abogado que hay que solicitar en el anterior procedimiento que se cancele la anotación marginal, pues son anotaciones incompatibles.

María del Carmen, procuradora de los tribunales, representa a un cliente al que le han embargado un bien de forma preventiva. Sin embargo, dicho embargo es erróneo puesto que él no es la parte demandada en el correspondiente proceso declarativo. Por ello, le pide a su procuradora que interponga en su nombre demanda de tercería de dominio. ¿Puede interponerse?. Sí, porque la tercería de dominio puede interponerse también cuando el embargo es preventivo, aunque deberá acompañarse de un principio de prueba por escrito del fundamento del tercerista. Sí, porque la tercería de dominio puede interponerse también cuando el embargo es preventivo, sin necesidad de aportar ninguna documentación. No, porque la tercería de dominio sólo puede interponerse cuando el bien es embargado de forma definitiva y siempre que existan dudas razonables acerca de su propiedad. No, porque la tercería de dominio sólo puede interponerse por un bien embargado de forma definitiva, no preventiva.

4.Dictada sentencia en primera instancia favorable al actor, es recurrida por el demandado. El actor le pregunta a su procurador si hay algún mecanismo procesal para cobrar cuanto antes del deudor, al prever que el proceso se puede alargar en demasía. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. El actor no puede hacer nada, tiene que esperar a que la sentencia sea firme para solicitar la ejecución definitiva. Las sentencias de primera instancia que no sean firmes son susceptibles de ejecución provisional, salvo los casos exceptuados legalmente. Puede solicitar la ejecución provisional de la sentencia de primera instancia desde que ésta se dicta hasta que se interpone el recurso. Puede solicitar la medida cautelar de embargo de bienes y pedir que se ejecute el embargo.

Natalia, procuradora de los tribunales, se plantea en el inicio de su ejercicio profesional y tiene dudas acerca del orden jurisdiccional en el que especializarse, por ello quiere saber ¿En qué órdenes jurisdiccionales puede el/la procurador/a, como profesional colaborador de la administración de justicia, realizar los actos de comunicación en el curso de un proceso?. Civil, penal, social y contencioso-administrativo. Civil, mercantil y de familia. Civil, penal y social. Civil y social.

Raúl recibe del Juzgado de Primera Instancia no 1 de Mallorca un requerimiento para que en el plazo de 20 días pague a Juan la cantidad de 5.000 euros o comparezca y se oponga. El requerimiento es consecuencia de una petición inicial de procedimiento monitorio presentada directamente por Juan, sin representación procesal alguna. Si Raúl quiere presentar escrito de oposición necesitará actuar mediante la representación procesal de un procurador/a?. No, los procedimientos monitorios se encuentran exceptuados de la comparecencia obligatoria por medio de procurador/a. No, hasta los 6.000 euros no es obligatoria la comparecencia por medio de procurador/a. Sí, dado que la oposición en el monitorio sigue la regla general de que la cuantía no exceda de 2.000 euros para exceptuar la comparecencia obligatoria por medio de procurador/a. Sí, dado que los procedimientos monitorios no se encuentran exceptuados de la comparecencia obligatoria por medio de procurador/a.

¿Qué consecuencias tendrá para la ejecución que en el acto de la subasta no concurra ningún postor?. Se volverá a celebrar la subasta, transcurridos veinte días, sobre los mismos bienes embargados. Podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por la cantidad que estime justa. Se procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado, si el acreedor no solicita la adjudicación de los bienes por el 20 por 100 del valor de tasación, o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. Se procederá a la venta de los bienes por persona o entidad especializada.

Recaído embargo sobre bienes inmuebles, el ejecutante solicita al Juzgado que se libre mandamiento para que se haga anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad. ¿Quién, cuándo y cómo remitirá el correspondiente mandamiento al Registro de la Propiedad?. El mismo día de su expedición el/la letrado/a de la administración de justicia remitirá al Registro de la Propiedad el mandamiento por fax, o por cualesquiera otros medios electrónicos, informáticos y similares previstos legalmente (art. 162 LEC). Dentro de los tres días siguientes al de su expedición el/la letrado/a de la administración de justicia remitirá al Registro de la Propiedad el mandamiento por fax, o por cualesquiera otros medios electrónicos, informáticos y similares previstos legalmente (art. 162 LEC). El mismo día de su expedición el/la juez/a remitirá al Registro de la Propiedad el mandamiento por fax, o por cualesquiera otros medios electrónicos, informáticos y similares previstos legalmente (art. 162 LEC). El mandamiento para que se haga la anotación preventiva de embargo habrá de ser entregado en el Registro de la Propiedad por el/la procurador/a del ejecutante, pues el órgano judicial no es el encargado de gestionar este tipo de actos de comunicación.

