SUPUESTO PRACTICO 3
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En el Museo Nacional de Artes Decorativas una antigua lámpara de mediados del siglo XX que pertenecía al mobiliario del Museo, ha pasado a formar parte de la colección estable del mismo por sus características y valores adquiridos a lo largo del tiempo. Además, posteriormente ha sido pedida en préstamo por el Design Museum de Londres junto con un tejido de seda de principios del siglo XX depositado en el Museo Nacional de Artes Decorativas por el Museo del Traje. CIPE. Indica lo siguiente: Supuesto 3. Supuesto 3. Según la Normalización Documental de Museos, en el caso de la lámpara, la forma de ingreso en la colección estable que habrá que consignar en DOMUS será: Alta por reintegración. Cambio por adscripción. Permuta. Producción propia. Según el artículo 8.1 del Reglamento de Museos de Titularidad Estatal, el depósito del tejido deberá establecerse mediante: Real Orden. Real Decreto. Decreto. Orden Ministerial. Si el trámite del préstamo lo realiza el Museo depositario será necesario: Autorizar el movimiento por Orden Ministerial, previa aprobación del Museo depositante. Levantar temporalmente el depósito y autorizarlo por Real Orden Ministerial. Levantar el depósito existente, y autorizar el movimiento mediante acta. Autorizar el movimiento por Orden Ministerial, previa aprobación del Museo depositario. .El número de serie que aparece en la base de la lámpara se consignará en DOMUS en el campo: Firmas/Marcas. Numeración propia. Inscripciones. Iconografía. .En concreto la lámpara es el “Modelo 510”, ¿en qué campo de DOMUS debe reflejarse ese dato?. Numeración propia. Tipología/Estado. Nombre específico. Título. Una vez cumplimentados los datos mínimos en la ficha de catalogación para dar de alta la lámpara en la colección estable del Museo Nacional de Artes Decorativas, el sistema DOMUS generará automáticamente: Un registro para el número de inventario en la base de datos de Conservación y un registro para el número de inventario en la base de datos de Documentación Gráfica. Un registro para el número de inventario en la base de datos de Conservación y un registro en Entradas Temporales. Un registro para el número de inventario en la base de datos de Documentación Gráfica y un registro en Preingresos. El sistema no genera ningún registro automáticamente, sólo se genera la ficha de catalogación de la pieza. En el Museo Nacional de Artes Decorativas, la entrega en depósito del tejido del Museo del Traje. CIPE, será acreditada mediante: El boletín de desplazamiento. El levantamiento del depósito. El acta de movimiento. El acta de transmisión. El número de inventario que se le dé al tejido del Museo del Traje. CIPE, en el Museo Nacional de Artes Decorativas deberá llevar las siguientes siglas: DO. CE. DE. MT. Según las condiciones de préstamo de bienes de titularidad estatal para exposición temporal la solicitud de préstamo debe realizarse al menos con: Un año de antelación. Nueve meses de antelación. Seis meses de antelación. Tres meses de antelación. Al tratarse de una exposición que se celebrará en el extranjero, será necesario además, una autorización de exportación temporal solicitada por: El prestatario y dirigida a la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español. El prestador y dirigida a la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español. El prestatario y dirigida a la Subdirección General de Museos Estatales. El prestatario y dirigida a la Dirección del Museo Nacional de Artes Decorativas. Si la exposición temporal se prorrogara, será necesario: Solicitar con la suficiente antelación, una nueva Orden Ministerial. Solicitar con la suficiente antelación un nuevo permiso de Exportación temporal. Solicitar con la suficiente antelación, una ampliación de la Orden Ministerial. No es necesario solicitar ningún documento, es suficiente con comunicárselo, con la suficiente antelación, a la Dirección del Museo Nacional de Artes Decorativas. Para controlar el movimiento de la pieza en Domus hay que registrar el mismo dentro del módulo “Movimientos” para lo que es necesario: Crear un expediente de movimiento dentro de “Fondos – Información relacionada”. Crear un expediente de movimiento dentro de “Archivo Administrativo”. Crear un expediente de movimiento dentro de “Entradas temporales”. Crear un expediente de movimiento dentro de “Archivo Documental”. Según las condiciones de préstamo de bienes de titularidad estatal para exposición temporal, si las piezas lo requieren, antes de proceder a su desembalaje en el destino: La caja en la que se transportan deberá estar al menos 6 horas en su destino para dar tiempo a la aclimatación de las piezas. La caja en la que se transportan deberá estar al menos 12 horas en su destino para dar tiempo a la aclimatación de las piezas. La caja en la que se transportan deberá estar al menos 24 horas en su destino para dar tiempo a la aclimatación de las piezas. La caja en la que se transportan deberá estar al menos 48 horas en su destino para dar tiempo a la aclimatación de las piezas. Ya en las salas del Design Museum de Londres, la temperatura constante más adecuada para la conservación de la lámpara que está realizada en metal, será de: 12-14 grados. 15 grados. 18-20 grados. 19-21 grados. Según el artículo 14 del RD 620/87 si el tejido del Museo del Traje. CIPE necesitara una restauración para poder ser prestado para la exposición temporal, ésta deberá ser autorizada por. El Ministerio de Cultura. Museo del Traje.CIPE. El Instituto del Patrimonio Cultural de España. Museo Nacional de Artes Decorativas. Cuando las piezas regresen a las salas del Museo Nacional de Artes Decorativas, al tratarse de un edificio histórico, el sistema más adecuado de aire acondicionado para el control preciso de los parámetros ambientales, especialmente de la humedad relativa será: Aire-aire. Aire-agua. Agua-agua. Agua-Aire. Se sabe además que la lámpara perteneció al primer director del Museo Nacional de Artes Decorativas, en Domus, esto se consignaría en el campo: Descriptor onomástico. Clasificación razonada. Procedencia. Historia del objeto. En el caso del tejido de seda, deberá tener una intensidad lumínica máxima de: 30 lux. 50 lux. 75 lux. 100 lux. |




