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sujetos al derecho

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sujetos al derecho

Fecha de Creación: 2025/11/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 60

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El Derecho Civil se divide en: A.Derecho Civil de las personas naturales y jurídicas, derecho civil de las cosas, derecho civil de los bienes y del estado civil, derecho civil al nombre. B.Derecho civil de las personas, derecho civil de los contratos, derecho civil al patrimonio, derecho civil a la nacionalidad. C.Derecho Civil de las personas, derecho civil de los bienes, derecho civil de las obligaciones, derecho civil sucesorio. D.Derecho civil de las personas, derecho civil al patrimonio, derecho civil domiciliario, derecho civil a las sucesiones.

El Derecho Civil, lo compone: A.El Derecho Civil de los trabajadores, el Derecho Civil de los contratos. B.El Derecho Civil de las personas, el Derecho Civil de los bienes. C.El Derecho Civil de los convenios internacionales, el Derecho Civil de los asuntos mercantiles. D.El Derecho Civil de los tratados, el Derecho Civil de las sucesiones.

La facultad del Estado respecto a los deberes sociales de sus ciudadanos, son: A.Tener la autoridad de su cumplimiento solo en determinados actos sociales. B.Dar libertad a los ciudadanos para elegir su cumplimiento o no. C.Otorgarles libertad para su cumplimiento. D.Exigir a sus ciudadanos el cumplimiento de los deberes sociales.

El estado civil público, comprende: La nacionalidad, el patrimonio y los derechos de familia. Nombre, nacionalidad y domicilio. La libertad y la ciudadanía. El derecho de familia.

Los tipos de personas jurídicas de Derecho Privado, está tipificado en: La Ley Orgánica de Empresas Públicas. La Ley de Compañías. El Código Civil. La Constitución de la República.

La ley civil establece que la filiación en el caso de no tener vinculo matrimonial o de hecho: Se probará con la comparecencia de ambos padres. Se podrá solicitar ante la Dirección General de Registro Civil. Se procederá al tramite respectivo ante un juez de lo civil. Se obligará a su inscripción en un plazo de hasta 30 días.

Según el Código Civil, el matrimonio es: Unión estable de dos personas mayores de edad o de dos menores emancipados que, sin ningún impedimento para contraer matrimonio, pueden demostrar que han convivido como mínimo un período ininterrumpido variable o tienen hijos en común. Un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente. Unión estable de un hombre y una mujer que, sin ningún impedimento para contraer matrimonio, pueden demostrar que han convivido como mínimo un período ininterrumpido variable o tienen hijos en común. Un contrato solemne por el cual dos personas se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente.

El Código Civil en su Art 122, establece que las causas sobre la validez o nulidad del matrimonio: Se deberá establecer primero el cuidado o crianza de los hijos menores de edad. Se llevará a cabo toda vez que se haya designado la tutela de los hijos menores de edad. Se emitirá el fallo una vez que se resuelva la situación económica de los hijos menores de edad. Tendrán dos instancias.

Se conoce como parentesco civil, a la relación entre: El adoptante y el adoptado. Entre los familiares consanguíneos y el hijo adoptado de los cónyuges. La mujer y los familiares de su cónyuge. El hombre y los familiares de su cónyuge.

La Convención sobre los Derechos del Niño declara los derechos del niño tomando como base entre otros principios: Recreación, participación ciudadana, derecho a la vida. Desarrollo, supervivencia, no discriminación. El interés superior del niño, educación, salud. Derecho a la vida, discriminación, participación infantil.

Los servidores públicos relacionados con el registro de los hechos y actos relativos al estado civil de las personas son considerados: Secretarios administrativos. Fedatarios de los datos registrales. Notarios suplentes. Peritos judiciales.

El Estado está obligado a la protección contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual, como lo determina el: Art 28 numeral 6, del Código de la Niñez y Adolescencia. Art 47 numeral 5, de la Constitución de la República. Art 46, numeral 4, de la Constitución de la República. Art 27, numeral 2, del Código de la Niñez y Adolescencia.

Por su naturaleza, las garantías y derechos de los niños, niñas y adolescentes, son: Exclusivos del Derecho de Familia. Normas prioritarias en la Constitución de la República. De orden público. La base legal en que se fundamenta todo el sistema jurídico nacional.

La Convención sobre los Derechos del Niño, entró en vigor el: 2 de septiembre de 1990. 16 de mayo 1959. 10 de noviembre de 1948. 20 de noviembre de 1989.

Sustracción, traslado o retención de menores para el cometimiento de actos ilícitos. Trafico de niños. Maltrato infantil. Explotación sexual. Perdida de niños.

Estudia los principios que regulan las relaciones de los particulares entre si. Derecho Civil. Derecho Subjetivo. Derecho Constitucional. Derecho Social.