¿El auto por el que se despacha la ejecución es recurrible?. Sí, la parte demandada puede interponer recurso de apelación que resolverá el órgano ad quem. Sí, la parte demandada puede interponer recurso de reposición. No, pero la parte demandada podrá oponerse por escrito dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto, alegando los motivos procesales y/o de fondo previstos legalmente. No, la parte demandada sólo podrá hacer valer sus derechos en el proceso ordinario correspondiente.

El Juzgado de Primera Instancia no 1 de León dictó sentencia en el juicio verbal número 045/2020, tramitado a instancia de Don Miguel Sánchez Narváez, contra la sociedad anónima “Industrias lácteas Leonesas”, sobre reclamación de 3.500 € de principal, más intereses y costas. La sentencia estimatoria de la pretensión es recurrida por ambas partes, rebajando el órgano ad quem la cantidad de condena a 3.000 €, más intereses y costas. 1. En la demanda de ejecución, Sara fija provisionalmente, para hacer frente a los intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y a las costas de ésta, una cantidad equivalente al treinta y uno por ciento de la que se reclama en la demanda ejecutiva en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos. ¿Es correcta esta previsión realizada en la demanda ejecutiva?. No, porque el ejecutante no podrá solicitar más de un treinta por ciento en concepto de intereses que puedan devengarse en la ejecución y costas de ésta, de la cantidad que se reclame por principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos. No, porque el ejecutante no puede solicitar cantidad alguna que no resulte líquida al momento de presentar la demanda ejecutiva, siendo a costa del ejecutante los gastos y costas que se vayan produciendo. Sí, el ejecutante puede fijar la cantidad que estime conveniente para intereses y costas de la ejecución, sin perjuicio de la posterior liquidación. Sí, la cantidad que el ejecutante puede fijar en la demanda ejecutiva para intereses que se devenguen en la ejecución y costas de ésta puede ser superior al treinta por ciento del principal y de los intereses ordinarios y moratorios vencidos, siempre que justifique, en atención a la previsible duración de la ejecución y al tipo de interés aplicable, que los intereses y costas de la ejecución superaran el treinta por ciento de principal e intereses vencidos.

.Marina,estudiante del Máster Abogacía- Procura, acaba de estudiar el proceso de ejecución .Su compañero Darío cree que tomó mal unas anotaciones, y por eso le pide a Marina que le recuerde ¿Cuáles el único expediente de jurisdicción voluntaria en el que cabe despachar ejecución?. Actos De Conciliación. La Adopción. Rendición De Cuentas,excusa y remoción del defensor judicial. Intervención judicial en caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad.

El procurador Andrés Fernández inicia una reclamación de cuenta profesional (jura cuentas) contra su cliente, al no haberle abonado sus derechos y suplidos devengados en un procedimiento declarativo ordinario. Tras realizar la tramitación oportuna, se dicta decreto determinando que la cantidad adeudada a dicho procurador es de 5.325 euros. ¿Es preceptiva la intervención de abogado y procurador para presentar demanda de ejecución a fin de cobrar esa cantidad?. Si, puesto que conforme al artículo 539 LEC hemos de fijarnos en el procedimiento declarativo del que trae causa y, por tanto, al ser preceptiva la intervención de abogado y procurador en el declarativo ordinario, también lo será en la ejecución. No, puesto que conforme al artículo 539 LEC hemos de fijarnos en el procedimiento del que trae causa y, por tanto, al no ser preceptiva la intervención de abogado y procurador en la reclamación de cuenta profesional, tampoco lo será en el proceso de ejecución. Si, en base a los artículos 23 y 31 LEC que preceptúa como regla general la intervención de abogado y procurador, exceptuando, entre otras, cuando la cuantía sea inferior a 2.000 euros, y en el caso que nos ocupa la cuantía es mayor. No, puesto que la ejecución se inicia de oficio y es el propio juzgado el que requiere a los colegios profesionales para que designen abogado y procurador que defiendan y representen gratuitamente.

Moisés y Nerea son procuradoras recién colegiadas y se van a enfrentar a su primer proceso de ejecución, surgiéndoles una importante duda respecto a así caduca o no la acción ejecutiva fundada en sentencia judicial, ¿ Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. No caduca nunca. Si, transcurrido 1 año desde la firmeza de la resolución. Si, transcurridos 5 años desde la firmeza de la resolución. Si, transcurridos 15 años desde la firmeza de la resolución.

