T. 10.1. E. AXADM
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Título del Test:
![]() T. 10.1. E. AXADM Descripción: T. 10.1. E. AXADM |



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1. Las entidades locales pueden recuperar la posesión de sus bienes de forma autónoma: a) Pueden recuperar los bienes de dominio público en cualquier momento y los bienes patrimoniales en el plazo de 1 año desde que se detecta la usurpación o perturbación, notificando el acuerdo al infractor para que desaloje el bien. Si este plazo de un año para los bienes patrimoniales se excede, será necesario recurrir a la vía judicial para recuperar la posesión. b) Pueden recuperar los bienes de dominio privado en cualquier momento y los bienes patrimoniales en el plazo de 1 año desde que se detecta la usurpación o perturbación, notificando el acuerdo al infractor para que desaloje el bien. Si este plazo de un año para los bienes patrimoniales se excede, será necesario recurrir a la vía judicial para recuperar la posesión. c) Pueden recuperar los bienes de dominio público en cualquier momento y los bienes comunales en el plazo de 1 año desde que se detecta la usurpación o perturbación, notificando el acuerdo al infractor para que desaloje el bien. Si este plazo de un año para los bienes patrimoniales se excede, será necesario recurrir a la vía judicial para recuperar la posesión. d) Todas son correctas. 2. Las entidades locales pueden ejecutar en vía administrativa el desahucio de sus bienes inmuebles cuando... a) Se extingue el derecho de ocupación sobre bienes de dominio público. b) Son ocupados sin título, y en el caso de bienes patrimoniales deben actuar dentro del año desde que tuvieron conocimiento de la ocupación. c) Cuando se extingue el derecho de uso de bienes cedidos a sus funcionarios. d) Todas son correctas. 3. La competencia para ordenar el desahucio de las propiedades de una entidad local la tiene... a) La JGL de esa entidad, aunque el presidente puede actuar por urgencia para repeler usurpaciones o prevenir daños graves, pero debe dar cuenta al pleno. Los procedimientos administrativos que siguen la ley no pueden ser anulados mediante interdictos, y la Administración puede ejecutar sus acuerdos, incluso si se presentan recursos contencioso-administrativos, a menos que un tribunal suspenda dicha ejecución. b) El pleno de esa entidad, aunque el presidente puede actuar por urgencia para repeler usurpaciones o prevenir daños graves, pero debe dar cuenta al pleno. Los procedimientos administrativos que siguen la ley no pueden ser anulados mediante interdictos, y la Administración puede ejecutar sus acuerdos, incluso si se presentan recursos contencioso-administrativos, a menos que un tribunal suspenda dicha ejecución. c) El Presidente de esa entidad, aunque el presidente puede actuar por urgencia para repeler usurpaciones o prevenir daños graves, pero debe dar cuenta al pleno. Los procedimientos administrativos que siguen la ley no pueden ser anulados mediante interdictos, y la Administración puede ejecutar sus acuerdos, incluso si se presentan recursos contencioso-administrativos, a menos que un tribunal suspenda dicha ejecución. d) El Secretario de esa entidad, aunque el presidente puede actuar por urgencia para repeler usurpaciones o prevenir daños graves, pero debe dar cuenta al pleno. Los procedimientos administrativos que siguen la ley no pueden ser anulados mediante interdictos, y la Administración puede ejecutar sus acuerdos, incluso si se presentan recursos contencioso-administrativos, a menos que un tribunal suspenda dicha ejecución. 4. Indica la opción incorrecta. En un desahucio administrativo, deberán tenerse en cuenta las siguientes reglas: a) La extinción de derechos sobre bienes públicos requiere audiencia al interesado.Para desahucios en los que se extinguen derechos, la indemnización se fija administrativamente. b) Si es una ocupación ilegítima, basta un requerimiento de desalojo previo. c) Para desahucios en los que se extinguen derechos, la indemnización se fija administrativamente. d) Los gastos del desahucio corren a cuenta del estado, quien es notificado y puede tener bienes embargados para cubrir la deuda. 