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Simulacro 11

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Título del Test:
Simulacro 11

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Varios temas

Fecha de Creación: 2026/03/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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Cuando una prestación del sistema público valenciano de servicios sociales tiene carácter garantizado, ello significa que: Su concesión queda supeditada a la disponibilidad presupuestaria anual del centro gestor. Solo puede reconocerse mediante convenio singular con la entidad local. Nace como derecho exigible cuando concurren los requisitos previstos para su acceso. Requiere, además de los requisitos, propuesta favorable unánime del equipo interdisciplinar.

La diferencia más precisa entre catálogo y cartera de prestaciones es que: El catálogo concreta intensidades, compatibilidades y cuantías; la cartera enumera prestaciones de forma general. El catálogo identifica y ordena las prestaciones del sistema, mientras la cartera desarrolla sus condiciones, contenido y forma de provisión. El catálogo se limita a prestaciones económicas y la cartera a prestaciones profesionales. No existe diferencia técnica relevante entre ambos instrumentos.

En la estructura funcional del sistema valenciano de servicios sociales, la atención primaria se caracteriza, sobre todo, por ser: El nivel residual para situaciones no cubiertas por atención específica. El nivel de acceso, proximidad y atención integrada de base comunitaria. El nivel exclusivamente reservado a urgencias sociales. El nivel especializado para casos de mayor complejidad técnica.

La lógica del Mapa de Servicios Sociales responde principalmente a una función de: Sustitución de la planificación autonómica por convenios locales aislados. Ordenación territorial de recursos, zonas, demarcaciones y cobertura funcional. Distribución interna de expedientes entre profesionales de referencia. Determinación exclusiva de ratios de centros residenciales.

En el modelo de atención primaria, el trabajo interdisciplinar implica que: Cada profesional actúa con plena autonomía, sin necesidad de coordinación documental. La intervención principal corresponde siempre a un único perfil, quedando los demás en apoyo ocasional. La atención se articula mediante coordinación técnica entre perfiles distintos sobre objetivos compartidos. La coordinación queda reservada a los supuestos de derivación externa.

Las prestaciones económicas individuales de emergencia social responden mejor a cuál de estas notas: Cobertura periódica y estable de necesidades estructurales ordinarias. Respuesta a necesidades urgentes y coyunturales que afectan a la subsistencia o integración. Sustitución natural de la renta valenciana de inclusión cuando esta se extingue. Ayuda destinada solo a gastos de alojamiento alternativo.

En la renta valenciana de inclusión, la prestación profesional se distingue de la económica porque la primera: Tiene siempre naturaleza accesoria y nunca integra el derecho subjetivo. Se limita a orientación laboral estandarizada. Consiste en intervención de apoyo, acompañamiento, seguimiento y activación inclusiva. Solo existe cuando no procede prestación dineraria.

Un itinerario de inclusión bien construido exige, como elemento técnico esencial: Diagnóstico cerrado e inmodificable desde la primera entrevista. Objetivos, actuaciones y seguimiento susceptibles de revisión según evolución del caso. Limitación a variables económicas para evitar subjetividad profesional. Sustitución del plan de intervención por compromisos genéricos.

La unidad de convivencia, en el ámbito de la renta valenciana de inclusión, se utiliza principalmente para: Identificar a toda persona empadronada en el mismo domicilio sin excepción posible. Configurar el marco relacional y económico relevante para el acceso y cuantificación de la prestación. Equipararse de manera automática a la unidad familiar fiscal. Determinar solo la competencia territorial del expediente.

En el procedimiento de dependencia, el programa individual de atención cumple la función de: Revisar el grado reconocido cuando cambian las circunstancias clínicas. Concretar la modalidad de intervención adecuada dentro del marco del derecho ya reconocido. Sustituir la resolución administrativa de reconocimiento. Determinar exclusivamente la aportación económica de la persona usuaria.

Dentro del sistema de atención a la dependencia, la regla general entre servicios y prestaciones económicas es: Preferencia estructural de la prestación económica sobre cualquier servicio. Libertad absoluta de opción de la persona interesada entre todas las alternativas. Prioridad del acceso a servicios, quedando las prestaciones económicas sometidas a los supuestos previstos. Incompatibilidad total entre cualquier servicio y cualquier prestación económica.

La promoción de la autonomía personal, dentro del sistema de dependencia, se entiende mejor como: Actuación ajena al catálogo y dependiente en exclusiva del sistema sanitario. Intervención preventiva y habilitadora orientada a mantener o mejorar capacidades funcionales. Recurso reservado a personas sin grado reconocido. Prestación económica periódica para cuidados no profesionales.