En un proceso declarativo ordinario seguido en el Juzgado de Primera Instancia n°5 de Alicante, se dicta sentencia desestimando la demanda y condenando en costas a la parte demandante, que recurre en apelación y es turnada a la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante. La Audiencia dicta sentencia revocando la de primera instancia y condenando al demandado al pago de 7.890 euros. ¿Dónde he de presentar la demanda de ejecución?. En el Juzgado de Primera Instancia n° 5 de Alicante porque es el tribunal que conoció el asunto en Primera Instancia. En la Sección Sexta de la Audiencia Provincial porque es el tribunal que dictó la resolución que ahora se ejecuta. La demanda de ejecución ha de ser turnada a un nuevo Juzgado de Primera Instancia de Alicante que por turno corresponda. La demanda de ejecución habrá de presentarse ante el Juzgado del domicilio del ejecutante.

En sentencia de Juicio (civil) Ordinario n° 552/2023 dictada por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Alicante, se condena al pago de 60.000 euros más costas e intereses. Por la demandante se solicita ejecución respecto a los 60.000 euros de principal, pero nada dice sobre costas e intereses. Esas 60.000 euros se están cobrando del embargo del sueldo del ejecutado. Tras diez años, concluye esta ejecución y el demandante se propone ahora presentar demanda de ejecución por las costas del declarativo, una vez que las haya tasado. ¿Habría caducado el título ejecutivo?. No, porque el título ejecutivo sería el decreto de aprobación de tasación de costas y todavía no se ha dictado. Por tanto, una vez tasadas las costas y dictado el decreto, podrá pedir su ejecución. No, porque, tal y como tiene establecido el Tribunal Supremo, el título ejecutivo es la sentencia que condena al pago de las costas, pero la solicitud de la ejecución del pago de la cantidad principal suspende el plazo de caducidad respecto al pronunciamiento de las costas. No, porque el hecho de haber presentado demanda de ejecución hace que interrumpa el plazo de prescripción para instar la acción ejecutiva. Si, porque, tal y como tiene establecido el Tribunal Supremo, cuando una sentencia contiene varios pronunciamientos condenatorios, la solicitud de ejecución de alguno de éstos no suspende el plazo de caducidad respecto a los demás.

Si usted tiene una sentencia cuyo fallo es: "estimo la demanda y declaro que el inmueble sito en la calle Pardo Gimeno n° 52 de Denia es propiedad de D. Manuel Martínez López"... Para hacer efectivo ese fallo, ¿Ha de hacer algo más?. Si, deberemos presentar la correspondiente demanda de ejecución solicitando al Juzgado que se expida mandamiento de anotación al correspondiente Registro de la Propiedad. No es preciso presentar demanda de ejecución, ya que al ser una sentencia constitutiva no se despachará. Basta solicitar certificación y, en su caso, mandamiento judicial para inscribirlo en el Registro. No es preciso presentar demanda de ejecución, ya que al ser una sentencia meramente declarativa, no se despachará ejecución. Basta solicitar certificación y en su caso mandamiento judicial para inscribirlo en el Registro. Sí, hay que presentar demanda de ejecución, solicitar el embargo de bienes y pasar a continuación a la fase de apremio.

En un proceso de divorcio contencioso se dicta sentencia en primera instancia que estima la demanda y se acuerda la disolución del vínculo matrimonial entre Adolfo y Bienvenida. La sentencia incluye la condena a Adolfo a pagar a Bienvenida 900 € mensuales como pensión compensatoria. Adolfo presenta recurso de apelación contra la sentencia. ¿Es posible la ejecución provisional de la condena a pagar la pensión compensatoria?. No es posible la ejecución provisional de las sentencias dictadas en procesos matrimoniales por ser sentencias constitutivas. No es posible la ejecución provisional al tratarse de un pronunciamiento que se refiere a prestaciones futuras y por tanto habra que esperar al pronunciamiento definitivo. No es posible la ejecución provisional, pues la Ley presume que el conyuge que tiene derecho a pensión compensatoria no tiene capacidad económica para hacer frente a la restitución de lo percibido en la ejecución provisional en caso de que se estime el recurso contra la sentencia ejecutada. Es posible la ejecución provisional de la condena al pago de pensión compensatoria, pues se trata de un pronunciamiento de carácter patrimonial.