5. Las entidades locales están obligadas a ejercitar las acciones e interponer los recursos, de cualquier carácter, que sean precisos y procedentes para la adecuada defensa de sus bienes y derechos, cuya competencia es... a) Del Pleno, salvo casos urgentes que asume el presidente. Cualquier vecino puede solicitar estas acciones, y si la entidad no actúa en 30 días, el vecino puede subrogarse en su lugar y ejercerlas. Si la acción prospera, la entidad debe reembolsar los gastos al vecino. b) De la JGL, salvo casos urgentes que asume el presidente. Cualquier vecino puede solicitar estas acciones, y si la entidad no actúa en 30 días, el vecino puede subrogarse en su lugar y ejercerlas. Si la acción prospera, la entidad debe reembolsar los gastos al vecino. c) Del Presidente, salvo casos urgentes que asume el presidente. Cualquier vecino puede solicitar estas acciones, y si la entidad no actúa en 30 días, el vecino puede subrogarse en su lugar y ejercerlas. Si la acción prospera, la entidad debe reembolsar los gastos al vecino. d) Del Secretario, salvo casos urgentes que asume el presidente. Cualquier vecino puede solicitar estas acciones, y si la entidad no actúa en 30 días, el vecino puede subrogarse en su lugar y ejercerlas. Si la acción prospera, la entidad debe reembolsar los gastos al vecino. 6. Las entidades locales podrán... a) Allanarse a las demandas que afecten a sus bienes y derechos, celebrar transacciones sobre sus bienes o derechos y someter a arbitraje los litigios que se susciten sobre éstos mediante acuerdo del pleno de la corporación con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación. Las transacciones que superen el 5% de los recursos ordinarios del presupuesto requerirán dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía. b) Adjuntarse a las demandas que afecten a sus bienes y derechos, celebrar transacciones sobre sus bienes o derechos y someter a arbitraje los litigios que se susciten sobre éstos mediante acuerdo del pleno de la corporación con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación. Las transacciones que superen el 5% de los recursos ordinarios del presupuesto requerirán dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía. c) Incorporarse a las demandas que afecten a sus bienes y derechos, celebrar transacciones sobre sus bienes o derechos y someter a arbitraje los litigios que se susciten sobre éstos mediante acuerdo del pleno de la corporación con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación. Las transacciones que superen el 5% de los recursos ordinarios del presupuesto requerirán dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía. d) Agregarse a las demandas que afecten a sus bienes y derechos, celebrar transacciones sobre sus bienes o derechos y someter a arbitraje los litigios que se susciten sobre éstos mediante acuerdo del pleno de la corporación con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación. Las transacciones que superen el 5% de los recursos ordinarios del presupuesto requerirán dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía. 7. Las autoridades y el personal al servicio de las entidades locales que tuvieren a su cargo la gestión y utilización de los bienes o derechos de las mismas están obligadas a su... a) Conservación, aprovechamiento y explotación racional, respondiendo ante la entidad de los daños y perjuicios que les sobrevengan por su actuación con dolo, culpa o negligencia graves. Esta responsabilidad será exigida en vía administrativa previa audiencia del interesado. b) Custodia, aprovechamiento y explotación racional, respondiendo ante la entidad de los daños y perjuicios que les sobrevengan por su actuación con dolo, culpa o negligencia graves. Esta responsabilidad será exigida en vía administrativa previa audiencia del interesado. c) Custodia, conservación, aprovechamiento y explotación racional, respondiendo ante la entidad de los daños y perjuicios que les sobrevengan por su actuación con dolo, culpa o negligencia graves. Esta responsabilidad será exigida en vía administrativa previa audiencia del interesado. d) Custodia, conservación, y explotación racional, respondiendo ante la entidad de los daños y perjuicios que les sobrevengan por su actuación con dolo, culpa o negligencia graves. Esta responsabilidad será exigida en vía administrativa previa audiencia del interesado. 