test repaso deon
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Emilia y Antonio han estado negociando un Convenio Regulador de Divorcio. Finalmente, no se alcanza un acuerdo entre las partes y Emilia decide prestar la demanda adjuntando la propuesta de CR que se habían cruzado vía correo electrónico a fin de que surta efectos como prueba documental. Por cortesía profesional, Emilia pone en conocimiento de Antonio su intención y este le niega su autorización para presentar el CR en el procedimiento ¿Cómo se podría solventar esta diferencia? Indique la respuesta correcta: En ningún caso se admitirá la actuación de Pedro por ir en contra de los deberes de los colegiados en relación con los compañeros. El Decano del Colegio de Abogados, en todo caso y si es requerido para ello, puede determinar si procede su presentación en juicio a la vista de las circunstancias. Por causa grave, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados podrá discrecionalmente autorizar su presentación en juicio sin el consentimiento de Pedro. No existe previsión normativa ni deontológica que de respuesta a esta situación por lo que el Juzgado admitirá el CR si se adecúa a los términos procesales. María lleva ya 15 años como abogada pero nunca tiene tiempo para mantener y actualizar sus conocimientos legales, de modo que cuando le encomiendan un asunto para el que no está realmente formada, ¿debería asumirlo? Indique la respuesta correcta: No, el abogado, no podrá aceptar encargarse de un asunto si sabe, o debiera saber, que no posee la competencia necesaria para encargarse de él. Sí, pues no es posible interferir en la libertad de cada abogado sobre cómo debe adecuar c incrementar sus conocimientos jurídicos. Si, pues todo asunto conlleva un estudio que se hace en cada caso concreto, independientemente de si el abogado mantiene o no sus conocimientos actualizados. No, en ningún caso, podrá asumirlo ni pedir colaboración a otro abogado. Fernando, abogado colegiado y con despacho profesional en Málaga, se traslada varios días a la semana a Sevilla dado que la mayoría de sus clientes se encuentran allí. Por ello se le plantea la duda de si su deber de colegiación le obliga a colegiarse también en el Colegio de Abogados de Sevilla ¿Cómo debería actuar? Indique la respuesta correcta: Debería consultar con el Colegio de Abogados de Sevilla, pues cada colegio tiene independencia para establecer sus propios estatutos particulares en este sentido. La normativa vigente le habilita para ejercer en todo el territorio nacional únicamente con la incorporación a un sólo Colegio profesional, pero debe hacer el abono de una habilitación para poder ejercer en Sevilla. La normativa vigente le habilita para ejercer en todo el territorio nacional únicamente con la incorporación a un sólo Colegio profesional, pero debe efectuar una comunicación al Colegio de Sevilla en el cual no está colegiado. No debe hacer nada pues la normativa vigente le habilita para ejercer en todo el territorio nacional con la incorporación al Colegio profesional de su domicilio profesional. Cuando se proceda al registro de un despacho de abogados por disposición judicial o gubernativa. Indique la respuesta correcta. Deberá ser avisado el Juez Decano de la provincia donde radique el despacho, a fin de que asista y se persone en las diligencias, velando por la salvaguardia del secreto profesional. Deberá ser avisado el Decano del Colegio de Abogados de su residencia, a fin de que asista y se persone en las diligencias, velando por la salvaguardia del secreto profesional. Deberá se avisado el Fiscal que forme parte de la causa correspondiente, a fin de que asista y se persone en las diligencias, velando por la salvaguardia del secreto profesional. En ningún caso se podrá proceder al registro de un despacho de abogados. Señale la respuesta correcta en relación con el Amparo Colegial: Es una potestad atribuida a los abogados para la salvaguarda de sus derechos e intereses legítimos. Es una competencia privativa de los abogados en el ejercicio de sus funciones. Es una competencia pública de los Colegios Profesionales en materia de ética profesional. Era una potestad de los abogados sin vigencia en el actual marco jurídico y profesional. Señale la respuesta correcta en relación a la manera de proceder cuando un abogado, en el ejercicio de sus funciones, sufra cualquier tipo de extralimitación de cualquier autoridad pública que limite sus derechos: Lo hará constar ante la autoridad o tribunal actuante, bajo la fe del secretario y dará cuenta a la Junta de Gobierno de su colegio, que en su caso, adoptará las medidas correspondientes. Lo hará constar ante el secretario judicial, bajo la fe de la autoridad o tribunal actuante, y dará cuenta a la Junta de Gobierno de su colegio, que en su caso, adoptará las medidas correspondientes. Lo hará constar ante la fiscalía, bajo la fe del secretario, y dará cuenta a la autoridad o tribunal actuante, que en su caso, adoptará las medidas correspondientes. Lo denunciará en sede administrativa para que se inicien las actuaciones oportunas. Son poder o autoridad pública en sede disciplinaria ética, para el control de la actividad profesional de los abogados: Las Asociaciones de abogados legalmente constituidas. Las Juntas de Gobierno del Colegio. Las Comisiones Disciplinarias de los Tribunales. Todas las anteriores son correctas. La obligación de diligencia del abogado: Tiene su origen en el contrato que le une con el cliente desde que acepta el encargo de defender sus intereses. Se compone de conocimiento, toma de decisiones y ejecución en la forma y momentos oportunos. Nace del C.C. y el EGA lo eleva a norma deontológico. Todas las anteriores son correctas. Se considerará contraria a las normas deontológicas de la abogacía la publicidad que suponga: Revelar directa o indirectamente hechos, datos o situaciones aunque no estén amparados por el secreto profesional. Ofrecer sus servicios, por sí o mediante terceros, a víctimas de accidentes o desgracias en cualquier momento en que éstas se produzcan. Hacer referencia directa o indirecta a clientes del propio abogado. Todas las anteriores son correctas. De las gestiones o actuaciones que efectúen los pasantes o colaboradores del abogado titular de un despacho profesional individual: Responderá el titular del despacho profesionalmente frente a su cliente, sin perjuicio de la facultad de repetir frente a los mismos si procediera. Responderá directamente el pasante o colaborador del titular del