RITE Parte 1 TEST 03
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Título del Test:![]() RITE Parte 1 TEST 03 Descripción: Instalaciones térmicas RITE Parte 1 Test 03 |




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Según lo dispuesto en el RITE, ¿Quién debe redactar y firmar el proyecto de la instalación cuando este sea preceptivo?: Un instalador habilitado, o el técnico titulado competente. Un instalador habilitado. Un técnico habilitado. Un técnico titulado competente. ¿Qué documento describiré la instalación térmica en su totalidad, sus características generales y la forma de ejecución de la misma?. El contrato estipulado. La memoria del arquitecto. El proyecto. La documentación firmada por el instalador. Los organismos que, preceptivamente, extiendan visados técnicos sobre proyectos, comprobaran, además, que: Que lo reseñado en dicho apartado se ajuste al RITE. Los cálculos son correctos. No efectuaran ninguna comprobación. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Una memoria técnica, se redactará, según el: Órgano competente de Comunidad Autónoma. Órgano competente del estado. Órgano competente de unión europea. Sobre impresos, según modelo determinado por el órgano competente de la C.C.A.A. La memoria técnica se redactare sobre impresos, según modelos redactados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, y constara de los documentos siguientes: Justificación de que las soluciones propuestas cumplen las exigencias de bienestar térmico e higiene, eficiencia energética y seguridad del RITE. Justificación de que las soluciones propuestas cumplen las exigencias de bienestar térmico e higiene del REBT. Justificación de que las soluciones propuestas cumplen las exigencias de bienestar térmico e higiene, eficiencia energética. Justificación de que las soluciones propuestas cumplen las exigencias de bienestar térmico e higiene, eficiencia energética y seguridad del CTE. La memoria técnica de una instalación de RITE constara de los siguientes documentos: Justificación del cumplimiento de las exigencias de bienestar térmico, higiene, eficiencia energética y seguridad y cálculo de la potencia térmica. Justificación del cumplimiento de las exigencias de bienestar térmica, higiene, eficiencia energética y seguridad; cálculo de la potencia térmica; características de los equipos generadores de frio y calor y planos y esquemas de las instalaciones. La memoria técnica puede ser redactada libremente por el instalador. Ninguna de las anteriores es correcta. La memoria técnica será elaborada por: El ingeniero del proyecto. El técnico titulado competente o instalador habilitado. La empresa instaladora. La ingeniería encargada de realizar el proyecto. Según el RITE, los equipos y materiales deberán llevar el marcado CE: Cuando se incorporen con carácter permanente o transitorio al edificio, en función de su uso previsto, si se ha establecido su entrada en vigor, de conformidad con la normativa vigente. Cuando se incorporen con carácter permanente al edificio, en función de su uso previsto, si se ha establecido su entrada en vigor, de conformidad con la normativa vigente. Solo los generadores de calor o frío con potencia térmica nominal superior a 70 kW han de llevar el marcado CE. Solo los generadores de calor o frío con potencia térmica nominal igual o mayor a 5 kW han de llevar el marcado CE. La certificación de conformidad de los equipos y materiales, con los reglamentos aplicables y con la legislación vigente, se realizara mediante los procedimientos establecidos en: La normativa correspondiente. Las prescripciones del Ministerio de Energía. Los controles de calidad efectuados. El RITE. La ejecución de las instalaciones sujetas a este RITE se realizare por: a) Empresas instaladoras habilitadas. b) Empresas instaladoras autorizadas. c) Las instalaciones térmicas que requieren la realización de un proyecto deben efectuarse bajo la dirección de en técnico titulado competente. d) Respuestas a) y c) correctas. Según lo dispuesto en el RITE, el montaje de las instalaciones sujetas al mismo se realizarán por: Una empresa instaladora habilitada. Un instalador habilitado. Un técnico titulado. Un Director de la instalación. A partir de que potencia nominal la ejecución de la instalación debe llevarse a cabo de acuerdo con el proyecto y bajo dirección de un técnico competente director de la instalación: 50 kW. 70 kW. 80 kW. El 5.000 W en generación de calor y 1.000 W en generación de frio. La