subtema
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Título del Test:
![]() subtema Descripción: subtema apq10 test 4 |



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Los armarios de seguridad para inflamables deberán estar certificados conforme a: UNE-EN 14470-1 tipo 90. UNE-EN 14470-1 tipo 60. UNE-EN 14470-2 tipo 90. UNE-EN 14470-2 tipo 60. Los armarios tipo 90 se consideran equivalentes, en cuanto a protección pasiva, a: Un sector de incendios. Un local ventilado. Un sistema automático de extinción. Un recinto ignífugo EI-30. los armarios tipo 90 se consideran equivalentes, en cuanto a protección pasiva y Debido a esa equivalencia con un sector de incendios: No es necesario incorporar más medidas de protección pasiva. Es obligatorio un sistema automático adicional. Es obligatorio un sistema manual adicional. Solo se exige señalización exterior. Todos los armarios de seguridad deberán llevar obligatoriamente: Un letrero visible indicando “inflamable”. Un plano de evacuación. Un pictograma. Señalización luminosa permanente. En el caso de almacenar productos clasificados como H220 o H221, es obligatoria. La ventilación exterior del armario. La instalación de detección automática. La ventilación interior forzada. a duplicación del número de extintores. La cantidad máxima total de líquidos inflamables que puede almacenarse en un armario protegido es de: 500 litros. 400 litros. 300 litros. 200 litros. Cuál es la cantidad máxima permitida para productos H222, H223, H224 y H225 dentro de un armario protegido?. 0,25 m³ (250 l). 0,1 m³ (100 l). 0,4 m³ (400 l). 0,5 m³ (500 l). En el caso de productos H226, o mezcla de líquidos inflamables sin superar los límites individuales, la cantidad máxima permitida es: 0,5 m³ (500 l). 0,4 m³ (400 l). 0,25 m³ (250 l). 0,1 m³ (100 l). Respecto a la protección contra incendios en las inmediaciones del armario de seguridad, es obligatorio disponer de: Un extintor 34A 144B. Un extintor de CO₂. Un extintor 21A 113B. Dos extintores portátiles de cualquier tipo. se consideran productos pirofóricos aquellos que presentan la indicación de peligro: H250. H251. H252. H224. Respecto al almacenamiento de productos pirofóricos en almacenes abiertos: No está permitido en ningún caso. Está permitido con sistema fijo de extinción. Está permitido solo para sólidos. Está permitido con limitaciones de volumen. Además de lo establecido específicamente en el artículo 22, los productos pirofóricos deberán cumplir, como mínimo: Las exigencias del artículo 21 para productos inflamables. Las exigencias del artículo 20. Únicamente lo indicado en su etiquetado. Exclusivamente lo indicado en la ficha de datos de seguridad. En relación con el almacenamiento en pilas de productos pirofóricos, las condiciones aplicables serán las correspondientes a: H224 de la tabla II del artículo 21. H225 de la tabla I. H226 de la tabla I. H228 de la tabla II del artículo 21. El sector destinado al almacenamiento de productos pirofóricos deberá: Ser de uso exclusivo y totalmente sectorizada. tener únicamente señalización específica. Ser una zona ventilada sin compartimentación. ompartirse con otros productos inflamables. Las paredes del sector de almacenamiento de productos pirofóricos deberán tener, como mínimo, una resistencia al fuego de: REI 120. REI 90. REI 60. REI 50. 7. Cuando el almacenamiento de productos pirofóricos supere los ......litros (líquidos) o .......kg (sólidos), será obligatorio: 50 y 50 Disponer de un sistema fijo de extinción sin uso de agua. Reducir el volumen almacenado por debajo del límite. Instalar un sistema de detección automática. 60 y 60 Disponer de un sistema fijo de extinción sin uso de agua. se consideran productos con calentamiento espontáneo aquellos que presentan las indicaciones de peligro: H251 y H252. H250 y H251. H224 y H225. H228 y H251. Respecto al almacenamiento de productos que experimentan calentamiento espontáneo en almacenes abiertos: No está permitido en ningún caso. Está permitido con refrigeración. Está permitido únicamente para H252. Está permitido con limitación de volumen. productos que experimentan calentamiento espontáneo en almacenes abiertos:deberán cumplir, como mínimo: las exigencias del artículo 21 para productos inflamables. Las exigencias del artículo 20. Las exigencias del artículo 22. Únicamente lo indicado en su etiquetado. En relación con el almacenamiento en pilas, ¿qué equivalencia es correcta según la indicación de peligro?. H251 → H224 / H252 → H225. H251 → H225 / H252 → H224. H251 → H226 / H252 → H224. H251 → H224 / H252 → H228. El sector destinado al almacenamiento de productos que experimentan calentamiento espontáneo en almacenes abiertos: deberá ser: De uso exclusivo y totalmente sectorizado. Unicamente señalizado. Ventilado pero no sectorizado. Compartido con otros inflamables. Las