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RESPO

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Título del Test:
RESPO

Descripción:
RESPONSABILIDAD CUATRO

Fecha de Creación: 2025/10/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 28

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La culpa atribuida a responsables por hecho ajeno es: . a) Culpa exclusiva de la víctima. b) Culpa in eligendo e in vigilando. . c) Culpa contractual. d) Culpa objetiva.

¿Qué tipo de responsabilidad tienen los padres respecto a los actos dañosos de los hijos?. a) Subsidiaria. b) Directa. . c) Penal. d) Únicamente objetiva.

Los progenitores pueden exonerarse de responsabilidad si prueban: . a) Que actuaron con diligencia de buen padre de familia. b) Que el menor es incapaz. c) Que el daño no fue grave. d) Que el daño se produjo fuera del domicilio.

En caso de divorcio con custodia exclusiva, responde:. a) Siempre ambos progenitores. b) Sólo el custodio, salvo prueba de incumplimiento del no custodio. . c) Únicamente el no custodio. d) El Ministerio Fiscal.

Los tutores responden cuando: .. a) Existe convivencia con el tutelado. b) El tutelado es mayor de edad. c) El tutor delega en los padres. d) El tutor abandona el cargo.

Los centros docentes responden por daños causados por alumnos: . a) Sólo en el aula. b) Durante actividades escolares, extraescolares o complementarias. c) Únicamente en excursiones. d) Nunca, responden los padres.

El fundamento de la responsabilidad de los centros docentes es: . a) Culpa in vigilando. b) Responsabilidad objetiva. c) Culpa contractual. d) Riesgo empresarial.

¿Pueden los padres ejercitar acción de regreso contra sus hijos? .. a) Sí, siempre. b) No, salvo excepciones doctrinales. c) Sólo en caso de dolo. . d) Sí, si lo autoriza el juez.

La responsabilidad de padres, tutores y centros docentes frente a la víctima es: .. a) Solidaria. b) Subsidiaria. c) Facultativa. d) Penal.

in eligendo significa: a) falta de control de la persona cuya custodia tiene encomendada el responsable. b) falta de cuidado en la elección de la persona que produjo el daño. c) a y b son correctas. d) ninguna es correcta.

Los supuestos de responsabilidad por hecho ajeno son un supuesto de responsabilidad: A. directa. B. indirecta. C. directa e indirecta. D. no tiene responsabilidad.

En relación a la responsabilidad por los hechos realizados por los alumnos del centro,el fundamento de la misma se halla en la denominada: a) culpa in vigilando. b) culpa in eligendo. c) no tiene culpa. d) a y b son correctas.

La responsabilidad exigible a los padres o tutores es: a) Indirecta. b) Directa. c) Obligatoria en todo caso. d) La responsabilidad solo la tiene el menor.

Señala la INCORRECTA respecto los caracteres generales de la responsabilidad por hecho ajeno: a) las personas obligadas a responder lo son en tanto han incumplido una obligación propia. b) se establece un sistema de inversión de la carga de prueba. c) los supuestos de responsabilidad por hecho ajeno son un supuesto de responsabilidad indirecta. d) todas son correctas.

En los supuestos de acoso escolar o bullying, la jurisprudencia hace responsables a: a) los propios alumnos si tienen suficiente juicio. b) a sus padres. c) al centro docente siempre que no haya obrado con toda la diligencia que debía. d) todas son correctas.

La responsabilidad en el caso de centros docentes públicos, el sistema de responsabilidad patrimonial del estado tiene: a) carácter subjetivo y directo. b) carácter subjetivo e indirecto. c) carácter objetivo y directo. d) carácter objetivo e indirecto.

“in vigilando” significa: a) falta de deber de vigilancia derivada de una actividad empresarial. b) falta de cuidado en la elección de la persona que produjo el daño. c) falta de control de la persona cuya custodia tiene encomendada el responsable. d) ninguna de las anteriores.

El “titular del centro” es: a) la persona física o jurídica que conste como tal en el Registro de centros de la correspondiente Administración educativa. b) El director del centro. c) aquella persona que ostente la titularidad que permita el ejercicio de la enseñanza conforme a la normativa vigente. d) A y C son correctas.

Para que la responsabilidad recaiga sobre los titulares de los centros docentes privados y públicos, son requisitos necesarios: a) Que el causante del daño sea mayor de edad. b) Que el daño sea ocasionado durante las vacaciones escolares. c) Que los menores se hallen bajo el control o supervisión de sus padres. d) Que el causante del daño sea menor de edad, que el daño sea ocasionado durante el curso de una actividad, escolar o Extraescolar y que los menores se hallen bajo el control o supervisión del “profesorado” del centro.

¿Qué debe entenderse por centro docente?. a) cualquier institución u organización cuya actividad principal sea la enseñanza, formación y aprendizaje de menores de edad, con independencia de la actividad desarrollada. b) Los centros docentes de enseñanza no superior de primaria, secundaria y formación profesional. c) A y B son correctas. d) Ninguna de las anteriores es correcta.

Según el artículo 1903 del Código Civil, la responsabilidad de los padres por los daños causados por sus hijos se fundamenta principalmente en: . ✅. a) La teoría del riesgo. b) La culpa “in eligendo” o “in vigilando”. c) La responsabilidad objetiva. d) La solidaridad familiar.

2. La posibilidad de exonerarse de la responsabilidad por hecho ajeno conforme al art. 1903.6 CC exige: ✅. a) Probar que el daño fue causado intencionadamente. b) Demostrar que el autor del daño era inimputable. c) Acreditar que se empleó toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño. d) Que el perjudicado haya contribuido a causar el daño.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe mejor la naturaleza jurídica de la responsabilidad por hecho ajeno del artículo 1903 CC? . ✅. a) Es subsidiaria respecto a la responsabilidad del autor del daño. b) Es directa, pudiendo demandarse únicamente al causante del daño. c) Es directa, pudiendo el perjudicado demandar directamente al responsable designado por la ley. d) Es concurrente con la penal.

En los casos de separación o divorcio, ¿quién responde civilmente por los daños causados por el hijo menor? ✅. a) Siempre el progenitor custodio. b) El progenitor que ejerza la guarda de hecho en el momento del daño, sin perjuicio de posibles excepciones. c) Únicamente el progenitor titular de la patria potestad. d) Ninguno, al extinguirse la convivencia.

5. Según el art. 1903.3 CC, para que el tutor responda por los daños causados por el tutelado se requiere: ✅. a) Que el tutelado esté incapacitado legalmente. b) Que exista convivencia entre tutor y tutelado. c) Que el tutor haya obtenido beneficio económico. d) Que el daño sea doloso.

La responsabilidad de los titulares de centros docentes de enseñanza no superior por los daños causados por sus alumnos menores se fundamenta en: ) La culpa “in vigilando”. b) La teoría del riesgo profesional. c) La responsabilidad vicaria objetiva. d) La responsabilidad solidaria con los padres.

En los centros docentes públicos, la responsabilidad por daños causados por menores se rige por: a) El Código Civil. b) El Código Penal. c) La Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del sector publico. La ley orgánica 2/2006 de educación.

Según la Ley 40/2015 (art. 32), para que nazca la responsabilidad patrimonial de la Administración deben concurrir, entre otros, los siguientes requisitos: ✅. a) Daño evaluable, relación de causalidad y ausencia de culpa de la víctima. b) Existencia de dolo del funcionario y denuncia previa. c) Daño moral y previa sentencia penal. d) Que el servicio haya funcionado normalmente.

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