Carmen, procuradora de los tribunales, ostenta la representación de un cliente en un procedimiento civil sobre el que ya ha recaído resolución. Sin embargo, dada las dudas interpretativas que han surgido a raíz de la sentencia, su cliente le pide que solicite una aclaración de la sentencia. ¿Qué plazo tiene para interponer dicha solicitud?: No puede pedir la citada aclaración, ya que solo puede realizarse de oficio por el tribunal o por el letrado de la Administración de Justicia. Deberá pedir aclaración en los dos días siguientes hábiles al de la publicación de la resolución. No puede pedir la citada aclaración, ya que solo puede realizarse de oficio por el tribunal, por el letrado de la Administración de Justicia o por el Ministerio fiscal. Deberá pedir aclaración en los diez días siguientes hábiles al de la publicación de la resolución.

Sara, procuradora de los tribunales, ha representado a un cliente en un procedimiento de arbitraje del que ha obtenido un laudo arbitral favorable para su cliente. Por ello, pretende instar la ejecución forzosa del mismo. ¿Ante qué órgano deberá instar dicha ejecución?. Ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se haya dictado el laudo. Ante el propio órgano arbitral que dictó el laudo. Ante el Tribunal Superior de Justicia del lugar en que se haya dictado el laudo. Ante la Audiencia Provincial del lugar en que se haya dictado el laudo.

osé es procurador en León, y es la primera vez que va a presentar una demanda ejecutiva, por lo que le surge la duda acerca de su ¿Ha de acompañar a dicha demanda el poder otorgado al procurador?. No, ya que para el proceso de ejecución no es necesario procurador. Sí, siempre que la ejecución se despache por una cantidad superior a los mil euros. El poder otorgado a procurador no será necesario aportar si la representación se confiera apud acta o consta ya en las actuaciones. Si, en todo caso ha de acompañarse siempre el poder otorgado al procurador.

Al despacho de Raquel, abogada ejerciente en Benidorm, acude una clienta que desea interponer una demanda de ejecución, en virtud de la sentencia favorable recaída en proceso declarativo civil, la cual se interesa especialmente por el tema de las costas procesales. ¿Cuáles de las siguientes actuaciones es correcta?. Las costas del proceso de ejecución serán a cargo de la parte que le hayan sido impuestas por el órgano judicial. Las costas del proceso de ejecución serán a cargo del ejecutado sin necesidad de expresa imposición. Las costas del proceso de ejecución serán a cargo de la parte que solicite las correspondientes actuaciones procesales que generen gastos. Las costas del proceso de ejecución serán a cargo del ejecutante, salvo las que correspondan a actuaciones que se realicen a instancia del ejecutado.

A su despacho acude un cliente al que le han notificado la ejecución de una sentencia. Sin embargo, su cliente ya ha realizado el pago al que está obligado, por lo que quiere oponerse a dicha ejecución. ¿De qué plazo dispone para oponerse a la ejecución?. Diez días desde la notificación del auto en que se despache la ejecución. Veinte desde la notificación del auto en que se despache ejecución. Quince días desde la notificación del nulo en que se despache ejecución. Diez días desde que se haya acordado el embargo de sus bienes, independientemente de cuándo se le haya notificado el despacho de ejecución.

A su despacho acude un cliente al que le han notificado la ejecución de una sentencia. Sin embargo, su cliente ya ha realizado el pago al que está obligado, por lo que quiere oponerse a dicha ejecución. ¿De qué plazo dispone para oponerse a la ejecución?. Diez días desde la notificación del auto en que se despache la ejecución. Veinte desde la notificación del auto en que se despache ejecución. Quince días desde la notificación del nulo en que se despache ejecución. Diez días desde que se haya acordado el embargo de sus bienes, independientemente de cuándo se le haya notificado el despacho de ejecución.

Teresa es una joven procuradora que está iniciándose en el ejercicio de la profesión. Su actuación en el proceso de ejecución civil todavía ha sido muy escasa, motivo por el cual se pregunta cuál de los siguientes bienes tienen el carácter de Inembargables. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Sueldos y pensiones. Bienes inmuebles que estén embargados anteriormente. El salario mínimo interprofesional. vehículos que no estén matriculados.

En un proceso de ejecución seguido a Instancias del Banco del Dinero S.A, contra María Fernández, se ha acordada el embargo de un bien inmueble que en el Registro de la Propiedad consta a nombre de la ejecutada paro que en totalidad pertenece o Eduardo García, ya que éste se lo compró hace unos años a la ejecutada pero no la inscribió en el Registro. Indique el procedimiento que deberá utilizar Eduardo a fin de que pueda ser levantado el embargo que pesa sobre su propiedad. Nulidad del embargo, ya que es nulo de pleno derecho. tercería de mejor derecho. Oposición a la demanda de ejecución. Tercería de dominio.

