Subven
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Título del Test:
![]() Subven Descripción: Subven (2) |



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1. Según el artículo 7 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia: a) Requerirá autorización del Consello de la Xunta la concesión de subvenciones cuyo crédito supere la cuantía de 4.000.000 de euros. b) Requerirá autorización del Consello de la Xunta la concesión de subvenciones que superen la cuantía de 3.000.000 de euros por beneficiario. c) La competencia para conceder subvenciones en las entidades locales corresponde al alcalde. d) Requerirá autorización del Consello de la Xunta la concesión de subvenciones cuando superen la cuantía de 4.000.000 de euros y la autorización implicará, asimismo, la aprobación del gasto. 2. Según el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en la presente ley las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora: a) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según lo establecido reglamentariamente en desarrollo de esta ley. b) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal, cuando dicha calificación viniese establecida por una norma con rango de ley. c) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que legalmente se determine. d) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determine. 3. Según el artículo 13 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuando las entidades colaboradoras sean personas sujetas a derecho privado: a) La colaboración se formalizará en todo caso mediante convenio. b) La colaboración tendrá que formalizarse mediante un contrato, que incluirá el contenido mínimo de la Ley de subvenciones. c) La colaboración tendrá que formalizarse mediante un contrato, con el contenido mínimo que establece la Ley de Contratos del Sector Público, no siendo de aplicación la Ley de Subvenciones. d) La colaboración se formalizará mediante convenio, salvo que por objeto de la colaboración resulte de aplicación plena el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público. 4. Según el artículo 20 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia: a) El procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia a instancia de parte, en el caso de concesión en régimen de concurrencia competitiva. b) La normativa reguladora de la subvención podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince días. c) El órgano concedente de la subvención podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con posterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince días. d) La normativa reguladora de la subvención podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con posterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince días. 5. Según el artículo 21 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, relativo a la instrucción: a) La norma reguladora de la subvención deberá establecer una fase de pre-evaluación en la que se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de beneficiario de la subvención. b) La propuesta de resolución definitiva se notificará a todos los interesados cuando dicha notificación sea obligada según lo previsto en las bases reguladoras. c) La propuesta de resolución definitiva se notificará, en todo caso, a los interesados que hubieran sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción. d) La propuesta de resolución definitiva se notificará a los interesados que hubieran sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción únicamente cuando dicha notificación sea obligada según lo previsto en las bases reguladoras. 6. De acuerdo con el artículo 21 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, relativo a la instrucción: a) Notificada la resolución definitiva por el órgano competente, los interesados propuestos como beneficiarios dispondrán de un plazo de diez días para su aceptación, transcurrido el cual sin que se haya producido manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada. b) Notificada la resolución definitiva por el órgano competente, los interesados propuestos como beneficiarios dispondrán de un plazo de quince días para su aceptación, transcurrido el cual sin que se haya producido manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada. c) Notificada la resolución definitiva por el órgano competente, los interesados propuestos como beneficiarios dispondrán de un plazo de diez días para su aceptación, transcurrido el cual sin que se haya producido manifestación expresa se entenderá tácitamente rechazada. d) Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se hubiera dictado la resolución de concesión. 7. De acuerdo con el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, relativo a la subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios: a) Sólo podrá subcontratarse la ejecución parcial de la actividad que constituya el objeto de la subvención. b) La subcontratación incluye la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. c) El beneficiario podrá subcontratar, total o parcialmente, la actividad salvo que la normativa reguladora de la subvención no lo prevea. d) En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido al contenido de la misma. 8. Según el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, relativo a los gastos subvencionables: a) El coste de adquisición de los gastos subvencionables no podrá ser superior al valor de mercado, salvo que la norma reguladora de la subvención lo prevea expresamente por la particularidad del objeto de la actividad subvencionada. b) Se considerará gasto realizado el que fue efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado por la normativa reguladora de la subvención, sin que las bases reguladoras de las subvenciones puedan disponer lo contrario. c) En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, las bases reguladoras fijarán el periodo durante el cual la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para el cual se concedió la subvención, que no podrá ser inferior a cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a dos años para el resto de bienes. d) En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, las bases reguladoras fijarán el periodo durante el cual la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para el cual se concedió la subvención, que no podrá ser inferior a diez años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a cinco años para el resto de bienes. 