ejecución de las instalaciones térmicas se llevará a cabo con sujeción al proyecto o memoria técnica, según corresponda, y se ajustará a la normativa vigente y: A las normas de buena práctica. Al RITE. A las normas del CTE. A las normas requeridas por el titular de la instalación. ¿Pueden realizarse modificaciones de una instalación térmica respecto del proyecto o memoria técnica?. No, nunca. Si, si están autorizadas por la dirección obra o el instalador habilitado. Si, si están autorizadas por la dirección obra o el instalador habilitado, pero previa conformidad de la propiedad. Si, si ello abarata la instalación. Las modificaciones que se pudieran realizar al proyecto o memoria técnica se autorizaran y documentaran, por: El instalador habilitado o el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva, previa conformidad de la propiedad. El instalador autorizado, el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva, previa conformidad de la propiedad. El instalador autorizado, el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva, sin conformidad previa de la propiedad y se ajustaran a la normativa vigente y a las normas de la buena práctica. Ninguna de las anteriores. Según el RITE, el control de la recepción de obra de equipos y materiales: Solo es obligatoria en caso de que se requiera proyecto. Solo es obligatoria para equipos y materiales que hayan de ser sometidos a ensayos y pruebas, exigidos por la normativa en vigor o establecidos en el pliego de condiciones. Siempre conlleva comprobar que los equipos y materiales son los especificados en el pliego de condiciones del proyecto o en la memoria técnica y cumplen las propiedades exigidas en dichos documentos. Siempre ha de ser realizada por el director de la instalación. El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los equipos y materiales satisfacen lo exigido en el proyecto o memoria técnica mediante: Control de la documentación de los suministros. Control mediante distintivos de calidad, en los términos del artículo 18.3 de este reglamento. Control mediante ensayos y pruebas. Todas las anteriores son correctas. Se comprobará que la ejecución de la obra se realiza de acuerdo con los controles establecidos en: La memoria técnica. El proyecto. El pliego de condiciones técnicas. El pliego de condiciones administrativas. El instalador habilitado o el director de la instalación, cuando la participación de este última sea preceptiva, realizaran los controles: Control de la recepción en obra de equipos y materiales. Control de ejecución de la instalación. Control de la instalación terminada. Todas las anteriores son correctas. En la instalación terminada, bien sobre la instalación en su conjunto o bien sobre sus diferentes partes, deben realizarse las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto o memoria técnica u ordenadas, por: La empresa instaladora. El instalador habilitado. Director de la instalación. El instalador habilitado o el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva. ¿Las pruebas de la instalación se efectuarán por?. La empresa instaladora habilitada. El técnico titulado. Director de la instalación. El ingeniero competente en la materia. Las pruebas de la instalación se efectuarán por la empresa instaladora, que dispondrá de los medios humanos y materiales necesarios para efectuar las pruebas parciales y finales de la instalación, de acuerdo a los requisitos de la: IT 1. IT 2. IT 3. IT 4. ¿Es obligatorio efectuar las pruebas en presencia del instalador habilitado o del director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva?. Si. No. No, no es necesario el director de la instalación, solo es necesario la presencia del instalador habilitado. Si, en caso de una instalación de más de 40 KW. Si para extender el certificado de la instalación es necesario disponer de energía para realizar las pruebas, ¿Quién solicitara a La empresa suministradora de energía el suministro provisional?. El titular de la instalación. El instalador habilitado o el director de la instalación. El técnico habilitado. El instalador autorizado. Una vez finalizada la instalación, realizadas las pruebas de puesta en servicio de la instalación con resultado satisfactorio, ¿Quién suscribirá el certificado de la instalación?. El instalador habilitado y el director de la instalación. El director de la instalación. El instalador habilitado y el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva. El instalador autorizado. El certificado