La fase de embargo de los bienes en el proceso de ejecución presenta diversas incidencias, entre las que se encuentra la mejora del embargo. A Susana, procuradora, le asiste la siguiente duda ¿En qué supuesto puedo solicitar la mejora del embargo?. Para aquellos casos en los que el embargo se ha quedado insuficiente para cubrir lo adeudado. Para aquellos casos en los que ha prosperado una tercería de dominio respecto a uno de los bienes embargados. Cuando el único bien embargado se la ha adjudicado en pública subasta el acreedor anterior. Todas las afirmaciones son correctas.

Fernando, abogado, recibe a un cliente que le cuenta que consta en el Registro de la Propiedad 1o3 de Alicante una anotación preventiva de demanda sobre un bien inmueble cuya propiedad es objeto de discusión en un procedimiento civil. Dado que ya han pasado varios años desde que se ha producido la anotación, el cliente de Fernando quiere sabor si ya habrá caducado. ¿Cuál de las siguientes respuestas es la correcta?. Las anotaciones preventivas caducan o los 4 años desde la fecha de la anotación, salvo aquellas que tengan un plazo más breve nacida en la Ley, si bien cabe practicar sucesivas prórrogas por 4 años más. Las anotaciones preventivas caducan a los 8 años desde la fecha de la anotación salvo aquellas que tengan un plazo más breve establecido en la Ley si bien cabe practicar sucesivas prórrogas por 4 años más. Las anotaciones preventivas caducan automáticamente cuando haya finalizado el proceso por sentencia firme. Las anotaciones preventivas no caducan sólo se extinguen por cancelación o por su conversión en inscripción definitiva. .

El Juzgado de Primera Instancia n° 6 de Denia dictó auto despachando ejecución y decreto con medidas ejecutivas concretas una vez que fue firme la sentencia y autos de que transcurrieran 20 días desde la firmeza. El ejecutado le pregunta si cabe alguna causa de oposición. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. No, porque no es relevante el tiempo que transcurra desde la sentencia al despacho de la ejecución, el deudor sabía que tenía que pagar desde que la sentencia fue firme. Si, cabe oposición a la ejecución por motivos de fondo, dentro de los diez días de la notificación del despacho de ejecución. Si, cabe oposición a la ejecución por defectos procesales, ya que el título no cumple los requisitos exigidos para llevar aparejada ejecución. Esta oposición se habrá de presentar dentro de los diez días desde la notificación del despacho de ejecución. Si, cabe oposición a la ejecución por defectos procesales, ya que el título no cumple los requisitos exigidos para llevar aparejada ejecución. Esta oposición se habrá de presentar dentro de los cinco días desde la notificación del despacho de ejecución. .

.El fallo de una sentencia dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios del edificio sito en la calle XXXX sin de Alicante debo condenar y CONDENO a XXXXX SPAIN, S.L. a llevar a cabo las obras de ventilación previstas en el capítulo 6 del presupuesto obrante en el dictamen pericial de don Guillermo Caballero aportado como documento n° 4 de la demanda o, subsidiariamente, a pagar a la demandante la suma de CINCO MIL OCHOCIENTOS EUROS (5.800.- €) para que realice a su costa las obras, sin que proceda hacer especial pronunciamiento sobre las costas de esta instancia". ¿Qué tipo de ejecución se habría pedido en la correspondiente demanda en la que se solicita la ejecución de dicha sentencia?. Ejecución de hacer personalísima. Ejecución de hacer no personalísima. Ejecución de entregar una cosa mueble indeterminada. Ejecución de entregar una cosa mueble determinada.

Jacinto es un procurador joven que todavía no se ha estrenado en el proceso de ejecución civil, motivo por el cual desconoce cuál de las siguientes decisiones NO han de acordarse por el Juzgado por medio de un Auto. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?. Orden general de ejecución. Acuerdo de medidas concretas de embargo. Resolución de tercería de dominio. Resolución de tercería de mejor derecho .

El requerimiento de pago al deudor procede... cuando el título ejecutivo sea una sentencia condenatoria. cuando el título ejecutivo sea un laudo arbitral. cuando el título ejecutivo sea un decreto del letrado de la Administración de Justicia. cuando el título ejecutivo sea una escritura pública.

Son medidos de garantía de la traba de bienes... la tercería de dominio y la administración judicial. la anotación preventiva de embargo y la tercería de mejor derecho. la orden de retención. Todas las anteriores .

