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Sección 3

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Título del Test:
Sección 3

Descripción:
Apartado 1

Fecha de Creación: 2026/06/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 37

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¿Cuál es la documentación que debe presentarse en la inspección de un vehículo agrícola?. El permiso de conducción y la tarjeta ITV. El permiso de circulación y la tarjeta ITV. El permiso de circulación y el certificado de seguro obligatorio.

En caso de no aportar el permiso de circulación, ¿cuál de los siguientes documentos NO se admite como sustituto?. Fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación. Certificado de empadronamiento del titular del vehículo. Nota simple de antecedentes emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico.

La no coincidencia de algún dato de identificación de la documentación presentada con el vehículo se califica como: DL. DG. DMG.

¿Cómo debe estar inscrito el número de identificación en el vehículo agrícola a efectos de identificación?. Estampado en una etiqueta adhesiva homologada en lugar visible de la carrocería. Grabado, troquelado o inscrito de forma indeleble en el bastidor, estructura autoportante o estructura análoga. Impreso en la placa del fabricante con caracteres de al menos 7 mm de altura.

Si el acceso al número de bastidor requiere el uso de herramientas, ¿cómo puede verificarse el número excepcionalmente?. Solicitando el certificado de conformidad original del fabricante. En la placa del fabricante o a través de OBD. Consultando el Registro de la Jefatura Central de Tráfico.

Las placas de matrícula, en caso de no estar homologadas, deben ser conformes con los requisitos del Anexo XVIII del RGV y el Anexo III del: Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre. Real Decreto 885/2020, de 6 de octubre. Real Decreto 1013/2009.

: Los vehículos construidos o matriculados con anterioridad a ¿qué año? podrán llevar placas de matrícula ajustadas a las condiciones reglamentarias vigentes en su época?. 1960. 1970. 1980.

¿Qué normativa obliga a dotar a los tractores agrícolas de estructuras antivuelco ROPS homologadas a partir de determinadas fechas?. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio. Orden Ministerial de 27/07/79 del Ministerio de Agricultura. Resolución de 21/03/97 de la DG de Producciones y Mercados Agrícolas.

¿Qué resolución actualiza el Anexo 1 de la Orden 27/07/79 con las fechas de obligatoriedad de las estructuras ROPS?. Resolución de 15/01/81 de la DG de Producciones y Mercados Agrícolas. Resolución de 09/12/81 del Ministerio de Agricultura. Resolución de 21/03/97 de la DG de Producciones y Mercados Agrícolas.

En tractores con Fecha de Matriculación (FM) mayor que la Fecha de Referencia (FR 11/12/1979), la ROPS es: Obligatoria pero no necesariamente homologada, salvo que el fabricante lo indique. Obligatoria y debe estar homologada (SÍ / SÍ). Optativa, aunque recomendada por razones de seguridad.

Para tractores con fecha de matriculación igual o anterior al 11/12/79 que dispongan de estructura ROPS, ¿debe estar homologada?. Sí, siempre es obligatoria la homologación. No, puede no estar homologada. Solo si fue matriculado fuera del territorio español.

¿Cuál es la masa de un tractor agrícola clasificado como "extraligero"? Y Fecha ROPS?. Inferior a 600 kg esta exento de ROPS. De 600 a 1.500 kg Fecha de Obligatoriedad ROPS 12/12/1984. De 1.500 a 6.000 kg Fecha de Obligatoriedad ROPS 12/12/1980.

¿Cuál es el rango de masa de los tractores agrícolas clasificados como "Ligeros"? y fecha de obligatoriedad de ROPS?. De 600 a 1.500 kg Fecha de ROPS 12/12/1984. De 1.500 a 6.000 kg Fecha de ROPS 12/12/1980. De 3.000 a 6.000 kg Fecha de ROPS 12/12/1982.

¿Cuál es el rango de masa de los tractores agrícolas clasificados como "Medianos"? y fecha de obligatoriedad de ROPS?. De 600 a 1.500 kg Fecha de ROPS 12/12/1984. De 1.500 a 6.000 kg Fecha de ROPS 12/12/1980. De 3.000 a 6.000 kg Fecha de ROPS 12/12/1982.