Los derechos constitucionales de la naturaleza son: El respeto, el mantenerla, el restaurarla. La productividad, la explotación técnica, la sostenibilidad. El respeto, la interculturalidad, la plurinacionalidad. La explotación técnica, el respeto, el desarrollo biológico natural.

La patria potestad, debe asumirse como: La obligación que determina la Constitución al Estado, la sociedad y la familia. Un principio constitucional de uno de los padres para con los hijos en cuanto a la obligación del derecho de alimentación, vivienda, nutrición. La responsabilidad parental en la crianza, cuidado y manutención de los menores. Un derecho del Estado para con el grupo vulnerable que son los niños.

La filiación es: El procedimiento establecido en la ley por el cual el Registro Civil concede la identificación a un recién nacido. Es el proceso de inscripción del recién nacido el cual se inicia con el certificado de nacido vivo. Es el tramite obligatorio que se debe realizar para la inscripción del recién nacido para que adquiera los derechos que la ley establece. El derecho que existe entre dos personas donde una es descendiente de al otra se apor un hecho natural o por acto jurídico.

La legislación nacional, establece a las niñas, niños y adolescentes el derecho a su identidad, nombre y ciudadanía. Constitución de la República, Art 45. Ley Orgánica de la Gestión de Identidad y Datos Civiles, Art 30. Código de la Niñez y Adolescencia, Art 52. Código de la Niñez y Adolescencia, Art 36.

La institución competente para emitir certificados que constituyen prueba plena del estado civil de las personas?. La Defensoría del Pueblo. El Consejo de la Judicatura. La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación. La Asamblea Nacional.

El Código Civil, establece como causal de divorcio: Por uno de los cónyuges estar ligado con vinculo matrimonial, no disuelto. El ser menor de 18 años. El estado habitual de falta de armonía de las dos voluntades en la vida matrimonial. Por estar ligados por vínculos de consanguinidad en línea recta.

"Alcoholismo y dependencia de substancias estupefacientes o psicotrópicas, que pongan en peligro el desarrollo integral del hijo o hija" es una causal para: Suspender la Patria Potestad. Privar la Patria Potestad. Suspender la tenencia del menor, al padre. Limitar la Patria Potestad.

Que es el Derecho de familia. Es aquella rama regula la actividad procesal en todas las materias, excepto la constitucional, electoral, de extinción de dominio y penal, con estricta observancia del debido proceso. Es aquella rama que comprende la estructura de la Función Judicial; las atribuciones y deberes de sus órganos jurisdiccionales, administrativos, auxiliares y autónomos, establecidos en la Constitución y la ley; la jurisdicción y competencia de las juezas y jueces, y las relaciones con las servidoras y servidores de la Función Judicial y otros sujetos que intervienen en la administración de justicia. Es aquella rama del Derecho que se encarga de normar las relaciones existentes entre aquellas personas que se encuentran unidas por medio de vínculos sanguíneos, de afinidad, afectivos o creados por ley.

Los administradores de justicia deben apegarse al derecho sin preferencia a alguna de las partes. Estas características se refiere a la figura legal, llamada: Principios de la Declaración de los Derechos del Niño. Tutela efectiva. Orden constitucional. Designación judicial de la patria potestad.

La normativa que establece que prevalecerá el interés superior del niño, se encuentra en: Art 55, Código de la Niñez y Adolescencia. Art 11, Constitución de la República. Art 20, Código Civil. Art 44, Constitución de la República.

La capacidad, en la evolución histórica de los derechos del niño, comenzó: Con el reconocimiento de los Estados Partes en 1990. Con la promulgación de la Convención de los Derechos del Niño en 1989. En 1990, cuando Ecuador se integró al Organismo Internacional sobre los Derechos del Niño. En el siglo XX, con la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.

Los servidores públicos relacionados con el registro de los hechos y actos relativos al estado civil de las personas son considerados: Notarios suplentes. Peritos judiciales. Fedatarios de los datos registrales. Secretarios administrativos.

El Estado generará las condiciones para la protección integral: Solamente de los niños, niñas y adolescentes, mujeres victimas de violencia, personas de la tercera edad y de las personas con discapacidad y aquellos que demuestren que requieren de protección. De los niñas, niños y adolescentes hasta la edad de18 años. De sus habitantes a lo largo de sus vidas. Solo de los grupos considerados vulnerables, por la Constitución de la República.

El principio jurídico que otorga a los ciudadanos, independiente de su estatus, el camino a los órganos de justicia de manera imparcial. Se encuentra en el: Art, 7, Código Civil. El Art 11 de la Constitución de la República. Art 75 de la Constitución de la República. Art. 4, Código Civil.