9. Según el artículo 31 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, relativo al procedimiento de gestión presupuestaria: a) No se podrán realizar pagos anticipados mediante entregas de fondos con carácter previo a la justificación. b) Posteriormente a la concesión de la subvención, cuando no fuese directa, deberá efectuarse la aprobación del gasto. c) No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tenga pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro. d) En ningún caso podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria, sin que se realice una nueva convocatoria. 10. Según el artículo 4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en aquellos casos en los que la finalidad de la subvención se refiera a la promoción del ahorro y a la eficiencia energética y/o al fomento de las energías renovables: a) Será necesario un informe previo de las bases reguladoras de la consellería con competencias en materia de energía, que lo realizará a través del Instituto Energético de Galicia. b) Será necesario un informe previo de propuesta de concesión de las ayudas de la consellería con competencias en materia de energía, que lo realizará a través del Instituto Energético de Galicia. c) Será necesario un informe previo de las bases reguladoras de la consellería con competencias en materia de energía, que se emitirá en el plazo máximo de 15 días. d) Será necesario un informe previo de las bases reguladoras de la consellería con competencias en materia de energía, que lo realizará a través del Instituto Energético de Galicia. Este informe se emitirá en el plazo máximo de diez días y se entenderá desfavorable de no emitirlo en dicho plazo. 11. Según el artículo 6 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la fiscalización previa de los actos de contenido económico: a) No es un requisito necesario para el otorgamiento de una subvención. b) Es un requisito para obtener la condición de entidad colaboradora. c) Es un requisito para obtener la condición de beneficiario. d) Es un requisito necesario para el otorgamiento de una subvención. 12. Según el artículo 7 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, requerirá autorización del Consejo de la Xunta la concesión de subvenciones que superen la cuantía de: a) 3.000.000 de euros por beneficiario. b) 2.000.000 de euros por beneficiario. c) 1.000.000 de euros por beneficiario. d) 4.000.000 de euros por beneficiario. 13. Según el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, es una obligación que deben de cumplir los beneficiarios de las subvenciones: a) Entregar a los beneficiarios los fondos recibidos de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras de la subvención y en el convenio celebrado con la entidad concedente. b) Comprobar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para su otorgamiento, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. c) Justificar la entrega de los fondos percibidos ante el órgano concedente de la subvención y, en su caso, entregar la justificación presentada por los beneficiarios. d) Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. 14.- El artículo 23 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece que el vencimiento del plazo máximo sin que sea notificada la resolución legitima a los interesados para entender la solicitud de concesión de la subvención: a) Desestimada por silencio administrativo. b) Estimada por silencio administrativo. c) Prescrita. d) Caducada. 15.- De conformidad con el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, serán gastos subvencionables: a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. b) Los gastos de procedimientos judiciales. c) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. d) Los gastos de asesoría jurídica o financiera si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma, y siempre que así se prevea en las bases reguladoras. 16.- Según el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el supuesto de adquisición de bienes inventariables, el período durante el cual la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para el cual se concedió la subvención NO podrá ser inferior a: a) 5 años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a 2 años para el resto de los bienes. b) 10 años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a 4 años para el resto de los bienes. c) 15 años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a 6 años para el resto de los bienes. d) 20 años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a 8 años para el resto de los bienes. 17. Según el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuándo no será necesaria la publicación de las subvenciones concedidas: a) Cuando las subvenciones públicas tengan asignación no nominativa en los presupuestos. b) Cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 20.000 euros. c) Cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 100.000 euros. d) Cuando las subvenciones públicas tengan asignación nominativa en los presupuestos. 