8. Las consecuencias legales para quienes dañan bienes de dominio público local, ocupan espacios sin permiso o los usan indebidamente, serán sancionados con... a) Una sanción de hasta el doble del perjuicio, además de la obligación de reparar el daño y restituir el bien. La entidad local debe iniciar la acción para restaurar el estado original del bien, y se debe dar audiencia al infractor para la graduación de la multa, considerando factores como el daño, el beneficio, la reincidencia y las condiciones personales y económicas del infractor. b) Una amonestación de hasta el doble del perjuicio, además de la obligación de reparar el daño y restituir el bien. La entidad local debe iniciar la acción para restaurar el estado original del bien, y se debe dar audiencia al infractor para la graduación de la multa, considerando factores como el daño, el beneficio, la reincidencia y las condiciones personales y económicas del infractor. c) Una infracción de hasta el doble del perjuicio, además de la obligación de reparar el daño y restituir el bien. La entidad local debe iniciar la acción para restaurar el estado original del bien, y se debe dar audiencia al infractor para la graduación de la multa, considerando factores como el daño, el beneficio, la reincidencia y las condiciones personales y económicas del infractor. d) Una multa de hasta el doble del perjuicio, además de la obligación de reparar el daño y restituir el bien. La entidad local debe iniciar la acción para restaurar el estado original del bien, y se debe dar audiencia al infractor para la graduación de la multa, considerando factores como el daño, el beneficio, la reincidencia y las condiciones personales y económicas del infractor. 9. Las ordenanzas locales son sancionables las infracciones que supongan: a) Usarlos contra su destino o causarles daños, con multas de Infracciones leves: Multa de entre 60,10 € y 3.005,06 €; Infracciones graves: Multa de entre 3.005,07 € y 15.025,30 €; Infracciones muy graves: Multa de entre 15.025,31 € y 30.050,61 €. Según la gravedad, buena o mala fe y reincidencia del infractor. La competencia para imponer estas sanciones recae en la Presidencia de la Entidad Local. b) Ocupar bienes sin permiso o causarles daños, con multas de Infracciones leves: Multa de entre 60,10 € y 3.005,06 €; Infracciones graves: Multa de entre 3.005,07 € y 15.025,30 €; Infracciones muy graves: Multa de entre 15.025,31 € y 30.050,61 €. Según la gravedad, buena o mala fe y reincidencia del infractor. La competencia para imponer estas sanciones recae en la Presidencia de la Entidad Local. c) Ocupar bienes sin permiso, usarlos contra su destino o causarles daños, con multas de Infracciones leves: Multa de entre 60,10 € y 3.005,06 €; Infracciones graves: Multa de entre 3.005,07 € y 15.025,30 €; Infracciones muy graves: Multa de entre 15.025,31 € y 30.050,61 €. Según la gravedad, buena o mala fe y reincidencia del infractor. La competencia para imponer estas sanciones recae en la Presidencia de la Entidad Local. d) Ocupar bienes sin permiso, usarlos contra su destino, con multas de Infracciones leves: Multa de entre 60,10 € y 3.005,06 €; Infracciones graves: Multa de entre 3.005,07 € y 15.025,30 €; Infracciones muy graves: Multa de entre 15.025,31 € y 30.050,61 €. Según la gravedad, buena o mala fe y reincidencia del infractor. La competencia para imponer estas sanciones recae en la Presidencia de la Entidad Local. 10. Las entidades locales tienen el deber de iniciar acciones penales o comunicarlo al Ministerio Fiscal si un hecho puede ser un... a) Sanción o falta, lo que paraliza el procedimiento administrativo hasta que un juez se pronuncie, pudiendo no obstante tomarse medidas urgentes para proteger el bien o restablecer su estado original. b) Delito o infracción, lo que paraliza el procedimiento administrativo hasta que un juez se pronuncie, pudiendo no obstante tomarse medidas urgentes para proteger el bien o restablecer su estado original. c) Infracción o falta, lo que paraliza el procedimiento administrativo hasta que un juez se pronuncie, pudiendo no obstante tomarse medidas urgentes para proteger el bien o restablecer su estado original. d) Delito o falta, lo que paraliza el procedimiento administrativo hasta que un juez se pronuncie, pudiendo no obstante tomarse medidas urgentes para proteger el bien o restablecer su estado original. 