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segdeedifeinst. # 8.

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Título del Test:
segdeedifeinst. # 8.

Descripción:
suaplienlosmus

Fecha de Creación: 2017/09/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

Valoración:(1)
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Una de las siguientes no constituye una peculiaridad de los museos como edificios histórico-artístico: Los contenidos artísticos que alberga el edificio. Las instalaciones de protección, así como los medios con los que cuenta en la sectorización y en la dotación de extintores, bocas de incendio, etc. constituyen elementos que se adecuan muy bien a las características arquitectónicas y artísticas de los edificios. La elevada ocupación por la asiduidad de los visitantes y el personal propio. La mayoría de los edificios son anteriores a la existencia de normativa de protección.

La constitución española del 1978: No contempla en su articulado ninguna referencia al patrimonio artístico. No impone a los poderes públicos obligación alguna para promover y tutelar el acceso a la cultura. Obliga a todos a todos los poderes públicos a garantizar la conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. Obliga únicamente a garantizar la conservación de los edificios religiosos y los bienes que los integran.

¿Cuál de las siguientes leyes no se encarga de regular en ninguno de sus aspectos la protección y conservación de los museos. La ley 17/2015, de 9 de julio, del sistema nacional de protección civil. El real decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección. La ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español. La ley orgánica 2/2017, de 29 de enero, reguladora del sistema español de museos.

Sobre la normativa de aplicación a la protección y conservación de edificios e instalaciones histórico-artísticas como los museos hay que tener en cuenta que: Únicamente tiene competencia legislativa el estado; no la tiene las comunidades autonómicas ni las corporaciones locales. Se debe tener en consideración tanto la normativa estatal, como la autonómica y la local y también la normativa europea de aplicación. No existe normativa local que sea de aplicación dentro del territorio español. Tanto los planes especiales como los planes de patrimonio que emanan de la normativa autonómica son muy ricos en regular y acometer la protección frente a las emergencias.

Una de las siguientes situaciones no se encuentra entre la tipología contemplada por el plan nacional de emergencias y gestión de riesgos en patrimonio cultural dentro de los cuatro tipos fundamentales que llevan implícita una taza determinada de destrucción o daños del patrimonio cultural. Catástrofe moderada. Desastre moderado. Desastre mayor. Accidente menor.

El daño o perdida esperada debido a la ocurrencia de un desastre natural, antrópico o una combinación de ambos fenómenos, es la definición que da la UNDRO y la UNESCO para el concepto de: Peligro. Riesgo. Daño. Accidente.

Una de las siguientes no constituye causa que origine un desastre antrópico: Descuidos o negligencias. Sabotaje o vandalismo. Terrorismo. Inundación.

Una de las siguientes afirmaciones sobre la georreferenciación es falsa: Sirve para elaborar mapas de riesgos del patrimonio cultural impulsando programas de documentación en las distintas comunidades autónomas. Tiene el objetivo de documentar todos los bienes culturales, inmuebles y muebles, en cualquiera de sus categorías, así como aquellos otros bienes que, aún sin gozar de esta declaración representen un claro valor identitario, emocional o de evocación para una determinada comunidad de ciudadanos. Es un valor que debe ser coordinada por los técnicos integrantes de las unidades de emergencias creadas en aplicación del plan nacional, utilizando un mismo procedimiento. Los mapas de bienes culturales deben ser revisados cada cinco años para incorporar aquellos bienes de reciente declaración.

Entre la documentación que deben constar en el mapa de riesgos del patrimonio cultural se constituye información para actuación en caso de emergencia, en la que además de los datos básicos del bien cultural, pero no tiene por qué constar: La vulnerabilidad del bien frente a los distintos riesgos. Las medidas que pueden adoptarse para reducir la vulnerabilidad,. Las condiciones para la evaluación en caso de emergencia. El valor económico del bien en caso de destrucción por catástrofe.

La identificación de los recursos materiales y humanos externos necesarios para hacer frente a una situación de emergencia debe realizarse en la elaboración de los planes de emergencia para bienes culturales en la fase de: Análisis. Prevención. Respuesta. Recuperación.

Una de las siguientes iniciativas no forma parte de los programas de difusión para sensibilizar a la sociedad sobre la importancia de salvaguardar los bienes culturales que se proponen en el plan nacional: Creación de una plataforma de información sobre los riesgos catastróficos que amenazan el patrimonio cultural. Cursos de formación sobre respuesta en situaciones dirigidos al personal de las instituciones culturales, en distintos niveles de actuación y responsabilidad. Elaboración de información y documentación para comunicación e información pública con la finalidad de dar a conocer normas y recomendaciones para prevención y atención a desastres para dar a conocer las amenazas y la vulnerabilidad del patrimonio cultural. Realización periódica de ejercicios y simulacros de respuesta frente a catástrofes, implicando a distintas instituciones y a la sociedad.

