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Sector Publico Institucional

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Título del Test:
Sector Publico Institucional

Descripción:
Sector Público Institucional

Fecha de Creación: 2024/10/08

Categoría: Otros

Número Preguntas: 42

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Ley 40/2015 se aplica al sector que comprende. AGE. Administración CCAA. Entidades que integran la Admón. Local. Sector público institucional. Admón Local. CCAA, Provincias y municipios.

Sector Público Institucional se integra por. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas. Las Universidades Públicas que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la presente Ley. Las Universidades Privadas. Las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.

Tienen la consideración de Administraciones Públicas. AGE, Administraciones de las CCAA, las Entidades que integran la Administración Local, así como los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. AGE, así como los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. AGE, Administraciones de las CCAA, la Administración Local, así como los organismos privados y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas.

Las entidades que integran el sector público institucional están sometidas en su actuación a los principios de. legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera así como al principio de transparencia en su gestión. legalidad, eficacia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera así como al principio de transparencia en su gestión. legalidad, eficacia, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera así como al principio de transparencia en su gestión. legalidad, eficiencia, estabilidad financiera y sostenibilidad presupuestaria así como al principio de transparencia en su gestión.

Principios generales de actuación. A las limitaciones previstas en la normativa presupuestaria y en las previsiones anuales de los presupuestos generales. En particular se sujetarán en materia de personal, incluido el laboral. En general se sujetarán en materia de personal, incluido el laboral. En particular se sujetarán en materia de personal, salvo el laboral. En general se sujetarán en materia de personal, salvo el laboral.

Todas las Administraciones Públicas deberán establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes, con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su creación y su sostenibilidad financiera, y que deberá incluir la formulación expresa de propuestas de. Mantenimiento, transformación o extinción. Mantenimiento, modificación o extinción. Mantenimiento, transformación o cancelación. Mantenimiento, modificación o cancelación.

El Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, se configura como. Registro público administrativo. Registro público. Registro privado. Registro privado administrativo.

El Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, garantiza. la información pública y la ordenación de todas las entidades integrantes del sector público institucional cualquiera que sea su naturaleza jurídica. la información pública y la ordenación de todas las entidades integrantes del sector público institucional. la información pública todas las entidades integrantes del sector público institucional cualquiera que sea su naturaleza jurídica. la ordenación de todas las entidades integrantes del sector público institucional cualquiera que sea su naturaleza jurídica.

La integración y gestión de dicho Inventario y su publicación dependerá de. Intervención General de la Administración del Estado. Intervención General. Intervención General del Estado, CCAA y Entidades Locales. Inventario de Entidades del Sector público.

¿Qué será inscrita en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local?. Al menos, la creación, transformación, fusión o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional, cualquiera que sea su naturaleza jurídica. Al menos, la creación, transformación, fusión o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional. La creación, transformación, fusión o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional, cualquiera que sea su naturaleza jurídica. Al menos, la creación o extinción de cualquier entidad integrante del sector público institucional, cualquiera que sea su naturaleza jurídica.

¿Quién notificará, a través de la intervención general de la Administración correspondiente, la información necesaria para la inscripción definitiva en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local?. El titular del máximo órgano de dirección de la entidad. El director del máximo órgano de dirección de la entidad. El secretario del máximo órgano de dirección de la entidad. El Consejo de Ministros.

En qué plazo se notificará al Inventario la norma o el acto jurídico de creación. 30 días hábiles. 20 días hábiles. 15 días hábiles. 10 días hábiles.

La inscripción en el Inventario se practicará en el plazo de. 15 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de inscripción. 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de inscripción. 20 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de inscripción. 30 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de inscripción.

¿Quién debe notificar los datos o la información necesaria para que se lleve a cabo la inscripción definitiva en el Inventario?. El titular del máximo órgano de dirección de la entidad, a través de la intervención general de la Administración correspondiente. El titular del máximo órgano de dirección de la entidad. El director del máximo órgano de dirección de la entidad, a través de la intervención general de la Administración correspondiente. El director del máximo órgano de dirección de la entidad.

El sustrato de una Fundación es una. Pluralidad de bienes. Pluralidad de personas. Comunidad de bienes. Comunidad de Entes.

Corporaciones, montadas sobre la base UNIVERSITAES PERSONARUM. Pluralidad de personas. Pluralidad de bienes. Comunidad de bienes. Comunidad de personas.

Clases de entes Institucionales. Corporaciones y Fundaciones. Corporaciones, Agencias y Fundaciones. Corporaciones, Consorcios, Agencias y Fundaciones. Corporaciones, Consorcios y Agencias.

2 tipos de Corporaciones las que se crean por. Razones objetivas y circunstancias subjetias. Razones objetivas. Circunstancias subjetivas. Razones subjetivas y circunstancias objetivas.