¿Puede un mismo bien ser trabado en distintos procesos de ejecución?. Sí, a través de la mejora del embargo. Si, a través del reembargo. Sólo cuando el valor bien es igual o superior a la cantidad adeudada a todos los ejecutantes. Sí, a través del embargo sobrante .

Si, interpuesta en el ámbito de la ejecución una demanda de tercería de dominio por un tercero, el órgano judicial acuerda su desestimación. el tercerista puede volver a promover un incidente de tercería. el tercerista puede promover un proceso de declaración. el tercerista no puede promover un proceso de declaración, ya que hay cosa juzgada sobre la titularidad del bien objeto de la tercería. Ninguna de las anteriores.

¿Frente a quién tendrá que interponer una demanda de tercería de mejor derecho el titular de un crédito que consta en un documento privado?. Frente al ejecutante. Frente al ejecutado. Frente al ejecutante y el ejecutado. No cabe el ejercicio de una tercería de mejor derecho con fundamento en un documento .

La ejecución no dineraria puede abrirse... a partir de cualquier título ejecutivo. a partir de una escritura pública. a partir de un Auto dictado por el Tribunal. Todas las anteriores. .

Nerea, estudiante del máster Abogacía- procura, tiene una duda y aprovechando que su padre es procurador le pregunta ¿cómo se clasifican los actos procesales?. actos que emanan del órgano jurisdiccional, actos que emanan de las partes en el proceso y actos que emanan de terceros que intervienen en elproceso, si atendemos a su origen. y si atendemos a su contenido, se clasifican en declaraciones de voluntad, declaraciones de conocimiento o ciencia y manifestaciones de voluntad. actos que emanan del juez o tribunal, actos que emanan del letrado de la Administración de justicia y los que emanan del resto del personal al sevicio de los distintos servicios comunes o de las unidades de apoyo. notificaciones, emplazamientos, citaciones, requerimientos, mandamientos y oficios. actos de comunicación, actos de auxilio y actos de cooperación.

Luis, acaba de colegiarse como procurador, y le pregunta a su tía Alba, procuradora con más experiencia, ¿cuales son las clases de actos de comunicación que regula la legislación?. notificaciones y emplazamientos, en tanto que solo van dirigidos a las partes implicadas en el proceso. citaciones y requerimientos, en tanto que pueden ir dirigidos a las partes o terceros implicados en el proceso. notificaciones, emplazamientos, citaciones, requerimientos oficios y mandamientos. notificaciones, emplazamientos, citaciones y requerimientos, en tanto que pueden ir dirigidos a als partes o terceros implicados en el proceso, como a terceros que sin ser parte en el proceso pueden ver afectados sus derechos por la resolución que se dicte.

¿cuándo se deben practicar los actos de comunicación para que sean válidos y desplieguen todos sus efectos?. en los días y horas hábiles o habilitados al efecto por cualquier funcionario de la administración de justicia. todos los días y horas del año para cualquier tipo de actividad procesal. en el mes de agosto para el procedimiento de proteccion de los derechos fundamentales en el orden administrativo y para las materias contenidas en el artículo 43.4 LJS en el orden social. entre las 6 de la mañana y las 12 de la noche para cualquier actuación perteneciente al orden jurisdiccional civil.

¿En cuál de los siguientes supuestos no sería válido el acto de comunicación?. la diligencia de emplazamiento practicada al demandado en el domicilio consignado en la demanda en el mes de agosto, previa habilitación del Letrado de la Administración. la diligencia de requerimiento de pago al ejecutado practicada en la persona de su esposa. la diligencia de notificación de una sentencia al demandado el 25 de diciembre. La contestación a una demanda presentada por Lexnet a partir de las 20.00 horas.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta?. Se podrán presentar escritos y documentos en formato electrónico todos los días del año durante las veinticuatro horas. los plazos comenzarán a correr el día en que se haya efectuado el acto de comunicación. los plazos que concluyan en domingo u otro día inhábil se entenderán prorrogados hasta el siguiente hábil. Los plazos señalados por meses o por años se computarán de fecha a fecha, y cuando en el mes de vencimiento no hubiera de equivalente al del cómputo se entenderá que el plazo expira el último de mes.

¿cuándo puede incurrir el procurador en responsabilidad en el cumplimiento de los plazos procesales?. cuando notifica una demanda a la parte demandada en lugar de hacerlo el Servicio Común. cuando presenta un recurso dentro del plazo a las 23.00 horas. cuando no cumplimenta un mandamiento de prorroga de embargo en plazo. cuando presenta un escrito sujeto a plazo a las 15.00 horas dle dia hábil siguiente al de vencimiento del plazo.

