repaso
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Título del Test:
![]() repaso Descripción: repaso examen |



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¿El PNS tiene por objeto?. Su objetivo es imponer unas pautas a cerca de la revisión y mejora del PNS y del PNF, para que se puedan renovar de forma periódica. Tiene por objeto marcar las medidas a tomar tanto por parte de las autoridades como de los aeropuertos, de las compañías aéreas y los agentes acreditados de los aeropuertos, de las compañías aéreas y los agentes acreditados, los cuales en función de éste deben desarrollar su propio Plan de Seguridad. Nace para crear unos requisitos formativos con los que poder llevar a la realidad lo especificado en el PNS. Es el organismo encargado de verificar los simulacros. ¿Qué es el Lado Tierra?. Es la zona del aeropuerto por donde se aparcan los vehículos de pasajeros y taxis. La zona de los aeropuertos, terrenos y edificios adyacentes o partes de ellos que no es una zona de operaciones. Es toda zona de un aeropuerto que está cubierta a barlovento. La zona de los aeropuertos, terrenos y edificios adyacentes o partes de ellos que son usados para las operaciones. ¿Cuáles pueden ser los motivos para una interferencia ilícita?. Desvío de aviones por viento o niebla. Para realizar un atentado terrorista. Fallo humano. Fallo técnico en la nave. ¿En entendemos por Operador?. Una persona, organización o empresa, distinta de un operador. Cuanquier empresa que trabaje en el mantenimiento del Aeropuerto. Toda empresa de transporte aéreo titular de una licencia de explotación válida o su equivalente. Persona, organización o empresa, que efectúa una operación de transporte aéreo, u ofrece sus servicios para efectuarla. ¿Por qué es necesaria la zonificación de los aeropuertos?. Para cumplir con la normativa de zonificación aeroportuaria. Para poder dividir el aeropuerto por diferentes niveles de seguridad. Para dividirlo en diferentes niveles de seguridad y llevar a cabo un mayor control sobre quién debe estar ahí o no. Para poder guiar mejor al personal, ya que las instalaciones son muy grandes. ¿Qué es el Lado Aire o Zona de Operaciones?. Es la zona del aeropuerto por donde se aparcan y se reparan las aeronaves. Es la zona de los aeropuertos destinada a la atención de los pasajeros y a la facturación de los vuelos. Es la zona de circulación de los aeropuertos, terrenos y edificios adyacentes o partes de ellos a los que está restringido el acceso. Es toda zona de un aeropuerto que está al aire libre. ¿Qué es la Zona restringida de seguridad?. Zona de aparcamiento. Zona de aparcamiento vigilado. Zona para la compra del billete. Las zonas de salida de pasajeros situadas entre el control de seguridad y las aeronaves. ¿Qué estudia la Security?. La seguridad de los viajeros. La seguridad total de instalaciones y de viajeros. La seguridad de los trabajadores del recinto aeroportuario. La seguridad de las actividades realizadas en las instalaciones. ¿Qué finalidad tienen las auditorias?. Poder sancionar a quién no cumpla las normas. Poder comprobar el cumplimiento de la normativa y de los diferentes Programas y Planes, localizando las No Conformidades a efectos de solucionarlas. Que la autoridad competente pueda cubrir su responsabilidad. Evitar interferencias ilícitas y actos terroristas. En España, ¿Quién dirige los designios de la seguridad aeroportuaria?. La DGAC y la EASA. La DGAC y la AESA. EASA y OACI. La FAA y la OACI. ¿A la hora de elaborar un Plan de Emergencia, debemos tener en cuenta la forma en que se van a restablecer los servicios?. Si, pero sólo en lo que se refiere a la atención a los pasajeros. Si, se intentarán crear los protocolos necesarios para que gradualmente se pueda volver a la normalidad. No, de eso se deben encargar las autoridades a través de Protección Civil. No, ya que será el Director del Aeropuerto, y el Ministerio de Fomento el que tome las medidas oportunas. ¿A quién se le debe dar formación en materia de emergencias?. La formación sólo es importante para los profesionales, bomberos, Policías, etc. Al personal al mando, es decir a los Directores y mandos de las empresas y de AENA. A todo el personal. Al Ejecutivo de Servicio. ¿En qué fase de un vuelo es más probable sufrir un accidente?. En el despegue. En el despegue y el aterrizaje, al ser las fases más críticas. Cuando el avión alcanza su mayor altitud, debido a la descompresión. En el aterrizaje. ¿Es conveniente que tanto los aeropuertos como las compañías aéreas o las empresas que prestan su servicio dentro de un aeropuerto tengan un Plan de Emergencia?. No, con que AENA lo tenga es suficiente. No, sólo lo deben tener las compañías aéreas por si ocurre un accidente aeronáutico. Si, todos los agentes implicados deben tener uno, pero deben estar en concordancia unos con otros. Depende, eso se debe decidir entre el Comité de Crisis y Protección Civil. Ante una emergencia total o Alerta Roja, ¿es posible que se tenga que evacuar el recinto aeroportuario o parte de él?. Esto no pasaría en ningún caso. Si, por supuesto, es muy probable que se deba hacer. Si, pero sólo si es en el Lado Tierra. No, lo importante es la actuación de los bomberos, y que las ambulancias lleguen pronto. Cuando se produce un accidente aeronáutico se activa el Plan de Respuesta a