Residuos %
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Título del Test:
![]() Residuos % Descripción: Test de los porcentajes de materia de residuos |



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Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular las políticas de prevención de residuos se encaminarán a lograr un objetivo de reducción en peso de los residuos generados del: En 2025, un 13 % respecto a los generados en 2010. En 2025, un 13 % respecto a los generados en 1990. En 2030, un 20 % respecto a los generados en 1990. En 2030, un 20 % respecto a los generados en 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular las políticas de prevención de residuos se encaminarán a lograr un objetivo de reducción en peso de los residuos generados del: En 2025, un 13 % respecto a los generados en 2010. En 2025, un 15 % respecto a los generados en 2010. En 2035, un 15 % respecto a los generados en 2010. En 2030, un 20 % respecto a los generados en 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular las políticas de prevención de residuos se encaminarán a lograr un objetivo de reducción en peso de los residuos generados del: En 2030, un 15 % respecto a los generados en 2010. En 2030, un 15 % respecto a los generados en 1990. En 2025, un 10 % respecto a los generados en 1990. En 2025, un 10 % respecto a los generados en 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular las políticas de prevención de residuos se encaminarán a lograr un objetivo de reducción en peso de los residuos generados del: En 2030, un 15 % respecto a los generados en 2010. En 2035, un 15 % respecto a los generados en 2010. En 2020, un 13 % respecto a los generados en 2010. En 2020, un 10 % respecto a los generados en 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: Reducir la generación de residuos alimentarios de forma que se logre una reducción del 50 % de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y de los consumidores y una reducción del 20 % de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2020. Reducir la generación de residuos alimentarios de forma que se logre una reducción del 50 % de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y de los consumidores y una reducción del 20 % de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2010. Reducir la generación de residuos alimentarios de forma que se logre una reducción del 20 % de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y de los consumidores y una reducción del 50 % de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2020. Reducir la generación de residuos alimentarios de forma que se logre una reducción del 20 % de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y de los consumidores y una reducción del 50 % de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: Se podrá establecer reglamentariamente el porcentaje máximo de impropios presente en cada una de las fracciones para su consideración como recogida separada. El porcentaje máximo de impropios permitido será del 20 % desde 2022 y del 15 % desde 2027. Se podrá establecer reglamentariamente el porcentaje máximo de impropios presente en cada una de las fracciones para su consideración como recogida separada. El porcentaje máximo de impropios permitido será del 20 % desde 2025 y del 15 % desde 2027. Se podrá establecer reglamentariamente el porcentaje máximo de impropios presente en cada una de las fracciones para su consideración como recogida separada. El porcentaje máximo de impropios permitido será del 15 % desde 2022 y del 20 % desde 2027. Se podrá establecer reglamentariamente el porcentaje máximo de impropios presente en cada una de las fracciones para su consideración como recogida separada. El porcentaje máximo de impropios permitido será del 15 % desde 2025 y del 20 % desde 2027. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: Para 2035, el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente será como mínimo del 50 % en peso del total de residuos municipales generados. Para 2030, el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente será como mínimo del 50 % en peso del total de residuos municipales generados. Para 2035, el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente será como mínimo del 70 % en peso del total de residuos municipales generados. Para 2030, el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente será como mínimo del 70 % en peso del total de residuos municipales generados. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: Para 2025, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 55 % en peso; al menos un 5 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Para 2030, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 60 % en peso; al menos un 10 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Para 2035, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 65 % en peso; al menos un 15 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Todas son correctas. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: Para 2035, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 65 % en peso; al menos un 15 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Para 2025, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 65 % en peso; al menos un 5 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Para 2030, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 70 % en peso; al menos un 10 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Para 2035, se aumentará la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 75 % en peso; al menos un 15 % en peso respecto al total corresponderá a la preparación para la reutilización, fundamentalmente de residuos textiles, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, muebles y otros residuos susceptibles de ser preparados para su reutilización. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: La cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50 % en peso. La cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 70 % en peso. La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales deberá alcanzar como mínimo el 50 % en peso de los producidos. La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales deberá alcanzar como mínimo el 80 % en peso de los producidos. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales deberá alcanzar como mínimo el 70 % en peso de los producidos. La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales deberá alcanzar como mínimo el 50 % en peso de los producidos. La cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 70 % en peso. La cantidad de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 60 % en peso. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular para los productos de plástico de un solo uso incluidos en la parte A del anexo IV, se establece: En 2026, se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022. En 2026, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2022. En 2026, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2010. En 2026, se ha de conseguir una reducción del 55 % en peso, con respecto a 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular para los productos de plástico de un solo uso incluidos en la parte A del anexo IV, se establece: En 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2022. En 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2010. En 2030, se ha de conseguir una reducción del 77 % en peso, con respecto a 2022. En 2030, se ha de conseguir una reducción del 65 % en peso, con respecto a 2010. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: A partir de 1 de enero de 2025, solo podrán introducirse en el mercado las botellas de tereftalato de polietileno («botellas PET») mencionadas en el apartado E del anexo IV, que contengan al menos un 25 % de plástico reciclado, calculado como una media de todas las botellas PET introducidas en el mercado. A partir de 1 de enero de 2028, solo podrán introducirse en el mercado las botellas de tereftalato de polietileno («botellas PET») mencionadas en el apartado E del anexo IV, que contengan al menos un 25 % de plástico reciclado, calculado como una media de todas las botellas PET introducidas en el mercado. A partir de 1 de enero de 2026, solo podrán introducirse en el mercado las botellas de tereftalato de polietileno («botellas PET») mencionadas en el apartado E del anexo IV, que contengan al menos un 30 % de plástico reciclado, calculado como una media de todas las botellas PET introducidas en el mercado. A partir de 1 de enero de 2027, solo podrán introducirse en el mercado las botellas de tereftalato de polietileno («botellas PET») mencionadas en el apartado E del anexo IV, que contengan al menos un 30 % de plástico reciclado, calculado como una media de todas las botellas PET introducidas en el mercado. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, señale la respuesta correcta: A partir de 1 de enero de 2030, solo podrán introducirse en el mercado las botellas mencionadas en el apartado E del anexo IV que contengan al menos un 30% de plástico reciclado, calculado como una media de todas esas botellas introducidas en el mercado. A partir de 1 de enero de 2029, solo podrán introducirse en el mercado las botellas mencionadas en el apartado E del anexo IV que contengan al menos un 30% de plástico reciclado, calculado como una media de todas esas botellas introducidas en el mercado. A partir de 1 de enero de 2028, solo podrán introducirse en el mercado las botellas mencionadas en el apartado E del anexo IV que contengan al menos un 35% de plástico reciclado, calculado como una media de todas esas botellas introducidas en el mercado. A partir de 1 de enero de 2031, solo podrán introducirse en el mercado las botellas mencionadas en el apartado E del anexo IV que contengan al menos un 35% de plástico reciclado, calculado como una media de todas esas botellas introducidas en el mercado. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular se establecen los siguientes objetivos de recogida separada de los productos de plástico mencionados en el apartado E del anexo IV con objeto de destinarlas a su reciclado: A más tardar en 2023, el 70 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2025, el 70 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2023, el 60 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2025, el 60 % en peso respecto al introducido en el mercado. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular se establecen los siguientes objetivos de recogida separada de los productos de plástico mencionados en el apartado E del anexo IV con objeto de destinarlas a su reciclado: A más tardar en 2025, el 77 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2025, el 79 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2027, el 77 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2027, el 79 % en peso respecto al introducido en el mercado. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular se establecen los siguientes objetivos de recogida separada de los productos de plástico mencionados en el apartado E del anexo IV con objeto de destinarlas a su reciclado: A más tardar en 2027, el 85 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2027, el 88 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2029, el 85 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2029, el 88 % en peso respecto al introducido en el mercado. Según la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular se establecen los siguientes objetivos de recogida separada de los productos de plástico mencionados en el apartado E del anexo IV con objeto de destinarlas a su reciclado: A más tardar en 2029, el 90 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2029, el 95 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2030, el 