En relación con la falta de actividad procesal en un procedimiento que está abierto y aún no ha finalizado, Jesús quiere saber, ¿qué consecuencias pueden derivarse de la falta de impulso del procedimiento por el procurador, pese al impulso de oficio de las actuaciones (art. 179.1 LEC)?. la caducidad de la instancia. la caducidad del recurso. la caducidad de la instancia y del recurso. la caducidad de la instancia, si no se produce actividad procesal de alguna en el plazo de dos años si el proceso se encuentra en primera instancia o de un año si se hallare en segunda instancia.

¿A cuál de las siguientes personas no se podría hacer entrega del acto de comunicación cuando no encontramos al destinatario del acto (art. 161.2 de la LEC)?. a un familiar o conviviente mayor de catorce años que se encuentre en el interior del domicilio. al conserje de la finca. a un empleado. a un vecino.

Sabrina va a presentarse al examen de la materia “actos de comunicación”del máster de Abogacía y Procura., pero tiene algunas dudas sobre la forma en la que se deben de realizar los actos de comunicación ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no es válida?. Los actos de comunicaciones dirigidos a las partes ya personadas en el proceso y representadas por procurador, se realizarán a través del procurador. Tratándose de actos en los que las partes no actúen representadas por procurador, o se trate del primer emplazamiento o citación al demandado , o deban hacerse a testigos, peritos y otras que m sin ser parte en el juicio, deban intervenir en él, se realizarán por remisión al domicilio del interesado. Cuando la comunicación por remisión haya resultado infructuosa por no poder acreditarse que la notificación ha sido recibida por el destinatario, se realizará mediante entrega personal. Cuando no haya sido posible realizar el acto de comunicación mediante entrega personal, se podrá realizar por edictos , aunque no se hayan agotado todas las medidas de averiguación del paradero del destinatario.

Alumna Alicia la siguiente pregunta. ¿En qué orden jurisdiccional tiene menor participación el profesional de la procura ?. Penal. Contencioso-administrativo. Social. Civil.

Virtudes va a iniciar un proceso contra Luis, y quiere saber ¿ En qué supuestos de los que se relacionan a continuación pueden las partes comparecer por sí mismas, sin procurador?. En los procesos penales, tras la apertura de Juicio Oral. En el proceso ordinario de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En el procedimiento monitorio de la Ley de Enjuiciamiento Civ. En el Juicio verbal civil de cuantía superior a 2000€.

La convocatoria de la subasta se anunciará necesariamente: En el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca el órgano judicial. En el tablón de anuncios del Juzgado. En el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En el Boletín Oficial del Estado.

La suspensión de la subasta lleva consigo la devolución de las consignaciones, cuando se produce por un periodo superior a: Diez días. Quince días. Veinte días. Cinco días.

El remate se aprobado. MedianteDecreto. MedianteAuto. Mediante diligencia de ordenación. Mediante providencia.

¿Cuándo puede el deudor liberar el vehículo embargado, previo pago ol ejecutante de lo que debe por principal, intereses y costos?: diez días antes de la aprobación del remate o de la adjudicación al ejecutante. cinco días antes de la aprobación del remate o de la adjudicación al ejecutante. en cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al ejecutante. los bienes, una vez embargados y anunciada la subasta, no se puede liberar.

¿Quien puede participar en la subasta del vehículo reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero?: El deudor. Solo el ejecutante o los acreedores posteriores. Cualquier persona que participe en la subasta. Ninguna es correcta.

Una vez fijado el justiprecio del vehículo se acordará la convocatoria de la subasta. Por el Letrado de la Administración de Justicia mediante diligencia de ordenación. Por el Juez o Magistrado mediante providencia. Por el Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto. Por el Juez o Magistrado mediante auto.

En ningún caso en la subasta sin postores puede el acreedor ejecutante adjudicarse los bienes, ni ceder el remate o adjudicación a tercero, por cantidad inferior al: 50 por cien del valor de tasación. 70 por cien del valor de tasación. 30 por cien del valor de tasación. 40 por cien del valor de tasación.

Los licitadores para participar en subasta deberán consignar. El 20 por ciento del valor del bien. El 5 por ciento del valor del bien. El 10 por ciento del valor del bien. El 15 por ciento del valor del bien.

