segundo parcial financiero (pags 23-29)
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Título del Test:
![]() segundo parcial financiero (pags 23-29) Descripción: a la tercera ya creo que queda claro, no? |



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12ª) Sobre la naturaleza y características del crédito o endeudamiento público debemos saber que es una una de perspectiva bifronte porque produce: A. Un ingreso que puede ser de carácter voluntario u obligatorio, según dicho endeudamiento sea estatal o local. B. Un gasto publico en dos momentos: inmediato como contrato administravo que es en todas las modalidades de endeudamiento publico y, por tanto, some=do al derecho publico; y mediato o a largo plazo para el pago de intereses. C. Un ingreso para los entes públicos pero, a la vez también, comporta un gasto publico en dos momentos, inmediato para el pago de intereses y mediato para la devolución del capital. 15ª) Las características que habitualmente concurren en los ingresos públicos, aunque puede haber excepciones, son: A. Discrecionalidad y afectación. B. Plena disponibilidad, carácter presupuestario y no afectación. C. No dispoinibilidad y afectación. El poder tributario de los entes públicos se puede entender o definir hoy como: A. La capacidad que tienen de dictar las normas jurídicas que regulan sus ingresos de derecho publico en general. B. Una relación de poder por la que se impone el pago de tributos basada en el poder absoluto del estado. C. Un poder de normacion para dictar las normas que regulan el establecimiento y la aplicación de los tributos. La indisponibilidad del tributo implica que: A. Los elementos de la obligación tributaria no pueden modi:carse por pactos entre particulares. B. Además de A, si hay pactor entre particulares para modi:carlos, son nulos de pleno derecho a todos los niveles. C. Además de A, la administración no puede disponer del crédito tributario como el acreedor privado. 18ª) La tasa y la contribución especial se diferencian porque: A. La tasa es un tributo cuyo hecho imponible consiste en una actuación administrativa que beneficia o incluso revaloriza ciertos bienes del sujeto; y la contribución especial es un tributo cuyo hecho imponible puede consistir en prestar un servicio público o realizar una actividad administra=va en régimen de derecho público, que se refiera, afecte o. Beneficie de modo par=cular al sujeto, siempre que reúna alguno de estos dos requisitos: obligatoriedad en la solicitud o recepción o exclusividad del sector público en su prestación. B. La tasa es un tributo cuyo hecho imponible puede consistir en prestar un servicio público o realizar una actividad administrativa en régimen de derecho público, que se refiera, afecte o beneficie de modo par=cular al sujeto, siempre que reúna alguno de estos dos requisitos: obligatoriedad en la solicitud o recepción o exclusividad del sector público en su prestación, y la contribución especial es un tributo cuyo hecho imponible consiste en una actuación administra=va que beneficia o incluso revaloriza ciertos bienes del sujeto. C) La tasa es un tributo pero la contribución especial no lo es, aunque sea prestación patrimonial. 19ª) El ámbito que esta sometido al principio de legalidad tributaria constitucional esta formado por: A. El establecimiento de tributos, asi como la regulación de todos los elementos de su régimen jurídico, junto a la regulación de los servicios y actividades a los que van des=nados los ingresos que derivan de los tributos. B. El establecimiento de los tributos,a si como la regulación de todos los elementos de su régimen jurídico, junto al calculo de los índices de precios medios de mercado que determinan el IPC. C. El establecimiento de los tributos, asi como la regulación de sus elementos básicos o esenciales, junto a una serie de deberes de conducta de comportamiento como deberes de colaboración u obligaciones formales. 20ª) Según el art. 7.1. de la Ley General Tributaria, las fuentes del Derecho Tributario son: A. En el primer lugar están la Constitución, los Tratados Internacionales con cláusulas tributarias y las normas de la UE u organismos internacionales con competencia tributaria, además todas al mismo nivel; debajo hay más. B. En primer lugar las de A, aunque a distinto nivel cada una de ellas, y en segundo lugar: Ley General Tributaria y las leyes propias de cada tributo, no hay más. C. En primer lugar las de A, todas al mismo nivel, en segundo lugar la costumbre, y en tercer lugar los principios generales del Derecho, esas son todas. 