90 % en peso respecto al introducido en el mercado. A más tardar en 2030, el 95 % en peso respecto al introducido en el mercado. Es un objetivo de la Unión Europea en relación al depósito en vertedero de residuos municipales: Reducción del depósito en vertedero menor o igual al 10 % de residuos municipales en 2035. Reducción del depósito en vertedero menor o igual al 10 % de residuos municipales en 2030. Reducción del depósito en vertedero menor o igual al 15 % de residuos municipales en 2030. Reducción del depósito en vertedero menor o igual al 15 % de residuos municipales en 2035. Según el II Plan de Acción de Economía Circular de la UE aprobado en 2020, es correcta la siguiente afirmación: Se buscó crear 750.000 puestos de trabajo. Se buscó aumentar el PIB de la UE en un 0,5 % adicional para 2030. Se buscó aumentar el PIB de la UE en un 1,5 % adicional para 2030. Se buscó crear 800.000 puestos de trabajo. La Estrategia Española de Economía Circular 2030 establece una serie de objetivos a alcanzar para el año 2030: Reducir en un 30 % el consumo nacional de materiales en relación con el PIB, tomando como año de referencia el 2010. Reducir en un 35 % el consumo nacional de materiales en relación con el PIB, tomando como año de referencia el 2010. Reducir en un 30 % el consumo nacional de materiales en relación con el PIB, tomando como año de referencia el 2020. Reducir en un 35 % el consumo nacional de materiales en relación con el PIB, tomando como año de referencia el 2020. La Estrategia Española de Economía Circular 2030 establece una serie de objetivos a alcanzar para el año 2030: Reducir la generación de residuos un 15 % respecto de lo generado en 2010. Reducir la generación de residuos un 30 % respecto de lo generado en 2010. Reducir la generación de residuos un 15 % respecto de lo generado en 2020. Reducir la generación de residuos un 30 % respecto de lo generado en 2020. La Estrategia Española de Economía Circular 2030 establece una serie de objetivos a alcanzar para el año 2030: Reducir la generación residuos de alimentos en toda cadena alimentaria: 50 % de reducción per cápita a nivel de hogar y consumo minorista y un 20 % en las cadenas de producción y suministro a partir del año 2020. Reducir la generación residuos de alimentos en toda cadena alimentaria: 50 % de reducción per cápita a nivel de hogar y consumo minorista y un 20 % en las cadenas de producción y suministro a partir del año 2010. Reducir la generación residuos de alimentos en toda cadena alimentaria: 20 % de reducción per cápita a nivel de hogar y consumo minorista y un 50 % en las cadenas de producción y suministro a partir del año 2020. Reducir la generación residuos de alimentos en toda cadena alimentaria: 20 % de reducción per cápita a nivel de hogar y consumo minorista y un 50 % en las cadenas de producción y suministro a partir del año 2010. La Estrategia Española de Economía Circular 2030 establece una serie de objetivos a alcanzar para el año 2030: Incrementar la reutilización y preparación para la reutilización hasta llegar al 10 % de los residuos municipales generados. Mejorar un 15 % la eficiencia en el uso del agua. Mejorar un 20 % la eficiencia en el uso del agua. Incrementar la reutilización y preparación para la reutilización hasta llegar al 20 % de los residuos municipales generados. La Estrategia Española de Economía Circular 2030 establece una serie de objetivos a alcanzar para el año 2030: Mejorar un 10 % la eficiencia en el uso del agua. Mejorar un 15 % la eficiencia en el uso del agua. Incrementar la reutilización y preparación para la reutilización hasta llegar al 15 % de los residuos municipales generados. Incrementar la reutilización y preparación para la reutilización hasta llegar al 20 % de los residuos municipales generados. La Estrategia Española de Economía Circular 2030 establece una serie de objetivos a alcanzar para el año 2030: Reducir la emisión de gases de efecto invernadero por debajo de los 10 millones de toneladas de CO2 equivalente. Reducir la emisión de gases de efecto invernadero por debajo de los 15 millones de toneladas de CO2 equivalente. Reducir la emisión de gases de efecto invernadero por debajo de los 100 millones de toneladas de CO2 equivalente. Reducir la emisión de gases de efecto invernadero por debajo de los 25 millones de toneladas de CO2 equivalente. El real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero establece: La reducción de residuos municipales vertidos al 40 % en 2025. La reducción de residuos municipales vertidos al 40 % en 2026. La reducción de residuos municipales vertidos al 30 % en 2025. La reducción de residuos municipales vertidos al 30 % en 2026. El real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero establece: La reducción de residuos municipales vertidos al 20 % en 2030. La reducción de residuos municipales vertidos al 20 % en 2035. La reducción de residuos municipales vertidos al 25 % en 2030. La reducción de residuos municipales vertidos al 25 % en 2035. El real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero establece: La reducción de residuos municipales vertidos al 10 % en 2035. La reducción de residuos municipales vertidos al 10 % en 2040. La reducción de residuos municipales vertidos al 15 % en 2035. La reducción de residuos municipales vertidos al 15 % en 2040. El real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero establece: Los residuos municipales biodegradables destinados a vertedero serán igual o menos al 35 % respecto a los niveles de 1995. Los residuos municipales biodegradables destinados a vertedero serán igual o menos al 30 % respecto a los niveles de 1995. Los residuos municipales biodegradables destinados a vertedero serán igual o menos al 30 % respecto a los niveles de 1990. Los residuos municipales biodegradables destinados a vertedero serán igual o menos al 35 % respecto a los niveles de 1990. |