18. Atendiendo a lo que dispone la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en su artículo 20, que regula el contenido mínimo de las convocatorias de subvenciones, cuál de los siguientes elementos no forma parte del contenido mínimo que debe de incluir una convocatoria de subvenciones: a) El objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención. b) Los criterios de valoración de las solicitudes. c) La identidad de los adjudicatarios de convocatorias anteriores. d) Plazo de justificación de la subvención. 19. De acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en las subvenciones de capital, en su cómputo individual, destinadas a inversiones en activos tangibles será requisito imprescindible la comprobación material de la inversión por el órgano concedente cuando su importe sea: a) Superior a 30.000 euros. b) Superior a 50.000 euros. c) Superior a 60.000 euros. d) Superior a 100.000 euros. 20. En relación con el ámbito de aplicación de las subvenciones públicas, se considera subvención toda disposición dineraria realizada por la Administración cuando: a) Exista una contraprestación directa por parte del beneficiario. b) Su otorgamiento responda a un criterio discrecional sin finalidad pública. c) Se entregue sin contraprestación directa y esté vinculada al cumplimiento de un objetivo de interés público. d) El beneficiario sea exclusivamente una administración pública territorial. 21. Tendrán la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que: a) Haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. b) Sean exclusivamente personas jurídicas con domicilio social en Galicia. c) Desarrollen obligatoriamente actividades económicas con ánimo de lucro. d) Presenten garantías económicas con carácter previo a la solicitud de la subvención en todo caso. 22. En el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la selección de las solicitudes se realizará: a) Según el orden cronológico de entrada de las solicitudes completas. b) Por asignación directa del órgano concedente sin necesidad de valoración previa. c) Atendiendo únicamente a la disponibilidad presupuestaria existente. d) Mediante comparación de las solicitudes presentadas conforme a los criterios fijados en las bases reguladoras. 23.- Conforme al artículo 23 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuál de las siguientes afirmaciones es correcta: a) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los seis meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mínimo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. b) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los nueve meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mínimo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. c) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los doce meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. d) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los nueve meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. 24.- Conforme al artículo 28 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ¿cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta?: a) El rendimiento de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario o de la entidad colaboradora, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. La forma de la cuenta justificativa y el plazo de rendimiento de la misma vendrán determinados por las correspondientes bases reguladoras de las subvenciones públicas. b) Cuando el beneficiario esté sujeto al régimen de contabilidad empresarial, la presentación de las cuentas del ejercicio donde se reflejen las operaciones relacionadas con la subvención concedida, elaboradas según normas de contabilidad recogidas en las disposiciones aplicables, constituirán un medio de justificación. c) Cuando las actividades hubieran sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, no deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. d) Las subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor no requerirán otra justificación que la acreditación por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación previamente a la concesión, sin perjuicio de los controles que hubieran podido establecerse para verificar su existencia. 25.- Señale la respuesta incorrecta. Según el artículo 5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los siguientes principios: a) Publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad. b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante. c) Eficiencia en la planificación y utilización de los recursos públicos. d) Todas las respuestas anteriores son ciertas. 26.- Según el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, señala en que supuestos será necesaria la publicación de las subvenciones: a) Cuando las subvenciones públicas tengan una asignación nominativa en los presupuestos. b) Cuando su otorgamiento y cuantía, a favor de un beneficiario concreto, resulten impuestos en virtud de norma de rango legal. c) Cuando los importes de las subvenciones concedidas individualmente consideradas sean de cuantía superior a 3.000 euros. d) Ninguna de las respuestas anteriores es cierta, ya que en todos los casos mencionados anteriormente es necesaria su publicación. 27.- Conforme al artículo 42 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia: a) La competencia para ejercer el control financiero de las subvenciones corresponde al Tribunal de Cuentas y al Consello de Contas de Galicia, con la colaboración de la Intervención General de la Comunidad Autónoma. b) Para la realización del control financiero, la Intervención General de la Comunidad Autónoma no podrá demandar la colaboración de empresas privadas de auditoría porque le corresponde, en todo caso, la realización de aquellas actuaciones que supongan el ejercicio de potestades administrativas. c) La competencia para ejercer el control financiero de subvenciones corresponde a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las funciones que la Constitución española y las leyes otorgan al Tribunal de Cuentas y al Consello de Contas de Galicia. d) La competencia para ejercer el control financiero de las subvenciones corresponde a la Asesoría Jurídica de la Xunta con la colaboración de la Intervención General de la Comunidad Autónoma. 