Un Colegio Oficial de Abogados. Tiene personalidad jurídica. Carece de esta personalidad. Depende del Ente que lo crea. Solo tiene personalidad respecto de los asuntos que determine la ley.

Carácter de división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado. Comarca. Municipio. Provincia. CCAA.

Art. 24 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las Leyes de las CCAA sobre régimen local regularán los siguientes entes, que carecerán de personalidad jurídica, como forma de organización desconcentrada del Municipio. Entes de ámbito territorial inferior al Municipio. Mancomunidades. Comarcas. Ninguno de los anteriores.

El carácter de cauce inmediato de participación ciudadana se predica del/ de la. CCAA. Municipio. Estado. Provincia.

CE, las Entidades que forman parte de la organización territorial del Estado tienen las nota común de. Autogobierno. Independencia. Autonomía. Financiación propia.

Las Admones Públicas actúan para el cumplimiento de sus fines con. Personalidad jurídica única. Personalidad jurídica plural. Personalidad jurídica colectiva. Sin personalidad jurídica, pero con capacidad de obrar.

¿Cómo se denomina a la Entidad Local determinada por la agrupación de Municipios con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines?. Comarca. Región. Provincia. Mancomunidad de Municipios.

¿Qué art. CE recoge los principios a los que debe ajustarse la Administración en su actuación?. 103. 102. 104. 106.

El principio de solidaridad, art. 138 CE exige una atención especial a. CCAA. Entidades de ámbito territorial inferior al municipal. Todas las partes del territorio nacional. Las islas.

El carácter de cauce inmediato de participación ciudadana se predica. CCAA. Municipio. Estado. Provincia.

¿Qué Entes tienen carácter territorial?. Entes Públicos Menores. Entes Institucionales.

Entidades Locales existentes. Municipio, Provincia e Isla en los archipiélagos balear y canario. Municipio, Provincia y CCAA. Estado, CCAA, Provincia y Municipio.

Municipio. Entidad básica de la organización territorial del Estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionaliza y gestiona con autonomía los intereses propios de la respectiva Colectividad. Entidad básica de la organización institucional y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionaliza y gestiona con autonomía los intereses propios de la respectiva Colectividad. Entidad básica de la organización territorial del Estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los todos los asuntos públicos.

Otras Entidades Locales. Comarcas, Áreas Metropolitanas, Mancomunidades de Municipios. Áreas Metropolitanas y Mancomunidades de Municipios. Comarcas.

Qué se crean por acuerdo de los propios Municipios. Comarcas. Áreas Metropolitanas. Mancomunidades de municipios.

Para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia. Mancomunidad de Municipios. Áreas Metropolitanas. Comarcas u otras Entidades que agrupen varios Municipios, instutiodas por las CCAA.

Entidades Locales integradas por Municipios de grandes aglomeraciones urbanas entre cuyos núcleos de población existan vinculaciones económicas y sociales. Áreas Metropolitanas. Mancomunidades de Municipios. Comarcas.

Creación Asamblea Legislativa de la CCAA. Áreas Metropolitanas. Comarcas. Mancomunidades de Municipios.

Agrupación de Municipios cuya características determinen intereses comunes precisados de una gestión propia o demanden la prestación de servicio de dicho ámbito. Comarcas. Áreas Metropolitanas. Mancomunidades.

Las entidades de ámbito territorial inferior al municipio deberán. Presentar sus cuentas ante los organismos correspondientes del Estado y de la CCAA respectiva. Presentar sus cuentas ante el Estado. Presentar sus cuentas ante el municipio respectivo. Presentar sus cuentas ante la CCAA respectiva.

La no presentación de cuentas por las entidades de ámbito interior al municipio será. Causa de disolución. Causa de enmienda. Se iniciará procedimiento sancionador. Sancionado.

CE trata de las Entidades Locales en. Titulo VIII. Titulo IV. Titulo VII. Titulo V.

CE, trata de las Entidades Locales en. Los arts. 140, 141 y 142. Art. 140. Los art. 140, 141, 142 y 143.

Los 3 principios fundamentales del Régimen Local son. Autonomía de las Corporaciones Locales en la gestión de sus intereses, Carácter democrático y representativo de sus órganos de gobierno y la suficiencia de las Haciendas Locales. Autonomía, Carácter democrático y suficiencia de las Haciendas Locales. Autonomía de las Corporaciones Locales Territoriales, Carácter democrático y representativo de sus todos sus órganos y la suficiencia de las Haciendas Locales. Autonomía de las Corporaciones Locales en la gestión de sus intereses, Carácter democrático y representativo de sus órganos de gobierno y la insuficiencia de las Haciendas Locales.

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