despacho frente al cliente, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del titular. Responderá el titular del despacho profesionalmente frente a su cliente, sin posibilidad de repetir frente a los mismos, aunque el cliente pueda denunciarlo ante los órganos competentes. Todas las anteriores son incorrectas. La cuantía de los honorarios de los abogados por los servicios prestados: Serán las establecidas en los baremos del Colegio en cuyo ámbito actúe. Será libremente convenida entre el cliente y el abogado, con respeto a las normas deontológicas y sobre competencia desleal. Serán las establecidas por los usos y costumbres del Colegio en cuyo ámbito actúe. Será libremente convenida entre el cliente y el abogado, sin derecho al reintegro de los gastos que se le hayan ocasionado. En relación a la «cuota litis»: Su prohibición fue anulada por el TS. Se prohíbe salvo acuerdo entre abogado y cliente. Se prohíbe salvo que haya sido acordado antes de la terminación del asunto. Se prohíbe salvo que consista en una suma de dinero. Contra los letrados cuyos honorarios sean declarados reiteradamente excesivos o indebidos: No podrán adoptarse medidas disciplinarias al quedar dicha cuantía en el ámbito del acuerdo entre abogado y cliente. Podrá la parte afectada solicitar la adopción de medidas disciplinarias dejando constancia ante el Secretario. Podrá la Junta de Gobierno del Colegio adoptar medidas disciplinarias. Todas las anteriores son incorrectas. En caso de que en el desarrollo de las actuaciones, existiera contradicción entre el deber de defensa y el deber de secreto: Deberá prevalecer el deber defensa. Deberá prevalecer el deber de secreto. No será prevalente ninguno de los dos, siendo el abogado sustituido. No será prevalente ninguno de los dos, siendo el abogado interpelado acerca de su idoneidad para continuar con el ejercicio de su profesión. En relación a los sistemas de protección social de los abogados ejercientes por cuenta propia: Quedan integrados y cubiertos por el régimen general de la seguridad social. Deben integrarse en el régimen especial de trabajadores autónomos de la seguridad social. Deben integrarse en el sistema establecido mediante la Mutualidad General de la Abogacía. Podrán optar por el régimen especial de trabajadores autónomos o la Mutualidad General de la Abogacía. La obligación de los abogados con sus clientes: Es siempre de resultado. Es siempre de medios. Habitualmente es de medios, en el ejercicio de la función de defensa, pero puede ser también de resultado en otras esferas del asesoramiento jurídico. Habitualmente es de resultados, en el ejercicio de la función de defensa, pero puede ser también de medios en otras esferas del asesoramiento jurídico. En materia de responsabilidad civil del abogado y procurador: Es el cliente sobre el que recae la carga de la prueba debiendo acreditar que el resultado final perjudicial para sus intereses fue consecuencia de la conducta negligente del Abogado y Procurador. El Abogado responde también de la negligencia del Procurador en el ejercicio de sus funciones. Se produce la inversión de la carga de la prueba, debiendo acreditar el Abogado su actuación diligente. Ninguna es correcta. Respecto a la responsabilidad de los abogados por su actuación profesional: La responsabilidad penal es incompatible, por el principio de non bis in idem con una posterior exigencia de responsabilidad disciplinaria. La responsabilidad penal es compatible con la posterior exigencia de una responsabilidad disciplinaria. La suspensión del ejercicio de la abogacía por más de tres años es la sanción disciplinaria más grave que puede imponerse. Todas las anteriores son correctas. Puede decirse que, a través de la condena en costas se persigue: Resarcir a la parte a cuyo favor se ha resuelto judicialmente una cuestión. Evitar sufrir perjuicio económico alguno a quien se ha visto obligado a acudir a los Tribunales en defense de sus intereses. Prevenir o evitar los resultados que se derivarían de una alta litigiosidad. Todas las anteriores son correctas. Respecto a la tasación de las costas, la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil atribuye la determinación de las mismas: A la Junta de Gobierno del colegio en cuyo ámbito de actúe. Al Letrado de la Administración de Justicia. Al Tribunal competente para conocer el fondo del asunto resuelto. A las partes de común acuerdo. La minuta incluida in la tasación debe ser: Una media ponderada y razonable calculada de acuerdo a criterios de cuantía, según las circunstancias concurrentes en el pleito, el grado de complejidad del asunto, la fase del proceso en que nos encontramos, los motivos de los recursos, la extensión y desarrollo del escrito de impugnación, entre otros. La cantidad que en función del grado de complejidad y fase del proceso, esté estipulada en el baremo de honorarios del colegio en cuyo ámbito se actúe. La cantidad que, con independencia de las circunstancias concretas del proceso al que corresponda, estipule el abogado. Será siempre un % del importe de indemnización solicitado en la demanda. Un abogado incorporado en un colegio profesional determinado: Podrá prestar sus servicios profesionales libremente en todo el territorio del Estado, pero no en el resto de estados miembros de la U.E. podrá prestar sus servicios profesionales libremente en todo el territorio del Estado y en el resto de estados miembros de la U.E. Podrá prestar sus servicios profesionales libremente en todo el territorio del Estado previa habilitación del colegio en cuyo ámbito desee actuar. Podrá prestar sus servicios profesionales libremente en todo el territorio del Estado previo pago de la contraprestación económica correspondiente. La práctica de los abogados de compartir locales o servicios con profesionales incompatibles: Está prohibida en todo caso, siendo objeto de sanción disciplinaria. Está prohibida en todo caso, aunque no se prevé sanción disciplinaria sino apercibimiento. Está prohibida si ello afectare a la salvaguarda del secreto profesional. Está permitida, en uso de la prerrogativa de independencia de los abogados. Señale la respuesta correcta en relación con las actividades de auditoría: El abogado no podrá realizar actividad de auditoría de cuentas u otras que sean incompatibles con el correcto ejercicio de la abogacía simultáneamente para el mismo cliente o para quienes lo hubiesen sido en los tres años precedentes. El abogado no podrá realizar actividad de auditoría de cuentas u otras que sean incompatibles