11. Los caminos y carreteras, plazas, calles. paseos, parques, aguas, fuentes, canales, puentes y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y policía sean de la competencia de la Entidad local, son... a) Bienes de servicio privado. b) Bienes de servicio público. c) Bienes de uso público local. d) Todas con correctas. 12. Los destinados al cumplimiento de fines públicos de responsabilidad de las Entidades locales, tales como Casas Consistoriales, Palacios Provinciales y, en general, edificios que sean sede de las mismas, mataderos, mercados, lonjas, hospitales, hospicios, museos, así como los montes catalogados de propiedad provincial., son... a) Bienes de servicio privado. b) Bienes de servicio público. c) Bienes de uso público local. d) Todas con correctas. 13. El aprovechamiento de bienes comunales sigue un orden de preferencia: a) 1º la explotación colectiva, 2º luego la costumbre o la ordenanza local, 3º la adjudicación de lotes a los vecinos según sus cargas familiares y situación económica, y finalmente, si todo lo anterior es inviable, 4º la subasta pública dando preferencia a los vecinos, según lo estipulado en la Ley de Régimen Local. b) 1º la adjudicación de lotes a los vecinos según sus cargas familiares y situación económica, 2º la explotación colectiva, 3º luego la costumbre o la ordenanza local, y finalmente, si todo lo anterior es inviable, 4º la subasta pública dando preferencia a los vecinos, según lo estipulado en la Ley de Régimen Local. c) 1º la explotación individual, 2º luego la costumbre o la ordenanza local, 3º la adjudicación de lotes a los vecinos según sus cargas familiares y situación económica, y finalmente, si todo lo anterior es inviable, 4º la subasta pública dando preferencia a los vecinos, según lo estipulado en la Ley de Régimen Local. d) 1º la explotación colectiva, 2º luego la costumbre o la ordenanza local, 3º la subasta pública dando preferencia a los vecinos, según lo estipulado en la Ley de Régimen Local, y finalmente, si todo lo anterior es inviable, 4º la adjudicación de lotes a los vecinos según sus cargas familiares y situación económica. 14. Son bienes patrimoniales o de propios de una Entidad Local: a) Aquellos bienes de su propiedad que están destinados al uso público ni afectan a un servicio público, y que pueden generar ingresos económicos para la entidad. A diferencia de los bienes de dominio público, estos bienes patrimoniales no son inalienables ni imprescriptibles, y se rigen por el derecho privado en su defecto. b) Aquellos bienes de su propiedad que no están destinados al uso público ni afectan a un servicio público, y que pueden generar ingresos económicos para la entidad. A diferencia de los bienes de dominio público, estos bienes patrimoniales no son inalienables ni imprescriptibles, y se rigen por el derecho privado en su defecto. c) Aquellos bienes de no su propiedad que no están destinados al uso público ni afectan a un servicio público, y que pueden generar ingresos económicos para la entidad. A diferencia de los bienes de dominio público, estos bienes patrimoniales no son inalienables ni imprescriptibles, y se rigen por el derecho privado en su defecto. c) Aquellos bienes de su propiedad que no están destinados al uso público y afectan a un servicio público, y que pueden generar ingresos económicos para la entidad. A diferencia de los bienes de dominio público, estos bienes patrimoniales no son inalienables ni imprescriptibles, y se rigen por el derecho privado en su defecto. 15. En casos extraordinarios, y previo acuerdo municipal, adoptado por la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, podrá fijarse una cuota anual que deberán abonar los vecinos por la utilización de los lotes que se les adjudiquen, para... a) Compensar estrictamente los gastos que origine la custodia de los bienes. b) Compensar estrictamente los gastos que origine la conservación de los bienes. c) Compensar estrictamente los gastos que origine la administración de los bienes. d) Todas son correctas. 