El Derecho Civil de las personas estudia: A las personas, su naturaleza y atributos. Solo el inicio y fin de las personas naturales y jurídicas. Las personas, sus bienes y patrimonio. La capacidad legal de las personas naturales y jurídicas con fines de lucro.

Considerada como una ineptitud para los actos jurídicos en que intervengan las personas. Incapacidad absoluta. Impúber. Incapacidad relativa. Restricción judicial.

Estudia los principios que regulan las relaciones de los particulares entre si. Derecho Civil. Derecho Social. Derecho Constitucional. Derecho Subjetivo.

El Código de la Niñez y Adolescencia, establece como edad limite para considerar a un niño o niña, adolescente, es de: 15 años. 18 años. 12 años. 14 años.

El estado civil es: La situación de las personas naturales determinadas por sus relaciones de familia. Uno de los requisitos que exige la ley a las personas jurídicas de Derecho Privado. Requisito obligatorio e impostergable que deben cumplir las personas naturales por una sola vez y a partir de los 18 años. Un atributo de la persona jurídica.

El estado de familia tendrá su origen en: La resolución de un juez de la familia con la presencia de dos testigos. Las conductas coercitivas establecidos en la norma. Las acciones administrativas llevadas a cabo por los individuos. Un hecho jurídico o por los actos de voluntad.

Los derechos de alimentos pueden ser reclamados hasta: Hasta los 21 años de edad así no se encuentren estudiando. Hasta los 21 años de edad siempre que después de los 18 continúen con sus estudios. Los 18 años de edad. Hasta los 15 años de edad ya que de acuerdo a la ley se les permite trabajar.

Línea colateral de afinidad en segundo grado es la relación entre: Cuñados. La suegra y el yerno. Uno de los cónyuge y el sobrino del otro cónyuge. La abuelita y la esposa del nieto.

La sociedad de bienes: Es resultado del matrimonio. Es resultado de la unión de hecho. Es el resultado de la unión conyugal o unión de hecho. Son todos los bienes que obtengan a titulo oneroso los cónyuges en el caso de matrimonio.

En todo divorcio, él cónyuge que no posea recursos mínimo para su subsistencia, tiene derecho a: La quinta parte de los bienes del otro. La mitad de los bienes personales del otro cónyuge. La quinta parte del salario del otro cónyuge. La quinta parte de los bienes de la sociedad conyugal.

Los administradores de justicia deben apegarse al derecho sin preferencia a alguna de las partes. Estas características se refiere a la figura legal, llamada: Designación judicial de la patria potestad. Tutela efectiva. Principios de la Declaración de los Derechos del Niño. Orden constitucional.

La legislación nacional, establece como derechos relacionados con el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, los siguientes: Información, identidad cultural, descanso. Derecho al desarrollo integral, educación, libertad personal. Derecho a la seguridad social, a la vida, integridad personal. Derecho a lactancia materna, derecho a la salud, derecho atención al embarazo y parto.

Cargos impuestos a ciertas personas que no pueden gobernarse por sí mismas y no están bajo la patria potestad de padres o madres. Asistente legal, tutores. Curador, asistente legal. Tutores, curadores. Operador legal, guardadores.

Una característica del derecho de alimentos, es: Cobrar mediante apremio personal, en el caso de que el padre o la madre incumplan con el pago de una pensión alimenticia, el Juez previo informe de Pagaduría emitirá la correspondiente boleta de apremio personal y dispondrá la prohibición de salida del país. Imprescriptible, porque el derecho a pedir alimentos se lo gana por prescripción judicial por ser de naturaleza pública familiar y estar sujeta a un período de tiempo determinado. Prescriptible, porque el derecho a pedir alimentos se lo pierde por prescripción, la prestación de alimentos por ser de naturaleza pública familiar está sujeta al recurrir de un período de tiempo determinado para que se prescriba. Cobrar mediante apremio personal, en el caso de que el padre o la madre incumplan con el pago de dos o más pensiones alimenticias, el Juez previo informe de Pagaduría emitirá la correspondiente boleta de apremio personal y dispondrá la prohibición de salida del país.

"Se entiende por niño, todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad", lo indica textualmente. El Código de la Niñez y Adolescencia. El Código Civil. La Convención sobre los Derechos de los Niños. La Constitución de la República.

La facultad del Estado respecto a los deberes sociales de sus ciudadanos, son: Exigir a sus ciudadanos el cumplimiento de los deberes sociales. Dar libertad a los ciudadanos para elegir su cumplimiento o no. Tener la autoridad de su cumplimiento solo en determinados actos sociales. Otorgarles libertad para su cumplimiento.

Incapacidad legal, es: La iliquidez financiera de una persona jurídica y su representante legal. La carencia de recursos financieros de una persona natural. La falta de idoneidad legal que tienen las personas naturales para ejecutar actos jurídicos por si mismo. La carencia de recursos económicos que se da en la sociedad conyugal de bienes.