de la instalación de climatización suscrito por el instalador y el director de instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva, contendrá al menos: Identificación y datos referentes a las principales características técnicas de la instalación realmente ejecutada. Identificación de la empresa instaladora, instalador habilitado con carné profesional y del director de la instalación, si procediera la participación de este último. Los resultados de las pruebas de puesta en servicio realizadas de acuerdo con la IT2 y declaración expresa de que la instalación ha sido ejecutada de acuerdo con el proyecto o memoria técnica y de que cumple con los requisitos exigidos por el RITE. Todos los requisitos que se han detallado en las respuestas anteriores. Una vez finalizada una instalación y realizadas las pruebas de puesta en servicio con resultado satisfactorio: Se suscribirá, por el instalador habilitado, el certificado de la instalación, en todos los casos. Se suscribirá, por el instalador habilitado, el certificado de la instalación, cuando la potencia térmica nominal sea mayor de 5 kw. Se suscribirá, por el instalador habilitado, el certificado de la instalación, cuando así lo exija el cliente. Se suscribirá, por el instalador habilitado, el certificado de la instalación, cuando así lo exija el proyectista de la instalación. ¿Qué documentación habrá que presentar para la puesta en servicio de la instalación?. Proyecto o memoria de la instalación realmente ejecutada. Certificado de la instalación. Certificado de la inspección inicial, si es preceptivo. Todas las respuestas anteriores son correctas. Para la puesta en servicio de las instalaciones térmicas, tanto de nueva planta como de reforma existentes, será necesario el registro del certificado de la instalación en el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde radique la instalación, para lo cual la empresa instaladora debe presentar al mismo la siguiente documentación: Proyecto o memoria técnica de la instalación realmente ejecutada; Certificado de las características técnicas. Proyecto o memoria técnica de la instalación; Certificado de las características técnicas. Certificado de inspección inicial con calificación negativa, cuando sea preceptivo. Certificado de inspección inicial con calificación aceptable, en todo caso. Una vez finalizada una instalación y realizadas las pruebas de puesta en servicio con resultado satisfactorio: Se suscribirá por el instalador habilitado el certificado de la instalación, en todos los casos. Se suscribirá por el instalador habilitado el certificado de la instalación, cuando la potencia térmica nominal sea igual o mayor a 5 kw. Se suscribirá por el instalador habilitado el certificado de la instalación, cuando así lo exija el cliente. Se suscribirá el certificado de la instalación por el instalador habilitado para potencias hasta 70kW y también por el director de la instalación para potencias superiores. Las instalaciones térmicas a las que se refiere el artículo 15.1.c (instalaciones de potencia térmica nominal instalada en generación de calor o frio menor que 5 kw, las instalaciones de producción de agua caliente sanitaria por medio de calentadores instantáneos, calentadores acumuladores, termos eléctricos cuando la potencia térmica nominal de cada uno de ellos por separado o la suma sea menor o igual que 70 kw y los sistemas solares consistentes en un único elemento prefabricado): No precisaran acreditación del cumplimiento reglamentario ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma. Precisaran acreditación del cumplimento reglamentario ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Precisaran acreditación del cumplimento reglamentario ante el órgano competente de la Comunidad Europea. Precisaran acreditación del cumplimento reglamentario ante el organismo técnico Internacional. Una vez comprobada la documentación aportada, el certificado de la instalación será registrado por el Órgano de la Comunidad Autónoma, pudiendo a partir de este momento: Realizar la instalación del edificio. Realizar la puesta en servicio de la instalación. Realizar las pruebas de servicio de la instalación. Realizar la puesta en servicio de los contadores eléctricos del edificio. ¿En qué momento podrá realizarse la puesta en servicio de la instalación?. En cualquier momento después de haber suscrito el Certificado de Instalación, el instalador y el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva. Cuando el