option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Segunda convocatoria examen de acceso abogacía 2024

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Segunda convocatoria examen de acceso abogacía 2024

Descripción:
Parte específica ( Penal).

Fecha de Creación: 2025/02/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 26

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

El delito de difusión no consentida de imágenes íntimas recogido en artículo 197.7 segundo párrafo del Código Penal, ¿qué tipo de delito es?. Es un delito leve. Es un delito menos grave. Puede considerarse un delito menos grave o leve dependiendo de las circunstancias del caso. Es un delito grave.

El delito de usurpación de bienes inmuebles previsto en el artículo 245.2 del Código Penal, ¿qué tipo de delito es?. Delito menos grave. Delito leve. Delito grave. Delito menos grave o leve dependiendo de las circunstancias del caso.

¿En cuál de estos supuestos de exención de la responsabilidad criminal no procede aplicar una medida de seguridad?. Cuando el exento de responsabilidad criminal haya obrado impulsado por miedo insuperable. Cuando el exento de responsabilidad criminal, al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. Cuando el exento de responsabilidad criminal, al tiempo de cometer la infracción penal se halle en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan efectos análogos, siempre que no haya sido buscado con el propósito de cometerla o no se hubiese previsto o debido prever su comisión, o se halle bajo la influencia de un síndrome de abstinencia, a causa de su dependencia de tales sustancias, que le impida comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. Cuando el exento de responsabilidad criminal, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, tenga alterada gravemente la conciencia de la realidad.

Juan sufrió una privación de libertad (detención y prisión provisional) desde el 2 de enero al 6 de febrero de 2024 por un delito de robo con violencia cometido el 1 de enero de 2024, del que resultó absuelto el 1 de octubre de 2024. El 30 de septiembre de 2024 Juan fue condenado por un delito de hurto cometido el 1 de marzo de 2024 a la pena de doce meses de prisión por el cual no había estado privado previamente de libertad. ¿Se pueden abonar los días de privación de libertad en la condena por el delito de hurto?. No, porque no son delitos homogéneos. Sí, porque concurren los requisitos para ello previstos en el artículo 58 del Código Penal. No, porque el delito de hurto se cometió con posterioridad a la privación de libertad por el delito de robo con violencia. No, porque por el delito de robo con violencia no ha resultado condenado.

En caso de que se declare la exención de responsabilidad criminal por miedo insuperable, ¿quién responde civilmente?. El representante legal de la persona que haya ejecutado el hecho. La persona que haya cometido el hecho, pero puede repetir contra quien haya causado el miedo. Responde principalmente quien haya ocasionado el miedo y, en su defecto, quien haya ejecutado el hecho. Responde, en todo caso, quien haya ocasionado el miedo.

Alfredo resulta condenado por un delito de tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud cometido cuando el mismo tenía quince años de edad, ¿puede el juez imponerle una medida de internamiento en régimen cerrado?. No, porque solo puede imponerse a quienes tuviesen dieciséis años en el momento de la comisión de los hechos. No, porque se trata de un hecho tipificado como delito menos grave en el Código Penal y en su ejecución no se ha empleado violencia o intimidación en las personas, ni se ha generado grave riesgo para la vida o la integridad física de las mismas. Sí, porque se trata de un delito contra la salud pública. Sí, porque esta medida se puede imponer en cualquier caso.

María del Mar presencia que su primo hermano comete un delito de robo con fuerza. ¿Está obligada a denunciarle?. No está obligada a denunciarle, a tenor de lo dispuesto en el artículo 261 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No está obligada a denunciarle, pero debe poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal. Está obligada a denunciarle, en todo caso. No está obligada a denunciarle porque no se trata de un delito contra la vida, de un delito de homicidio, de un delito de lesiones de los artículos 149 y 150 del Código Penal, de un delito de maltrato habitual previsto en el artículo 173.2 del Código Penal, de un delito contra la libertad o contra la libertad e indemnidad sexual o de un delito de trata de seres humanos y la víctima del delito sea una persona menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección.

¿Quién es el competente para el enjuiciamiento del delito de usurpación de bienes inmuebles del artículo 245.2 del Código Penal?. El juez de Violencia sobre la mujer. El juez de Instrucción del partido en que el delito se hubiere cometido. El juez de lo Penal de la circunscripción donde el delito fue cometido. La Audiencia Provincial.

En el caso de que la persona investigada en el proceso penal tenga una discapacidad intelectual, ¿se permite la participación de un profesional experto que a modo de facilitador realice tareas de adaptación y ajuste necesarias para que la persona con discapacidad pueda entender y ser entendida?. En ningún caso. Dicha previsión solo está prevista para los perjudicados por el delito. Sí, pero solo en el caso de que exista un informe del médico forense recomendando su participación. Sí, porque así está reconocido legalmente. Únicamente puede estar acompañada de una persona de su elección desde el primer contacto con las autoridades y funcionarios.

