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Subversion

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Título del Test:
Subversion

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Fecha de Creación: 2014/08/02

Categoría: Otros

Número Preguntas: 59

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Régimen Jurídico de las Subvenciones - Relaciona: - Decreto Legislativo 1/2010, 2 marzo, por el que se aprueba. - Ley 38/2003, 17 noviembre. - Decreto 282/2010, 4 mayo. - Bases Reguladoras. - Ley de Presupuestos de c/año.

Concepto de Subvención, según: - LGS. - RPCS.

No tienen carácter de Subvenciones los siguientes supuestos: Transferencias de financiación: aportaciones de dinero entre distintas APs. Aportaciones a EELL (Ayuntamientos). Seguridad Social, Clases pasivas, no residentes, prestaciones x enfermedad, pensiones. FOGASA. Crédito Oficial COI. Los premios que se otorguen sin la previa solicitud del beneficiario. Todos están excluídos, no tienen carácter de Subvenciones.

Clasificación de las Subvenciones: - Por su aplicación. - Por su forma de justificación. - Por el procedimiento de concesión.

El Decreto 282/2010 RPCS, clasifica las Subvenciones en Regladas y de Concesión directa: - Regladas. - Concesión Directa.

El Decreto 282/2010 RPCS, clasifica las Subvenciones en Regladas y de Concesión directa, relaciona conceptos: - Procedimiento de concesión es iniciado de oficio. - Procedimiento de concesión es iniciado a solicitud de persona int. - Objeto, dotación p. y persona beneficiaria aparecen expresa> en Leyes de Pto de CAA. - Otorgamiento y cuantía viene impuesto en norma rango Ley. - Razones de i.p., social, econ, o humanitario u otras justificadas que dificulten su convocatoria pb.

El Decreto 282/2010 RPCS, clasifica las Subvenciones en Regladas y de Concesión directa, relaciona conceptos en cuanto a las "Regladas": - Comparación de solicitudes presentadas en único procedimto, estableciendo prelación con criterios valoración en BR, y adjudicar con el límite de Cdto fijado en convocatoria. Habrán de tramitarse, valorarse y resolverse de forma conjunta. - Existencia de una determinada situación en la persona beneficiaria, sin comparar solicitudes, ni prelación. Habrán de tramitarse y resolverse de forma independiente.

El Decreto 282/2010 RPCS, clasifica las Subvenciones en Regladas y de Concesión directa, relaciona conceptos en cuanto a las "Regladas": - Comparación de solicitudes y prelación con criterios valoración. - Existencia de una determinada situación en la persona beneficiaria, sin comparar solicitudes, ni prelación. - Habrán de tramitarse, valorarse y resolverse de forma conjunta. - Habrán de tramitarse y resolverse de forma independiente. - Iniciado de oficio. - Iniciado a solicitud de persona. - Hay un único procedimiento y resolución conjunta. - Hay tantos procedimientos como solicitudes y resolución independiente.

¿Qué normativa no establece como régimen de concesión de Subvenciones el de "concurrencia no competitiva"?. TRLGHP - D.Leg. 1/2010. LGS - Ley 38/2003. RPCS - Decreto 282/2010.

¿Qué normativa habla de "prorrateo entre los beneficiarios de la Subvención"?. TRLGHP - D.Leg. 1/2010. LGS - Ley 38/2003. RPCS - Decreto 282/2010.

¿Qué normativa clasifica a las "Subvenciones en Regladas" y de "Concesión Directa"?. TRLGHP - D.Leg. 1/2010. LGS - Ley 38/2003. RPCS - Decreto 282/2010.

¿Qué normativa clasifica a las Subvenciones en "Concurrencia Competitiva", "Concurrencia no competitiva" y "Forma Directa"?. TRLGHP - D.Leg. 1/2010. LGS - Ley 38/2003. RPCS - Decreto 282/2010.

El Decreto 282/2010 RPCS, clasifica las Subvenciones en "Regladas" y de "Concesión directa", relaciona: - Regladas. - Concesión directa.

De los siguiente órganos, ¿cuáles son competentes para conceder Subvenciones y cuáles para aprobar las BR de concesión de Subvs?. Conceder Subvenciones. Aprobar las BR de Subvención.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003 LGS, las Subvenciones se otorgarán con arreglo a los siguientes principios.... pero uno de ellos NO ¿Cuál es?. Publicidad. Transparencia. Concurrencia. Objetividad. Igualdad. No discriminación. Eficacia. Eficiencia. Subjetividad.