La valoración del grado de discapacidad bajo el modelo actual se apoya, sobre todo, en: Un criterio estrictamente médico-descriptivo, sin factores contextuales. Un esquema de libre apreciación técnica sin baremo reglado. Un enfoque biopsicosocial que valora deficiencias, limitaciones, restricciones y contexto. Una equiparación automática con el grado de dependencia reconocido.

Las ayudas de promoción de la autonomía personal y accesibilidad se justifican, con mayor precisión, por la finalidad de: Cubrir cualquier necesidad económica doméstica ordinaria. Favorecer vida independiente, funcionalidad y eliminación de barreras. Sustituir prestaciones garantizadas del sistema de dependencia. Financiar exclusivamente estancias temporales en centros.

La diferencia funcional entre un centro de día y un centro residencial es que el primero: Proporciona alojamiento permanente junto con atención integral. Presta atención durante parte de la jornada, manteniendo a la persona en su entorno habitual. Solo puede dirigirse a personas sin apoyo familiar. Carece de finalidad rehabilitadora o de apoyo a la autonomía.

Los recursos convivenciales se aproximan más a un modelo de atención: Institucional masivo y homogéneo. Doméstico, personalizado y de convivencia en entorno más normalizado. Exclusivamente sanitario y de estancia breve. Cautelar y cerrado por razones de protección.

En la atención primaria básica, una función típica es: La atención especializada de larga estancia. La información, valoración, diagnóstico social e intervención de proximidad. La calificación del grado de discapacidad. La resolución autonómica del programa individual de atención.

En una intervención profesional rigurosa, la historia social y el diagnóstico social se relacionan entre sí porque: La historia social sustituye al diagnóstico si está suficientemente detallada. El diagnóstico es un mero resumen administrativo de la historia social. La historia social recoge y organiza información relevante; el diagnóstico la interpreta profesionalmente. Son instrumentos equivalentes con distinta denominación.

El estatuto de derechos de las personas usuarias de servicios sociales se vincula, entre otros contenidos, con: La posibilidad de exigir cualquier recurso no incluido en el sistema. La atención individualizada, la participación informada y el respeto a la dignidad. La facultad de excluir toda coordinación profesional sobre su caso. La elección automática de prestación económica frente a servicio.

Cuando una pregunta del tribunal enfrente proximidad, continuidad y atención integral, la opción correcta suele ser la que refleje que el sistema persigue: Actuaciones fragmentadas por programas autónomos. Intervenciones cercanas, coordinadas y sostenidas en el tiempo según necesidades. Derivación rápida a niveles especializados como regla general. Homogeneidad formal del procedimiento por encima del resultado social.

En la renta valenciana de inclusión, la lógica del sistema implica que: La dimensión económica sustituye al proceso de intervención social. Las prestaciones profesionales pueden formar parte del derecho reconocido. La intervención social solo se activa en casos de sanción. Las prestaciones económicas se reconocen automáticamente sin valoración.

Cuando una prestación económica de inclusión se vincula a un itinerario social, ello implica principalmente que: La persona usuaria queda sujeta a control administrativo permanente. Existe un proceso planificado orientado a mejorar su situación de inclusión. Se limita el acceso a otras prestaciones. Se sustituye la valoración profesional por indicadores económicos.

La unidad de convivencia en prestaciones de inclusión se utiliza fundamentalmente para: Identificar relaciones de convivencia relevantes a efectos socioeconómicos. Determinar la competencia territorial del expediente. Sustituir la valoración social. Establecer la situación laboral.

Una característica esencial del ingreso mínimo vital es que: Tiene carácter contributivo. Se orienta a garantizar un nivel mínimo de ingresos a hogares vulnerables. Solo puede percibirse si existe discapacidad. Es incompatible con cualquier otra ayuda pública.

La relación entre el ingreso mínimo vital y prestaciones autonómicas de inclusión responde, en términos generales, a: Exclusión mutua automática. Posibilidad de complementariedad según regulación aplicable. Sustitución total de las prestaciones autonómicas. Eliminación de la intervención social.

En pensiones no contributivas, el elemento esencial que diferencia estas prestaciones es: Haber cotizado previamente. Carecer de recursos suficientes y cumplir determinados requisitos personales. Haber trabajado al menos diez años. Tener reconocida dependencia.

En la modalidad no contributiva de jubilación, el criterio determinante es principalmente: Edad y carencia de rentas suficientes. Situación de desempleo. Existencia de unidad familiar. Situación de discapacidad.

