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SUPUESTO PRACTICO 5

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Título del Test:
SUPUESTO PRACTICO 5

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SUPUESTO PRACTICO 5

Fecha de Creación: 2026/01/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 13

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El Museo de América se encuentra organizando una futura exposición temporal. Responde a las siguientes preguntas en relación con las gestiones del préstamo de tres obras para esta exposición: Obra #1- Procedente de la colección del Museo de Málaga. Obra adquirida en subasta por la Junta de Andalucía en 2021. Material: Papel. Obra #2- Procedente de la colección del Museo Cerralbo. Esta obra requiere de una restauración previa en el IPCE. Material: Metal. Obra #3 – Depósito de un particular en el Museo Naval. Material: Fibras textiles. Supuesto 5. Supuesto 5.

Siguiendo la secuencia de actuación que se define en la Guía para la implantación de documentos de intercambio de información en la gestión de préstamos de bienes culturales del Proyecto CP_EXPOTEMP, el primer paso que debería dar el Museo de América para la solicitud de estos tres préstamos sería: Envío del cuestionario conocido como “facility report”. Solicitud de los correspondientes informes de conservación de las tres obras. Envío de una carta de solicitud a los Museos prestadores. Tramitación de las órdenes ministeriales de autorización de salida.

Desde el Museo de Málaga se solicita el envío del documento conocido como “facility report”. ¿Qué incluirá este documento?. El listado de piezas solicitadas. La descripción de las condiciones de conservación y exámenes de restauración de la pieza en la institución prestadora. Información sobre el espacio expositivo, sus características físicas, técnicas, ambientales, de seguridad y los recursos materiales y humanos disponibles. La descripción de las condiciones relativas al proceso de transporte, almacén, seguro y embalaje de la obra solicitada.

Para la obra #2, el Museo Cerralbo, como prestador, facilita el formulario de “Solicitud de préstamo de bienes de titularidad estatal para exposición temporal” que incluye, como anexo, una “relación de bienes de titularidad estatal que se solicitan en préstamo para exposición temporal”. En esta relación se incluirá, además de los campos relativos a la identificación precisa de los bienes: Un informe de valoración de su estado de conservación (la estimación del estado de conservación de la pieza se expresará en un valor de 1 a 10). Su valoración a efectos de seguro. Un campo de justificación de su pertinencia para el discurso expositivo a rellenar por el comisario de la muestra. Descripción de las condiciones ambientales específicas requeridas para su exhibición.

Según el artículo 63 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en el préstamo de la obra #3 con destino a la exposición del Museo de América: Se respetará lo pactado al constituirse el depósito. Se requerirá obligatoriamente autorización previa por orden ministerial. Se requerirá informe favorable de la Junta Superior de Museos. Todas las respuestas son correctas.

Según lo dispuesto en el Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, estas tres obras en préstamo para la exposición temporal: Deberán inscribirse en los libros de registro de depósitos. Deberán inscribirse en los libros de registro de depósitos aquellos fondos de cualquier otra titularidad diferente a la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos. Deberán inscribirse en los libros de registro de depósitos aquellos fondos pertenecientes a la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos. No se inscribirán en los libros de registro de depósitos, sin perjuicio del debido control administrativo de la recepción y de la salida de los mismos.

En el caso de la obra #2, siguiendo lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, la entrega en depósito del bien se acreditará en la correspondiente acta y conservarán una copia del mismo: El Ministerio de Cultura y Deporte y el Museo de América. El Museo Cerralbo, el Ministerio de Cultura y Deporte y el Museo de América. El Museo de América y el Museo Cerralbo. El Museo Cerralbo y la Subdirección General de Museos Estatales.

Para el seguro de una de las piezas, ¿es correcto solicitar la Garantía del Estado y contratar un seguro adicional con una compañía privada para cubrir las cláusulas específicas que no están incluidas en dicha Garantía?. No es posible contratar un seguro privado. Debe solicitarse la Garantía del Estado al ser el museo organizador de titularidad estatal. Sí. No es posible, habrá de elegirse entre una de las dos fórmulas, seguro privado o Garantía del Estado, al ser excluyentes. No es posible, solo se pueden acoger a la Garantía del Estado las exposiciones en instituciones que, con carácter excepcional, se reconozcan cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Según la Normalización documental de museos de 1998, el contenido de la orden ministerial que autorice la salida de la obra #2 debería contener: Lugar y plazo de tiempo por el que se otorga la autorización. Estimación de prórroga del plazo autorizado. Condiciones de exhibición establecidas por la sede de la exposición. Lugar y plazo de tiempo por el que se otorga la autorización y condiciones de exhibición establecidas por la sede de la exposición.

En la obra #2, según el formulario de “Solicitud de préstamo de bienes de titularidad estatal para exposición temporal” que ofrece el Museo Cerralbo, siempre que no se especificasen casos especiales, los niveles de iluminación para su exhibición serán. Máximo 50 lux. Máximo 30 lux. Máximo 200 lux. Máximo 300 lux.

En el formulario que facilita el del Museo Cerralbo para “Solicitud de préstamo de bienes de titularidad estatal para exposición temporal” se establece que, en relación con las reproducciones de las obras prestadas: En el supuesto de que los bienes culturales estén sujetos a derechos de propiedad intelectual, el prestador facilitará las licencias correspondientes. El prestatario no podrá fotografiar estas piezas para control interno. Los bienes cedidos no podrán ser reproducidos por medios mecánicos, electrónicos o de cualquier otra índole, sin la autorización expresa del prestador. No se permitirá al público general la fotografía dentro del horario de apertura al público de la exposición.

De las cláusulas específicas que suelen tenerse en cuenta en el seguro para el movimiento de bienes culturales para exposiciones temporales, ¿cómo se denomina la cláusula que cubre la depreciación o demérito que pueda sufrir un conjunto o colección, en caso de daño parcial o total de un objeto u objetos que formen parte de la misma?. Cláusula de frágiles. Cláusula de museos. Cláusula de liquidación de siniestros sin franquicia. Cláusula de descabalamiento.

Según la Normalización documental de museos, en relación con las autorizaciones por orden ministerial para el préstamo de las correspondientes obras, si la exposición prorrogase sus fechas. Solo sería posible si el plazo de prórroga hubiera quedado contemplado previamente en las órdenes ministeriales iniciales que autorizaban las salidas de los museos prestadores. Habría que reiniciar el trámite administrativo y emitir nuevas órdenes ministeriales. La prórroga no requeriría la modificación de las órdenes ministeriales, pero sí de los acuerdos de condiciones de préstamo. Se requeriría la modificación de las órdenes ministeriales si la prórroga es por un plazo superior a 4 meses.

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