- Teniendo en cuenta la valoración del vehículo ¿Podrá convocará la subasta?. Sí, en todo caso. Sí, si se prevé obtener una cantidad de dinero qua supera al menos los gastos originados por la subasta,. No, porque el valor de tasación no supera el 50 por ciento de la deuda. 5i, porque el valor de tasación supero el 10 por ciento de la deuda.

Se aprobará el remate, por el Letrado de lo Administración de Justicia, si la mejor postura fuera igual o superar al: 50 por ciento del avalúo del vehículo. 60 por ciento del avalúo del vehículo. 70 por ciento del avalúo del vehículo. 40 por ciento del avalúo del vehículo.

Cuando la mejor postura ofrecido en lo subasta sea inferior al 50 par ciento del arolio del vehículo, podrá el ejecutado, Señale la respuesta correcta: En el plazo de tres días presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 59 por centro del valor de tasación, o que aun inferior o dicha imparte, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante. En el plazo de diez días presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior o 50 por ciento del valor de tasación o que aun inferior a dicho importo, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante. En el plazo de cinco días presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior el 50 por canto del valor de tasación, o que aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr lo completa satisfacción del derecho del ejecutante. En el plazo de diez días presentar tercero que mejore la pastura ofreciendo cantidad superior al 30 por ciento del valor de tasación, o que aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

El rematante habrá de consignar el importe de la postura, manos el del depósito, en el plazo de: Diez días desde la notificación del decreto de aprobación del remate. Diez días desde la firmeza del decreto de aprobación del remate. Cinco días desde la notificación del decreto de aprobación del remate. Cinco días desde la firmeza del decreto de aprobación del remate.

En el supuesto de que en la subasta no hubiese ningún postor, y el ejecutante no ejerciere en plazo la facultad de adjudicación que prevé el art. 651 de la LEC. Señale la respuesta correcta: El Letrado de la Administración de Justicia procederá al alzamiento del embargo a instancia del ejecutado. El Juez procederá al alzamiento del embargo de oficio. El Letrado de la Administración de Justicia procederá al alzamiento del embargo de oficia. El Letrado de la Administración de Justicia anunciara de oficio nuevo subasto.

¿Cuándo se pondrá en posesión del vehículo al rematante?: Una vez realizada la consignación de la postura menos el depósito. Antes de la cesión del remate. Al terminar la subasta. Una vez inscrita la propiedad del bien subastado en el Registro de la Propiedad de Bienes Muebles.

¿Se pueden hacer posturas ofreciendo pagar a plazos, con garantías suficientes, bancarios o hipotecarios?: Sí, si solo se hicieran posturas superiores al 50 por ciento del avalúo del vehiculo. Sí, si solo se hicieran posturas igual al 20 por ciento del avalúo del vehículo. Si, si solo se hicieran posturas igual al 30 por ciento del avalúo del vehículo. Sí, si solo se hicieran posturas igual al 40 por ciento del avalúo del vehículo.

La cesión de remate se verificará: Mediante escrito, previo o simultáneamente al pago del remate. Mediante comparecencia ante el Juez. Mediante escrito o comparecencia a elección del cesionario. Mediante comparecencia ante el Letrado de lo Administración de Justicia con asistencia del cesionario.

Cuando el Letrado de la Administración de Justicia deniegue la aprobación del remate de pujos inferiores el 30 por ciento del valor de tasación del vehículo, podrá el deudor pedir la adjudicación de los bienes: Sí, por el 50 por ciento del valor de tasación, o por la cantidad que se deba por todos los conceptos. Sí, por el 70 por ciento del valor de tasación, o por la cantidad que se deba por todos los conceptos. Sí, por el 30 por ciento del valor de tasación, o por la cantidad que se deba por todos los conceptos. El deudor no puede pedir la adjudicación de los bienes.

¿Puede ampliarse el plazo de admisión de posturas más allá de los 20 días naturales desde la apertura de la subasta?. Sí, por un plazo de 8 horas. Sí, por un plazo de 24 horas. Si, por un plazo de 12 horas. No se puede ampliar el plazo en ningún caso.

¿Qué efecto produce la falto de consignación del remate por el mejor postor y los que hubieren efectuado reserva de sus posturas para el supuesto de la falta de consignación por aquel?. Se alzará el embargo. Perderán los depósitos que hubiesen efectuado. Se les devolverán los depósitos. Se aprobará el remate si con todos los depósitos se cubre en exclusiva el principal.

Una vez dado el destino legal a los depósitos de los rematentes que hubiera provocado la quiebra de la subasta, el sobrante, si lo hubiere, se entregará: Al ejecutado. Al ejecutante. A los depositantes. Al Procurador del ejecutant.

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