REPASO PREVIO
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Título del Test:
![]() REPASO PREVIO Descripción: posibles mc. |



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Según el paradigma moderno de las relaciones entre moral y derecho, la moral es: Unilateral, autónoma e incoercible…. bilateral, heterónoma y coercible…. unilateral, heterónoma y coercible…. unilateral, heterónoma e incoercible…. ¿Quién de los siguientes pensadores es el exponente de la doctrina de la triple moralidad?: Thomasius.... Kelsen..... Hobbes.... Hart.... Calicles: postula el gobierno de los mejores... afirma el dominio de los caudillos... sostiene la primacía de la política... ninguna de las respuestas anteriores.... El dispositivo de la triple moralidad comprende: honestidad, decoro y justicia.....;. hechos, normas y valores.....;. justicia, derecho y fuerza.....;. nada de lo anterior..... ¿Cuál de los siguientes pensadores es el primer gran exponente de estudio de la moral como doctrina del deber?. Kant..... Hugo Grocio.... Hans Kelsen.... Thomasius..... Según el paradigma moderno de las relaciones entre moral y derecho, el derecho es: bilateral, heterónomo y coercible…. unilateral, heterónomo e incoercible…. unilateral, autónomo y coercible…. unilateral, heterónomo y coercible…. Los valores son: cualidades.... virtudes... habilidades... opiniones... Según Kelsen:. no existen lagunas en el derecho... sólo hay lagunas en el common law.... existen lagunas en el derecho... sólo hay problemas de penumbra.... Los temas fundamentales de la filosofía del derecho antigua son: justicia y derecho natural…. el concepto de derecho y el desglose entre derecho, moral y usos sociales…. sistema jurídico y norma…. el mito y las creencias….. La homología socrática: es un contrato entre el ciudadano y la polis.... es una ficción que legitima el poder. es una regla de reconocimiento. es un contrato social entre individuos libres e iguales. Para Hart el derecho es: unión de reglas primarias y secundarias. normas, hechos y valores. profecía sobre lo que los jueces hacen. norma coactiva. El iusnaturalismo del siglo XVIII es: Racionalista..... Formalista..... Pragmatista..... Teológico..... Para Thomasius la inteligencia es una potencia: pasiva. positiva. negativa. activa. Para Trasímaco la justicia consiste en: la ventaja del que manda.... ser injusto con los enemigos.... ser bueno con los amigos... hacer lo que corresponde.... Los temas principales de la filosofía del derecho moderna son: el concepto de derecho y el sistema jurídico.... los problemas deontológicos..... la justicia y la ley divina..... el comentario y exposición del derecho positivo..... Son iusnaturalistas alemanes: Pufendorf, Thomasius y Kant.....;. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez.....;. Sócrates, Platón y Aristóteles.....;. Kelsen, Hart y Nino..... A los comentaristas medievales del derecho romano se los conoce como: glosadores y posglosadores. formalistas y analíticos.....;. positivistas e historicistas.....;. sabinianos y proculeyanos..... El reproche de las Leyes al Sócrates platónico en El Critón de Platón se refiere a: el sentido del desempeño ajustado a la ley. el valor de la acción moral... la impronta sagrada de la orden del príncipe. la condición del sacrificio del mártir. Para Kant la moralidad es: autolegislación. heteronomía. deseo. ninguna de las respuestas anteriores. Para Kelsen la justicia: es un ideal jurídico racional. no es un principio jurídico. desquicia al derecho. ninguna de las opciones anteriores. Son iusnaturalistas paganos: Sócrates, Platón y Aristóteles.. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez. Grocio, Pufendorf y Thomasius. Kant, Stammler y Radbruch. La decadencia del positivismo científico comienza: con las grandes obras de legislación del siglo XIX. con las concepciones analíticas del siglo XX. con el tránsito del derecho natural al racional.. con la teoría de los derechos humanos. Son positivistas analíticos argentinos: Nino, Carrió y Vernengo. Hart, Raz y Summers. Cardozo, Pound y Gray. Kelsen, Hart y Nino. Para Santo Tomás el derecho es: una existencia concreta y con contenido. la pura determinación del gobernante. una forma lógica independiente de su contenido. nada de lo anterior. El iusnaturalismo del siglo XIII es: Teológico. Formalista. Pragmatista. nada de lo anterior. ¿Quién de estos autores afirma que el derecho es unión de reglas primarias y secundarias?. Hart... Austin. Holmes. Cossio. Según Trasímaco la justicia es: el provecho del gobernante. dar a cada uno lo suyo. la supremacía de los mejores. nada de lo anterior. Para el positivismo jurídico clásico lo esencial es: la forma. el contenido. la ideologia. la historia. La cumbre del formalismo se alcanza con: La Teoría Pura de Kelsen. El concepto de Derecho de Hart. La moral del derecho de Fuller. Los derechos en serio de Dworkin. El tercer camino, mas allá del positivismo y el iusnaturalismo lo da: Radbruch. Stamler. Hart. Ross. Para Rawls la concepción de la justicia se funda en: la intuición moral. la experiencia social. la evidencia de la existencia de Dios. la supremacía del poderoso. Para Max Scheler la persona: un centro de imputación de normas. es una substancia espiritual de naturaleza racional. es una contradictio in adjectio. nada de lo anterior. En el siglo XIX en Alemania se destaca como ideología jurídica dominante: la escuela histórica. el derecho racional. el realismo jurídico. el derecho nacional socialista. Para Oliver Wendell Holmes el derecho es: el conjunto de profecías acerca de lo que los jueces hacen. un conjunto de ordenes impuestas bajo amenaza. la norma primaria que contiene la sanción. una empresa social intencional orientada al gobierno de la conducta por medio de la ley. ¿Quién de los siguientes iusfilósofos escribió La Summa Teologicae?: Santo Tomás. San Agustín. Abelardo. Roscelino. ¿Cuál de los siguientes pensadores es el primer gran exponente de estudio del derecho sobre la base de conjugar hechos, normas y valores?: Goldshmit. Bentham. Hugo Grocio. Hans Kelsen. ¿Quién de los siguientes pensadores es exponente del positivismo analítico?: Hart. Kelsen. Hobbes. Fuller. Para Kelsen el derecho es: norma coactiva. conducta en interferencia intersubjetiva. normas, hechos y valore. profecía sobre lo que los jueces hacen. Epicuro sostiene que la moral se funda en: el interés. la fe. la fuerza del poderoso. ninguna de las anteriores. Para la modernidad jurídica todo discurso de fundamentación sobre el derecho es: inútil o falso. absolutamente necesario. relativamente necesario. nada de lo anterior. Con la sanción del Code Napoleónico se impone en Francia: la escuela de la exégesis. la escuela histórica. la escuela del derecho libre. el neokantismo. Para el racionalismo la voluntad es una potencia: pasiva. positiva. negativa. activa. Son juristas marxistas: Pashukanis y Stuka. Pound, Cardozo y Frank. Kelsen, Hart y Raz. Savigny, Windscheid y Puchta. Para Cicerón la interpretación jurídica: es una operación meramente mecánica. es una tarea modesta practicada por hombres eximios. es una libre investigación científica. ninguna de las opciones anteriores. En el siglo XX el renacimiento del derecho natural se produce en: la posguerra. luego de la caída del Muro de Berlín. con la Revolución Rusa de Octubre de 1917. en el Mayo Francés de 1968. Para el jurista la fidelidad al ser es: fidelidad al derecho. fidelidad a la ley. fidelidad al gobernante. fidelidad al legislador. Para Anselm v. Feuerbach: hay derechos subjetivos derivados de la razón. sólo existe el derecho objetivo. sólo existe el criterio del juez para asignar derechos. el derecho subjetivo no es más que el derecho objetivo en relación a un sujeto. La modernidad jurídica trabaja con una lógica: de selección de normas. de creación de normas. de apego incondicional a la ley positiva. de búsqueda de los precedentes. Para John Austin el derecho es: un conjunto de ordenes impuestas bajo amenaza. el conjunto de profecías acerca de lo que los jueces hacen. la norma primaria que contiene la sanción. una empresa social intencional orientada al gobierno de la conducta por medio de la ley. ¿Quién de los siguientes iusfilósofos escribió El concepto de Derecho?: Hart. Stammler. Raz. ¿Cuál de los siguientes pensadores es el primer gran exponente de estudio de la moral