28.- Conforme al artículo 55 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, constituyen infracciones graves las siguientes conductas: a) El incumplimiento de las condiciones establecidas alterando sustancialmente los fines para los que la subvención fue concedida. b) La no aplicación, en todo o en parte, de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue concedida. c) La presentación de cuentas justificativas inexactas o incompletas. d) La resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de control financiero. 29.- Conforme al artículo 12 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, son obligaciones de las entidades colaboradoras: a) Acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tienen pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. b) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos establecidos por la legislación aplicable. c) Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de los fondos pueda efectuar el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto estatales como comunitarios. d) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. 30.- Conforme al artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?: a) Los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, órganos o instituciones de control, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención. b) Los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa al que se imputen, órganos o instituciones de control, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención. c) Los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el crédito presupuestario al que se imputen, actuaciones objeto de la subvención, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención. d) Los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención. 31.- Señale la respuesta incorrecta en relación con la iniciación del procedimiento del artículo 20 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia: a) Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días. b) La presentación de la solicitud de concesión de subvención por el interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consejería competente en materia de economía y hacienda de la Xunta de Galicia, cuando así se prevea en las bases reguladoras. c) La normativa reguladora de la subvención podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a diez días. d) La iniciación de oficio se realizará siempre mediante convocatoria aprobada por el órgano competente. 32.- Según el artículo 25.1 Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia se podrá instar la reformulación de la solicitud de la subvención: a) Del beneficiario, para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, si así se prevé en las bases reguladoras, cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada. b) Por el solicitante, para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, si así se prevé en la normativa reguladora, cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución definitiva sea inferior al que figura en la solicitud presentada. c) Del solicitante, para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, si así se prevé en las bases reguladoras, cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución definitiva sea inferior al que figura en la solicitud presentada. d) Por el beneficiario, para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable, si así se prevé en la normativa reguladora, cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea superior al que figura en la solicitud presentada. 33.- Conforme al artículo 23 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, cuál de las siguientes afirmaciones es correcta: a) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los seis meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mínimo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. b) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los nueve meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mínimo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. c) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los doce meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. d) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá sobrepasar los nueve meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. 34.- Segundo el artículo 23 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones: a) No podrá exceder de nueve meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. b) No podrá exceder de once meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. c) No podrá exceder de trece meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. d) No podrá exceder de quince meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto en la normativa de la Unión Europea. 35.- Atendiendo al artículo 29.7 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, podrán ser gastos subvencionables, excepcionalmente: a) Los gastos de procedimientos judiciales. b) Los gastos de garantía bancaria. c) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. d) Los intereses, los recargos y las sanciones administrativas y penales. 36.- De conformidad con el artículo 29.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el supuesto de que la subvención se dedique a la adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables: a) El período durante el cual la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para lo cual se concedió la subvención se fijará en las bases reguladoras. b) El período durante el cual la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para lo cual se concedió la subvención no podrá ser inferior a diez años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni a cinco años para el resto de bienes. c) El período durante el cual la persona beneficiaria deberá destinar los bienes al fin concreto para lo cual se concedió la subvención no podrá ser inferior a cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público, ni la dos años para el resto de bienes. d) Las respuestas a) y c) son verdaderas. 