Romano 1
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Título del Test:
![]() Romano 1 Descripción: Apuntes de clase guia |



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Domus. SUI IURIS. Alieni Iuris. Cujus. IUS necisque. Esclavos. Recepción--Recibo La "recepción del Derecho Romano" es el proceso histórico, iniciado principalmente en la Edad Media (siglo XI-XII), mediante el cual los principios, normas y estructuras jurídicas del Derecho Romano clásico y justinianeo fueron adoptados y adaptados por diversos sistemas jurídicos europeos, influyendo de manera decisiva en el derecho civil moderno. Respecto al recibo (o documento acreditativo de pago) y la noción de recepción en el contexto romano, se pueden destacar los siguientes puntos: La Recepción Histórica: Comenzó con el redescubrimiento del Corpus Iuris Civilis y la labor de la Escuela de los Glosadores en Bolonia, quienes estudiaron y comentaron las fuentes romanas para aplicarlas a la práctica. Significado de Recibo (Receptum/Pago): En el derecho romano, el "pago" (solutio) se entendía como el cumplimiento de una obligación, consistente en la entrega de la cosa o la prestación del servicio prometido. La prueba de este pago (equivalente a un recibo moderno) era fundamental para demostrar la extinción de la deuda. Receptum Argentarii: Se trataba de una forma de "recepción" específica, un acuerdo informal (pactum) donde un banquero (argentarius) se comprometía a pagar la deuda de su cliente a un tercero. La "Receptio" en sentido técnico: En las fuentes romanas, el término receptum se utilizaba a menudo en contextos como el receptum nautarum (responsabilidad de los navieros sobre los bienes recibidos) o el receptum arbitri (aceptación de la función de árbitro). Legado en el Derecho Moderno: La noción romana de formalizar los actos jurídicos —incluida la evidencia del cumplimiento— fue recibida en los códigos civiles modernos (como el francés o el de México), donde el recibo cumple la función de acreditar la extinción de las obligaciones. En resumen, la recepción del Derecho Romano es el proceso que permitió que conceptos romanos sobre la posesión, los contratos y el cumplimiento de obligaciones (pago y recibo) conformaran la base del derecho privado actual. 1. 2. Aspecto Jurídico. IUS scriptum. Non scriptium. Fas. Nec fas Días Fastos/Nefastos:. Ley donceviral y Duodecimun tabularum La Ley de las XII Tablas (Lex Duodecim Tabularum) o Ley Decenviral (451-450 a.C.) constituyó el primer código escrito de la antigua Roma, creado por diez magistrados (decemviros) para plasmar las costumbres y dar seguridad jurídica, igualando derechos entre patricios y plebeyos. Esta ley, expuesta en el foro, marcó el inicio del derecho civil romano, regulando la vida pública, privada, el procedimiento, la familia y la propiedad. Aspectos clave de la Ley Decenviral: Contexto y Creación: Surgió como resultado de las luchas de clase, donde los plebeyos exigían la redacción de leyes escritas para evitar la arbitrariedad de los patricios, quienes controlaban el derecho consuetudinario a través del colegio pontifical. Decemviros: En el 451 a.C. se nombró una comisión de diez hombres (decemviros) para escribir las leyes, inicialmente diez tablas, y en el 450 a.C. se añadieron dos tablas más ("tablas injustas"), completando las doce. Contenido (Resumen por temas): Tablas I-III: Derecho procesal civil (citas, juicios, ejecución). Tablas IV-V: Derecho de familia (poder del pater familias) y sucesiones (herencias). Tablas VI-VII: Derechos reales (propiedad, posesión). Tabla VIII: Derecho penal (delitos, lesiones, robo). Tablas IX-X: Derecho público y sagrado (prohibiciones como la cremación dentro de la ciudad). Tablas XI-XII: Suplementos (incluía la prohibición de matrimonio entre patricios y plebeyos, luego derogada). Importancia: Sentó las bases del Derecho Romano al formalizar el derecho, introduciendo igualdad jurídica y sirviendo de base para desarrollos legales posteriores. A pesar de su antigüedad, algunos principios, como el "ojo por ojo" o la severidad en las penas, reflejan una sociedad arcaica y formalista. La Ley de las XII Tablas desapareció en el incendio de Roma por los galos (390 d.C.), sobreviviendo solo a través de citas y fragmentos de juristas posteriores. Ley donceviral. Duodecimun tabularum. Costumbre Inverata consuetudo neo necesitatis físico externo---conducta Componentes de la Costumbre en el Derecho Romano: Inveterata Consuetudo (Elemento Objetivo): Es la práctica reiterada, frecuente y prolongada de un acto por parte de la comunidad, convirtiéndose en una costumbre arraigada. Opinio Iuris seu Necessitatis (Elemento Subjetivo): Es la convicción psicológica o creencia de que dicha práctica no es solo un hábito, sino una norma obligatoria de conducta (un deber jurídico). Ambos elementos, según la tradición romanista, son necesarios para que la costumbre se convierta en una fuente de derecho vinculante, conocida como consuetudo. Inveterata Consuetudo. Opinio Iuris seu Necessitatis. |