21ª) Sobre la vigencia de las normas tributarias en el espacio nos dice la ley que: A. Se aplica el criterio que establezca la ley propia del tributo, nacionalidad o territorialidad. B. Cuando la ley del tributo no establece criterio, se aplica la residencia del sujeto si es un tributo personal. C. Se aplica el criterio de nacionalidad o de territorialidad, según sea un tributo personal o real. 22ª) Dentro de la relación jurídico-tributaria, pueden existir obligaciones para la Administración: A. De devolución que deriva de la normativa del tributo, por lo que nunca tiene que pagar intereses. B. Hay varias: la devolución derivada de la norma=va del tributo, la correspondiente a ingresos tributarios, y el reembolso del coste de garantías avales o, las dos primeras sin intereses de demora. C. Devolución que deriva de la norma=va del tributo, con intereses de demora a partir de los 6 meses sin que la Administración haya ordenado su pago. 23ª) ¿Qué diferencias existen entre los supuestos de exención y los supuestos de no sujeción?. A. En los supuestos de exención no se realiza el hecho imponible, mientras que en los supuestos de no sujeción si se realiza el hecho imponible aunque no surge la obligación de pagar el tributo. B. En los supuestos de exención se realiza el hecho imponible, pero no existe obligación de pagar el tributo, mientras que en los supuestos de no sujeción no se realiza el hecho imponible. C. En los supuestos de exención se realiza el hecho imponible y existe obligación de pagar el tributo, mientras que en los supuestos de no sujeción se realiza el hecho imponible pero no existe obligación de pagar el tributos. 24ª) Las obligaciones entre parHculares resultantes del tributo, según nuestra Ley General Tributaria: A. Se ingresan como anticipos de una obligación futura, por lo que no tienen autonomía total sino que dependen del resultado final de la obligación tributaria principal, una vez que ésta llegue a nacer. B. Derivan del pago que realiza un par=cular a la Administración de una renta pero, no en metálico sino en especie. C. Tienen por objeto una prestación de naturaleza tributaria, aunque exigible entre obligados tributarios, no perdiendo a pesar de ello el sujeto pasivo su condición como tal, aunque repercuta la cuota tributaria. 25ª) Dentro de los métodos para determinar la base imponible, la estimación objetiva: A. Es de aplicación obligatoria en algunos casos, en el resto es voluntaria. B. Se aplica ante la imposibilidad para la Administración de determinar la base tributaria por estimación directa. C. Es de aplicación voluntaria para el sujeto, pero sólo cabe en determinados tributos. 26ª) El tipo de gravamen progresivo o tarifa progresiva es aquella que: A. Su aplicación implica un incremento de la cuota tributaria conforme aumenta el valor de la base tributaria, de forma que la cuota se incrementa en la misma proporción conforme aumenta la base tributaria. B. Aumenta o disminuye cuando el importe de la base tributaria permanece invariable. C. Disminuye al reducirse la base tributaria, de forma que con una disminución concreta de la base tributaria, se reduce en mayor proporción que la disminución de la base tributaria que lo ha provocado. 27ª) La diferencia entre los dos sujetos pasivos, el contribuyente y el sustituto, consiste en que: A. El contribuyente es quien realiza el hecho imponible normalmente, y el sustituto quien lo sustituye algunas veces en la realización, haciendo frente al pago del tributo sólo en estos casos. B. El contribuyente realiza el hecho imponible, y el sustituto responde del pago ante la Administración cuando no lo ha ingresado en anterior en el periodo voluntario. C. El contribuyente es quien realiza el hecho imponible, pero la Administración se dirige directamente al sustituto para exigirle el pago del tributo, no al anterior. 