37.- Segundo el artículo 55 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, constituyen infracciones graves las siguientes conductas: a) La resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de control financiero. b) La llevanza de contabilidades diversas que, referidas a una misma actividad y ejercicio económico, no permitan conocer la verdadera situación de la entidad. c) La inexactitud u omisión de una o varias operaciones en la contabilidad y en los registros legalmente exigidos. d) La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos una vez transcurrido el plazo establecido para su presentación. 38.- A tenor del artículo 8 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia, tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona que deba realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad: a) Deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación. b) No podrá disolverse la agrupación hasta que transcurra el plazo de un año, al contar desde la fecha en que se produzca el pago de la subvención. c) Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar estas subvenciones. d) No podrán acceder a la condición de beneficiario. 39. De conformidad con el artículo 55 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, no tiene carácter de infracción grave: a) El incumplimiento de las condiciones establecidas que alteren sustancialmente los fines para los que la subvención fue concedida. b) La presentación fuera de plazo de las cuentas justificativas de la aplicación dada a los fondos percibidos. c) La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos una vez transcurrido el plazo establecido para su presentación. d) La obtención de la condición de entidad colaboradora falseando los requisitos requeridos en las bases reguladoras de la subvención u ocultando los que la impidieran. 40.- Segundo el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, será requisito imprescindible la comprobación material de la inversión por el órgano concedente, y quedará constancia en el expediente mediante acta de conformidad firmada, tanto por el representante de la administración como por el beneficiario: a) En las subvenciones corrientes superiores a 60.000 euros, en su cómputo individual destinadas a inversiones en activos tangibles. b) En las subvenciones corrientes superiores a 50.000 euros, en su cómputo individual destinadas a inversiones en activos tangibles. c) En las subvenciones de capital superiores a 50.000 euros, en su cómputo individual destinadas a inversiones en activos tangibles. d) En las subvenciones de capital superiores a 40.000 euros, en su cómputo individual destinadas a inversiones en activos tangibles. 41.- Sobre la iniciación de los procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva, en los términos del artículo 20.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia la normativa reguladora de la subvención podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior la: a) Diez días. b) Quince días. c) Veinte días. d) Treinta días. 42.- Según el artículo 16 de la ley 9/2007, del 13 de enero, de subvenciones de Galicia en los artículos 44 e 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2006 se creó: a) El Registro de ayudas, subvenciones y Convenios. b) El Registro de ayudas, subvenciones y Convenios, y el de Sanciones. c) El Registro de subvenciones. d) El Registro de ayudas, subvenciones. 43.- Según el artículo 20 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en los procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la presentación de la solicitud de concesión de subvención por el interesado: a) Conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones que deban emitirla Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consejería competente en materia de economía y hacienda de la Xunta de Galicia, cuando no hayan transcurrido más de dos años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. b) Se acompañará de una declaración responsable en sustitución de las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consejería competente en materia de economía y hacienda de la Xunta de Galicia. c) Se acompañará de las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consejería competente en materia de economía y hacienda de la Xunta de Galicia. d) Conllevará la autorización al órgano gestor para recabar las certificaciones que deban emitirla Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consejería competente en materia de economía y hacienda de la Xunta de Galicia, cuando así se prevea en las bases reguladoras. 44.- Según el artículo 21 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde: a) Al órgano que se indique en la convocatoria. b) Al órgano competente para aprobar la convocatoria. c) Al órgano competente para resolver la convocatoria. d) Al órgano competente para comprobar la adecuada justificación de la subvención, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. 45.- Según el artículo 32 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, son causas de nulidad de la resolución de concesión: a) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se consiguen los objetivos, se realiza la actividad, se ejecuta el proyecto o se adopta el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. b) La carencia o insuficiencia de crédito, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia. c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículos 11 y 12 de la presente ley, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, estatales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 3 del artículo 15 de la presente ley. 46.