Certificado de instalación indique. Una vez haya sido registrado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, el Certificado de Instalación. Cuando determine la empresa suministradora de energía. ¿La puesta en servicio de las instalaciones estará supeditada, en su caso, a la aportación de una declaración responsable del cumplimiento de otros reglamentos de segundad que le afecten?. Si. No. Solo al Reglamento eléctrico. Solo al RITE. El incumplimiento de los reglamentos y disposiciones vigentes que le afectan podrá dar lugar: Actuaciones de las autoridades competentes. Actuaciones legales de la justicia. Actuaciones para la mejora de la apariencia de las instalaciones. Actuaciones para la corrección de deficiencias o incluso a la paralización inmediata de la instalación. ¿Pueden ser registradas las preinstalaciones térmicas en los edificios?. No se registrarán las preinstalaciones térmicas en los edificios. Solo las de potencias térmicas igual o interior a 70 kW. Solo las de potencias térmicas igual o interior a 40 kW. Solo las de potencias térmicas igual o interior a 5 kW. Según lo establecido en el RITE, ¿Cuál de los siguientes enunciados es correcto?: Dependiendo de la potencia de la instalación, se registraran las preinstalaciones térmicas en los edificios. Se registrarán las preinstalaciones térmicas de los edificios. No se registrarán las preinstalaciones térmicas en los edificios. Se registrarán las preinstalaciones térmicas de frio de más de 70 kw de los edificios. Registrada la instalación en el órgano competente de la Comunidad Autónoma, el instalador habilitado o el director de la instalación, cuando la participación de este último sea preceptiva, hará entrega al titular de la instalación de: Proyecto o memoria técnica de la instalación realmente ejecutada. Los resultados de las pruebas de puesta en servicio realizadas de acuerdo con la IT3. El certificado firmado por el instalador registrado en el Ministerio de Industria. Un croquis del recinto donde está la instalación. ¿El instalador habilitado o el director de la instalación hará entrega de la documentación de la instalación al titular, esta se incorporará?. Al expediente RITE. Al manual de uso y mantenimiento. Al proyecto o menoría técnica. Al libro del edificio. ¿Qué documento debe presentar el titular de la instalación al solicitar el suministro regular de energía?. Una copia del proyecto registrado en el Órgano de la Comunidad Autónoma. El certificado de la instalación. Una copia del certificado de la instalación, registrada en el Órgano competente de la Comunidad Autónoma. El carné de instalador o mantenedor. Sera necesario el registro del certificado de la instalación en el Órgano competente he la Comunidad Autónoma en caso de sustitución o reposición de equipos de generación de calor o frio: Si, siempre. No. No, cuando se trate de generadores de potencia útil nominal menor o igual que 70 kW, siempre que la variación de la potencia útil nominal del generador no supere el 25 por ciento respecto de la potencia útil nominal del generador sustituido ni la potencia útil nominal del generador instalado supere los 70 kW. Si, cuando la potencia útil nominal del generador instalador supere los 5 kW. El titular o usuario de las instalaciones térmicas es responsable del cumplimiento del RITE a partir de: Desde que encarga el proyecto. Desde que se realiza la memoria. Desde el momento que se realiza su recepción provisional. Desde el momento que se realiza su recepción definitiva. ¿De quién será la responsabilidad de que la instalación este adaptada a la vigente reglamentación?. Titular de la instalación. Instalador. Mantenedor. Todas las anteriores. Las instalaciones térmicas se utilizarán adecuadamente conforme con las instrucciones de uso contenidas en: El RITE. El Código Técnico de la Edificación. Un escrito facilitado por el instalador. El "Manual de uso y mantenimiento”. ¿Quién es el responsable de una instalación?. El titular de la instalación. La empresa instaladora. El Técnico titulado competente. La empresa instaladora. ¿De cuál de estas acciones será responsable el titular de la instalación?. Controlar todas las operaciones de mantenimiento, estando presente cuando estas ser realizadas. De rellenar el libro de mantenimiento. Encargar a una empresa mantenedora habilitada la realización del mantenimiento de la instalación térmica. Encargar a una empresa instaladora habilitada la realización del mantenimiento de la instalación térmica. |