con el correcto ejercicio de la abogacía simultáneamente para el mismo cliente o para quienes lo hubiesen sido en los cinco años precedentes. El abogado podrá realizar actividad de auditoría de cuentas simultáneamente para el mismo cliente o para quienes lo hubiesen sido en los tres años precedentes. El abogado podrá realizar actividad de auditoría de cuentas simultáneamente para el mismo cliente o para quienes lo hubiesen sido en los cinco años precedentes. Señale la respuesta correcta en relación con el ejercicio por cuenta ajena: La abogacía no podrá ejercerse por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral, dado que no se respetarían la libertad e independencia básicas para el ejercicio de la profesión. La abogacía podrá ejercerse por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral, mediante contrato de trabajo formalizado por escrito o encargo verbal, expresando la dedicación en exclusividad en todo caso. La abogacía podrá ejercerse por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral, mediante contrato de trabajo formalizado por escrito donde se exprese si dicho ejercicio fuese en régimen de exclusividad. Todas las anteriores son incorrectas. En relación con el ejercicio de la abogacía de forma colectiva: Está permitida bajo cualquier forma lícita en derecho, incluidas las sociedades mercantiles. La agrupación habrá de tener como objeto exclusivo el ejercicio profesional de la abogacía y estar integrada exclusivamente por abogados en ejercicio, sin limitación de número. Está permitida bajo cualquier forma lícita en derecho, excepto las sociedades mercantiles. La agrupación habrá de tener como objeto exclusivo el ejercicio profesional de la abogacía y estar integrada exclusivamente por abogados en ejercicio, hasta un máximo de 10. Está permitida bajo cualquier forma lícita en derecho, excepto las sociedades mercantiles. La agrupación habrá de tener como objeto el ejercicio profesional de la abogacía o cualquier otro lícito y estar integrada exclusivamente por abogados en ejercicio, sin limitación de número. No está permitido el ejercicio de la abogacía de forma colectiva. Los abogados agrupados en un despacho colectivo: No podrán tener despacho independiente del colectivo. Las minutas que emitan deberán dejar constancia de su condición de miembros del referido colectivo. Las minutas en las actuaciones correspondientes a la asistencia jurídica gratuita tendrán carácter personal, aunque podrá solicitarse del Colegio su facturación a nombre del despacho colectivo. Todas las anteriores son correctas. Respecto a la responsabilidad civil que pudiese tener el despacho colectivo: El abogado actuante con carácter principal responderá frente al cliente con carácter personal, solidario e ilimitado. Todos los abogados que hayan intervenido en un asunto responderán civilmente frente al cliente con carácter personal, solidario e ilimitado. Todos los abogados que hayan intervenido en un asunto responderán civilmente frente al cliente con carácter personal, por su parte alícuota y limitadamente con los bienes del propio despacho. Responderá directamente el despacho colectivo, no los abogados integrantes del mismo. Para la sustitución del letrado actuante en la vista o juicio o en cualquier otra diligencia judicial por un compañero en ejercicio: Bastará la declaración del abogado sustituto, bajo su propia responsabilidad. Será necesaria la autorización del Letrado de la Administración de Justicia. Podrá producirse siempre que haya causa justificada. Todas las anteriores son correctas. En el supuesto en que varios abogados comparten un espacio común, servicios o incluso el nombre o firma comercial del despacho pero, sin embargo, cada uno de ellos es como una unidad económica independiente en la que sólo comparten los gastos comunes y facturan directamente de forma personal a sus clientes: Cada uno de ellos será responsable del tratamiento de los datos personales y, por tanto, existirán tantos responsables del tratamiento como abogados integren el despacho colectivo. La firma comercial del despacho, como entidad jurídica con personalidad jurídica propia, será la única responsable del tratamiento de los datos personales. La Ley de Protección de Datos no resulta de aplicación en el ámbito de la abogacía, en virtud de la prerrogativa de secreto profesional. La Ley de Protección de Datos no resulta de aplicación en el ámbito de la abogacía, en virtud de la prerrogativa de independencia del abogado. Las impugnaciones por cuentas o minutas excesivas se sustanciarán: Mediante el traslado directo a la Junta de Gobierno del colegio correspondiente a fin de determinar la cantidad debida. Mediante el traslado directo al Secretario Judicial a fin de determinar la cantidad debida. Mediante el traslado por cinco días al letrado para que rebaje la minuta, o en otro caso recabar, de forma preceptiva, el informe del Secretario Judicial antes de fijar la cantidad debida. Mediante el traslado por cinco días al letrado para que rebaje la minuta, o en otro caso recabar, de forma preceptiva, el informe del colegio de abogados antes de fijar la cantidad debida. Según el Código Deontológico de los abogados europeos, la provisión de fondos debe calcularse: En función de los usos y costumbres del lugar en que se efectúe el servicio profesional. Sin exceder de una estimación razonable de los honorarios y desembolsos previos que el asunto pueda suponer. Sin exceder en ningún caso del doble de una estimación razonable de los honorarios y desembolsos previos que el asunto pueda suponer. Según los baremos establecidos por el colegio en cuyo ámbito se intervenga. Señale la respuesta correcta en relación con la Junta General: Todos los colegiados incorporados con anterioridad a la fecha de la convocatoria de la Junta General podrán asistir con voz y voto a las Juntas Generales ordinarias y extraordinarias que se celebren. El voto de los colegiados ejercientes computará con doble valor que el de los demás colegiados. Los estatutos podrán equiparar el valor de los votos de los colegiados ejercientes y el resto. Todas las anteriores son correctas. El patrimonio del Colegio será administrado por: El Decano, y ejercerá las funciones de ordenador de pagos la Junta de Gobierno. El Decano, y ejercerá las funciones de ordenador de pagos la Asamblea Colegial. La Junta de Gobierno, y ejercerá las funciones de ordenador de pagos el Decano. La Junta de Gobierno, y ejercerá las funciones de ordenador de pagos la Asamblea Colegial. Según