Simulacro Gobierno y relaciones con Cortes
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Título del Test:
![]() Simulacro Gobierno y relaciones con Cortes Descripción: Gobierno y relaciones con Cortes |



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El artículo 99 de la Constitución Española regula el procedimiento de investidura del Presidente del Gobierno tras la celebración de elecciones generales. Si en el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato obtiene la confianza del Congreso de los Diputados, la Constitución establece que: El Presidente del Gobierno en funciones disolverá las Cortes Generales. Se convocará automáticamente un referéndum. El Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso. El Congreso de los Diputados elegirá directamente al Presidente del Gobierno. El artículo 108 de la Constitución Española establece el principio de responsabilidad política del Gobierno en el sistema parlamentario español. Según dicho precepto constitucional, el Gobierno responde de su gestión política: Solidariamente ante el Congreso de los Diputados. Individualmente ante cada Cámara de las Cortes Generales. Individualmente ante el Congreso de los Diputados. Solidariamente ante el Congreso y el Senado. La cuestión de confianza, regulada en el artículo 112 de la Constitución Española, constituye un instrumento mediante el cual el Presidente del Gobierno puede someter su continuidad política al Congreso de los Diputados. Para que la confianza se considere otorgada es necesario: Obtener mayoría simple de los Diputados. Obtener mayoría absoluta del Congreso. Obtener mayoría simple del Congreso y del Senado. Obtener tres quintos de los votos. El artículo 113 de la Constitución Española regula la moción de censura como mecanismo de control parlamentario del Gobierno. Según este precepto constitucional, la moción de censura debe ser propuesta al menos por: Un grupo parlamentario completo. La mayoría simple del Congreso. Una décima parte de los Diputados. La cuarta parte del Congreso. En el sistema constitucional español, la moción de censura tiene carácter constructivo. Esto significa que, conforme al artículo 113 de la Constitución Española, la moción de censura debe incluir: Un candidato a la Presidencia del Gobierno. Un informe del Consejo de Estado. Un acuerdo previo del Senado. Un programa de gobierno completo. El artículo 114 de la Constitución Española regula los efectos jurídicos de la aprobación de una moción de censura por el Congreso de los Diputados. En caso de aprobarse dicha moción: El Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato propuesto se entenderá investido de la confianza de la Cámara. El Senado deberá ratificar la decisión. Se convocarán automáticamente elecciones generales. El Rey designará un nuevo candidato a Presidente. La Constitución Española establece determinados límites al ejercicio de la facultad de disolución parlamentaria. Según el artículo 115 CE, la propuesta de disolución: No podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura. Solo puede realizarse tras un referéndum. Debe contar con autorización previa del Senado. Debe ser aprobada por mayoría absoluta del Congreso. El artículo 116 de la Constitución Española regula los estados de alarma, excepción y sitio como situaciones de anormalidad constitucional. El desarrollo jurídico de dichos estados se establece mediante: Ley Orgánica 4/1981. Ley Orgánica 3/1980. Real Decreto 1674/1980. Ley 50/1997. Según la Ley Orgánica 4/1981, el estado de alarma puede declararse por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo inicial de: Quince días. Sesenta días. Diez días. Treinta días. La Ley Orgánica 4/1981, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio, establece que la prórroga del estado de alarma requiere: Autorización del Congreso de los Diputados. Autorización del Senado. Autorización del Consejo de Estado. Autorización del Tribunal Constitucional. El estado de excepción, regulado en el artículo 116 de la Constitución Española, se declara: Por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros previa autorización del Congreso. Por el Tribunal Constitucional. Por el Rey mediante decreto. Por el Congreso mediante mayoría absoluta. El estado de sitio, previsto en el artículo 116 de la Constitución Española, se declara: Por el Gobierno mediante decreto. Por el Senado a propuesta del Gobierno. Por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados a propuesta exclusiva del Gobierno. Por el Tribunal Supremo. Durante la vigencia de los estados de alarma, excepción o sitio regulados en el artículo 116 CE, la Constitución establece que: El Gobierno cesará automáticamente. No podrá procederse a la disolución del Congreso de los Diputados. El Tribunal Constitucional asumirá el poder ejecutivo. El Senado asumirá las funciones legislativas. La normativa constitucional relativa a los estados de alarma, excepción y sitio establece que, si el Congreso estuviera disuelto cuando se produzca una situación que requiera declarar alguno de estos estados: Sus competencias serán asumidas por la Diputación Permanente. El Gobierno asumirá las funciones legislativas. El Tribunal Constitucional adoptará las decisiones necesarias. El Senado ejercerá las funciones del Congreso. El Consejo de Estado, mencionado en el artículo 107 de la Constitución Española, se configura como: El órgano jurisdiccional superior en materia administrativa. El supremo órgano consultivo del Gobierno. El órgano de control del Gobierno ante las Cortes. El órgano de coordinación entre Gobierno y Comunidades Autónomas. La Ley Orgánica 3/1980, del Consejo de Estado, establece que el ejercicio de su función consultiva se realiza con: Dependencia jerárquica del Gobierno. Dependencia funcional del Congreso. Autonomía orgánica y funcional. Dependencia administrativa del Tribunal Supremo. La Ley 50/1997 del Gobierno establece que el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales o en los supuestos de pérdida de confianza parlamentaria, dimisión o fallecimiento del Presidente del Gobierno. En estos casos el Gobierno cesante: Continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. Deja de ejercer cualquier función. Es sustituido por el Senado. Es sustituido automáticamente por el Congreso. La regulación del Gobierno en funciones contenida en la Ley 50/1997 establece limitaciones en su actuación. Durante este periodo el Gobierno debe limitar su actividad a: La aprobación de leyes orgánicas. La reforma constitucional. La aprobación del presupuesto del Estado. La gestión ordinaria de los asuntos públicos. La Ley del Gobierno establece que durante el periodo en que el Gobierno permanece en funciones tras su cese: Las delegaciones legislativas se amplían automáticamente. El Gobierno asume las funciones legislativas del Congreso. El Gobierno puede aprobar decretos legislativos libremente. Las delegaciones legislativas otorgadas por las Cortes Generales quedan suspendidas. |





