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T.15.2 PIC

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Título del Test:
T.15.2 PIC

Descripción:
variost15

Fecha de Creación: 2023/11/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 26

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Temario:

¿Quién será el responsable del Catálogo Nacional de Infraestructuras Estratégicas ?. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad. El Ministerio del Interior.

¿Quién tiene la competencia para clasificar una infraestructura como estratégica?. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad. El Ministerio del Interior.

Son agentes del Sistema, con las funciones que se determinen reglamentariamente, los siguientes: La Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. Las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía. CENPIC El Centro Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas. Los Ministerios y organismos integrados en el Sistema. Las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía. Las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía. Las Corporaciones Locales, a través de la asociación de Entidades Locales de mayor implantación a nivel nacional. La Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas. El Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de las Infraestructuras Críticas. Los operadores críticos del sector público y privado. Los operadores críticos del sector público.

¿De quién depende orgánicamente y funcionalmente el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC) y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad (OCC) ?. De la Dirección General de Coordinación y Estudios que se encuentra dentro del Secretaría de Estado de Seguridad. De la Dirección General de Coordinación y Estudios.

Es el órgano superior del Ministerio del Interior responsable del Sistema de Protección de las infraestructuras críticas nacionales. La Secretaría de Estado de Seguridad. Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC).

Órgano ministerial encargado del impulso, la coordinación y supervisión de todas las actividades que tiene encomendadas la SES en relación con la protección de las Infraestructuras Críticas en el territorio nacional. La Secretaría de Estado de Seguridad. Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC).

La Secretaría de Estado de Seguridad es el órgano superior del Ministerio del Interior. responsable del Sistema de Protección de las infraestructuras estratégicas nacionales. responsable del Sistema de Protección de las infraestructuras críticas nacionales.

¿De quién dependerá orgánicamente el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC)?. De la Secretaría de Estado de Seguridad. Del Ministerio del Interior.

Le corresponden las altas, bajas y modificaciones de infraestructuras en el Catálogo- determinación de la criticidad de las infraestructuras estratégicas. La Secretaría de Estado de Seguridad. Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas (CNPIC).

Serán los encargados de impulsar, en el ámbito de sus competencias, las políticas de seguridad del Gobierno sobre los distintos sectores estratégicos nacionales y de velar por su aplicación, actuando igualmente como puntos de contacto especializados en la materia. Para ello, colaborarán con el Ministerio del Interior a través de la SES. Ministerios y Organismos integrados. Delegaciones del Gobierno. Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Actuarán como puntos de contacto especializados en la materia. Para ello, colaborarán con el Ministerio del Interior a través de la SES. Ministerios y Organismos integrados. Delegaciones del Gobierno. Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Los Ministerios y Organismos Integrados actuarán como puntos de contacto especializados en la materia. Para ello, colaborarán con. el Ministerio del Interior a través de la SES. el Ministerio del Interior.

Ministerios y Organismos Integrados Por cada sector estratégico, se designará,. al menos, un ministerio, organismo, entidad u órgano de la Administración General del Estado integrado en el Sistema. un ministerio, organismo, entidad u órgano de la Administración General del Estado integrado en el Sistema. al menos, un ministerio, organismo, entidad u órgano de la Administración General del Estado.

Un ministerio u organismo del Sistema podrá tener competencias, igualmente, sobre. dos o más sectores estratégicos. uno o más sectores estratégicos.

tendrán, bajo la autoridad del SES, facultades respecto de las infraestructuras críticas localizadas en su demarcación. Ministerios y Organismos integrados. Delegaciones del Gobierno. Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Delegaciones del Gobierno Los Delegados del Gobierno tendrán, bajo la autoridad del SES, facultades respecto de las infraestructuras críticas localizadas en su demarcación. Dichas facultades en todo caso incluirán. la intervención, a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la implantación de los diferentes Planes de Protección Específico y de Apoyo Operativo, así como la propuesta a la SES de la declaración de una zona como crítica. la intervención, a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en la implantación de los diferentes Planes de Protección Específico y de Apoyo Operativo, así como la propuesta a la SES de la declaración de una zona como crítica.