Será necesario el Acuerdo del Consejo de Gobierno para autorizar la concesión de Subvenciones cuando el gasto a aprobar sea: superior a 3.005.060,52 €. inferior a 3.005.060,52 €. superior o igual a 3.005.060,52 €. inferior o igual a 3.005.060,52 €.

La "Bases de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la CAA" es un dispositivo centralizado de seguimiento y control de las ayudas. La información contenida en la misma será utilizada exclusiva> por: - IGJA. - Órganos concedentes. - IGAE.

La "Bases de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la CAA" es un dispositivo centralizado de seguimiento y control de las ayudas. Relaciona: - IGJA. - Órganos concedentes. - IGAE. - Titulares de la Consejería. - Pte o Dtor de Agencias. - Órganos de Gobierno de EEPP. - Otros órganos con comp. para conceder Subv y A. (resolver).

La "Bases de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la CAA" es un dispositivo centralizado de seguimiento y control de las ayudas... - Se adscribe a la IGJA. - Se incorpora al GIRO. - Será instalada en soporte informático. - Todo es cierto. - Cuenta con medidas de seguridad de nivel básico y medio.

La "Bases de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la CAA" es un dispositivo centralizado de seguimiento y control de las ayudas, y cuenta con medidas de seguridad de tipo: - Nivel Básico. - Nivel Medio.

Artículo 121 Modificación de las resoluciones de concesión Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y ..........................................., podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. Esta circunstancia se deberá hacer constar en las correspondientes normas reguladoras de la concesión de subvenciones. en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. la obtención de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales. en todo caso, la obtención de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos, nacionales.

Artículo 122 Coste de la actividad subvencionada El importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona o entidad beneficiaria. - en ningún caso. - salvo que, por razones debidamente motivadas, se disponga lo contrario en las bases reguladoras de la subvención. - siempre que el gasto a aprobar sea superiora 3.005.060,52 €.

La normativa reguladora de la subvención: - podrá exigir un importe de financiación propia para cubrir la actividad subvencionada. - determinará el régimen de compatibilidad o incompatibilidad para la percepción de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad. - podrá exceptuar la prohibición de "Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y que se hallan al corriente en el pago, en período ejecutivo, de cualquier otro ingreso de Derecho Público respecto de la CAA". - Todo lo anterior es cierto.

¿En qué momento del procedimiento de concesión de Subv es una "obligación" o una "opción" acreditar que el beneficiario se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y que se hallan al corriente en el pago, en período ejecutivo, de cualquier otro ingreso de Derecho Público respecto de la CAAAdministrativo Común?. - con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de Subv. - antes de proponerse el pago y de manera justificada.

¿Ante quién está obligado (el beneficiario de una Subv) a justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención?. ante el órgano concedente. ante la entidad colaboradora. ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso.

¿Una persona jurídica "privada" puede ser Entidad Colaboradora en la entrega y distribución de fondos públicos a las personas o entidades beneficiarias de Subvs?. No. Sí, cuando reúna las condiciones de solvencia y eficacia que se establezcan. Sí, cuando previamente acredite que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

El órgano administrativo concedente y la Entidad Colaboradora deberán formalizar su relación mediante: Convenio de colaboración. Orden de la persona titular de la correspondiente Consejería. Decreto del Consejo de Gobierno, en su caso.

Las Bases Reguladoras de Subvs sólo serán aprobadas por: a) Convenio de colaboración. b) Orden de la persona titular de la correspondiente Consejería. d) Decreto del Consejo de Gobierno, en su caso. c) Acuerdo del Presidente o Director de la Agencia. Todas son correctas. b), c) y d) son correctas. b) y d) son correctas.

Las BR de concesión de Subvs se publicarán en: BOJA. BOE. BOE y BOJA.

Efectos del silencio en procedimientos de concesión de Subvs iniciados: - de oficio. - de parte, solicitud de interesado.

¿Verdadero o falso?. - La resolución de la concesión son las BR en Subvenciones de concesión directa. - Las Subvenciones de concesión directa excepcionales, no tienen BR.

¿Cómo se llaman las Bases de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la JA y del Estado?. - Bases de Datos de Subvenciones y Ayudas Públicas de la JA. - Base de Datos Nacional de perceptores de Subvenciones y Ayudas Públicas.

El Consejo de Gobierno aprueba el gasto ... No confundir: - En Presupuesto. - En Subvenciones.

La "instrucción" del procedimiento de concesión de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva corresponde: - al órgano convocante. - al órgano que se designe en la convocatoria. - al órgano concedente.