Uno de los siguientes aspectos carece de importancia como factor a analizar en el estudio de las medidas de seguridad en el riesgo de incendio en los edificios histórico-artístico: El valor catastral del edificio. El nivel de ocupación del edificio y su distribución por zonas. El tiempo de evacuación del edificio en la situación más desfavorable. La altura y el numero de pisos.

Los sistemas de detecciones y alarma: Son medidas de compartimentación del edificio. Son medidas de protección pasiva. Son medidas de protección activa. Ninguna de las respuestas es correcta.

En las instalaciones de detección: No puede llevar asociada una instalación de alarma (pulsadores manuales) mediante los cuales cualquier persona pueda enviar una señal de alarma a la central de detección. El pulsador puede directamente la activación de la alarma de evacuación, sin que sea necesario establecer un protocolo previo de verificación de alarmas. La decisión de activar la señal de evacuación debe corresponder, en cualquier caso, a los servicios de seguridad del edificio. Si existen sirenas de alarma en los edificios con presencia de visitantes es preferible utilizarlos en vez de utilizar la megafonía como medio de aviso para la evacuación mediante mensajes hablados.

Los extintores portátiles para el caso de edificios que alberguen obras de arte: Es de especial importancia que el personal encargado de su utilización posea conocimientos adecuados. No hay problemas especiales en cuanto al uso apropiado por las consecuencias del agua o del polvo extintor. No hay problemas especiales respecto de la ubicación de aquellos. No es necesario que estén localizados y que siempre deben ir ubicados detrás de las puertas.

Sobre los riesgos de intrusión y vandalismo no es correcto afirmar que: Constituya un riesgo importante en el caso de los museos, puesto que siempre debe estar cubierto el riesgo mediante la firma de una póliza de seguros. Son riesgos importantes por el carácter irreemplazable de los elementos artísticos que alberguen los museos. Habrá que adoptar medidas que prevengan la instrucción en el museo y medidas que protejan los bienes muebles. Deben existir medidas de seguridad especificas para los museos.

No es una medida aconsejable para evitar el riesgo de intrusión en los museos: El cierre del edificio fuera del horario de visitas. La vigilancia del edificio tanto mediante sistemas informatizados como mediante la realización de rondas periódicas por el vigilante de seguridad por todas las zonas del edificio. Instalar sistemas de detección automática (barras microondas, barreras infrarrojos, cables de valla, videosensores, etc.). Que los diferentes sistemas de seguridad tengan unidades operativas diferentes para facilitar su uso y rapidez de intervención en vez de integrar todos los sistemas en una única unidad operativa que dificultaría la gestión.

Para evitar siniestros durante las operaciones de renovación de exposiciones en los museos no está indicado: Retirar lo antes posible todo el material de los embalajes evitando su acumulación. Efectuar labores de soldadura. Prohibición de fumar. Después de terminar la jornada laboral, realizar rondas de vigilancia cada 10 o 15 minutos.

En el documento 1 del plan de protección de colecciones ante Emergencias contiene el estudio del edificio como parte de la evaluación de riesgos. El conocimiento detallado y actualizado de las instalaciones del edificio son imprescindibles para la elaboración del plan por diferentes razones entre las que no se encuentra: Por que las emergencias más comunes que afectan a las colecciones de un museo están en ellas mismas y no en el propio edificio. Porque llegando el caso de tener que trasladar parte de los fondos dentro del propio edificio es necesario haber definido previamente cuáles son los espacios internos más adecuados así como las rutas de evacuación más rápidas y seguras. Porque el trabajo con este documento capacitará para conocer el edificio desde el punto de vista de las emergencias en colecciones, analizando los espacios dedicados a las colecciones, no solo las salas de exposición y los almacenes, sino todos aquellos espacios en los que se encuentren bienes culturales (salas de embalaje, talleres de restauración, despachos, pasillos, etc.). Porque un museo es un centro vivo en el que es habitual la modificación del uso de sus espacios y, por tanto, el estudio del edificio deberá, actualizarse cada vez que se produzcan cambios de esta índole.

Una de las siguientes afirmaciones es falsa sobre sobre la evaluación de los riesgos en un museo: La evaluación de los riesgos se basa en su categorización atendiendo a su probabilidad y a su impacto. Para realizar la evaluación se parte de la identificación de las zonas con colección dentro del museo y sistemas de protección. La probabilidad se cuantificará de 0 a 10; para establecer este valor, se tendrán en cuenta únicamente circunstancias arquitectónicas. El impacto se valorará de 1 a 4 (leve, medio, grave y muy grave respectivamente) teniendo en cuenta para ello las características materiales de las colecciones.

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