¿En qué supuesto no puede acordarse el secreto de sumario?. El secreto de sumario se puede acordar siempre por el juez mediante resolución motivada. Para evitar un riesgo grave para la vida de una persona. Para prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso. Para prevenir un riesgo grave contra el patrimonio del perjudicado.

¿Qué delito no es susceptible en ningún caso de instrucción y enjuiciamiento por el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos?. El delito de robo con violencia del artículo 242.1 del Código Penal. El delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 del Código Penal. El delito de amenazas del artículo 169.1º del Código Penal. El delito de alcoholemia del artículo 379 del Código Penal.

¿Cuál de estos delitos no es competencia del Tribunal del Jurado?. Coacciones (artículo 172 del Código Penal). Homicidio (artículo 138 del Código Penal). Allanamiento de morada (artículo 202 del Código Penal). Amenazas (artículo 169.1º del Código Penal).

¿Cuánto durará la prisión provisional?. El plazo imprescindible para alcanzar cualquiera de los fines previstos en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en tanto subsistan los motivos que justificaron su adopción. Un año si el delito tuviere señalada pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de dos años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a tres años y no es susceptible de prórroga. Dos años si el delito tuviere señalada pena privativa de libertad igual o inferior a tres años, o de cuatro años si la pena privativa de libertad señalada para el delito fuera superior a tres años. No puede superar en ningún caso los dos años.

En un juicio seguido contra varios acusados, si uno de ellos no comparece en el acto del juicio, ¿puede continuar el juicio para los restantes?. En ningún caso, porque les generaría indefensión. Solo en el caso de que dicho acusado haya dejado de comparecer sin motivo legítimo, y el juez o tribunal, oídas las partes, acuerde la continuación del juicio para los restantes. Solo en el caso de que la pena pedida por las acusaciones para dicho acusado no supere los dos años de prisión. Solo si presta su conformidad a ello el abogado defensor del acusado ausente.

En el caso de que esté acusada una persona jurídica, ¿quién le representa en el acto del juicio?. Las personas jurídicas no pueden estar representadas en el acto del juicio. Quien ocupe el cargo de administrador de dicha persona jurídica. La persona que, en su caso, especialmente designe, sin que pueda celebrarse el juicio en ausencia de esta persona. La persona que, en su caso, especialmente designe, pudiendo celebrarse la vista si ésta no compareciese.

¿Puede el juez o tribunal acordar de oficio la práctica de alguna prueba?. En ningún caso, solo las que le soliciten las partes. Puede acordar de oficio cualquier prueba, pero solo en el caso en que se esté enjuiciando un delito grave. Puede acordar de oficio los careos de los testigos entre sí o con los procesados o entre éstos. Solo puede acordar prueba de oficio en el caso de enjuiciamiento de delitos de violencia de género.

¿Qué consecuencias tiene que la declaración del testigo en el juicio oral no sea conforme en lo sustancial con la prestada en el sumario?. Que el juez debe necesariamente deducir testimonio contra dicho testigo por el delito de falso testimonio. Que podrá pedirse la lectura de la declaración prestada en el sumario por cualquiera de las partes. Después de leída, el Presidente invitará al testigo a que explique la diferencia o contradicción que entre sus declaraciones se observe. La única consecuencia se produce a los efectos de valorar dicha declaración como prueba por el juez o tribunal en el momento de dictar sentencia. Que el juez puede expulsar al testigo del acto del juicio.

¿Qué recursos pueden interponerse contra los decretos de los letrados de la Administración de Justicia?. El recurso de reposición, excepto en aquellos supuestos en que proceda la interposición directa de recurso de revisión por así preverlo expresamente la Ley. Los recursos de reforma, queja y casación. Sus resoluciones no son susceptibles de recurso. Únicamente el recurso de reposición.

Sofía ha sido condenada por un delito contra la intimidad previsto en el artículo 197.1 del Código Penal a la pena de un año y seis meses de prisión y a indemnizar a la víctima en la cantidad de 1.000 euros. La penada no tiene antecedentes penales y ha satisfecho de manera íntegra la responsabilidad civil. El perjudicado se opone a la concesión del beneficio de la suspensión de la pena. ¿Puede el juez acordar la suspensión de la pena de un año y seis meses de prisión que le ha sido impuesta?. No, en ningún caso, porque se trata de un delito perseguible mediante denuncia del perjudicado y éste se opone a la concesión del beneficio de suspensión de la pena. Sí, puede acordar la suspensión, pero solamente si el Ministerio Fiscal no se opone a la misma. Sí, porque concurren todos los requisitos del Código Penal y la negativa del perjudicado a la concesión del beneficio de suspensión de la pena no es vinculante para el juez. Sí, puede acordar la suspensión, pero solamente si la penada se ha arrepentido de los hechos y ha pedido perdón al perjudicado.