La ley autoriza la constitución de empresas públicas, para: Fortalecer la recaudación de impuestos. La gestión de sectores estratégicos. Apoyar con la gestión administrativa de las entidades del Estado. Realizar actividades comerciales que ayuden a cubrir el gasto público.

El estado de familia tendrá su origen en: Las acciones administrativas llevadas a cabo por los individuos. Un hecho jurídico o por los actos de voluntad. Las conductas coercitivas establecidos en la norma. La resolución de un juez de la familia con la presencia de dos testigos.

La posibilidad y por mutuo acuerdo de los padres, podrán elegir el primer apellido que llevarán sus hijos. Ley del Registro Civil. Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Código Civil. Constitución de la República.

Domicilio es el: Lugar donde solo se ejecutan los derechos del individuo. Lugar principal donde una persona realiza sus actividades. Lugar donde el individuo realiza todas las gestiones administrativas y financieras de su patrimonio. Sitio donde el individuo solo realiza sus obligaciones.

El cónyuge de la hija, para sus padres, está: Segundo grado de afinidad. Primer grado d afinidad. Tercer grado de afinidad. Segundo grado de consanguinidad.

Que es el Derecho de familia. Es aquella rama del Derecho que se encarga de normar las relaciones existentes entre aquellas personas que se encuentran unidas por medio de vínculos sanguíneos, de afinidad, afectivos o creados por ley. Es aquella rama regula la actividad procesal en todas las materias, excepto la constitucional, electoral, de extinción de dominio y penal, con estricta observancia del debido proceso. Es aquella rama que comprende la estructura de la Función Judicial; las atribuciones y deberes de sus órganos jurisdiccionales, administrativos, auxiliares y autónomos, establecidos en la Constitución y la ley; la jurisdicción y competencia de las juezas y jueces, y las relaciones con las servidoras y servidores de la Función Judicial y otros sujetos que intervienen en la administración de justicia.

Según el Código Civil, el matrimonio es: Un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente. Un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos y auxiliarse mutuamente. Unión estable de un hombre y una mujer que, sin ningún impedimento para contraer matrimonio, pueden demostrar que han convivido como mínimo un período ininterrumpido variable o tienen hijos en común. Unión estable de dos personas mayores de edad o de dos menores emancipados que, sin ningún impedimento para contraer matrimonio, pueden demostrar que han convivido como mínimo un período ininterrumpido variable o tienen hijos en común.

La Convención sobre los Derechos del Niño, entró en vigor el: 10 de noviembre de 1948. 2 de septiembre de 1990. 20 de noviembre de 1989. 16 de mayo 1959.

El principio jurídico que otorga a los ciudadanos, independiente de su estatus, el camino a los órganos de justicia de manera imparcial. Se encuentra en el: El Art 11 de la Constitución de la República. Art 75 de la Constitución de la República. Art, 7, Código Civil. Art. 4, Código Civil.

Una característica del derecho de alimentos, es: Cobrar mediante apremio personal, en el caso de que el padre o la madre incumplan con el pago de dos o más pensiones alimenticias, el Juez previo informe de Pagaduría emitirá la correspondiente boleta de apremio personal y dispondrá la prohibición de salida del país. Cobrar mediante apremio personal, en el caso de que el padre o la madre incumplan con el pago de una pensión alimenticia, el Juez previo informe de Pagaduría emitirá la correspondiente boleta de apremio personal y dispondrá la prohibición de salida del país. Prescriptible, porque el derecho a pedir alimentos se lo pierde por prescripción, la prestación de alimentos por ser de naturaleza pública familiar está sujeta al recurrir de un período de tiempo determinado para que se prescriba. Imprescriptible, porque el derecho a pedir alimentos se lo gana por prescripción judicial por ser de naturaleza pública familiar y estar sujeta a un período de tiempo determinado.

La legislación establece que en casos de violencia psicológica leve, el castigo es, pena privativa de libertad de: Seis meses a un año. Veinticuatro a treinta seis meses. Uno a tres años. Treinta a sesenta días.

La Convención sobre los Derechos del Niño declara los derechos del niño tomando como base entre otros principios: Derecho a la vida, discriminación, participación infantil. Desarrollo, supervivencia, no discriminación. El interés superior del niño, educación, salud. Recreación, participación ciudadana, derecho a la vida.

El Estado generará las condiciones para la protección integral: De los niñas, niños y adolescentes hasta la edad de18 años. De sus habitantes a lo largo de sus vidas. Solamente de los niños, niñas y adolescentes, mujeres victimas de violencia, personas de la tercera edad y de las personas con discapacidad y aquellos que demuestren que requieren de protección. Solo de los grupos considerados vulnerables, por la Constitución de la República.

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