En la modalidad no contributiva de invalidez, el requisito central es: Haber cotizado al menos cinco años. Reconocimiento de un determinado grado de discapacidad. Tener más de 65 años. Estar empadronado en el municipio.

En el sistema de dependencia, la valoración del grado se fundamenta principalmente en: La edad de la persona. La renta de la unidad familiar. La capacidad para realizar actividades básicas de la vida diaria. El tipo de vivienda.

Cuando una persona dependiente accede a servicios del sistema, la regla general del modelo es: Priorizar servicios frente a prestaciones económicas. Priorizar siempre la prestación económica. Reconocer simultáneamente todos los recursos disponibles. Delegar la decisión exclusivamente en la familia.

La promoción de la autonomía personal se orienta principalmente a: Prevenir o retrasar situaciones de dependencia. Sustituir atención residencial. Reducir servicios sociales. Limitar intervenciones profesionales.

El programa individual de atención se elabora para: Determinar sanciones administrativas. Concretar los servicios o prestaciones adecuados para la persona. Evaluar la renta familiar. Regular funcionamiento del centro.

En dependencia, la compatibilidad entre prestaciones y servicios: Es absoluta en todos los casos. Depende de la normativa y finalidad de cada recurso. Está totalmente prohibida. Depende exclusivamente de la renta.

Las prestaciones económicas vinculadas a servicio se reconocen cuando: No existe servicio adecuado disponible. La persona rechaza el servicio. La familia lo solicita. Existe mayor renta familiar.

Las prestaciones para cuidados en el entorno familiar se justifican principalmente cuando: Existen condiciones adecuadas de atención en el entorno familiar. No hay intervención profesional. No existe grado de dependencia. Se sustituye cualquier servicio.

El enfoque actual de los sistemas de atención a la dependencia tiende hacia: Institucionalización permanente. Atención centrada en la persona. Sustitución de servicios sociales. Intervención exclusivamente sanitaria.

La valoración de discapacidad bajo el modelo actual incorpora: Solo criterios médicos. Factores personales y contextuales. Exclusivamente diagnóstico clínico. Valoración económica.

La accesibilidad universal implica: Eliminación de barreras físicas, sensoriales y cognitivas. Solo adaptación arquitectónica. Exclusivamente ayudas económicas. Intervención sanitaria.

Las ayudas de autonomía personal buscan principalmente: Facilitar la vida independiente y la participación social. Sustituir prestaciones económicas. Financiar vivienda pública. Cubrir gastos domésticos.

En centros de día para personas dependientes, la finalidad principal es: Sustituir totalmente el entorno familiar. Proporcionar atención durante el día favoreciendo permanencia en el entorno habitual. Ofrecer alojamiento permanente. Actuar como recurso hospitalario.

La diferencia esencial entre centro de día y centro residencial es que: El residencial proporciona alojamiento permanente. El centro de día solo ofrece intervención social. El residencial no ofrece atención social. El centro de día ofrece atención nocturna.

Los recursos convivenciales buscan principalmente: Reproducir entornos institucionales. Favorecer modelos de convivencia normalizados. Sustituir intervención comunitaria. Reducir servicios sociales.

El acompañamiento social se caracteriza por: Supervisión administrativa. Apoyo profesional continuado orientado a la inclusión. Control económico. Intervención policial.

Un itinerario de inclusión se define mejor como: Prestación económica periódica. Proceso planificado con objetivos y evaluación. Actuación puntual. Intervención exclusivamente laboral.

El diagnóstico social se diferencia de la historia social en que: El diagnóstico interpreta profesionalmente la información recogida. Son instrumentos equivalentes. El diagnóstico es solo administrativo. La historia social sustituye al diagnóstico.

La exclusión social severa se caracteriza por: Un único problema económico. Acumulación de factores de vulnerabilidad. Falta temporal de ingresos. Ausencia de vivienda exclusivamente.

Las políticas modernas contra el sinhogarismo tienden a priorizar: Recursos de emergencia permanentes. Soluciones residenciales estables con apoyo social. Intervención policial. Albergues temporales exclusivamente.

La intervención comunitaria busca principalmente: Fortalecer redes sociales y participación local. Sustituir intervención individual. Reducir servicios públicos. Centralizar decisiones.

El principio de equidad en servicios sociales implica: Igualdad absoluta de recursos. Ajustar intervenciones según necesidades. Priorizar criterios económicos. Eliminar valoración social.

La ética profesional en trabajo social se fundamenta principalmente en: Control administrativo. Valores de dignidad, justicia social y respeto a las personas. Jerarquía institucional. Disciplina burocrática.

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