la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, será posible tener la defense de un abogado de libre elección y la representación de un procurador nombrado por el servicio de turno de oficio: Cuando el procurador renuncie a sus honorarios. Cuando el abogado renuncie a sus honorarios. Cuando ambos profesionales renuncien a sus honorarios. En el supuesto planteado, no es posible la defensa de un abogado de libre elección. Las cantidades que paga el abogado por cuenta y cargo de un tercero, in ejecución de un mandato del cliente, tienen la consideración de: Provisiones de fondos. Suplidos. Anticipos. Entregas en especie. Las cantidades de dinero solicitadas por el abogado en concepto de fondos a cuenta de gastos previsibles en relación al caso o de sus honorarios, tienen la consideración de: Provisiones de fondos. Suplidos. Anticipos. Entregas en especie. Los abogados que hayan de encargarse de la dirección profesional de un asunto encomendado a otro compañero en la misma instancia: Deberán solicitar su venia, salvo que exista renuncia escrita e incondicionada a proseguir su intervención por parte del anterior letrado, y en todo caso, recabar del mismo la información necesaria para continuar el asunto. Deberán solicitar su venia, incluso cuando exista renuncia escrita e incondicionada a proseguir su intervención por parte del anterior letrado, y en caso de estimarlo necesario, recabar del mismo la información para continuar el asunto. No deberán solicitar su venia, ya que el Tribunal tendrá constancia de ello, y en todo caso, recabar del compañero la información necesaria para continuar el asunto. Si el asunto ya ha sido encargado a un abogado, éste solo podrá ser reemplazo por un compañero del turno de oficio. Respecto a la venia (señale la respuesta correcta): Podrá ser solicitada con posterioridad y por escrito, pudiendo el letrado requerido denegarla. Deberá ser solicitada con carácter previo y por escrito, sin que el letrado requerido pueda denegarla y con la obligación por su parte de devolver la documentación en su poder y facilitar al nuevo letrado la información necesaria para continuar la defensa. Podrá ser solicitada con posterioridad y por escrito, sin que el letrado requerido pueda denegarla y con la obligación por su parte de devolver la documentación en su poder y facilitar al nuevo letrado la información necesaria para continuar la defensa. Podrá ser solicitada con posterioridad y por escrito o verbalmente, sin que el letrado requerido pueda denegarla y con la obligación por su parte de devolver la documentación en su poder y facilitar al nuevo letrado la información necesaria para continuar la defensa. Cuando un letrado sea sustituido por otro en la dirección y gestión del asunto: No tendrá derecho a reclamar los honorarios que correspondan a su intervención profesional. Tendrá derecho a reclamar los honorarios que correspondan a su intervención profesional que deberán ser abonados directamente por el letrado sustituto. Tendrá derecho a reclamar los honorarios que correspondan a su intervención profesional y el sustituto tendrá el deber de colaborar diligentemente en la gestión de su pago. No tendrá derecho a reclamar los honorarios que correspondan a su intervención profesional, pero el sustituto podrá colaborar para cederle una cantidad de sus honorarios. Cuando el abogado ejerza su profesión por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral: Deberá existir contrato de trabajo formalizado por escrito, en el que habrá de respetarse la libertad e independencia básicas para el ejercicio de la profesión y expresarse si dicho ejercicio fuese en régimen de exclusividad. Deberá existir contrato de trabajo formalizado por escrito, o en todo caso, un acuerdo de colaboración, en el que habrá de respetarse la libertad e independencia básicas para el ejercicio de la profesión, siempre en régimen de exclusividad. Deberá existir contrato de trabajo formalizado por escrito, pero quedará condicionado al ejercicio de la actividad en régimen de exclusividad. No es necesario que exista contrato de trabajo formalizado por escrito. Los abogados comparecerán ante los Tribunales: Vistiendo toga y, potestativamente, birrete, sin distintivo de ninguna clase, salvo el colegial, y adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia. Vistiendo toga, sin birrete ni distintivo de ninguna clase, salvo el colegial, y con libertad plena en la elección de su indumentaria. Potestativamente, vistiendo toga, sin birrete ni distintivo de ninguna clase, salvo el colegial, y adecuarán su indumentaria a la dignidad y prestigio de la toga que visten y al respeto a la Justicia. El abogado tiene plena liberta para comparecer ante los Tribunales con la indumentaria que considere adecuada sin restricciones. Respecto a la actuación de los procuradores en los procesos judiciales: Podrán ser sustituidos por otro procurador. También para los actos y en la forma que se determine reglamentariamente podrán ser sustituidos por oficial habilitado. No podrán ser sustituidos por otro procurador salvo para los actos y en la forma que se determine reglamentariamente, por otro procurador o por oficial habilitado. No podrán ser sustituidos por otro procurador salvo para los actos y en la forma que se determine reglamentariamente, y excepcionalmente, por oficial habilitado. Podrán ser sustituidos, en cuyo caso actuará siempre un oficial habilitado. Señale la respuesta correcta en relación con los profesionales de oficio: Se designarán abogados y procuradores de oficio, a quien lo solicite o se niegue a nombrarlos, siendo preceptiva su intervención. La defensa de oficio tendrá carácter gratuito para quien acredite insuficiencia de recursos para litigar. En los procedimientos laborales y de Seguridad Social la representación técnica podrá ser ostentada por un graduado social colegiado. Todas las anteriores son correctas. Los abogados y procuradores están sujetos en el ejercicio de su profesión a: Responsabilidad civil y disciplinaria, pero no penal. Responsabilidad civil, penal y disciplinaria, según proceda. Responsabilidad civil y disciplinaria, y penal sólo en el caso de los abogados. Responsabilidad civil y penal, pero no disciplinaria, ya que el abogado y procurador actúa con máxima libertad e independencia. El abogado que preste sus servicios como trabajador por cuenta ajena (señale la respuesta correcta): No podrá deducirse en su declaración del IRPF las cotizaciones abonadas a la Seguridad Social. Tendrá un descuento en su nómina en concepto de cotización al régimen general de la Seguridad Social. No tendrá descuento alguno en su nómina en concepto de cotización al régimen general de la Seguridad Social. Todas las anteriores son incorrectas. El abogado que preste sus servicios como trabajador por cuenta ajena (señale la respuesta correcta de incompatibilidades): No podrá ejercer la profesión simultáneamente como profesional independiente en ningún caso. Podrá ejercer la profesión simultáneamente como profesional independiente en todo caso, en uso de su libertad de ejercicio profesional. No es posible ejercer la profesión de abogado como trabajador por cuenta ajena. Podrá ejercer la profesión simultáneamente como profesional independiente siempre que no haya pactado con el empresario un régimen de exclusividad y la dirección de los asuntos no sea incompatible con la desarrollada en su trabajo. ¿Cuál es la duración del secreto profesional?. Hasta el fallecimiento del cliente. 