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revuelta 6

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Título del Test:
revuelta 6

Descripción:
revuelta 6

Fecha de Creación: 2026/01/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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IGUALDAD RÉGIMEN SANCIONADOR - Responsabilidad. La responsabilidad administrativa por infracciones cometidas en materia de igualdad entre mujeres y hombres se imputará a la persona física o jurídica que, por acción u omisión, incurra en los supuestos tipificados en este título. La responsabilidad administrativa por infracciones cometidas en materia de igualdad entre mujeres y hombres se imputará a la persona física o jurídica que incurra por acción en los supuestos tipificados en este título, pero no por omisión. las dos son correctas. las dos son incorrectas.

IGUALDAD - RÉGIMEN SANCIONADOR - Responsabilidad. La responsabilidad será solidaria cuando existan diversas personas responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada una de ellas en la comisión de la infracción. La responsabilidad será mancomunada cuando existan diversas personas responsables y no sea posible determinar el grado de participación de cada una de ellas en la comisión de la infracción. La responsabilidad será solidaria cuando existan diversas personas responsables y sea posible determinar el grado de participación de cada una de ellas en la comisión de la infracción. La responsabilidad será mancomunada cuando existan diversas personas responsables y sea posible determinar el grado de participación de cada una de ellas en la comisión de la infracción.

IGUALDAD - RÉGIMEN SANCIONADOR - marcar la incorrecta. No pueden ser sancionados hechos que ya lo hayan sido penal o administrativamente, en los casos en los que se aprecie identidad de sujeto, hecho y fundamento. Serán exigidas responsabilidades derivadas de esta ley foral sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad civil, penal o de otro orden que puedan concurrir. Cuando, con motivo de los expedientes administrativos que se instruyen, las conductas a las que se refiere esta ley foral puedan revestir carácter de infracción penal, el órgano competente para imponer la sanción lo deberá comunicar al Ministerio Fiscal, con la finalidad de exigir las responsabilidades penales en las que hayan podido incurrir los sujetos infractores, y se deberá abstener de continuar el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia firme o resolución que ponga fin al proceso. Si no se hubiese apreciado la existencia de infracción penal, se continuará el expediente sancionador tomando como base, en su caso, los hechos que los tribunales hubiesen considerado probados. Cuando, con motivo de los expedientes administrativos que se instruyen, las conductas a las que se refiere esta ley foral puedan revestir carácter de infracción penal, el órgano competente para imponer la sanción lo deberá comunicar al Tribunal Supremo, con la finalidad de exigir las responsabilidades penales en las que hayan podido incurrir los sujetos infractores, y se deberá abstener de continuar el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte sentencia firme o resolución que ponga fin al proceso. Si no se hubiese apreciado la existencia de infracción penal, se continuará el expediente sancionador tomando como base, en su caso, los hechos que los tribunales hubiesen considerado probados.

Competencia y procedimiento - régimen sancionador ley foral igualdad - competencia para incoar los expedientes administrativos del régimen sancionador. corresponde a la persona titular de la Dirección Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua. corresponde a la persona titular del Departamento de Presidencia. corresponde al Gobierno de Navarra. corresponde a Consejera o Consejero del Departamento competente en materia de políticas de igualdad.

Competencia y procedimiento - régimen sancionador ley foral igualdad - competencia para la imposición de las sanciones. La competencia para la imposición de las sanciones por infracciones leves y graves, corresponde a la persona titular de la Dirección Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad, y las muy graves a la Consejera o Consejero del Departamento competente en materia de políticas de igualdad. La competencia para la imposición de las sanciones por infracciones leves, corresponde a la persona titular de la Dirección Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad, y las graves y muy graves a la Consejera o Consejero del Departamento competente en materia de políticas de igualdad. La competencia para la imposición de las sanciones por infracciones leves y graves, corresponde a la Consejera o Consejero del Departamento competente en materia de políticas de igualdad, y las muy graves a la persona titular de la Dirección Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad. La competencia para la imposición de las sanciones por infracciones leves, corresponde a la Consejera o Consejero del Departamento competente en materia de políticas de igualdad., y las graves y muy graves a la persona titular de la Dirección Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad.

LF IGUALDAD - aplicación de las sanciones Las infracciones leves son sancionadas con. apercibimiento y/o multa de hasta 3.000 euros. multa desde 3.001 euros hasta 30.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra por un período comprendido entre uno y tres años y/o con la inhabilitación temporal, por el mismo período, de la persona física o jurídica responsable para ostentar la titularidad de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos. multa desde 30.001 euros hasta 90.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra por un período comprendido entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal, por el mismo período, de la persona física o jurídica responsable para ostentar la titularidad de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos. todas son incorrectas.

LF IGUALDAD - aplicación de las sanciones Las infracciones graves son sancionadas con. apercibimiento y/o multa de hasta 3.000 euros. multa desde 3.001 euros hasta 30.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra por un período comprendido entre uno y tres años y/o con la inhabilitación temporal, por el mismo período, de la persona física o jurídica responsable para ostentar la titularidad de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos. multa desde 30.001 euros hasta 90.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra por un período comprendido entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal, por el mismo período, de la persona física o jurídica responsable para ostentar la titularidad de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos. todas son incorrectas.

LF IGUALDAD - aplicación de las sanciones Las infracciones muy graves son sancionadas con. apercibimiento y/o multa de hasta 3.000 euros. multa desde 3.001 euros hasta 30.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra por un período comprendido entre uno y tres años y/o con la inhabilitación temporal, por el mismo período, de la persona física o jurídica responsable para ostentar la titularidad de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos. multa desde 30.001 euros hasta 90.000 euros y/o con la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de las Administraciones Públicas de la Comunidad Foral de Navarra por un período comprendido entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal, por el mismo período, de la persona física o jurídica responsable para ostentar la titularidad de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos. todas son incorrectas.

LF IGUALDAD - aplicación de las sanciones Las infracciones muy graves son sancionadas con. de 30.001 a 90.000 min €, y prohibición ayuda pública entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo. de 3.001 a 30.000 min €, y prohibición ayuda pública entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo. de 30.001 a 90.000 min €, y prohibición ayuda pública entre uno y cinco años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo. de 3.001 a 30.000 min €, y prohibición ayuda pública entre uno y tres años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo.

LF IGUALDAD - aplicación de las sanciones Las infracciones graves son sancionadas con. de 30.001 a 90.000 min €, prohibición ayuda pública entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo. de 3.001 a 30.000 min €, y prohibición ayuda pública entre tres y cinco años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo. de 30.001 a 90.000 min €, y prohibición ayuda pública entre uno y cinco años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo. de 3.001 a 30.000 min €, y prohibición ayuda pública entre uno y tres años y/o con la inhabilitación temporal por el mismo periodo.

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