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RRHH tema 3

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Título del Test:
RRHH tema 3

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RRHH tema 3

Fecha de Creación: 2023/02/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 83

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La Seguridad Social se encuentra regulada en. RDL 8/2015 de 30 de octubre. RDL 15/2008 de 30 de noviembre. RDL 30/2015 de 8 de octubre. RDL 30/2015 de 8 de noviembre. y por el Estatuto de los Trabajadores. y por el Estado. y por el Gobierno.

principios básicos del sistema de la Seguridad Social. Universalidad. Solidaridad intergeneracional. Equidad e igualdad de derechos. Unidad de caja.

En el sistema de la Seguridad Social, existen, a efectos de prestaciones, dos modalidades:

Modalidad contributiva (si ha cotizado). Se financia con las cotizaciones de empresas y trabajadores. Prestaciones de los diferentes regímenes de la seguridad social. Gastos derivados de la gestión y de la administración (afiliación, recaudación y gestión). Se financia con cargo a los presupuestos generales del estado. Prestaciones y servicios sanitarios (salvo la de accidente de trabajo y enfermedad profesional). prestaciones no contributivas por invalidez y jubilación. Complementos a mínimos de las pensiones de la seguridad social.

Modalidad no contributiva (si no ha cotizado o lo ha hecho de manera insuficiente). Se financia con las cotizaciones de empresas y trabajadores. Prestaciones de los diferentes regímenes de la seguridad social. Gastos derivados de la gestión y de la administración (afiliación, recaudación y gestión). Se financia con cargo a los presupuestos generales del estado. Prestaciones y servicios sanitarios (salvo la de accidente de trabajo y enfermedad profesional). prestaciones no contributivas por invalidez y jubilación. Complementos a mínimos de las pensiones de la seguridad social.

Prestaciones exentas de la modalidad no contributiva. derivada de accidente laboral. derivada de accidente no laboral. enfermedad profesional. enfermedad no profesional. maternidad. jubilación. por invalidez.

Prestaciones la modalidad no contributiva. derivada de accidente laboral. derivada de accidente no laboral. enfermedad profesional. enfermedad no profesional. maternidad. jubilación. por invalidez.

A la modalidad contributiva pertenecen. Trabajadores por cuenta ajena. Trabajadores por cuenta propia. Socios trabajadores de cooperativas. determinados funcionarios. Estudiantes. Españoles no residentes. Personas en estado de necesidad. No han cotizado nunca o no el tiempo suficiente.

A la modalidad no contributiva pertenecen. Trabajadores por cuenta ajena. Trabajadores por cuenta propia. Socios trabajadores de cooperativas. determinados funcionarios. Estudiantes. Españoles no residentes. Personas en estado de necesidad. No han cotizado nunca o no el tiempo suficiente.

A la modalidad no contributiva pertenecen. Asistencia sanitaria. Pension de inscapacidad permenete. prestacion por maternidad no contribitiuva. Pension de juvilacion. subsidio de desempleo. Prestación por hijo a cargo. Prestación por accidente laboral. Prestación por enfermedad profesional.

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. PRESTACIONES:. COTIZACIÓN:.

La gestión de la Seguridad Social se lleva a cabo mediante. Entidades gestoras. Entidades administrativas. Servicios comunes. Entidades colaboradoras. Organismos Autónomos. RÉGIMEN GENERAL.

PRESTACIONES: Son un conjunto de medidas que pone en funcionamiento la SS para prever, reparar o superar determinados infortunios o estados de necesidad concretos.

PRESTACIONES: Son las aportaciones obligatorias de empresarios y trabajadores para el sostenimientos de la SS y principal fuente de financiación del Sistema.

COTIZACIÓN: Son las portaciones obligatorias de empresarios y trabajadores para el sostenimientos de la SS y principal fuente de financiación del Sistema.

COTIZACIÓN: : Son un conjunto de medidas que pone en funcionamiento la SS para prever, reparar o superar determinados infortunios o estados de necesidad concretos.

a las entidades gestoras pertenecen. INSS. INGESA (Instituto nacional de gestión sanitaria). IMSERSO(Instituto de mayores y servicios sociales). Instituto social de la marina. Tesorería general. Gerencia informática. Mutuas. Empresas. Sepe. INSST (Instituto de seguridad y salud en el trabajo).

a los Servicios comunes pertenecen. INSS. INGESA (Instituto nacional de gestión sanitaria). IMSERSO(Instituto de mayores y servicios sociales). Instituto social de la marina. Tesorería general. Gerencia informática. Mutuas. Empresas. Sepe. INSST (Instituto de seguridad y salud en el trabajo).

a las Entidades colaboradoras pertenecen. INSS. INGESA (Instituto nacional de gestión sanitaria). IMSERSO(Instituto de mayores y servicios sociales). Instituto social de la marina. Tesorería general. Gerencia informática. Mutuas. Empresas. Sepe. INSST (Instituto de seguridad y salud en el trabajo).

a los organismos autónomos pertenecen. INSS. INGESA (Instituto nacional de gestión sanitaria). IMSERSO(Instituto de mayores y servicios sociales). Instituto social de la marina. Tesorería general. inspección de trabajo. Mutuas. Empresas. Sepe. INSST (Instituto de seguridad y salud en el trabajo).