Carlos es condenado por un delito de hurto a la pena de un año de prisión, acordándose la suspensiónde su ejecución el 1 de septiembre de 2022 por un plazo de dos años. El 1 de marzo de 2023 Carlos comete un delito de alcoholemia por el que resulta condenado el 15 de marzo de 2023. ¿Procede que el juez acuerde la revocación de la suspensión concedida a Carlos?. Debe el juez acordar en todo caso la revocación de la suspensión porque Carlos ha sido condenado por un delito cometido durante el período de suspensión. Solo puede el juez acordar la revocación de la suspensión si lo interesa el Ministerio Fiscal. En este caso, el juez puede no acordar la revocación de la suspensión, debido a que se trata de un delito de diferente naturaleza y su comisión no revela necesariamente que la expectativa en la que se fundaba la decisión de suspensión adoptada ya no pueda ser mantenida. En ningún caso puede el juez acordar la revocación de la suspensión de la pena porque se trata de delitos heterogéneos.

La pena de un mes de multa impuesta a una persona jurídica, ¿qué consideración tiene?. De pena leve. De pena menos grave. De pena grave. A las personas jurídicas no se les puede imponer pena de multa.

En el caso de que una persona jurídica esté siendo investigada en una causa, ¿qué medidas cautelares puede acordar el juez instructor durante la instrucción de la misma?. Multa, la suspensión de sus actividades y la disolución de la persona jurídica. Puede acordar la prisión provisional del administrador de la persona jurídica. La clausura temporal de los locales o establecimientos, la suspensión de las actividades sociales y la intervención judicial. Cualquiera de las que están previstas como penas para las personas jurídicas en el Código Penal.

Si un juez que está conociendo de un procedimiento civil tiene noticia de la posible comisión de un acto de violencia de género, ¿cómo debe proceder?. Debe dar traslado de los hechos al Ministerio Fiscal para que ejerza las acciones oportunas. Debe inhibirse, en todo caso, a favor del juez de violencia sobre la mujer que resulte competente. En cualquier caso debe citar inmediatamente a las partes a una comparecencia con el Ministerio Fiscal que se celebrará en las siguientes 24 horas a fin de que éste tome conocimiento de cuantos datos sean relevantes sobre los hechos acaecidos. Si está ya iniciado un proceso penal o dictada una orden de protección, se debe inhibir a favor del juez de violencia sobre la mujer que resulte competente. En otro caso, debe citar inmediatamente a las partes a una comparecencia con el Ministerio Fiscal que se celebrará en las siguientes 24 horas a fin de que éste tome conocimiento de cuantos datos sean relevantes sobre los hechos acaecidos.

Una vez solicitada la orden de protección, ¿en qué plazo debe el juez convocar la audiencia prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal?. En 72 horas desde que el presunto agresor es detenido. Debe convocar a una audiencia urgente a la víctima, al solicitante, al presunto agresor, asistido, en su caso, de abogado y al Ministerio Fiscal. En cualquier caso la audiencia habrá de celebrarse en un plazo máximo de 72 horas desde la presentación de la solicitud. En 48 horas desde la presentación de la solicitud. En el plazo más breve posible y, en todo caso, antes de 48 horas desde la presentación de la solicitud.

Celia ha sido condenada como autora de un delito de estafa a la pena de tres años de prisión. Una vez se ha extinguido su responsabilidad penal, por cumplimiento de la pena, ¿tendrá derecho a obtener del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes la cancelación de sus antecedentes penales?. De oficio o a instancia de parte, cuando haya transcurrido, aunque haya vuelto a delinquir, el plazo de cinco años. Sólo de oficio y nunca a instancia de parte, cuando haya transcurrido sin haber vuelto a delinquir el plazo de tres años. De oficio o a instancia de parte, cuando haya transcurrido sin haber vuelto a delinquir el plazo de tres años. De oficio o a instancia de parte, cuando haya transcurrido sin haber vuelto a delinquir el plazo de cinco años.

¿Un juicio de Jurado puede celebrarse a puerta cerrada?. No, en ningún caso. Sí, pero solo en los casos en que lo solicite motivadamente alguna de las partes y el Jurado esté conforme con ello. Sí, si lo acuerda el Magistrado-Presidente, oídas las partes y previa consulta al Jurado. Sí, siempre que lo solicite la víctima del delito.

Denunciar Test