SEDE ELECTRÓNICA (repaso)
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SEDE ELECTRÓNICA Naturaleza de la sede electrónica. Se establece como sede electrónica de la Administración Municipal de Vitoria-Gasteiz el sitio https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org, tal y como consta en la Ordenanza Reguladora de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz publicada en el BOTHA nº 8 de 19 de enero de 2011. La sede electrónica de la Administración Municipal de Vitoria-Gasteiz será única para el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y sus Organismos Autónomos adscritos. La sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, estará sujeta a los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. La titularidad, gestión y administración de la sede electrónica corresponderá al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en el ejercicio de sus competencias. En todo caso se garantizará la identificación del titular de la sede. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz limita el alcance de su responsabilidad como titular de la sede electrónica, exclusivamente a los contenidos propios de la sede de la Administración Municipal de Vitoria-Gasteiz. toda son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Características de la sede electrónica. La publicación en la sede electrónica de informaciones y servicios, así como la tramitación de los procedimientos que en su caso se determinen, respetarán los principios de accesibilidad y usabilidad de acuerdo con las normas establecidas al respecto, estándares abiertos y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por la ciudadanía. La información contenida en la sede cumplirá las disposiciones normativas vigentes en materia de bilingüismo. Se podrán incluir informaciones en otros idiomas cuando se considere de interés general. Cualquier contenido de la sede electrónica tendrá una dirección/URL que comenzará necesariamente por https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org y las posibles excepciones/extensiones se detallarán, de forma oficial, en la página de la misma sede https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org/extensiones. El mantenimiento y actualización de cada uno de los servicios e información contenidos en la sede electrónica, en los términos expresados en la presente Ordenanza, será competencia del Área, Departamento u Organismo Autónomo. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Contenido y servicios de la sede electrónica. La sede electrónica general deberá proporcionar acceso al registro electrónico del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, así como a sus normas de funcionamiento. La sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz dispondrá del siguiente contenido mínimo: - Identificación de la sede electrónica y direcciones autorizadas. - Identificación del Titular de la sede y de los órganos responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición en la misma. - Identificación de los canales de acceso a los servicios disponibles en la sede, con expresión en su caso de los teléfonos y oficinas a través de los cuales puede accederse a ellos. - Información necesaria para la correcta utilización de la sede e instrumentos de validación. - Información relacionada con la propiedad intelectual. - Sistema de verificación de los certificados de sede electrónica y de sellos electrónicos utilizados en la sede electrónica, que estará accesibles de forma directa y gratuita. - Relación de sistemas de identificación electrónica que sean admitidos o utilizados en la sede, así como los procedimientos para los que son válidos. - La presente Ordenanza reguladora. - Catálogo de servicios disponibles en la sede. La ciudadanía podrá realizar a través de la sede electrónica todas las actuaciones, trámites y procedimientos que se determinen en la propia sede y los que progresivamente se vayan incorporando para su gestión electrónica. - Relación de los medios electrónicos que la ciudadanía puede utilizar en cada caso en el ejercicio de su derecho a comunicarse con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. - Enlace al buzón de sugerencias, quejas y reclamaciones. - Publicación electrónica de los actos y comunicaciones que deban publicarse en tablón de anuncios. - Indicación de la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1. de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. - Formatos y demás requisitos de las copias y documentos electrónicos presentados por la ciudadanía. - Decretos por los que se crean los sellos electrónicos para las actuaciones administrativas automatizadas que se determinen en el propio Decreto y que incluyan las características de los certificados. - Comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos que hayan sido autenticados mediante código seguro de verificación. - Convenios que celebre el Ayuntamiento de Vitoria con otras Administraciones para el reconocimiento de registros electrónicos, de servicios de administración electrónica y para el intercambio de datos. - Perfil del contratante. - Acceso al estado de tramitación de los expedientes. Información relacionada con la protección de datos de carácter personal. - Cualesquiera otros servicios, procedimientos e informaciones que se incorporen, con sujeción a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 11/2007. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Seguridad en la sede electrónica. La sede electrónica dispondrá de sistemas que permitan el establecimiento de comunicaciones seguras siempre que sean necesarias. Se tendrán en cuenta los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad, referidos en el artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, para determinar las características y requisitos que deben cumplir los sistemas de firma electrónica y los certificados establecidos en las sedes electrónicas para la identificación y garantía de una comunicación segura. La sede electrónica incluirá todos los medios técnicos precisos para permitir la comprobación de la oficialidad de la sede. En este sentido, se pondrá a disposición de la ciudadanía las instrucciones y los instrumentos precisos para la correcta identificación de la sede electrónica. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Operatividad de la sede electrónica. Los servicios de la sede electrónica de la Administración Municipal estarán operativos las 24 horas del día, todos los días del año. En el caso de que por razones técnicas la sede o alguno de sus servicios puedan no estar operativos, y la o las incidencias causantes resulten conocidas de antemano, se informará con la suficiente antelación, indicando los medios de consulta alternativos que estén disponibles. En los supuestos de interrupción sobrevenida del servicio como consecuencia de incidencias imprevistas, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz adoptará las medidas técnicas que sean necesarias para asegurar el restablecimiento del servicio en el menor tiempo posible. Tanto en los supuestos de interrupción del servicio por incidencias conocidas de forma anticipada, como en aquellos casos producidos de forma sobrevenida, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz se dotará de un dominio específico https://www.vitoria-gasteiz.net de alcance informativo, que dirigirá a la ciudadanía en sus consultas y relaciones de tramitación. Los sistemas de información que soporten la sede electrónica deberán garantizar la seguridad, disponibilidad e integridad de las informaciones que manejan. El Esquema Nacional de Interoperabilidad y el Esquema Nacional de Seguridad establecen las previsiones necesarias para ello. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Participación ciudadana. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz fomentará la participación de la ciudadanía en la actividad administrativa a través de medios electrónicos, mediante el acceso a informaciones públicas, encuestas, sondeos de opinión y otros métodos que se determinen. Estos instrumentos estarán disponibles en la sede electrónica, y permitirán conocer de forma más próxima la opinión ciudadana sobre el ejercicio de la actividad administrativa y el funcionamiento de los servicios públicos. La dirección autorizada para la participación ciudadana será https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org/participacion. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Tablón electrónico de anuncios. La publicación de actos y comunicaciones que por disposición legal o reglamentaria deben publicarse o notificarse en el tablón de anuncios, se realizará en el tablón electrónico de anuncios al que se accederá a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, con el mismo carácter de oficialidad y autenticidad y con el mismo valor y efectos jurídicos. La dirección autorizada para el tablón de anuncios será https://sedeelectronica.vitoria-gasteiz.org/tablondeanuncios. El tablón electrónico de anuncios del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz tendrá carácter sustitutivo del tablón ordinario utilizado hasta la fecha de aprobación de esta ordenanza. El acceso al tablón electrónico de anuncios no requerirá mecanismo especial alguno de acreditación de la identidad. El tablón electrónico de anuncios dispondrá de los sistemas y mecanismos que garanticen la autenticidad, integridad y disponibilidad de su contenido, en los términos dispuestos por la Ley 11/2007 de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. En especial, a los efectos del cómputo de los plazos que corresponda, se establecerá el mecanismo que garantice la constatación de la fecha y hora de publicación de los anuncios. Con el fín de garantizar los principios de igualdad y no discriminación, el Ayuntamiento de VitoriaGasteiz habilitará puntos de acceso electrónico en los lugares que se determinen, a través de los que se podrá consultar el tablón electrónico de anuncios. En todo caso, se garantizará el acceso a todas las personas, así como la ayuda necesaria para lograr una consulta efectiva. El tablón de anuncios electrónico estará disponible las 24 horas del día, todos los días del año. Cuando por razones técnicas se prevea que el tablón de anuncios electrónico pueda no estar operativo, se deberá informar de ello a los usuarios y usuarias con la máxima antelación posible, indicando cuales son los medios alternativos de consulta del tablón que estén disponibles. Los documentos emitidos en soporte papel, se incorporarán al tablón de anuncios electrónico mediante un proceso de digitalización certificada. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Sistemas de identificación y autenticación del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, podrá utilizar los siguientes sistemas para su identificación electrónica y para la autenticación de los documentos electrónicos que en su caso se produzcan:. Sistemas de firma electrónica basados en la utilización de certificados de dispositivo seguro o medio equivalente que permita identificar la sede electrónica y el establecimiento con ella de comunicaciones seguras. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada. Firma electrónica del personal al servicio de la Administración Municipal. Podrá utilizarse la firma electrónica basada en el DNI de la persona o se podrá proveer al personal de una firma electrónica que identifique de forma conjunta a la persona titular del puesto o cargo y al Departamento u Organismo en que presta sus servicios. Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación. Los documentos electrónicos transmitidos en entornos cerrados de comunicaciones serán considerados válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores. Se garantizará a estos efectos, la seguridad del entorno y la protección de los datos transmitidos. Mediante Decreto de Alcaldía, se deberá aprobar, cuando se trate de intercambios dentro de la Administración Municipal, la relación de emisores y receptores autorizados y la naturaleza de los datos a intercambiar. Cuando se realice el intercambio con otra Administración Pública, se deberán fijar previamente las condiciones y garantías por las que se regirá la transmisión, en el oportuno convenio al efecto. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Identificación de la sede electrónica. La sede electrónica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, se identificará con la aplicación conjunta de los sistemas de firma electrónica basadas en certificados de dispositivo seguro o medio equivalente, entre los que se encuentra el certificado de sede, y la información general obligatoria que debe constar en las mismas de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza. Los certificados electrónicos de sede electrónica tendrán al menos, los contenidos siguientes: a. Descripción del tipo de certificado, con la denominación "sede electrónica". b. Nombre descriptivo de la sede electrónica. c. Denominación del nombre del dominio. d. Número de identificación fiscal de la entidad suscriptora. e. Unidad administrativa suscriptora del certificado. El uso de los certificados de sede electrónica estará limitado a la identificación de la sede, quedando excluida su utilización para la firma electrónica de documentos y trámites. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Firma electrónica de la actuación administrativa automatizada. Los actos administrativos de las entidades integradas en la Administración Municipal podrán dictarse de forma automatizada entendida como aquella resultado de una aplicación informática programada para que opere automáticamente, sin que, para su generación se precise la intervención personal y directa de persona alguna, siempre y cuando se de cumplimiento a los requisitos establecidos para los actos administrativos en la normativa administrativa aplicable y en esta Ordenanza. A tales efectos, se determinará para cada supuesto, la utilización de los siguientes sistemas de firma electrónica: a) Sello electrónico del órgano o entidad de derecho público correspondiente, basado en un certificado electrónico que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. b) Código seguro de verificación, vinculado al órgano o entidad de derecho público correspondiente y si procede, a la persona firmante del documento. La creación de sellos electrónicos se aprobará mediante Decreto de Alcaldía que se publicará en la sede electrónica y que incluirá la definición del órgano responsable de su utilización, y del órgano competente para la impugnación de las actuaciones administrativas automatizadas. La relación de los sellos electrónicos utilizados por la Administración Municipal, incluyendo las actuaciones en los que éstos pueden utilizarse, las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden será pública y se podrá acceder a ella en la sede electrónica. Además, mediante el acceso a la sede electrónica, se permitirá la comprobación de la integridad de los documentos que se generen electrónicamente en prueba o confirmación de aquello que conste en los registros municipales, a través de un código seguro de verificación. todas son correctas. SEDE ELECTRÓNICA Firma electrónica de la actuación administrativa automatizada La firma electrónica automatizada podrá aplicarse en los siguientes supuestos: Actuaciones que consistan en la comunicación o declaración de un hecho, acto o acuerdo preexistente. Actuaciones que consistan en la constatación de los requisitos previstos en la normativa aplicable o, en la posterior declaración, en su caso, de la consecuencia jurídica predeterminada. Expedición automática de recibos de presentación por el registro electrónico. Actos automáticos de impulso del procedimiento y de mero trámite. Actuaciones automatizadas de comprobación y validación. Foliado automático de expedientes electrónicos. Procesos de digitalización certificada. Otras actuaciones que así se determine mediante Decreto de Alcaldía. todas son correctas. |