- Según el artículo 49 de la ley 9/2007, del 13 de enero, de subvenciones de Galicia, cuando en el informe emitido por la Intervención General de la Comunidad Autónoma se recoja la procedencia de reintegrar la totalidad o parte de la subvención, el órgano gestor deberá comunicar a la Intervención General de la Comunidad Autónoma en el plazo de: a) Dos meses a partir de la recepción del informe de control financiero la incoación del expediente de reintegro o la discrepancia con su incoación. b) Quince días a partir de la recepción del informe de control financiero la incoación del expediente de reintegro o la discrepancia con su incoación. c) Un mes a partir de la recepción del informe de control financiero la incoación del expediente de reintegro o la discrepancia con su incoación. d) No es necesaria comunicación a la Intervención General. 47.- Según el artículo 52 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las acciones u omisiones tipificadas en la presente ley no darán lugar a responsabilidad por infracción administrativa en materia de subvenciones en los siguientes supuestos: a) Cuando se realicen por las entidades colaboradoras. b) Cuando se realicen por las personas o entidades relacionadas con el objeto de la subvención o su justificación obligadas a prestar colaboración y a facilitar cuanta documentación sea requerida en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la presente ley. c) Cuando se deriven de una decisión colectiva, para quienes hubieran salvado su voto o no hubieran asistido a la reunión en la que se tomó aquélla. d) Cuando se realicen por el representante legal de los beneficiarios de subvenciones que carezcan de capacidad de obrar. 48.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la ley 9/2007, del 13 de enero, de subvenciones de Galicia, la comisión repetida de infracciones en materia de subvenciones se entiende producida cuando el infractor fuera sancionado por una infracción de la misma naturaleza, grave o muy grave, en virtud de resolución firme dentro de los cuatro años anteriores a la comisión de la infracción. Cuando concurra esta circunstancia en la comisión de una infracción grave o muy grave, el porcentaje de la sanción mínima se incrementará: a) En 10 puntos porcentuales por cada infracción anteriormente sancionada, hasta un máximo de 75. b) En 10 puntos porcentuales por cada infracción anteriormente sancionada, hasta un máximo de 70. c) En 10 puntos porcentuales por cada infracción anteriormente sancionada, hasta un máximo de 50. d) En 20 puntos porcentuales por cada infracción anteriormente sancionada, hasta un máximo de 60. 49.- Conforme al artículo 23 de la Ley 9/2007 de 13 de enero, de subvenciones de Galicia, el plazo máximo para resolver y notificar la concesión de subvenciones non podrá sobrepasar, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo máximo o así venga previsto por la normativa de la Unión Europea, de: a) Nueve meses. b) Tres meses. c) Cuatro meses. d) Seis meses. 50.- Las bases de la subvención deberán tener el siguiente contenido de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia: a) Indicación de órganos competentes para la instrucción y resolución. b) Indicación de los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención. c) Medio de notificación o publicación. d) Todas las alternativas son ciertas. 51. Las SANCIONES PECUNIARIAS podrán consistir en multa fija o proporcional. a) La multa fija estará comprendida entre 75 y 6.000 euros. b) La multa proporcional puede ir del tanto al triple de la cantidad indebidamente obtenida. c) a y b no son correcta. d) a y b son correctas. 52. Las SANCIONES NO PECUNIARIAS, que se podrán imponer en caso de infracciones graves o muy graves, podrán consistir en: a) La pérdida durante un plazo de hasta cinco años de la posibilidad de obtener subvenciones, ayudas públicas y avales de las administraciones públicas u otros entes públicos. b) La pérdida durante un plazo de hasta cinco años de la posibilidad de actuar como entidad colaboradora en relación con las subvenciones reguladas en la presente ley. c) La prohibición durante un plazo de hasta cinco años para contratar con las administraciones públicas. d) Todas son correctas. 53. La Prescripción de infracciones y sanciones prescribirán: a) Las infracciones prescribirán en el plazo de cuatro años a contar desde el día en el que la infracción se hubiera cometido. b) Las sanciones prescribirán en el plazo de cuatro años a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera adquirido firmeza la resolución por la que se impuso la sanción. b) Las sanciones prescribirán en el plazo de cinco años a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera adquirido firmeza la resolución por la que se impuso la sanción. c) La a y b son correctas. 54. Cuando la sanción consista en la pérdida de obtener subvenciones, ayudas públicas y avales de la Comunidad Autónoma, o en la prohibición para celebrar contratos con la Comunidad Autónoma la competencia corresponderá: a) Al órgano concedente de la subvención. b) A la Xunta. c) Al Consejo de la Xunta. d) Todas son falsas. 55. Una infracción leve por la inexactitud u omisión de una o varias operaciones en la contabilidad, será sancionada: a) 100 a 3.000 euros. b) 150 a 3.000 euros. c) 100 a 6.000 euros. d) 150 a 6.000 euros. 56. Las sanciones por infracciones graves la multa pecuniaria será: a) El DOBLE, cuando represente + 50% subvención concedida y no exceda de 30.000 € y pérdida de hasta 3 años... b) El DOBLE, cuando represente + 50% subvención concedida y exceda de 30.000 € y pérdida de hasta 3 años... c) El DOBLE al TRIPLE, exceda de 30.000 € y pérdida de hasta 5 años... d) El DOBLE al TRIPLE, y no exceda de 30.000 € y pérdida de hasta 5 años... |




