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Sindicatura de Greuges UIB

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Título del Test:
Sindicatura de Greuges UIB

Descripción:
Reglamento Sindicatura Greuges UIB

Fecha de Creación: 2025/09/14

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 30

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Temario:

¿Cuál es la principal función del Síndic de Greuges de la UIB?. Representar al Rector en los actos institucionales. Defender y proteger los derechos e intereses legítimos de la comunidad universitaria. Resolver conflictos judiciales en nombre de la universidad. Aprobar las normativas internas de la universidad.

¿Cómo puede actuar el Síndic de Greuges?. Solo a instancia de parte. Únicamente por iniciativa propia. Por iniciativa propia o a instancia de parte. Mediante orden del Rector.

¿Quién propone al candidato a Síndic de Greuges?. El Rector. El Claustre. La Junta de Govern. Los decanos de facultad.

¿Qué mayoría se requiere para la elección del Síndic?. Mayoría simple. Mayoría absoluta. Dos tercios. Unanimidad.

¿Cuál es la duración del mandato del Síndic?. 3 años. 4 años. 5 años. 6 años.

¿El Síndic puede ser reelegido al finalizar su mandato?. Sí, una sola vez. Sí, sin limitaciones. No puede ser reelegido. Solo si lo aprueba el Claustre.

¿Cuál de las siguientes NO es causa de cese del Síndic?. Renuncia. Expiración del mandato. Negligencia notoria. Disconformidad con las recomendaciones emitidas.

¿Qué órgano aprueba el cese del Síndic por incapacidad o negligencia?. El Rector. La Junta de Govern. El Claustre, por mayoría absoluta. El Consell Social.

¿Quién puede nombrar un Síndic provisional en caso de vacante?. El Claustre. El Rector, a propuesta de la Junta de Govern. La Conselleria d’Educació. El Parlament de les Illes Balears.

¿Qué tipo de independencia tiene el Síndic en sus funciones?. Totalmente subordinado al Rector. Autonomía, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Depende de la Junta de Govern. Debe seguir las directrices del Claustre.

¿Cuál de las siguientes es una función del Síndic?. Dictar resoluciones vinculantes. Formular propuestas no vinculantes de recomendación. Elaborar reglamentos internos. Ejercer potestad sancionadora.

¿Qué debe presentar anualmente el Síndic ante el Claustre?. Un informe económico. Una memoria de actuaciones. Un plan estratégico. Una auditoría interna.

¿Qué dato NUNCA puede constar en la memoria anual del Síndic?. Número de quejas recibidas. Tipo de quejas recibidas. Datos personales de los interesados. Recomendaciones aceptadas.

¿Quién puede presentar quejas al Síndic?. Solo estudiantes de la UIB. Solo personal docente e investigador. Cualquier persona física o jurídica con interés legítimo. Exclusivamente miembros del Claustre.

¿Qué requisito es necesario para presentar una queja?. Que sea anónima. Que sea firmada y razonada. Que se tramite a través del Rector. Que sea aprobada por la Junta de Govern.

¿Qué tipo de quejas rechazará el Síndic?. Anónimas. Fundadas y justificadas. De interés legítimo. Relacionadas con el curso académico actual.

¿Sobre qué periodo se pueden presentar quejas?. Solo sobre hechos de los últimos 5 años. Solo sobre el curso académico en curso. Sin límite temporal. Únicamente sobre el curso anterior.

¿Qué órgano debe proporcionar datos e información al Síndic cuando los solicite?. Solo el Rector. Solo la Junta de Govern. Todos los órganos y miembros de la comunidad universitaria. Solo los decanatos.

¿Qué acceso documental tiene el Síndic?. Ninguno, solo lo que le entregue el Rector. Acceso a cualquier documento interno relacionado con la investigación. Solo a la documentación pública. Exclusivamente a los informes del Claustre.

¿A quién debe enviar el Síndic sus informes con recomendaciones?. Al interesado y al órgano correspondiente, con copia al Rector. Solo al Claustre. Exclusivamente al Rector. Únicamente a la Junta de Govern.

¿Qué carácter tienen las recomendaciones del Síndic?. Vinculantes. Pueden ser recurridas. No son vinculantes y no pueden ser objeto de recurso. Obligatorias en todos los casos.

¿Qué medio debe proporcionar la UIB al Síndic para garantizar su autonomía?. Una partida presupuestaria, estructura administrativa y personal adecuados. Únicamente un despacho en el Rectorado. Una comisión permanente. Un contrato externo de apoyo.

¿Qué puede proponer el Síndic como fórmula alternativa de resolución de conflictos?. Sanciones disciplinarias. Fórmulas de conciliación. Recursos administrativos. Acciones judiciales.

¿Qué ocurre si una queja no es admitida a trámite?. Se archiva sin explicación. Se comunica al interesado mediante escrito motivado. Se envía al Rector automáticamente. Se presenta en el Claustre.

¿Qué debe llevar el Síndic respecto a las quejas recibidas?. Un registro propio. Un archivo confidencial de la Junta de Govern. Una base de datos pública. Una comunicación inmediata al Rector.

¿Qué función NO corresponde al Síndic?. Priorizar actuaciones. Valorar solicitudes. Aprobar presupuestos. Atender sugerencias.

¿Qué derecho tiene el Síndic antes de un posible cese por negligencia?. Recibir una compensación económica. Presentar su defensa ante la Junta de Govern y el Claustre. Impugnar en vía judicial. Solicitar prórroga del mandato.

¿Qué tipo de medidas puede adoptar el Síndic en sus investigaciones?. Medidas de investigación que considere oportunas. Medidas sancionadoras. Medidas de suspensión académica. Medidas disciplinarias.

¿Qué debe incluir la memoria anual del Síndic?. Únicamente estadísticas numéricas. Sugerencias, propuestas y advertencias derivadas de su actividad. Resoluciones vinculantes. Opiniones de los estudiantes.

¿Cuál de estas afirmaciones es cierta sobre la Sindicatura de Greuges?. Sus recomendaciones son obligatorias. Es un órgano dependiente del Rectorado. Goza de autonomía e independencia en sus funciones. Puede sancionar a los órganos universitarios.

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