La gestión de la Seguridad Social se lleva a cabo mediante. inss. INGESA. IMSERSO. Instituto nacional de la marina. Tesorería General. Gerencia de Informática. mutuas y empresas. sepe. INSST. Inspección de trabajo.

une. El único titular de los recursos de la Seguridad Social es el Estado. Se garantiza la acción protectora de la Seguridad Social a todos los ciudadanos. Al trabajar contribuimos a financiar las pensiones actuales.

Si, en un determinado momento de su vida, un trabajador no se encuentra en el nivel contributivo o profesional, sino en el asistencial, ¿se puede considerar que este trabajador está afiliado a la Seguridad Social? Elige la opción correcta. Los trabajadores que se encuentran en el nivel asistencial no se consideran afiliados. Algunos trabajadores no tienen derecho a la afiliación. Pierde la afiliación cuando pierde el trabajo. Si el trabajador estuvo una vez afiliado, lo estará siempre, porque la afiliación es única para toda la vida de los trabajadores, con independencia de las bajas, altas y variaciones que se produzcan con posterioridad a la afiliación.

Elisa, empresaria individual, regenta un negocio familiar y trabajan con ella su marido, su hermana (que vive independiente y trabaja como asalariada) y su hijo (que en la actualidad está realizando el Ciclo Formativo de Administración y Finanzas y le ayuda los fines de semana a cambio de una propina). Indica en qué Régimen tienen que ser dados de alta estos trabajadores. Hermana de Elisa. Elisa. Hijo de Elisa. Marido de Elisa.

Una Asesoría Fiscal y Laboral contrata a un joven que ha finalizado el Ciclo de Administración y Finanzas, con un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional. Se trata de su primer trabajo. Todas las respuestas son verdaderas. La empresa debe dar de alta al trabajador en la Seguridad Social y afiliarlo si no lo está. Debe realizar los trámites antes de iniciar la relación laboral. Debe presentar el documento en la Tesorería General de la Seguridad Social.

El plazo que tiene la empresa para comunicar las bajas de los trabajadores es: En los 30 días siguientes al inicio de la actividad. En los 3 días naturales siguientes. Con 10 días de antelación. Previo al inicio de su actividad.

Señala la opción correcta respecto a la prestación por incapacidad temporal derivada de enfermedad común. Los 3 primeros días de baja no se cobra nada. Una vez finalizado el período máximo el trabajador será dado de alto por curación o se examinará a efectos de incapacidad permanente. Todas las respuestas son verdaderas. A partir del día 21 el importe de la prestación asciende al 75 % de la base reguladora.

Ordena los siguientes elementos en función del orden cronológico. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Identifica quién o quiénes son los responsables de cotizar por los siguientes conceptos. Empresario. trabajador.

Indica en qué modalidad de la Seguridad Social se encuadran los siguientes trabajadores: contributiva. no contributiva.

¿Cuándo se debe hacer la inscripción de una empresa si contrata trabajadores?. Antes del inicio de la actividad. A elección del empresario. Dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. No hay plazo.

Señala la opción correcta respecto a la prestación por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo: Los 3 primeros días de la baja no se cobra prestación. El pago de la prestación le corresponde al INSS, aunque lo efectúa la empresa en pago delegado. La cuantía a entregar es el 60% de la base reguladora. La base reguladora es la base de contingencias comunes del mes anterior entre los días trabajados.

La incapacidad permanente total inhabilita al trabajador para realizar las tareas de su profesión pero le permite realizar otras actividades u oficios.

La pensión de orfandad se les reconoce exclusivamente a los hijos de la persona fallecida, menores de 18 años.

Todas las personas que trabajen por cuenta propia cotizarán a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos anuales.

La pensión de viudedad es una pensión con una duración de 25 años en favor del cónyuge o pareja de hecho superviviente.

La cotización por contingencias profesionales es optativa para los trabajadores autónomos.

En el régimen de cotización de los trabajadores autónomos, cuanto mayor sea la base de cotización elegida, mayor serán las prestaciones futuras.

Sobre la jubilación, al menos dos años deben estar comprendidos dentro de los quince inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.

Respecto al desempleo, el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora aumenta a medida que transcurre el tiempo.

Mediante el sistema RED de la Seguridad Social, podemos realizar directamente la liquidación de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Sobre el desempleo: para el cálculo de este subsidio se tiene en cuenta el IPREM.

Se considera incapacidad permanente parcial aquella que supone una reducción en el rendimiento del trabajador de su profesión habitual en más del 33% y le impide realizar las tareas fundamentales de ésta.

AT.

EP.

El Régimen General SE REGULA EN.

1. El sistema de la Seguridad Social viene integrado por los siguientes regímenes. GENERAL. ESPECIALES.

La acción protectora de la Seguridad Social.