paredes del sector de almacenamiento de productos que experimentan calentamiento espontáneo en almacenes abiertos: deberán tener, como mínimo, una resistencia al fuego de: REI 120. REI 90. REI 60. REI 50. Para garantizar la estabilidad térmica de los productos almacenados que experimentan calentamiento espontáneo en almacenes abiertos:, el almacenamiento deberá disponer obligatoriamente de: Refrigeración adecuada. Aislamiento acústico. Detección automática de incendios. Ventilación natural. Cuando el almacenamiento de estos productos que experimentan calentamiento espontáneo en almacenes abiertos: supere los ....litros (líquidos) o ..... kg (sólidos), será obligatorio: 300 y 300 Disponer de un sistema fijo de extinción sin uso de agua. 200 y 200 Disponer de un sistema fijo de extinción sin uso de agua. 250 y 250 Disponer de un sistema fijo de extinción sin uso de agua. 300 y 300 Disponer de un sistema fijo de extinción con uso de agua. El sistema fijo de extinción exigido cuando se superan los límites establecidos deberá. No contener ni utilizar agua. Ser de agua pulverizada. Utilizar agua con aditivos. Ser manual y portátil. se consideran productos que desprenden gases inflamables en contacto con el agua aquellos que presentan las indicaciones de peligro: H260 y H261. H250 y H251. H251 y H252. H224 y H225. Respecto al almacenamiento de productos que desprenden gases inflamables en contacto con el agua en almacenes abiertos: No está permitido en ningún caso. Está permitido con medidas adicionales. Está permitido únicamente para H261. Está permitido con limitación de volumen. El sector destinado al almacenamiento productos que desprenden gases inflamables en contacto con el agua. De uso exclusivo y totalmente sectorizado. Únicamente señalizado. Ventilado sin compartimentación. Compartido con otros productos inflamables. Las distancias indicadas para productos tóxicos en almacenamientos abiertos se aplican respecto a: Aberturas de edificios. Vías públicas. Otros productos almacenados. Límites de parcela. En almacenamientos abiertos, los productos con indicación de peligro H300, H310 o H330 podrán requerir una distancia a aberturas de edificios de: 5 m. 1 m. 3 m. 10 m. En determinados supuestos recogidos en la tabla del artículo, los productos H300, H310 y H330 pueden almacenarse a una distancia reducida de: 3 m. 5 m. 1 m. 2 m. La indicación de peligro H331 en almacenamientos abiertos exige una distancia mínima a aberturas de edificios de: 3 m. 1 m. 5 m. 10 m. Para productos con indicación de peligro H370, la distancia mínima establecida en el artículo es de: 3 m. 1 m. 5 m. No se fija distancia. En almacenamientos abiertos, los productos tóxicos podrán almacenarse junto con productos combustibles cuando: Estén separados al menos 5 m o exista pared REI 90. Siempre que haya ventilación natural. Estén separados al menos 3 m. Sean de la misma categoría CLP. La pared que permite la compatibilidad entre productos tóxicos y combustibles en almacenamiento abierto deberá ser: REI 90. REI 120. REI 60. REI 50. Además de la resistencia al fuego, la pared REI 90 deberá: Sobrepasar 1 m en proyección horizontal y vertical. Estar anclada al forjado superior. Sobresalir 0,5 m respecto a los recipientes. Tener una altura mínima de 2 m. En almacenamientos cerrados, respecto a la coexistencia de productos tóxicos con productos combustibles:). No está permitida en el mismo sector de incendios. stá permitida con ventilación forzada. stá permitida con pared REI 90. Está permitida con distancia mínima. La prohibición de almacenar productos combustibles junto con productos tóxicos en el mismo sector se aplica a: Almacenamientos cerrados. Almacenamientos abiertos. Ambos tipos de almacenamiento. Solo a productos H370. Las distancias recogidas para almacenamientos cerrados dependen principalmente de: La indicación de peligro y la categoría de toxicidad CLP. El tipo de edificio colindante. El tipo de envase. El volumen almacenado. Si un almacenamiento cerrado contiene productos tóxicos clasificados conforme a este artículo, en el mismo sector de incendios: No podrán almacenarse otros productos combustibles. Solo podrán almacenarse productos inflamables. Podrán almacenarse productos combustibles con separación de 5 m. Podrán almacenarse productos combustibles con pared REI 90. se consideran productos corrosivos aquellos que presentan las indicaciones de peligro: H290 y H314. H300 y H310. H224 y H225. H260 y H261. Respecto al almacenamiento de productos corrosivosPueden almacenarse indistintamente en la misma estantería. No podrán almacenarse en la misma pila o estantería productos corrosivos diferentes con posibles reacciones peligrosas. Solo pueden almacenarse líquidos corrosivos. Deben almacenarse siempre en sectores separados. Pueden almacenarse indistintamente en la misma estantería. |