Emergencias Aeronáuticas, y acto seguido se ha de reunir el Comité de Evaluación, que está formado por: Jefe de Servicio. El director del aeropuerto. Jefe de Operaciones. Personal de la Compañía con alta responsabilidad y disponible 24 horas. Cuando se realiza un simulacro se ha de incluir en el guion: Control de la megafonía. Grupo de periodistas. Personal de limpieza y mantenimiento. Restablecimiento de los servicios. Dentro de la organización de las emergencias de un aeropuerto, ¿Quién tendrá el máximo mando operativo?. El Subdirector del aeropuerto. La máxima autoridad presente, por ejemplo la Guardia Civil. En ese momento la persona con más sangre fría. El Ejecutivo de Servicio. En el caso de un pequeño incendio en una oficina, que es controlado con los extintores allí presentes y que no produce una interferencia importante con la actividad. En este caso estaremos ante una: Emergencia de 3ª categoría. Alerta Amarilla. Alarma naranja. Alerta de incendio. Los simulacros son parte importante de un Plan de Emergencia: Sí, pero sólo si se realizan de forma improvisada. Sí, son fundamentales para poder implementar, probar y mejorar un Plan, además sirve para entrenar al personal. No, porque solo sirven para cumplir la legislación vigente. Sí porque si no los hacemos no cumplimos con la legislación vigente. Al ser los aeropuertos centros de trabajo particulares, sometidos a la abundante normativa aeronáutica, ¿aplicará la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales como en el resto de las actividades empresariales?. Sí, pero sólo en la Terminal en la plataforma actúa la normativa de AENA. No, ya que existe una extensa normativa aeronáutica que es más importante. No, ya que es AENA quien debe regular la seguridad de un aeropuerto. Sí, por supuesto, la Ley de P.R.L. aplica en todas las empresas. Cuando un avión se encuentra en movimiento por sus propios medios, la distancia que se debe guardar para circular tras él será: Entre 75 y 125 metros, depende de la velocidad del avión. Depende de la velocidad del avión. Entre 75 y 150 metros en función del tipo de fuselaje y el número de motores. Si se trata de aviones de hélice 75 metros y si son reactores 150 metros. Durante el repostaje de combustible de una aeronave: No hacen falta los bomberos nunca. Se deberá contar con un retén de bomberos (SEI), como medida preventiva. Se deberá contar con la presencia de los bomberos (SEI) o tenerlos en alerta si el repostaje se realiza con pasajeros a bordo o embarcando/desembarcando. Se deberá contar con un retén de bomberos (SEI), si los motores están en marcha. En caso de accidente laboral, y necesitar el trabajador el servicio de una ambulancia ¿cuál será el procedimiento a seguir?. Llamar al CECOA, para que ellos llamen al 112 y organicen la entrada de la ambulancia con el departamento de seguridad y quien haga falta. Evidentemente llamar al 112. Llamar al 112 y a seguridad para que dejen entrar la ambulancia. El que marque la empresa. La coordinación de actividades empresariales está regulada por el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 24, modificado por: Reglamento 300/2008. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero. Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), Chicago (1944). Reglamento 300/2018. Las mediciones son parte importante en nuestra estrategia para la protección de los trabajadores frente al ruido, para ello utilizaremos los siguientes aparatos: Si es un aeropuerto donde operan aviones de hélice deberemos utilizar el sonómetro. Dosímetro para saber el ruido ambiental y el sonómetro para saber el ruido que le llega directamente al trabajador. Sonómetro para saber el ruido ambiental y el dosímetro para saber el ruido que le llega directamente al trabajador. Si es un aeropuerto donde operan aviones de hélice deberemos utilizar el dosímetro. Los mecánicos que realizan una tarea de mantenimiento rutinario fuera del hangar y tienen que subirse al fuselaje del avión ¿Qué medios de protección anticaídas han de utilizar?. Las instalaciones propias de los aviones. Elementos anticaídas sujetos al techo del hangar. Perforar el fuselaje y colocar ganchos de fijación. Colocación de una línea de vida mediante ventosas que se pegan al fuselaje. Los niveles de ruido máximos permitidos para un trabajador dentro de un aeropuerto serán: Los mismos que para cualquier trabajador. Depende de si son aviones de dos motores (80 db) o de más de dos motores (137 db). Según la normativa el máximo se debe deducir de las mediciones que se hagan. Depende de si se trata de aviones de fuselaje normal (80 db) o de fuselaje ancho (137 db). Para acceder los diversos equipos de atención en tierra al Área de Restricción de Equipos (ERA) se ha de verificar: Las luces anticolisión del avión deberán esta apagadas. Avanzar de forma rápida. Las luces del aeropuerto tienen que estar encendidos. La aeronave debe estar funcionando. Para la manipulación manual de cargas existen un peso máximo, que será: 20 kg por bulto o 10 si se trata de mujeres y menores de edad y hasta 35 kg de forma esporádica. 25 kg por bulto si no se superan las 8 horas de trabajo al día. 25 kg por bulto o 15 si se trata de mujeres y menores de edad y hasta 40 kg de forma esporádica. 25 kg por bulto o 15 si se trata de mujeres embarazadas y menores de edad. |