Con respecto a las Subvenciones, podrán realizarse: - Pagos a cuenta. - Pagos anticipados.

Ordena en el tiempo: ¿Qué se hará en primer lugar?. - Aprobar el Gasto. - Convocatoria de la Subvención o Concesión directa de la Subv.

La resolución de concesión de Subvenciones: Será posterior al compromiso del Gasto correspondiente. Será previo al compromiso del Gasto correspondiente. Lleva consigo el compromiso del Gasto correspondiente.

Las Consejerías y Agencias conceden Subvenciones. ¿Qué deberán y qué no deberán publicar en el BOJA?. - Las BR de concesión de Subvs serán aprobadas por Orden de Consejero o Decreto C.Gob. - Las Subvs concedidas regladas (c.c. y c no c) >= 3.000 € ó de concesión Directa excepcional. - Subvs Públicas que tengan asignación nominativa en Ptos de Admón, Agencias. - Subvs cuyo otorgamiento y cuantía vienen impuestos en virtud norma rango legal. - Subvs de importe individual> consideradas, sean < 3.000 €. - Cdo la publicación de los datos del beneficiario sea contraria al respeto y salvaguarda, honor, intimidad p. y familiar.. y en BR.

Relaciona en cuanto al INICIO y otras características especiales de los procedimientos de concesión: - De oficio, con convocatoria aprobada x Orden o Decreto que aprueba las BR o acto independte publicado en BOJA. - Iniciado a solicitud persona inter. - Inicio de oficio x órg gestor del Cdto presup. al que se imputa la Subv. También podrá iniciarse a solicitud de persona inter, cdo así lo establezcan las normas Subv. - Para que sea exigible el pago de este tipo de Subvs, será necesaria la existencia de crédito adecuado y suficiente. - Se motivarán las razones de interés púb, social, ecón, humanitario u otras debida> justif que dificulten su convocatoria. - Se motivará x la inexistencia de BR a las que puedan acogerse (son las que no tienen BR). - No será necesaria la publicidad de Subvs concedidas.

¿Se publica o se notifica?. - en procedimientos de concurrencia competitiva. - en procedimientos de concurrencia no competitiva.

En procedimientos de concurrencia competitiva, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas: se notificarán personalmente. se publicarán, y en particular los requerimientos de subsanación, trámite de audiencia y resolución del procedimiento. se publicarán en el tablón de anuncios o medios de comunicación señalados en BR, sin que pueda sustituirse la notificación personal.

PLAZOS en Subvenciones: - Plazo informe IGJA desde entrada de la solicitud. - Plazo (BR) informe del Consejo Andaluz de Concertación Local. - DG Tesorería y DP... su informe es vinculante !!!!. - Subsanación de solicitudes (ampliable a 5 días más). - Propuesta de resolución provisional en c.c.(para audiencia, reformulación y aceptación). - Plazo de aceptación expresa en proced. concurrencia no comptva. - Plazo máx para resolver y notificar las Subvs Regladas. - Plazo máx para adoptar y notificar las Subvs de concesión Directa. - Plazo de publicación de Subvs concedidas x Consejs y Agencias.

¿Qué informe no es necesario solicitar en los proyectos de norma reguladora (BR)?. Informe de DG de Tesorería y DP ..... si pagos en fecha determinada. Informe de DG Fondos Europeos ..... si Fondos provienen de la UE. Informe de IGJA. Informe de SGT correspondiente. Informe de DG Prodedimientos, organización, tramitación @. Informe de Gabinete Jurídico. Informe del Consejo Andaluz de Concertación Local ..... si Plan Coop. Municipal. Decisión Comisión Europea ..... si Normativa Comunitaria. Informe del Consejo Consultivo de Andalucía.

La regla general de los INFORMES es que son "facultativos, no vinculantes". En los proyectos de norma reguladora (BR) son preceptivos (obligatorios) una serie de informes, pero de todos ellos, sólo uno es VINCULANTE: Informe de DG de Tesorería y DP ..... si pagos en fecha determinada. Informe de DG Fondos Europeos ..... si Fondos provienen de la UE. Informe de IGJA. Informe de SGT correspondiente. Informe de DG Prodedimientos, organización, tramitación @. Informe de Gabinete Jurídico. Informe del Consejo Andaluz de Concertación Local ..... si Plan Coop. Municipal. Decisión Comisión Europea ..... si Normativa Comunitaria.

El plazo para resolver y notificar se computará a partir : - De el día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. - Desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órg competente para su tramitación.