16. Los bienes comunales que no se han aprovechado en más de 10 años pueden perder su carácter comunal. Para ello, se necesita un... a) Acuerdo de la Entidad estatal, tras información pública y el voto favorable de la mayoría absoluta de la Corporación, y posterior aprobación de la Comunidad Autónoma. Si estos bienes se califican como patrimoniales y son aptos para uso agrícola, deben arrendarse a terceros, dando preferencia a los vecinos del municipio. b) Acuerdo de la Entidad provincial, tras información pública y el voto favorable de la mayoría absoluta de la Corporación, y posterior aprobación de la Comunidad Autónoma. Si estos bienes se califican como patrimoniales y son aptos para uso agrícola, deben arrendarse a terceros, dando preferencia a los vecinos del municipio. c) Acuerdo de la Entidad local, tras información pública y el voto favorable de la mayoría absoluta de la Corporación, y posterior aprobación de la Comunidad Autónoma. Si estos bienes se califican como patrimoniales y son aptos para uso agrícola, deben arrendarse a terceros, dando preferencia a los vecinos del municipio. a) Acuerdo de la Entidad regional, tras información pública y el voto favorable de la mayoría absoluta de la Corporación, y posterior aprobación de la Comunidad Autónoma. Si estos bienes se califican como patrimoniales y son aptos para uso agrícola, deben arrendarse a terceros, dando preferencia a los vecinos del municipio. 17. Toda enajenación, gravamen o permuta de bienes inmuebles debe comunicarse al órgano competente... a) De la localidad. Para valores superiores al 25% del presupuesto anual de la corporación, se requiere además su autorización. Los bienes patrimoniales no pueden cederse gratuitamente, excepto a instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que trabajen en beneficio de los habitantes del municipio, en cuyo caso también se debe dar cuenta a la autoridad competente. b) De la provincia. Para valores superiores al 25% del presupuesto anual de la corporación, se requiere además su autorización. Los bienes patrimoniales no pueden cederse gratuitamente, excepto a instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que trabajen en beneficio de los habitantes del municipio, en cuyo caso también se debe dar cuenta a la autoridad competente. c) Del estado. Para valores superiores al 25% del presupuesto anual de la corporación, se requiere además su autorización. Los bienes patrimoniales no pueden cederse gratuitamente, excepto a instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que trabajen en beneficio de los habitantes del municipio, en cuyo caso también se debe dar cuenta a la autoridad competente. d) De la Comunidad Autónoma. Para valores superiores al 25% del presupuesto anual de la corporación, se requiere además su autorización. Los bienes patrimoniales no pueden cederse gratuitamente, excepto a instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que trabajen en beneficio de los habitantes del municipio, en cuyo caso también se debe dar cuenta a la autoridad competente. 18. Las enajenaciones de bienes patrimoniales, por regla general, deben hacerse mediante... a) Contrato administrativo mixto, salvo en casos de permuta de bienes inmuebles, o cuando el inmueble sea un bien artístico o histórico, requiriendo un informe previo del órgano competente en materia de Patrimonio Histórico y Artístico. Se puede hacer una excepción para la cesión de parcelas a vecinos braceros o para plantar arbolado, siempre que el Ayuntamiento Pleno lo apruebe con la mayoría absoluta de sus miembros. a) Contrato administrativo de servicios, salvo en casos de permuta de bienes inmuebles, o cuando el inmueble sea un bien artístico o histórico, requiriendo un informe previo del órgano competente en materia de Patrimonio Histórico y Artístico. Se puede hacer una excepción para la cesión de parcelas a vecinos braceros o para plantar arbolado, siempre que el Ayuntamiento Pleno lo apruebe con la mayoría absoluta de sus miembros. c) Subasta pública, salvo en casos de permuta de bienes inmuebles, o cuando el inmueble sea un bien artístico o histórico, requiriendo un informe previo del órgano competente en materia de Patrimonio Histórico y Artístico. Se puede hacer una excepción para la cesión de parcelas a vecinos braceros o para plantar arbolado, siempre que el Ayuntamiento Pleno lo apruebe con la mayoría absoluta de sus miembros. d) Contrato administrativo de suministros, salvo en casos de permuta de bienes inmuebles, o cuando el inmueble sea un bien artístico o histórico, requiriendo un informe previo del órgano competente en materia de Patrimonio Histórico y Artístico. Se puede hacer una excepción para la cesión de parcelas a vecinos braceros o para plantar arbolado, siempre que el Ayuntamiento Pleno lo apruebe con la mayoría absoluta de sus miembros. 