Servicios Ley 7/85
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Título del Test:![]() Servicios Ley 7/85 Descripción: Obligatoriedad según población |




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El servicio de alumbrado publico es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de cementerio es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de recogida de residuos es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de limpieza viaria es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de agua potable y alcantarillado es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de acceso a los núcleos de población es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de pavimentación de vías públicas es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de parque público es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de biblioteca municipal es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de tratamiento de residuos es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de protección civil es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de atención ante necesidades sociales es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de prevención y extinción de incendios es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de instalaciones deportivas de uso público es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de transporte colectivo urbano es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. El servicio de medio ambiente urbano es obligatorio en función de su población: Siempre. superior a 5.000 habitantes. superior a 20.000 habitantes. superior a 50.000 habitantes. |