sobre la base de la noción de interés: Bentham. Hugo Grocio. Hans Kelsen. Thomasius. El positivismo de Hart es: analitico. formalista. pragmatista. nada de lo anterior. ¿Quién de los siguientes pensadores es exponente del realismo norteamericano?: Holmes. Ross. Olivecrona. Lundstedt. Para Cossio el derecho es: conducta en interferencia intersubjetiva. normas, hechos y valores. profecía sobre lo que los jueces hacen. norma coactiva. Para Ernst Bloch el derecho natural apunta. a la dignidad humana. la defensa de la propiedad privada. la paz. la fidelidad a dios y las escrituras. Para Ortega y Gasset la filosofía es: conocimiento antónomo y pantónomo. conocimiento del Soberano Bien. reflexión sobre los malentendidos del conocimiento. una misión imposible. Con Descartes surge: el idealismo. el empirismo lógico. el existencialismo. el nihilismo. El dispositivo de la ética kantiana comprende: moralidad y legalidad. hechos, normas y valores. justicia, derecho y fuerza. honestidad, decoro y justicia. En el campo del derecho la filosofía debe: desglosar los elementos contingentes de los necesarios. desentrañar el sentido histórico de las instituciones. elaborar un comentario riguroso de los preceptos legales. predecir lo que los jueces harán en el futuro. Para Kelsen la persona es: un centro de imputación de normas. es una contradictio in adjectio. es una substancia espiritual de naturaleza racional. nada de lo anterior. La doctrina del derecho natural nace con: los antiguos griegos. los mesopotámicos. las tribus germ ánicas. las antiguos egipcios. Son iusnaturalistas cristianos: San Agustin, Santo Tomás y Francisco Suárez. Sócrates, Platón y Aristóteles. Grocio, Pufendorf y Thomasius. Kant, Stammler y Radbruch. Son iusnaturalistas racionalistas: Kant y Montesquieu. Kelsen, Hart y Raz. SanvAgustin, Santo Tomás y Francisco Suárez. Savigny, Windscheid y Puchta. ¿Quién de estos autores concibe el derecho orden impuesta bajo amenaza?. Austin. Hart. Holmes. Los cosmólogos jónicos especulan sobre: el principio de lo real. los astros del sistema solar. los desiderata internos del derecho. nada de lo anterior. Las virtudes, según los antiguos griegos, son: perfecciones. ideales. expectativas. cualidades. Gorgias: corrige al parmenidismo. corrige a Protágoras. corrige a los poetas. corrige a platon. En el siglo XX el renacimiento del derecho natural se produce en: la posguerra. luego de la caída del Muro de Berlín. con la Revolución Rusa de Octubre de 1917. en el Mayo Francés de 1968. ¿Quién de los siguientes iusfilósofos escribió La ciudad de Dios?: San Agustín. Santo Tomás. Abelardo. Roscelino. ¿Quién de los siguientes pensadores es exponente del trialismo?: Goldshmit. Kelsen. Hobbes. Hart. Para Kelsen la coacción. es un principio jurídico. es un principio moral. es un elemento contingente. ninguna de las opciones anteriores. Son trialistas: Goldshmidt y Reale. Cardozo y Pound. Sacco y Vanzetti. Stammler y Radbruch. Son positivistas analíticos anglosajones: Hart y Raz. Frank y Gray. Cardozo y Pound. Stuart Mill y Bentham. El pensamiento de San Agustín colaciona: el neoplatonismo. el aristotelismo. el epicureismo. el estoicismo. Para John Austin el elemento central del derecho es: la orden. la justicia. el poder. Dios. ¿Cuál de los siguientes pensadores define el derecho subjetivo como interés jurídicamente protegido: Ihering. Hugo Grocio. Hans Kelsen. Thomasius. Son iusfilósofos marxistas: Stuka y Pashukanis. Olivekrona y Ross. Tolstoi y Dostoievsky. Windscheid y Muther. Para Thomasius la moralidad individual es: lo honesto. lo justo. lo apiadado. el egoismo. Según Kelsen la justicia es: un ideal irracional. un dar a cada uno lo suyo. la supremacía de los mejores. nada de lo anterior. Para los pandectistas alemanes el elemento central de la noción de persona es: el poder de la voluntad…. la voluntad…. la inteligencia…. ninguna de las respuestas anteriores. La cumbre del realismo clásico se alcanza con: Aristoteles. Holmes. Fuller. Dworkin. El tercer camino, mas alla del positivismo y el iusnaturalismo lo da: Radbruch. Stamler. Hart. Ross. Para Thomasius la voluntad es una potencia: activa. positiva. negativa. pasiva. |