¿Cuál es el rango de masa de los tractores agrícolas clasificados como "Pesados"? y fecha de obligatoriedad de ROPS?. De 600 a 1.500 kg Fecha de ROPS 12/12/1984. De 1.500 a 6.000 kg Fecha de ROPS 12/12/1980. ≥ 6.000 kg. Fecha de ROPS 12/12/1982.

¿Cuál es la masa determinante para la clasificación de un tractor a efectos de ROPS?. La masa en vacío con el conductor y sin equipos discrecionales. La masa con todos los depósitos llenos, equipo de mayor masa, sin lastrado, sin conductor y sin bastidor o cabina. La masa máxima autorizada (MMA) indicada en la tarjeta ITV.

¿Cuál es la fecha de obligatoriedad de ROPS para los tractores "estrechos" (nuevas matriculaciones)?. 11.12.1984. 01.07.1993. 01.01.2011.

¿Qué vía mínima del eje de ruedas motrices define a los tractores del grupo "estrechos"?. Inferior a 1.000 mm. Inferior a 1.150 mm. Inferior a 1.200 mm.

Cuando un tractor lleva una ROPS no homologada según reglamentación española o de la UE, ¿qué se debe comprobar según el RD 1215/1997?. Que la estructura supera pruebas de carga estática equivalentes a las normas UE. Que la estructura no afecta negativamente a retrovisores, campo de visión, asiento, alumbrado, acceso del conductor ni parabrisas. Que dispone de certificación de un servicio técnico acreditado nacional.

¿Qué calificación recibe la INEXISTENCIA de la estructura ROPS cuando es obligatoria?. DG. DL. DMG.

La estructura ROPS manipulada o con anclajes defectuosos (sin riesgo de desprendimiento) se califica como: DL. DG. DMG.

: La inexistencia de la IDENTIFICACIÓN de la estructura contra el vuelco ROPS se califica como: DL. DG. DMG.

La existencia de estructura FOPS y/o OPS en tractores que llevan una ROPS de DOS POSTES se califica como: DG. DL. DMG.

Como se califica el defecto de "defectos de esta del carenado"?. DL. DG. DMG.

Como se califica "Estructura de protección manipulada o anclajes defectuosos"?. DL con riesgo de desprendimiento DG. DG con riesgo de desprendimiento DMG. Sin defecto.

Los dispositivos de acoplamiento de tractores (agrícolas o forestales) deben estar homologados según la Directiva 89/173/CEE desde el: 29/06/1993 para todas las matriculaciones. 01/05/1989 para nuevas matriculaciones. 10/10/2003 para las nuevas matriculaciones.

La fijación defectuosa de un dispositivo de acoplamiento con riesgo de desprendimiento se califica como: Defecto leve (DL), con posible elevación a DG. Defecto grave (DG), con posible elevación a DMG. Siempre como Defecto Muy Grave (DMG).

¿Los vehículos agrícolas están obligados a instalar guardabarros y dispositivos antiproyección?. Sí, siempre son obligatorios. No; están exentos si son incompatibles con su utilización, pero si los llevan deben estar en buen estado. Solo son obligatorios si superan los 3.000 kg de masa.

La fijación defectuosa de dispositivos antiproyección con riesgo de desprendimiento se califica como: DG. DL. DMG.

Los defectos de estado de los dispositivos antiproyección que impidan su función se califica como: DG. DL. DMG.

Los defectos de estado de los guardabarros que impidan su función se califica como: DG. DL. DMG.

¿Cuándo es obligatorio el limpiaparabrisas en un vehículo agrícola?. Siempre que el vehículo disponga de cabina. Si el conductor solo puede ver la vía a través de los elementos transparentes del parabrisas (excepto vehículos matriculados antes del 01/01/74). Solo cuando la velocidad máxima autorizada supere los 40 km/h.

La INEXISTENCIA del limpiaparabrisas cuando es obligatorio se califica como: DL. DG. DMG.

La INEXISTENCIA de las escobillas del limpiaparabrisas se califica como: DL. DG. DMG.

como se Califica "el limpiaparabrisas no Funciona"?. DL. DG. DMG.

como se Califica "lavaparabrisas no funciona adecuadamente"?. DL. DG. DMG.

como se Califica "Superficie insuficiente barrida por el limpiaparabrisas"?. DL. DG. DMG.

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