19. Las entidades locales tienen la facultad y la obligación de explotar, conservar y fomentar los montes de su propiedad, llevando a cabo la repoblación y mejora de los mismos. Para esto, deben contar con el auxilio de la Administración del Estado o la Comunidad Autónoma, quienes pueden intervenir en los planes y, en caso de incumplimiento de la obligación de repoblar montes superiores a... a) 150 hectáreas, realizar la repoblación por su cuenta, otorgando a la entidad local la opción de adquirir el monte repoblado. b) 200 hectáreas, realizar la repoblación por su cuenta, otorgando a la entidad local la opción de adquirir el monte repoblado. c)100 hectáreas, realizar la repoblación por su cuenta, otorgando a la entidad local la opción de adquirir el monte repoblado. d) 250 hectáreas, realizar la repoblación por su cuenta, otorgando a la entidad local la opción de adquirir el monte repoblado. 20. Las Entidades locales deberán inscribir en el Registro de la Propiedad sus bienes inmuebles y derechos reales, siendo suficiente a tal efecto... a) La certificación que, con relación al inventario aprobado por la respectiva Corporación, expida el Secretario, con el visto bueno del Alcalde o Presidente y que producirá iguales efectos que una escritura pública. b) La rúbrica que, con relación al inventario aprobado por la respectiva Corporación, expida el Secretario, con el visto bueno del Alcalde o Presidente y que producirá iguales efectos que una escritura pública. c) La declaración que, con relación al inventario aprobado por la respectiva Corporación, expida el Secretario, con el visto bueno del Alcalde o Presidente y que producirá iguales efectos que una escritura pública. d) La constatación que, con relación al inventario aprobado por la respectiva Corporación, expida el Secretario, con el visto bueno del Alcalde o Presidente y que producirá iguales efectos que una escritura pública. 21. Las Entidades locales deben crear un inventario de sus bienes y derechos, que debe ser... a) Valorado, actualizado anualmente, y del que se enviará copia a las Administraciones estatal y autonómica. Este inventario incluye la totalidad de sus activos y pasivos para garantizar una gestión eficaz. Los valores mobiliarios pueden depositarse en establecimientos bancarios con intervención del Estado, y los resguardos deben conservarse en la caja de la Entidad local. b) Actualizado anualmente y corregido al renovarse la corporación, y del que se enviará copia a las Administraciones estatal y autonómica. Este inventario incluye la totalidad de sus activos y pasivos para garantizar una gestión eficaz. Los valores mobiliarios pueden depositarse en establecimientos bancarios con intervención del Estado, y los resguardos deben conservarse en la caja de la Entidad local. c) Valorado anualmente y corregido al renovarse la corporación, y del que se enviará copia a las Administraciones estatal y autonómica. Este inventario incluye la totalidad de sus activos y pasivos para garantizar una gestión eficaz. Los valores mobiliarios pueden depositarse en establecimientos bancarios con intervención del Estado, y los resguardos deben conservarse en la caja de la Entidad local. d) Valorado, actualizado anualmente y corregido al renovarse la corporación, y del que se enviará copia a las Administraciones estatal y autonómica. Este inventario incluye la totalidad de sus activos y pasivos para garantizar una gestión eficaz. Los valores mobiliarios pueden depositarse en establecimientos bancarios con intervención del Estado, y los resguardos deben conservarse en la caja de la Entidad local. |





