RESOLUCIÓN 02903 del 23 de JUNIO de 2017
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Título del Test:![]() RESOLUCIÓN 02903 del 23 de JUNIO de 2017 Descripción: Reglamento del uso de la fuerza y el empleo de armas |




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Determinar los criterios y las normas que orientan el uso de la fuerza y el empleo de armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales, por parte de la policía nacional, en la prestación del servicio de policía. lo anterior hace referencia a. FINALIDAD. DEFINICIÓN. ALCANCE. NORMATIVIDAD. Cómo se define uso de la fuerza según la resolución 02903 del 23/junio/2017. Es el medio material legal, necesario, proporcional y racional, empleado por el personal uniformado de la Policía Nacional, como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas incluida la de ellos mismos, sin mandamiento previo, para prevenir, impedir o superar la amenaza o perturbación de la convivencia y la seguridad y conformidad con la ley y estándares internacionales sobre uso de la fuerza. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley hacen frente a una gran variedad de situaciones en su trabajo diario, cada una de las cuales requiere una respuesta distinta, en función de la situación y las circunstancias generales, la valoración de la amenaza, las aptitudes, el equipo, etc. Es el medio de apoyo que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales, conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia. Ninguna de las anteriores. Son medios de apoyo de carácter técnico y tecnológico, que por su capacidad y características están concebidos para controlar una situación específica, sobre una persona o grupo de personas, involucradas en eventuales, conductas penales o comportamientos contrarios a la convivencia, con el objetivo de hacer uso diferenciado de la fuerza, neutralizando o disuadiendo la amenaza, y de esta manera evitando desplegar fuerza letal. El alcance y características técnicas de los dispositivos a emplear obedecen a las particularidades del fenómeno que se pretende controlar. Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales. Fusil lanzagranadas, ametralladoras, granadas. Municiones, elementos y dispositivos menos letales, ametralladoras. Ninguna de las anteriores. Son principios para el uso de la fuerza. Necesidad, legalidad, proporcionalidad y racionalidad. Proporción, racionalidad, legitimidad e insuficiencia. Legalidad, proporcionalidad y fundamentación. Necesidad, legitimidad y proporcionalidad. El personal uniformado de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios preventivos y disuasivos antes de recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego. Podrán utilizar la fuerza y armas de fuego solamente cuando los demás medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto. Lo anterior hace referencia a que principio de uso de la fuerza. Necesidad. Proporcionalidad. Legalidad. Racionalidad. Es la capacidad de decidir cuál es el nivel de fuerza que se debe aplicar según el escenario al que se enfrenta, de acuerdo con las leyes y normas vigentes, esto hace referencia a que principio del uso de la fuerza. Racionalidad. Necesidad. Proporcionalidad. Legalidad. Son los niveles de resistencia asumidos por los ciudadanos que determinan el uso diferenciado y proporcionado del a fuerza son. Resistencia pasiva y Resistencia activa. Resistencia calmada y Resistencia activa. Resistencia activa y Resistencia peligrosa. Resistencia paciente y Resistencia hiperactiva. Aspectos que se tienen en cuenta en la Resistencia Pasiva. Riesgo latente, cooperador, no cooperador. Resistencia física, agresión no letal, agresión letal. Riesgo latente, agresión no letal, cooperador. Ninguna de las anteriores. Aspectos que se tienen en cuenta en la Resistencia activa. Resistencia física, agresión no letal, agresión letal. Resistencia física, agresión letal, agresión ultraletal. Agresión no letal, ira e intenso dolor. Ninguna de las anteriores. El uso de la fuerza preventiva, hace referencia a la presencia policial ante un motivo de policía o comportamiento contrario a la convivencia, está acompañada por un proceso de comunicación y disuasión que integra. Presencia policial, Comunicación y Disuasión. Control físico y fuerza reactiva. Contacto visual, tácticas defensivas. Ninguna de las anteriores. Es entendida como demostración de autoridad, por ello el funcionario de policía, dotado, equipado, en actitud diligente y alerta, será suficiente para disuadir y prevenir la comisión de una infracción a la ley penal o comportamientos contrarios a convivencia. Lo anterior hace referencia a. Presencia policial. Comunicación. Disuasión. Control Físico. El uso de la fuerza preventiva va acompañada por un proceso de Comunicación y disuasión que incluye. Contacto visual y verbalización. Contacto físico y reacción. Fuerza y Reacción. Ninguna de las anteriores. Es la empleada cuando el funcionario se encuentra ante resistencia activa. Uso de la fuerza reactiva. Uso de la fuerza preventiva. Uso de armas de fuego. Ninguna de las anteriores. Cuando se habla de fuerza física hacemos referencia al uso de la fuerza. Reactiva. Preventiva. Activa. Pasiva. La fuerza física corresponde al empleo de. Control físico y tácticas defensivas. Contacto visual y verbalización. Presencia policial y daño físico. Ninguna de las anteriores. Según el decreto 2535 de 1993 un arma de fuego se define como. Instrumento fabricado con el propósito de producir amenaza, lesión o muerte a una persona. Objeto o instrumento que sirve para atacar a una persona o animal o para defenderse de ellos. Es un dispositivo destinado a propulsar uno o múltiples proyectiles mediante la presión generada por la combustión de un propelente. Ninguna de las anteriores. Armas, municiones, elementos y dispositivos menos letales por la policía nacional. Las que se emplearán en el servicio de policía son aquellas clasificadas de manera técnica como. Mecánicas cinéticas, agentes químicos, acústicas y lumínicas, dispositivos de control eléctrico y auxiliares. Agentes químicos, acústicas y lumínicas, dispositivos de control eléctrico y auxiliares. Acústicas y lumínicas, dispositivos de control eléctrico y auxiliares, de letalidad mortal. Ninguna de las anteriores. |