El plazo máximo para resolver y notificar no podrá ser > 6 meses: a) en ningún caso. b) salvo norma con rango de Ley. c) salvo norma Unión Europea. b) y c) son correctas.

¿En qué tipo de procedimiento hay 2 tipos de propuestas de resolución: "propuestas de resolución provisional y propuestas de resolución definitiva"?. - concurrencia competitiva (procedimiento Ordinario). - concurrencia no competitiva. - concesión directa.

En el procedimiento Ordinario de concurrencia competitiva, ¿en qué tipo propuesta de resolución se establece un plazo de 10 días para audiencia, reformulación y aceptación?. propuestas de resolución provisional. propuestas de resolución definitiva.

PLAZOS en Subvenciones: - El Dcho de la Admón a reconocer o liquidar el reintegro de Subvenciones prescribirá a los. - Plazo máx pa resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de ... desde fecha de acuerdo de iniciación. - B.inventariables inscribibles en Registro P. no inferior a. - B.inventariables, resto ..... no inferior a. - A falta de previsión en BR, la presentación de doc. justificativos se realizará como máx en plazo ... desde fin plazo pa realizar activid. - Plazo máximo pa adoptar y notificar, en Concesión Directa. - Informe de la IGJA. - Informe "vinculante" de la DG Tesorería (pago fecha determin). - Plazo máximo pa resolver y notificar resolución del procedto concesión no podrá exceder de ... salvo norma rango Ley o UE.

La subcontratación de las actividades subvencionadas estará sometida al cumplimiento de unos requisitos: "contrato por escrito" y "autorización previa por la entidad concedente", cuando la actividad concertada con terceros: exceda del 20% importe de la Subv y sea > 60.000 €. exceda del 50% importe de la Subv y sea > 12.000.000 €. exceda del 30% importe de la Subv y sea > 6.050 €. exceda del 30% importe de la Subv y sea >= 60.000 €.

¿Qué se entiende por subcontratación en materia de Subvenciones?. Cuando un beneficiario concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad subvencionada. Cuando un beneficiario contrata aquellos gastos en que tenga que incurrir para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. Cuando un beneficiario contrata con terceros la ejecución total de la actividad subvencionada.

La subcontrata = actividad concertada con terceros. Pero sólo se puede hacer cuando la BR lo prevea, que fijará un porcentaje. Si no lo fija, podrá subcontratar hasta un % que no exceda del ............ de la actividad subvencionada. 50%. 20%. 30%. 40%. 75%.

¿Cuándo te dan el 100% de una Subv y cuándo no te lo dan?. - No el 100% (no + del 75%). - Te dan el 100%.

¿Son o no son Gastos subvencionables?. - Gastos procedimtos judiciales. - Intereses, recargos, sanciones advas y penales. - Intereses deudores de ctas ban. - Impuestos indirectos suceptibles de recuperación o compensación. - Impuesto personal s/ Renta. - Gastos fros, de asesoría jdca o fra, notariales, registrales, periciales, directa> relacionados o indispensables. - Gastos de adquisición, construc rehabilitación y mejora de Bienes inventariables (B.inmuebles + B.muebles de + 300,50 €). - Obra, Suministro B.equipo o Prestación servicio por empresas de consultoría o asistencia técnic. - Tributos, cuando el beneficiario los abona efectivamente.

Respecto a la subcontratación de actividades subvencionadas, los contratistas quedarán obligados: - sólo ante el beneficiario. - ante la Administración Pública. - ante la Aseguradora.

La carencia o insuficiencia de crédito ¿es causa de nulidad o anulabilidad de la resolución de concesión de una Subvención?. Nulidad. Anulabilidad. Nulidad y Anulabilidad. Nulidad y también las causas de nulidad establecidas en el artc. 62.1 de la Ley 30/92.

Según la LGS ¿Qué tipo de causa llevará consigo la obligación de devolver las cantidades?. Nulidad. Anulabilidad. Nulidad y Anulabilidad.

Las Subvs a las Corporaciones Locales se justificarán mediante: - Certificado a la Intervención Delegada en la Consejería que otorgó la Subv, acreditativo del empleo de las cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas. - Certificado a la Intervención de la Entidad correspondiente, acreditativo del empleo de las cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas. - Certificado a la IGJA, acreditativo del empleo de las cantidades a la finalidad para las que fueron concedidas.

Cantidades que hay que controlar en el tema de Subvenciones, RELACIONA: - igual o inferior a 6.050,00 €. - inferior a 3.000,00 €. - superior a 3.005.060,52 €.

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