28ª) Sobre los sujetos obligados a realizar pagos a cuenta debemos saber que: A. El retenedor es la persona o entidad que paga rentas dinerarias o en especie al contribuyente, por lo que detrae una parte de dichas rentas y se las da al responsable para que éste último pague el tributo. B. El obligado a realizar pagos a cuenta es quien hereda a una persona fallecida, y debe pagar el tributo por cuenta de la persona fallecida. C. La persona que paga retribuciones en especie al contribuyente está obligada a realizar un ingreso a cuenta de su valor, que podrá repercutir a éste si además le paga rentas en metálico, lo cual permitirá al contribuyente deducirlo de su impuesto sobre la renta personal. Sobre la información previa a la adquisición o transmisión de inmuebles nos dice la ley que: A) La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) informará sobre el valor a efectos fiscales de los inmuebles que se vayan a adquirir o transmitir en cualquier parte del territorio nacional, con efectos vinculantes en todo caso durante los 24 meses posteriores a su notificación. B) Impide la posterior comprobación administrativa de los hechos y circunstancias manifestados por el obligado en su solicitud de información, por lo que el sujeto podrá recurrir directamente esa información. C) Ninguna de las dos respuestas anteriores es correcta. 2º) En relación con los actos administrativos de liquidación tributaria nos dice la ley que: A) La Administración no está obligada a ajustar sus liquidaciones a los datos consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones o autoliquidaciones. B) Tanto las liquidaciones provisionales como las definitivas no se pueden modificar mediante los procedimientos de aplicación de los tributos, sólo por los mecanismos de revisión previstos legalmente. C) Además de A y B, es obligatoria la notificación personal de la liquidación en todos los casos, sin excepción alguna. 3º) En relación con las formas de inicio de los procedimientos de gestión tributaria debemos saber que: A) La declaración tributaria es un documento por el que se reconoce o manifiesta la realización de un hecho imponible, por lo que no se puede admitir en ningún caso la declaración verbal. B) La autoliquidación es una clase de declaración por la que el sujeto, además de comunicar a la Administración los datos necesarios para liquidar y otros de contenido informativo, realiza las operaciones de calificación y cuantificación necesarias para determinar la cantidad a devolver o compensar, o la deuda a ingresar. C) Además de A, no cabe el inicio de oficio por la Administración, sólo por cualquier clase de declaración tributaria. 4º) En el desarrollo de un procedimiento de inspección tributaria el sujeto obligado: A) Debe atender al inspector actuario, prestarle colaboración y personarse por sí o a través de representante en el lugar, día y hora señalados para la práctica de las actuaciones, aportando la documentación y demás elementos solicitados por el inspector. B) Debe comunicar en el plazo de 15 días desde su inicio, si quiere que las actuaciones inspectoras sean parciales o generales, pues de no hacerlo siempre serán parciales. C) Debe atender al inspector actuario, prestarle colaboración y actuar siempre por sí mismo (no cabe representante); pero puede personarse en el lugar, día y hora señalados para la práctica de las actuaciones aportando la documentación y demás elementos solicitados por el inspector, o tenerla a su disposición durante un plazo de 15 días, según le interese. 5º) En el caso de un Acta de la inspección firmada en conformidad: A) Si en 90 días a partir de la fecha del Acta, no se notifica al sujeto ningún acuerdo del órgano competente para liquidar, se entiende que ha caducado la propuesta de liquidación que se formulaba en el acta. B) Antes de firmar el Acta no es preciso el trámite de audiencia pues el obligado está conforme desde el inicio con ella. C) Si de ella resulta una deuda a ingresar, se entrega junto con la copia del Acta un documento de ingreso, a pagar desde que se entiende dictada y notificada la liquidación, o desde que se notifica dicha liquidación, en su caso. 6º) El pago de la deuda tributaria se puede efectuar en los siguientes plazos o períodos: A) En plazo voluntario de pago, que será el señalado por la normativa para efectuarlo. B) Además de A, en período ejecutivo, que se inicia con la finalización del plazo voluntario de pago sin haber ingresado y concluye al finalizar el plazo que se da con la notificación de la providencia de apremio, no cabe pagar después. C) Además de A, en período ejecutivo, que comienza con la notificación de la providencia de apremio. 7º) Respecto del inicio del procedimiento de apremio o ejecución forzosa debemos saber que: A) Comienza con la notificación de la providencia de apremio cuando la deuda ha sido liquidada por la Administración directamente con el requerimiento de ingreso si ha sido autoliquidada por el sujeto. B) Una vez iniciado, como regla general se procederá en primer lugar a ejecutar la garantía a través de un procedimiento administrativo de apremio si la deuda estaba garantizada. C) En ese mismo momento se embargan bienes y derechos del obligado tributario suficientes para cubrir el importe de la deuda no ingresada más los intereses de demora, pues el recargo del período ejecutivo y las costas se... posteriormente. 