Repaso Rápido en Bucle: Preguntas Más Probables Tema 11 Seguridad Social
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Título del Test:
![]() Repaso Rápido en Bucle: Preguntas Más Probables Tema 11 Seguridad Social Descripción: opo tema 11 |



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Según el artículo 41 de la Constitución Española, los poderes públicos mantendrán: Un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos. Un sistema privado obligatorio de previsión social. Un régimen de asistencia sanitaria exclusivo para trabajadores. La competencia sobre legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social corresponde a: Las Comunidades Autónomas en exclusiva. El Estado, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas. Los ayuntamientos y diputaciones provinciales. La acción protectora de la Seguridad Social se configura en las modalidades: Contributiva y no contributiva. Ordinaria y extraordinaria. Estatal y autonómica. Los principios en que se fundamenta el sistema de la Seguridad Social son: Universalidad, unidad, solidaridad e igualdad. Jerarquía, desconcentración, coordinación y delegación. Publicidad, transparencia, eficacia y concurrencia. Los pactos individuales o colectivos que supongan renuncia a derechos de la acción protectora son: Válidos si son firmados por escrito. Anulables solo a instancia de la TGSS. Nulos. El sistema de la Seguridad Social se integra por: El Régimen General y los regímenes especiales. Solo el Régimen General. Solo los sistemas especiales. Los sistemas especiales pueden establecer peculiaridades exclusivamente en materia de: Prestaciones familiares, jubilación y desempleo. Encuadramiento, afiliación, forma de cotización y forma de recaudación. Sanciones, recursos y jurisdicción social. A efectos de prestaciones contributivas, están comprendidos en el sistema los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que: Ejerzan actividad en territorio nacional y estén incluidos en alguno de los grupos previstos. No trabajen en territorio nacional. Tengan únicamente residencia legal, sin actividad profesional. A efectos de prestaciones no contributivas, están comprendidos: Solo los trabajadores por cuenta ajena en alta. Todos los españoles residentes en territorio español y los extranjeros que residan legalmente en España. Solo los trabajadores autónomos mayores de 18 años. El INSS gestiona y administra, con carácter general: Los servicios sanitarios. Las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social. La recaudación ejecutiva de cuotas. El INGESA se encarga de: La gestión y administración de servicios sanitarios. La gestión de prestaciones por desempleo. La caja única del sistema. El IMSERSO gestiona, entre otras materias: La recaudación de cuotas. Las pensiones no contributivas de incapacidad y jubilación. Las actas de liquidación de cuotas. La TGSS es: Una entidad gestora de prestaciones económicas. Una mutua colaboradora. Un servicio común en el que se unifican todos los recursos financieros del sistema. El SEPE gestiona: Las funciones y servicios derivados de las prestaciones de protección por desempleo. Las pensiones no contributivas. Los servicios sanitarios. La afiliación a la Seguridad Social es: Única y general para todos los regímenes del sistema. Temporal y renovable en cada contrato. Exclusiva del Régimen General y no aplicable a otros regímenes. La afiliación se extiende: Durante el tiempo que dure el contrato. A toda la vida de las personas incluidas en el sistema. Solo hasta la primera baja laboral. En el Régimen General, la obligación de solicitar la afiliación de quienes ingresen al servicio del empresario corresponde a: La mutua colaboradora. El SEPE. El empresario. El alta implica: La inclusión de la persona en el régimen de Seguridad Social que corresponda. La exclusión del sistema. El reconocimiento automático de una pensión. La obligación de cotizar nace con: El inicio de la prestación del trabajo, incluido el período de prueba. El primer día del mes siguiente al contrato. La finalización del período de prueba. La obligación de cotizar se suspende durante: La incapacidad temporal. La huelga y el cierre patronal. El nacimiento y cuidado de menor. En contingencias comunes, la cotización comprende: Solo aportación empresarial. Solo aportación del trabajador. Aportación del empresario y del trabajador. En contingencias profesionales, la cotización comprende: Solo aportación empresarial. Solo aportación del trabajador. Aportación de la mutua. Las percepciones de vencimiento superior al mensual se prorratean a lo largo de: 6 meses. 12 meses. 24 meses. El tope mínimo de la base de cotización es, salvo disposición expresa: El IPREM. La pensión mínima contributiva. El SMI incrementado en un sexto. Las horas extraordinarias no se incluyen en la base de cotización, salvo: En la base de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la base de cotización por prestaciones familiares. En la base de cotización por desempleo asistencial. |





