Simulacro Tema 6 – Bloque 1
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Título del Test:
![]() Simulacro Tema 6 – Bloque 1 Descripción: Examen Sergas |



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El concurso-oposición combina: Valoración de méritos y realización de pruebas selectivas. Solo pruebas teóricas. Solo valoración de méritos. Elección del candidato por el gerente. La promoción interna permite: Acceder a categorías superiores dentro del mismo grupo profesional. Cambiar de Comunidad Autónoma. Modificar complementos salariales. Elegir horario libre. El régimen de provisión de plazas puede ser: Temporal o definitiva. Solo definitiva. Solo temporal. Por elección del director. Las plazas estatutarias temporales se cubren generalmente mediante: Listas de contratación temporal del Servicio Gallego de Salud. Concurso de méritos. Elección por pacientes. Nombramiento discrecional. El acceso a plazas vacantes definitivas se realiza mediante: Concurso-oposición. Nombramiento del director. Elección por el área sanitaria. Subasta pública. Las plazas estatutarias se clasifican según: Grupo profesional y categoría. Edad del trabajador. Provincia de residencia. Antigüedad en cualquier hospital del país. El concurso de méritos valora: Experiencia previa, formación y antigüedad. Solo la nota de oposición. Solo títulos académicos. Número de pacientes atendidos. El plazo de presentación de solicitudes para cubrir plazas se establece: En la convocatoria correspondiente publicada en el DOG. A discreción del director del centro. Por orden de llegada de los candidatos. Solo mediante lista de espera. El tribunal encargado de la oposición está compuesto por: Profesionales expertos en la materia y representantes de la Administración. Solo médicos de referencia. Directores de hospitales. Pacientes representativos. La selección de personal temporal puede realizarse mediante: Listas de aspirantes disponibles para contratación inmediata. Concurso-oposición únicamente. Elección directa de gerentes. Sorteo público. Los aspirantes a plazas estatutarias tienen derecho a: Conocer los criterios de valoración y las bases de la convocatoria. Elegir al tribunal. Modificar los méritos a valorar. Presentar solicitudes fuera de plazo sin penalización. . La provisión de plazas vacantes mediante concurso-oposición busca: Garantizar igualdad, mérito y capacidad. Favorecer trabajadores internos. Reducir costes de personal. Seleccionar candidatos por proximidad geográfica. Los criterios de desempate en concursos se establecen en: La convocatoria correspondiente. Estatuto Marco únicamente. Reglamentos internos de cada hospital. Decreto autonómico de personal. La valoración de méritos puede incluir: Experiencia profesional, formación, idiomas y otros méritos relacionados con el puesto. Preferencia por trabajadores locales. Edad y sexo del aspirante. Número de familiares empleados en el Sergas. La cobertura de plazas estatutarias puede ser temporal cuando: Existen vacantes urgentes o sustituciones de personal. La plaza no requiere titulación. Solo para personal administrativo. La cobertura definitiva no está regulada. La duración de los nombramientos temporales suele ser: Hasta que finaliza la necesidad del servicio o la sustitución. Indefinida. Siempre de un año exacto. Según disponibilidad del director. Las vacantes definitivas se convocan mediante: Publicación de la oferta en el Diario Oficial de Galicia. Nombramiento discrecional. Comunicación interna únicamente. Llamamiento telefónico. Las listas de contratación temporal se actualizan: Periódicamente según normativa autonómica. Una sola vez al año. Solo cuando el director del área lo decida. Nunca. El régimen de provisión garantiza: Transparencia, igualdad, mérito y capacidad. Selección discrecional por gerentes. Contratación por antigüedad exclusivamente. Elección por votación de pacientes. Las plazas estatutarias del Sergas se cubren mediante: Concurso-oposición, concurso de méritos y promoción interna. Nombramiento discrecional del director del centro. Elección por los pacientes. Rotación automática entre hospitales. |