8º) En relación con los sujetos infractores debemos saber que: A) Pueden serlo personas físicas o jurídicas que realizan las acciones u omisiones tipificadas en las leyes o en los reglamentos tributarios como infracciones, pero no entes que carecen de personalidad (los del art. 35.4 LGT). B) Se considera al sujeto infractor como deudor principal de la sanción, a efectos de la posible declaración como responsables solidarios o subsidiarios de otros sujetos que no han cometido la infracción. C) Cuando concurren varios sujetos en la comisión de una misma infracción, quedan obligados al pago de la sanción de manera mancomunada, en proporción a su participación en la comisión de la infracción. 9º) En relación con el procedimiento sancionador debemos tener en cuenta que: A) Se deben garantizar, entre otros, los derechos a ser notificado de: la identidad del instructor, la autoridad competente para sancionar y la norma que le atribuye esa competencia. B) Como regla general, se tramita de forma conjunta con los procedimientos de aplicación de los tributos, salvo renuncia expresa del obligado tributario a ello que implicará entonces su tramitación separada. C) Se inicia siempre de oficio por la Administración, sin que haya un plazo para ello en ningún caso, salvo el de prescripción de cuatro años. 10º) La Administración puede revocar sus propios actos: A) En beneficio de los interesados cuando, entre otros motivos, se les haya producido indefensión durante la tramitación del procedimiento correspondiente, y se esté dentro del plazo de prescripción. B) En perjuicio de los interesados, sólo por circunstancias sobrevenidas posteriormente que afectan a esa situación jurídica particular y que ponen de manifiesto la improcedencia del acto dictado, sin plazo ninguno para ello. C) En beneficio o en perjuicio de los interesados, eso no importa, no habiendo tampoco una relación tasada de motivos que lo permitan ni un plazo para ello. 11º) El procedimiento de devolución de ingresos tributarios indebidos (...) es un procedimiento: A) De recaudación tributaria, aunque en sentido inverso, para efectuar dicha devolución. B) De gestión tributaria, iniciado mediante la presentación de una autoliquidación tributaria o comunicación de datos. C) De revisión, en concreto uno de los cinco procedimientos especiales de revisión. 12º) Sobre la naturaleza y características del crédito o endeudamiento público debemos saber que es una figura de perspectiva bifronte porque produce: A) Un ingreso que puede ser de carácter voluntario u obligatorio, según dicho endeudamiento sea estatal o local. B) Un gasto público en dos momentos: inmediato como contrato administrativo que es en todas las modalidades de endeudamiento público y, por tanto, sometido al Derecho público; y mediato o a largo plazo para el pago de intereses. C) Un ingreso para los entes públicos pero, a la vez también, comporta un gasto público en dos momentos, inmediato para el pago de intereses y mediato para la devolución del capital. 13º) El principio de especialidad presupuestaria implica las siguientes consecuencias: A) Cada crédito debe emplearse para atender al gasto que se especifica en él, y no puede aplicarse a otro distinto aunque su importe sea sobrado. B) Además de A, cada crédito fija un importe máximo que no se puede superar, aunque si se agota dicho crédito antes de terminar el ejercicio, se puede seguir gastando pero sólo hasta un 10% más del importe consignado. C) Además de A, los créditos se aprueban para gastarse en ese ejercicio aunque, si hay crédito sin emplear al finalizar el año, se puede gastar sin problemas en el ejercicio siguiente, pero sólo durante el mes de enero, después no. 14º) En relación con la posibilidad o no de que haya limitaciones en la tramitación parlamentaria de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para su aprobación debemos saber que: A) De acuerdo a la Constitución, cuando se proponga una enmienda para minorar los ingresos, es necesario proponer un incremento de igual cuantía en los ingresos de cualquier otra Sección. B) De acuerdo a la Constitución, hay créditos que no pueden ser enmendados ni modificados (los que atienden al pago de la deuda pública), que deben ajustarse a su ley de emisión. C) La Constitución no establece limitaciones en su tramitación parlamentaria, al ser una Ley en sentido material. |