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Prestaciones en especie. Prestaciones económicas.

prestaciones económicas. subsidios. pensiones. indemnizaciones. prestaciones no contributivas.

Pertenecen a la incapacidad temporal. enfermedad común y profesional. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

Pertenecen a las pensiones no contributivas. enfermedad común y profesional. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

cual tiene una carencia de 180 días. enfermedad común. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

cual no tiene una carencia. enfermedad profesional. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

cual no tiene una carencia. enfermedad profesional. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

tiempo de cobro de la paga 12 meses max prorrogables mas 6 ampliable hasta 24. enfermedad profesional y comun. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

tiempo de cobro de la paga 3 meses. enfermedad profesional y comun. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. riesgo de embarazo y lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

tiempo de cobro de la paga 9 meses. enfermedad profesional y comun. accidente laboral y no laboral. nacimiento y adopción. correspondencia de cuidado del lactante. lactancia. desempleo. jubilacion. invalidez. orfandad. viudedad.

la enfermedad común o accidente no laboral. 3 dia no se cobra. 4 al 20 el 60%. del 21 el 75%. 1 no se cobra. 2 el 75%.

la enfermedad profesional o accidente laboral. 3 dia no se cobra. 4 al 20 el 60%. del 21 el 75%. 1 no se cobra. 2 el 75%.

quien paga en enfermedad común o accidente no laboral. 1 al 15 la empresa. 16 la mutua o inss. 1 empresa. 2 la mutua o inss.

quien paga en enfermedad profesional o accidente laboral. 1 al 15 la empresa. 16 la mutua o inss. 1 empresa. 2 la mutua o inss.

cuanta jornada se reduce en la corresponsabilidad del cuidado del lactante. media hora. 30 horas. 3 meses.

incapacidad permanente. parcial para la profesión habitual. total. absoluta. gran invalidez.

desempleo. no es una situación legal de desempleo. desempleo parcial. desempleo total.

desempleo modalidad contributiva verdaderas. cotizar 360 días. 6 años anteriores al desempleo. haber trabado cuenta ajena. 180 días 70%BR. a partir de 181 50%. 80% IPREM sin paga extra. 52% BR. 70%BR. 20%BR.

desempleo modalidad no contributiva verdaderas. cotizar 360 días. 6 años anteriores al desempleo. haber trabado cuenta ajena. 180 días 70%BR. a partir de 181 50%. 80% IPREM sin paga extra. 52% BR. 70%BR. 20%BR.

orfandad verdaderas. cotizar 360 días. 6 años anteriores al desempleo. haber trabado cuenta ajena. 180 días 70%BR. a partir de 181 50%. 80% IPREM sin paga extra. 52% BR. 70%BR. 20%BR.

viudedad verdaderas. cotizar 360 días. 6 años anteriores al desempleo. haber trabado cuenta ajena. 180 días 70%BR. a partir de 181 50%. 80% IPREM sin paga extra. 52% BR. 70%BR. 20%BR.

en nacimiento y adopción el periodo de cotización exigido si tienes 21 años es. 0. 90 dias en los 7años anteriores o 180 dias. 180 días anteriores años 7 años o 360.

en nacimiento y adopción el periodo de cotización exigido si tienes 21 a 26 años es. 0. 90 dias en los 7años anteriores o 180 dias. 180 días anteriores años 7 años o 360.

en nacimiento y adopción el periodo de cotización exigido si tienes mas de 26 años es. 0. 90 dias en los 7años anteriores o 180 dias. 180 días anteriores años 7 años o 360.

antes de iniciar la actividad una empresa debe. pedir la inscripcion en la TGSS. darse de alta en IAE. darse de alta en autonomo.

como se llama el código de inscripción.

modelo de alta de RETA. TA0521. TA.1. TA.2/S.

modelo de alta de AFILIACION A LOS TRABAJADORES. TA0521. TA.1. TA.2/S.

modelo de alta y baja de los trabajadores. TA0521. TA.1. TA.2/S.

quien establece las bases de cotización del empresario individual. La ley de presupuestos generales del estado. clasificación nacional de actividades económicas (CNAE). TGSS.

quien establece las cotizaciones de AT Y EP. La ley de presupuestos generales del estado. clasificación nacional de actividades económicas (CNAE). TGSS.

donde se paga el RETA. La ley de presupuestos generales del estado. clasificación nacional de actividades económicas (CNAE). TGSS. INSS.

EL SISTEMA RED PARA USARLO SE NECESITAN 3 MODALIDADES. RED DIRECTO. SISTEMA DE LIQUIDACION DIRECTA. RED INTERNET. RED PROFESIONALES. RED DIRECTA.

CUANDO DEBE COMUNICARSE A LA SS LA BAJA DE UN TRABAJADOR. 3 DIAS NATURALES SIGUIENTES. 3 DIAS NATURALES DESPUES. 30 DIAS NATURALES SIGUIENTES.

une. trabajador y empresa. empresa.

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