Delegaciones del Gobierno Los Delegados del Gobierno tendrán, bajo la autoridad del SES, facultades respecto de las infraestructuras críticas localizadas en su demarcación. Dichas facultades en todo caso incluirán la intervención, a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la implantación. de los diferentes Planes de Protección Específico y de Apoyo Operativo, así como la propuesta al Ministerio del Interior de la declaración de una zona como crítica. de los diferentes Planes de Protección Específico y de Apoyo Operativo, así como la propuesta a la SES de la declaración de una zona como crítica.

Delegaciones del Gobierno Las CCAA con competencias, sobre las infraestructuras en su territorio, desarrollarán facultades relativas a la coordinación de los cuerpos policiales autonómicos y a la activación por aquellos del. Plan de Apoyo Operativo para responder ante una alerta de seguridad. Plan de Protección Específico para responder ante una alerta de seguridad.

Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía Las CCAA y Ciudades con Estatuto de Autonomía que ostenten competencias podrán desarrollar, sobre las infraestructuras ubicadas en su demarcación territorial, las facultades. que reglamentariamente se determinen, sin perjuicio de los mecanismos de coordinación que se establezcan. que estatutariamente se determinen, sin perjuicio de los mecanismos de coordinación que se establezcan.

Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía En todo caso, esas CCAA. participarán en el proceso de declaración de una zona como crítica, en la aprobación del Plan de Apoyo Operativo que corresponda, y en las reuniones del Grupo de Trabajo Interdepartamental. Asimismo, serán miembros de la Comisión Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas. participarán de los diferentes Planes de Protección Específico y de Apoyo Operativo, así como la propuesta al Ministerio del Interior de la declaración de una zona como crítica.

¿Qué competencias estatutariamente deberán tener reconocidas las Comunidades Autónomas para considerarse agentes?. para la protección de bienes y personas. para la protección de bienes y personas y el mantenimiento el orden público.

Órgano colegiado adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad. Competente para aprobar los diferentes Planes Estratégicos Sectoriales así como para designar a los operadores críticos, a propuesta del Grupo de Trabajo Interdepartamental para la Protección de Infraestructuras Críticas. Comisión Nacional Para las Infraestructuras Críticas. Grupo de trabajo interdepartamental para la Protección de Infraestructuras Críticas.

Le corresponderá, en todo caso, la elaboración de los diferentes Planes Estratégicos Sectoriales y la propuesta a la Comisión de la designación de los operadores críticos por cada uno de los sectores estratégicos definidos. Comisión Nacional Para las Infraestructuras Críticas. Grupo de trabajo interdepartamental para la Protección de Infraestructuras Críticas.

Los operadores considerados críticos deberán colaborar con las autoridades competentes del Sistema, con el fin de optimizar la protección de las infraestructuras críticas y de las infraestructuras críticas europeas por ellos gestionados. Con ese fin, deberán: Asesorar técnicamente al Ministerio del Interior, a través del CNPIC, en la valoración de las infraestructuras propias que se aporten al Catálogo, actualizando los datos disponibles con una periodicidad anual y, en todo caso, a requerimiento del citado Ministerio. Designar a un Delegado de Seguridad por cada una de sus infraestructuras consideradas Críticas o Críticas Europeas por el Ministerio del Interior, comunicando su designación a los órganos correspondientes. Designar a un Responsable de Seguridad y Enlace. Elaborar el Plan de Seguridad del Operador. Elaborar un Plan de Protección Específico por cada una de las infraestructuras consideradas como críticas en el Catálogo. Colaborar, en su caso, con el Grupo de Trabajo en la elaboración de los Planes Estratégicos Sectoriales y en la realización de los análisis de riesgos sobre los sectores estratégicos donde se encuentren incluidos. Constituir un Área de Seguridad del Operador, de la manera que reglamentariamente se determine.

Será requisito para la designación de los operadores críticos que. una de las infraestructuras que gestionen reúna la consideración de Infraestructura Crítica. al menos una de las infraestructuras que gestionen reúna la consideración de Infraestructura Crítica.

¿Dónde tendrán los operadores críticos el punto directo de interlocución con el Ministerio del Interior en lo relativo a sus responsabilidades, funciones y obligaciones? En el caso de que los operadores críticos del Sector Público estén vinculados o dependan de una Administración Pública, el órgano competente de ésta podrá erigirse, a través del CNPIC, en el interlocutor con el Ministerio del Interior. en el Centro Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas. en la Secretaria de Estado de Seguridad.

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