10 años después de la finalización del encargo profesional. La fecha de duración pactada entre abogado y cliente. Todas las anteriores son incorrectas. En relación a las comunicaciones con abogados extranjeros señale la afirmación correcta: Nunca son confidenciales. La confidencialidad o no de las mismas dependerá de la legislación de cada país. Debes considerarse de carácter confidencial o reservado. Serán confidenciales si, previa consulta, así nos lo exige el colegio correspondiente. Respecto a la obligación de alta censal en el Impuesto de Actividades económicas: La declaración se hace cumplimentando el modelo 036. El epígrafe correspondiente a la Abogacía es el 642. El IAE es un impuesto autonómico. Están exentos de dicho impuesto los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de la actividad en territorio español durante los primeros 4 años. Se encuentran sujetos a este impuesto las personas físicas, jurídicas y las entidades a que se refieren el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que realicen actividades empresariales, profesionales o artísticas en territorio nacional. ¿Cuál es el plazo para el ejercicio de la acción de responsabilidad civil por incumplimiento contractual del abogado?. El plazo es de un año según lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil. El plazo es de 15 años según establece el artículo 1.964.2 del Código Civil. El plazo es de 5 años según establece el artículo 1.964.2 del Código Civil. El plazo es de 3 años según lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro. La responsabilidad penal del abogado está prevista en: Estatuto General de la Abogacía. Código Deontológico de la Abogacía. Código Penal. Todas son correctas. La Mutualidad de la Abogacía es una entidad: Pública y con ánimo de lucro. Privada con ánimo de lucro. Privada y sin ánimo de lucro. Pública y sin ánimo de lucro. El Tribunal General de la Unión Europea: Esta asesorado por abogados generales y conoce de los asuntos no reservados al TJUE. Puede crear Tribunales especializados en áreas concretas. Está formado por dos jueces provenientes de cada uno de los Estados Miembros. Conoce de los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas en primera instancia por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. ¿Quiénes podrán ser elegidos como Decano o miembros de la Junta de Gobierno de un Colegio de Abogados: Los colegiados ejercientes y residentes en su respectivo ámbito territorial, siempre que no estén incursos en alguna situación de imposibilidad. Los colegiados ejercientes o no ejercientes, residentes en su respectivo ámbito territorial, siempre que no estén incursos en alguna situación de imposibilidad. Los colegiados ejercientes o no ejercientes aún cuando no residan en el respectivo ámbito territorial siempre que obtenga dispensa expresa del Decano del Colegio. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Amador, procurador de los tribunales, acaba de incorporarse a su Colegio de procuradores. Tras leerse los estatutos y comprobar que en ellos no se regula nada, tiene dudas acerca de si es obligatoria su participación en el turno de oficio organizado por su Colegio. Indique la respuesta correcta: La adscripción al turno de oficio siempre será obligatoria. La adscripción al turno de oficio siempre será optativa. La adscripción al turno de oficio siempre será optativa, salvo que los Estatutos de su Colegio dispusiesen otra cosa. La adscripción al turno de oficio siempre será obligatoria, salvo que los Estatutos de su Colegio dispusiesen otra cosa. Verónica es colaboradora de un procurador de los tribunales que representa a una de las partes en un caso muy mediático. Como sus amigos tienen interés en el caso, Verónica les cuenta algunos detalles. ¿Su actuación podría ser calificada de falta deontológica? Indique la respuesta correcta: No, porque el deber de secreto profesional afecta sólo a los hechos, documentos y situaciones que Verónica tuviera conocimiento directo como procuradora de los tribunales, y no como colaboradora. No, porque el deber de secreto profesional afecta sólo a los hechos, documentos y situaciones que Verónica tuviera conocimiento como procuradora de los tribunales o asociada, y no como colaboradora ni oficial habilitada. Si, porque el deber de secreto profesional afecta a los hechos, documentos y situaciones que Verónica haya tenido conocimiento como procuradora, pero también como colaboradora de un compañero. Sí, salvo que expresamente su compañero le haya permitido revelar ciertos detalles, siempre y cuando éstos no trasciendan a los medios de comunicación o a personas fuera de su entorno. Juana, procuradora de los tribunales, acaba de ser elegida Presidente el Consejo General de Procuradores de los Tribunales. ¿De qué consideración honorífica gozará? Indique la respuesta correcta: Tendrá la consideración de Presidente de Sala de la Audiencia Nacional. Tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Constitucional. Tendrá la consideración de Presidente de la Sala del Tribunal Supremo. Juan, procurador ejerciente en un despacho de procuradores, acaba de ser contratado por otro despacho y se ha llevado consigo a todos sus clientes. Sin embargo, en su primer día de trabajo descubre que representa a un cliente que es parte en un procedimiento contra otro cliente de su nuevo despacho y que tienen intereses contrapuestos en dicho procedimiento. ¿Puede continuar Juan con dicha representación? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre y cuando en el apoderamiento se refleje que la relación de representación era anterior a la nueva relación profesional de Juan. Sí, siempre y cuando Juan y su compañero de despacho guarden el debido secreto profesional. No, salvo que sus clientes respectivamente les autoricen para continuar con la representación. No, porque no se puede asumir la representación de litigantes que tengan posiciones procesales contrapuestas o que puedan provocar un conflicto de intereses. Emilia, procuradora de los tribunales, acaba de abrir su propio despacho individual para ejercer ella sola. A la hora de gestionar los datos de sus clientes ¿debe designar un delegado de protección de datos? Indique la respuesta correcta: No, no hace falta designar un delegado de protección de datos si ejerces individualmente. Sí, siempre. Sí, si el número de clientes supera la cifra de 10 en un año. No, salvo que el número de clientes supera la cifra de 25 en un año. Usted acaba de ser nombrado secretario de su Colegio de Procuradores y, entre sus funciones, debe comunicar las altas y bajas que se producgan en la corporación. ¿A quién debe comunicar dichas altas y bajas? Indique la respuesta correcta: Debe comunicarse únicamente a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación. Debe comunicarse a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación y al Consejo General de Procuradores de los Tribunales pero sólo si éste lo solicita. Debe comunicarse únicamente al Consejo General de Procuradores de los Tribunales, con el objetivo de llevar el censo de profesionales actualizado. Debe comunicarse a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación así como al Consejo General de Procuradores de los Tribunales. Juan acaba de ser elegido miembro de la Junta de Gobierno de su Colegio profesional. Además, sigue ejerciendo su profesión de procurador en su propio despacho. Ahora mismo se encuentra desbordado con tanto trabajo y se está planteando renunciar a las obligaciones derivadas del turno de oficio. ¿Podría hacerlo? Indique la respuesta correcta: Sí, porque a las obligaciones derivadas del turno de oficio es posible renunciar en cualquier momento. Sí, porque los miembros de las Juntas de Gobierno cuando lo soliciten, y durante su mandato, pueden quedar liberados de las obligaciones derivadas del turno de oficio. No, porque las obligaciones derivadas del turno de oficio son irrenunciables, en cualquier caso. No, salvo que Juan aceptase el cargo como miembro de la Junta de Gobierno condicionado a la liberación de las obligaciones derivadas del turno de oficio. Luis, procurador de los tribunales, acaba de obtener el título profesional de abogado y ha procedido a su colegiación en el Colegio de Abogados de Salamanca. Sin embargo, pretende seguir perteneciendo a su Colegio de Procuradores y utilizar la denominación de procurador de los tribunales. ¿Puede seguir colegiado y utilizar dicha denominación? Indique la respuesta correcta: No, porque dada la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía, Luis debe cesar toda su actividad como procurador, darse de baja de su Colegio y dejar de utilizar la denominación de procurador de los tribunales. No, porque dada la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía, Luis debe cesar toda su actividad como procurador y proceder a darse de baja de su Colegio, aunque puede seguir utilizando la denominación de procurador de los tribunales. No, porque dada la incompatibilidad con el ejercicio de la abogacía, Luis debe cesar toda su actividad como procurador y no podrá utilizar la denominación de procurador de los tribunales, si bien puede continuar colegiado como no ejerciente. Sí, siempre y cuando añada la expresión de no ejerciente, Luis podrá seguir perteneciendo a su Colegio profesional y utilizar de denominación de procurador de los tribunales. Inmaculada, procuradora de los tribunales, ha tenido que ser sustituida por Encarna, procuradora de los tribunales recién incorporada a la profesión. Sin embargo, Encarna duda acerca de si debe estar facultada en el apoderamiento para poder sustituir a Inmaculada o si ésta debe acreditar la necesidad de dicha sustitución. Indique la respuesta correcta: Para poder ser sustituido en un procedimiento, el procurador sustituto debe encontrarse facultado en el apoderamiento además de que el procurador sustituido debe acreditar la necesidad de dicha sustitución. Para poder ser sustituido en un procedimiento no es necesario que el procurador sustituto esté facultado en el apoderamiento ni es necesario acreditar la necesidad de dicha sustitución. Para poder ser sustituido en un procedimiento no es necesario que el procurador sustituto se deba encontrar facultado en el apoderamiento pero sí es necesario acreditar la necesidad de sustitución. Para poder ser sustituido en un procedimiento es necesario que el procurador sustituto se encuentre facultado en el apoderamiento pero Carmen no debe acreditar la necesidad de la sustitución. Antonio, procurador de los tribunales, ha sido designado en un procedimiento por excepción únicamente a los solos efectos de recibir notificaciones. ¿Qué tipo de aranceles percibirá en este caso? Indique la respuesta correcta: Antonio percibirá los aranceles propios de aquellos documentos que haya recibido. Antonio percibirá la totalidad de los derechos del pleito o del periodo en que sea designado aun cuando no se hubiera personado en él. Antonio percibirá la totalidad de los derechos del pleito o del periodo en que sea designado pero únicamente si se hubiera personado en él. Antonio no percibirá ingreso alguno. Ramón, procurador de los tribunales, tiene que exigir de su poderdante moroso las cantidades que éste le adeuda. Pero dado que es la primera vez que le ocurre, duda acerca de si necesita acudir representado por procurador o con la asistencia de abogado. ¿Son necesarias ambas figuras? Indique la respuesta correcta: Sí, deberá acudir con abogado y representado por procurador, si bien podrá representarse a sí mismo. Sí, deberá acudir con abogado y representado por procurador, sin que pueda representarse a sí mismo. No, no será preceptiva la representación mediante procurador pero sí la intervención del abogado. No, no será preceptiva la intervención de abogado ni procurador. Hugo, procurador de los tribunales, ostenta la representación de un cliente en un procedimiento penal en el que la parte contraria ha sido condenada y se han declarado de oficio las costas. ¿Puede Hugo imputar sus minutas a la parte contraria? Indique la respuesta correcta: Sí, puesto que ha sido condenada la parte contraria y por tanto, debe satisfacer ella sus honorarios. Sí, salvo que la parte contraria gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, en cuyo caso deberá reclamar sus honorarios a su propio cliente. No, Hugo deberá exigir a su cliente el abono de sus honorarios, salvo que le hubiera sido reconocido al mismo el derecho a la asistencia jurídica gratuita. No, Hugo deberá reclamar ante el Letrado de la administración de justicia para que clarifique la condena a costas y la persona obligada al abono de sus honorarios. David, procurador de los tribunales y miembro de la Junta de Gobierno de su Colegio correspondiente, ha vulnerado sus deberes profesionales contenidos en las normas deontológicas en el ejercicio de su profesión. ¿Cuál de las siguientes autoridades puede imponerle una sanción? Indique la respuesta correcta: Las facultades disciplinarias en relación con los miembros de la Junta de Gobierno de los colegios le corresponde al Consejo General de Procuradores de los Tribunales, salvo que dichas competencias estén atribuidas al Consejo de Colegios de la Comunidad Autónoma. Le corresponde al Consejo General de Procuradores de los Tribunales, en cualquier caso. Le corresponde a los Tribunales de Justicia, al ser éstos quiénes tiene atribuidas las competencias disciplinarias. Le corresponde a su Colegio correspondiente, siendo irrelevante su condición de miembro de la Junta de Gobierno. A Emma, procuradora de los tribunales, el Colegio de Procuradores de Soria le ha incoado un expediente disciplinario, por la presunta comisión de una falta muy grave recogida en el Estatuto General de los Procuradores. Sin embargo, y mientras que se incoa el expediente y se produce la instrucción del mismo, Emma se da de baja del citado Colegio para dedicarse a otra actividad. ¿Se continúa con el citado procedimiento? Indique la respuesta correcta: Debe suspenderse el procedimiento, al causar baja la procuradora del respectivo Colegio y no haberse concluido el procedimiento en tiempo. No, porque la baja del Colegio producirá automáticamente que la causa sea sobreseída. Sí, porque la baja en el Colegio no extingue la responsabilidad disciplinaria contraída durante el periodo de alta, si bien se paralizará el procedimiento hasta que Emma vuelva a colegiarse. Sí, porque la baja en el Colegio no extingue la responsabilidad disciplinaria contraída durante el periodo de alta, quedando sin embargo la sanción en suspenso para ser cumplida si Emma volviese a colegiarse. Guillermo, procurador de los tribunales, ha decidido empezar a ejercer otra profesión, pero quiere continuar vinculada en el Colegio de Procuradores, para lo cual debe regularizar su situación. En este caso, ¿qué debe hacer Guillermo? Indique la respuesta correcta: Debe darse de baja del Colegio de forma inmediata, dado que no va a ejercer la profesión de procurador de los tribunales. Puede seguir colegiado, si bien no podrá aceptar ningún nuevo asunto dado que ya no podrá utilizar su título de Procurador de los Tribunales salvo en los procedimientos de jurisdicción voluntaria. Puede seguir colegiado e incluso utilizar la denominación de Procurador de los Tribunales, pero deberá añadir la expresión de “no ejerciente”. Deberá solicitar su baja del Colegio de Procuradores, que deberá ser aprobado por resolución motivada de la Junta de Gobierno del citado Colegio. Itziar, procuradora de los tribunales y colegiada en el Colegio de Procuradores de los Tribunales de Bilbao, ha decidido formar una sociedad con otro procurador de los tribunales que ejerce sus funciones en Burgos. Para poder ejercer indistintamente en ambos territorios, Itziar cree que sería conveniente que también estuviera colegiada en el Colegio de Procuradores de Burgos. ¿Puede hacerlo? Indique la respuesta correcta. No puede, ya que sólo se puede estar colegiado en un único Colegio profesional. Sí, puesto que se trata de colegios situados en diferentes Comunidades Autónomas, por lo que para poder desplegar su actividad profesional debería estar colegiada en ambos. No es necesario que se colegie, dado que al formar una sociedad con otro procurador que ya está colegiado allí, le exime de su colegiación. Sí, puede incorporar se a tantos colegios como desee, aunque sólo existe obligación de hacerlo en el de su domicilio profesional o principal, pudiendo ejercer en cualquier caso por todo el territorio nacional. Manuel, procurador de los tribunales, tiene un gran exceso de trabajo por lo que comienza a plantearse que para determinados asuntos les sustituya alguien más. ¿Cuál de las siguientes opciones puede tener Manuel? Indique la respuesta correcta: No puede ser sustituido en ningún caso porque la relación de representación es personal. Sólo puede ceder la representación de aquellos asuntos en los que en el apoderamiento se haya consignado de forma expresa esta posibilidad. No puede ser sustituido por otro procurador, pero sí puede delegar determinadas actividades. Puede ser sustituido por otro procurador de los tribunales, esté o no recogida dicha facultad en el apoderamiento. Luis, procurador ejerciente, ha reclamado varias veces a un cliente un dinero que le adeuda. Harto de esta situación, ha decidido retener la documentación de su caso, aunque tiene dudas sobre si está actuando correctamente. ¿Puede Luis retener la documentación? Indique la respuesta correcta: Debe poner a disposición del cliente la documentación, si bien el procurador podrá conservar copias de las mismas. Puede retener la documentación hasta que el cliente abone la cantidad adeudada, ya que existe un derecho de prenda sobre la misma. Siempre que se mantenga la relación con el cliente, el procurador puede conservar la documentación, que sólo deberá entregarla una vez finalizada la relación de representación. Bajo ningún concepto puede retener la documentación, que deberá poner a disposición del letrado, aunque no del cliente. Un cliente ha dejado de abonar tus honorarios y has iniciado el procedimiento judicial correspondiente para este tipo de casos. Tras el requerimiento por parte del órgano judicial, el cliente sigue sin abonarte las cantidades correspondientes adeudadas en el plazo dado para ello, ¿cuál sería el siguiente paso? Indique la respuesta correcta: Si el poderdante no abona las cantidades debidas en el plazo establecido, el procurador podrá instar la reclamación oportuna. El procurador de los tribunales podrá reclamar la asistencia de su Colegio correspondiente, que