option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Cree en ti administra y ten fe 6 Tema 5

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Cree en ti administra y ten fe 6 Tema 5

Descripción:
Cree en ti administra y ten fe 6

Fecha de Creación: 2025/10/26

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 50

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

1. El permiso por adopción o acogimiento tiene una duración de: 8 semanas. 16 semanas.

2. En adopción o acogimiento múltiple, se amplía: Una semana por cada hijo a partir del segundo. Dos semanas en total.

3. Si el menor adoptado tiene discapacidad, el permiso se amplía: Tres días hábiles. Dos semanas más.

4. En adopciones internacionales, los progenitores tienen derecho a un permiso adicional de: Hasta dos meses. Un mes.

5. Durante ese permiso de desplazamiento internacional se perciben: Solo retribuciones básicas. Íntegras.

6. El permiso del progenitor diferente de la madre biológica es de: 14 semanas. 16 semanas.

7. De ellas, las seis primeras son: De disfrute obligatorio e ininterrumpido. Voluntarias.

8. Este permiso podrá disfrutarse: Solo a jornada completa. A jornada completa o parcial, según necesidades del servicio.

9. En caso de hospitalización del recién nacido, este permiso también se amplía: Máximo 13 semanas. 6 semanas.

10. En caso de fallecimiento del hijo o hija, el permiso: No se reduce salvo solicitud expresa de reincorporación. Se extingue.

11. La reducción de jornada por guarda legal de un menor de 12 años conlleva: Disminución proporcional de retribuciones. Mantenimiento del salario.

12. El funcionario que atienda a un familiar hasta segundo grado que no trabaje y no pueda valerse por sí mismo puede: Solicitar excedencia. Reducir su jornada con reducción de salario.

13. Si un familiar de primer grado sufre una enfermedad muy grave, el funcionario puede reducir su jornada hasta un 50 % con retribución durante. Un mes. Dos meses.

14. Si dos funcionarios solicitan el mismo permiso por el mismo hecho causante, se podrá: Negar a uno. Prorratear el tiempo total entre ambos.

15. El deber inexcusable de carácter público o personal da derecho a permiso: Por el tiempo indispensable. Por un máximo de 3 días.

16. Las víctimas de violencia de género pueden reducir su jornada: Siempre sin sueldo. Manteniendo retribuciones íntegras si la reducción no supera un tercio.

17. Por cuidado de hijo con cáncer u otra enfermedad grave, el funcionario tiene derecho a reducir la jornada al menos: A la mitad, percibiendo retribuciones íntegras. En un tercio, sin sueldo.

18. Este permiso se mantiene hasta que el menor cumpla: 18 años. 23 años (con posible prórroga hasta 26 si discapacidad ≥ 65 %).

19. El permiso parental para cuidado de hijo o menor acogido tiene una duración máxima de: Ocho semanas. Doce semanas.

20.El permiso parental puede disfrutarse: Solo continuo. Continuo o discontinuo, incluso a tiempo parcial.

21. Las licencias por asuntos propios se conceden: Sin retribución y hasta tres meses cada dos años. Retribuidas.

22. Los funcionarios tienen derecho a vacaciones retribuidas de: 22 días hábiles por año natural. 30 días hábiles por año natural.

23. Los sábados: Sí se computan. No se consideran hábiles a efectos de cómputo de vacaciones.

24. Si el funcionario está en incapacidad temporal durante las vacaciones: Las pierde. Puede disfrutarlas después, hasta 18 meses tras el año natural.

25. En caso de jubilación por incapacidad o fallecimiento, el funcionario o sus herederos pueden: Pierden el derecho. Percibir compensación económica por vacaciones no disfrutadas (máx. 18 meses).

26. Por antigüedad, cada Administración puede conceder: Hasta cuatro días adicionales de vacaciones. Dos días adicionales.

27. Las entidades locales deben facilitar a sus funcionarios: Asistencia médico-farmacéutica, quirúrgica y de especialidades. Solo atención básica.

28. Desde el Real Decreto 480/1993, los funcionarios locales están integrados en: El Régimen General de la Seguridad Social. MUNPAL ( Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local ).

29. La Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL) fue suprimida: En 1993. En 1999.

30. El art. 7 CE reconoce: La libertad de creación de sindicatos. El derecho a huelga.

31. El art. 28 CE garantiza: El derecho al trabajo. El derecho de sindicación.

32. Los miembros de las Fuerzas Armadas, Jueces, Magistrados y Fiscales: No pueden sindicarse mientras estén en activo. Solo si lo autoriza el CGPJ ( Consejo General del Poder Judicial ).

33. La Ley Orgánica 11/1985 regula: La libertad sindical. Los órganos de representación.

34. La Ley 9/1987, hoy derogada, regulaba: El derecho de huelga. Los órganos de representación y participación de los funcionarios.

35. Las corporaciones con más de 50 funcionarios eligen: Junta de Personal. Delegados sindicales.

36. Las corporaciones con menos de 30 funcionarios eligen: Un delegado de personal. Ninguno.

37. Las de 31 a 49 funcionarios eligen: Tres delegados de personal. Cuatro.

38. El número máximo de miembros de una Junta de Personal es: 100. 75.

39. El art. 95 de la Ley de Régimen Local establece que la participación sindical de los funcionarios se hará: Según el Estatuto Básico del Empleado Público. Según el Código Laboral.

40. El derecho de sindicación incluye la posibilidad de: Promover y defender intereses económicos y sociales de los funcionarios. Nombrar cargos públicos.

41. ¿Qué artículo del TR-LEBEP regula las cuantías y los incrementos retributivos del personal al servicio de las Administraciones Públicas?. Artículo 21. Artículo 23.

42. Las cuantías de las retribuciones básicas y los incrementos globales de las complementarias deben reflejarse: En el Reglamento de Retribuciones. En la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

43. No podrán acordarse incrementos retributivos que supongan un aumento global de la masa salarial superior: A los topes fijados por el Ministerio de Hacienda. A los límites fijados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

44. Según la Disposición Adicional Octava del TR-LEBEP, los funcionarios tienen garantizados: Los derechos económicos reconocidos en los sistemas de carrera profesional. Solo las retribuciones básicas.

45. Según la Disposición Transitoria Primera, el desarrollo del TR-LEBEP no podrá comportar: Disminución de derechos económicos ni complementos retributivos. Reducción de jornada.

46. Si el funcionario no está en servicio activo, los derechos económicos reconocidos se aplicarán: Desde su reingreso al servicio activo. Desde la fecha de publicación del Estatuto.

47. La LRSAL persigue, entre otros fines: Reducir el número de empleados públicos. Garantizar la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

48. El artículo 75 bis de la Ley 7/1985 regula: El régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales y del personal al servicio de las Entidades Locales. El régimen disciplinario.

49. Los Presupuestos Generales del Estado fijan anualmente: El límite máximo total de retribuciones de los miembros de las Corporaciones Locales. El número máximo de concejales por municipio.

50. El límite máximo de retribución para municipios de más de 500.000 habitantes equivale a: Secretario de Estado. Subsecretario.

Denunciar Test