deberá ser quien en cualquier caso, se dirija a los tribunales para la reclamación del cobro. El Letrado de la administración de la Justicia examinará la cuenta y las actuaciones procesales, así como la documentación aportada y dictará, en el plazo de diez días, decreto determinando la cantidad que haya de satisfacer, bajo apercibimiento de apremio si el pago no se efectuase dentro de los cinco días siguientes a la notificación. El juez examinará la cuenta y las actuaciones procesales, así como la documentación aportada y dictará, en el plazo de quince días, decreto determinando la cantidad que haya de satisfacerte, bajo apercibimiento de apremio si el pago no se efectuase dentro de los cinco días siguientes a la notificación. Julián, ostenta la representación en un procedimiento en el que se ha visto obligado a desplazarse fuera de su residencia pero dentro del partido judicial para la realización de exhortos y mandamientos. ¿Deben correr a costa de Julián todos los gastos que se origine como consecuencia de dichas salidas? Indique la respuesta correcta. No, todos los gastos de salida que originen al procurador son de cuenta del cliente. No, todos los gastos de salida que originen al procurador son de cuenta del abogado director. Sí, dichos gastos son de cuenta de Julián, pero éste puede una vez finalizado el procedimiento repercutirlos en el abogado director. Sí, dichos gastos son siempre de cuenta del procurador. Javier, acaba de obtener su título de procurador de los Tribunales y antes de darse de alta en el colegio para iniciar su trabajo como procurador quiere saber qué opciones tiene a efectos de previsión social. Indique la respuesta correcta. Puede optar por darse de alta en la Mutualidad de Procuradores y/o en el Régimen de Seguridad Social de Autónomos (RETA). Ambos sistemas son compatibles. Si se da de alta en el RETA, no puede darse de alta en la Mutualidad. Ambos sistemas son incompatibles. Puede darse de alta en el RETA o en el RGSS o en la Mutualidad de Procuradores a su elección. Si ha optado por la Mutualidad de Procuradores no puede darse de baja en ningún caso mientras ejerza la profesión y tampoco podrá darse de alta en el RETA. Carmen, procuradora de los tribunales, ha causado baja en el ejercicio de la profesión, por jubilación, pero en el momento de su jubilación está interviniendo en varios procedimientos que se encuentran pendientes ¿Puede continuar tramitando los procedimientos?. Indique la respuesta correcta. Puede continuar en el Colegio en la condición de no ejerciente, y podrá ser habilitada, por su Colegio, para continuar tramitando los procedimientos de toda índole en que hubiese intervenido, hasta la finalización de la correspondiente instancia, por un plazo máximo de dos años. Puede continuar en el Colegio en la condición de no ejerciente, y podrá ser habilitada, por su Colegio, para continuar tramitando los procedimientos de toda índole en que hubiese intervenido, hasta la finalización de la correspondiente instancia, por un plazo máximo de un año. Puede continuar en el Colegio en la condición de no ejerciente, y excepcionalmente podrá ser habilitada, por su Colegio, para representar a persona física o jurídica en asuntos nuevos con posterioridad a su baja por jubilación por un periodo máximo de un año. No puede continuar en el Colegio con posterioridad a su baja por jubilación por lo que no podrá continuar la representación en los procedimientos en que hubiese intervenido, que se otorgará a otro procurador. La Decana del colegio de procuradores de Barcelona, es avisada por la autoridad gubernativa de que se va a practicar un registro en el despacho de María Sánchez García, procuradora de los tribunales en ejercicio. No puede asistir por encontrarse fuera del país ¿tiene obligación de personarse? Indique la respuesta correcta. Deberá personarse en dicho despacho y asistir a las diligencias que en éste se practiquen, velando por la salvaguardia del secreto profesional. Deberá personarse la persona que estatutariamente le sustituya quien asistirá a las diligencias que en éste se practiquen, velando por la salvaguardia del secreto profesional. Deberá personarse y asistir a las diligencias que en éste se practiquen, velando por la salvaguardia del secreto profesional, solamente si es avisado por la autoridad judicial. Deberá personarse y asistir a las diligencias que en éste se practiquen, velando por la salvaguardia del secreto profesional, si la señora Sánchez García está de acuerdo. Amanda, procuradora en ejercicio, le ha sido conferida la representación procesal de la mercantil Rexford, S.L., en un procedimiento ordinario. El otorgamiento del apoderamiento a Amanda se produjo tras el cese del anterior procurador. Amanda presenta, en plazo y forma, recurso de casación contra la sentencia dictada en dicho procedimiento. ¿Tiene Amanda que solicitar la venia del procurador saliente? Indique la respuesta correcta. Sí, la sustitución de un procurador por otro está condicionada a la concesión de la venia del primero. Sí, la sustitución de un procurador por otro está condicionada a la concesión de la venia del primero y además necesita contar con la no oposición de la otra parte en el procedimiento. No, la sustitución de un procurador por otro no está condicionada a la concesión de la venia del primero. No, la sustitución de un procurador por otro no está condicionada a la concesión de la venia del primero, pero la sustitución sí que está condicionada a la conformidad verbal del otorgante o de su representante legal ante el Tribunal. Usted ejerce la representación de un cliente en un procedimiento judicial. Por motivos personales, pretende renunciar a la representación, pero su cliente le reprocha que no puede renunciar libremente hasta que no termine la instancia judicial en la que se encuentra. ¿Está en lo cierto su cliente?. Sí, porque el procurador no puede renunciar hasta que no cabe la instancia judicial en la que se encuentre el procedimiento. Sí, porque el procurador no puede renunciar hasta que no acabe la instancia judicial en la que se encuentre el procedimiento, salvo autorización previa del Colegio de Procuradores. No, porque el procurador puede renunciar libremente en cualquier fase del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en las leyes. No, porque el procurador puede renunciar libremente en cualquier fase del procedimiento siempre que facilite un sustituto que acepte la representación del cliente pero también como colaboradora de otro compañero. |





