t.15
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Título del Test:
![]() t.15 Descripción: 96 de proc sixten jenero |



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1. Según el artículo 1 de la LO 1/1996, sus disposiciones son de aplicación: A) A todas las personas menores de dieciocho años de nacionalidad española, con independencia del lugar donde se encuentren. B) A todas las personas menores de dieciocho años que se encuentren en territorio español, sin excepción alguna. C) A las personas menores de dieciocho años que se encuentren en territorio español, salvo que, en virtud de la ley que les sea aplicable, hayan alcanzado anteriormente la mayoría de edad. D) A las personas menores de dieciocho años que residan legalmente en territorio español, salvo que hayan alcanzado anteriormente la mayoría de edad. 2. Según el artículo 2.1, el interés superior del menor primará sobre cualquier otro interés legítimo: A) En la aplicación de la ley y demás normas que le afecten y en las medidas que adopten las instituciones públicas o privadas, los Tribunales o los órganos legislativos. B) Solo en las medidas que adopten las administraciones públicas y los Tribunales, sin alcanzar al ámbito privado. C) Solo en los procedimientos judiciales y en los expedientes administrativos de protección de menores. D) En todas las actuaciones públicas, salvo en las de los órganos legislativos por razón de su potestad normativa. 3. Conforme al artículo 2.1, las limitaciones a la capacidad de obrar de los menores: A) Se interpretarán de forma extensiva cuando resulte necesario para garantizar su protección. B) Se interpretarán de forma restrictiva, salvo que concurra un interés legítimo de sus representantes legales. C) Se interpretarán de forma proporcional, primando los intereses familiares cuando concurran con los del menor. D) Se interpretarán de forma restrictiva y, en todo caso, siempre en el interés superior del menor. 4. ¿Cuál de las siguientes circunstancias constituye un criterio general del artículo 2.2 y no un elemento de ponderación del artículo 2.3?. A) El irreversible efecto del transcurso del tiempo en su desarrollo. B) La preservación de la identidad, cultura, religión, convicciones, orientación e identidad sexual o idioma del menor. C) La necesidad de estabilidad de las soluciones adoptadas para promover su integración y desarrollo. D) La preparación del tránsito a la edad adulta e independiente, de acuerdo con sus capacidades y circunstancias personales. 5. De acuerdo con el artículo 2.2.b), la consideración de los deseos, sentimientos y opiniones del menor implica: A) Su derecho a participar progresivamente, en función de su edad, madurez, desarrollo y evolución personal, en la determinación de su interés superior. B) Su derecho a participar en la determinación de su interés superior exclusivamente a partir de los doce años. C) Su derecho a participar progresivamente en función de su edad y madurez, sin valorar otros factores de desarrollo. D) Su derecho a decidir de forma vinculante sobre las medidas de protección cuando tenga madurez suficiente. 6. Según el artículo 2.2.c), en relación con el entorno familiar y las medidas de protección, señale la respuesta correcta: A) Se priorizará la permanencia en la familia de origen y, si se acuerda una medida de protección, el acogimiento residencial cuando ofrezca mayor estabilidad. B) Se priorizará la permanencia en la familia de origen y se preservarán las relaciones familiares, salvo que exista cualquier conflicto entre sus miembros. C) Se priorizará la permanencia en la familia de origen y el mantenimiento de las relaciones familiares cuando sea posible y positivo para el menor; si se acuerda una medida de protección, se priorizará el acogimiento familiar frente al residencial. D) Se priorizará el acogimiento familiar frente al residencial, debiendo acordarse el retorno a la familia de origen siempre que esta haya mejorado sus circunstancias. 7. Cuando un menor haya sido separado de su núcleo familiar, para valorar las posibilidades y conveniencia de su retorno (art. 2.2.c) se tendrá en cuenta: A) La evolución de la familia desde que se adoptó la medida, primando siempre el derecho de los progenitores a recuperar la convivencia. B) La evolución de la familia desde que se adoptó la medida, acordándose el retorno siempre que hayan desaparecido las causas iniciales de separación. C) La evolución de la familia desde que se adoptó la medida, priorizando el retorno cuando exista una mejora acreditada de las condiciones materiales. D) La evolución de la familia desde que se adoptó la medida, primando siempre el interés y las necesidades del menor sobre las de la familia. 8. Conforme al artículo 2.3, los criterios generales deberán ponderarse teniendo en cuenta, entre otros elementos: A) La edad y madurez del menor, la preservación de sus relaciones familiares y la protección de sus necesidades materiales y afectivas. B) La edad y madurez del menor, el irreversible efecto del transcurso del tiempo en su desarrollo y la preparación del tránsito a la edad adulta e independiente. C) La edad y madurez del menor, la protección de su identidad cultural y la satisfacción de sus necesidades educativas. D) La edad y madurez del menor, el mantenimiento de sus relaciones familiares y la preservación de su idioma y religión. 9. Entre las circunstancias de especial vulnerabilidad que cita expresamente el artículo 2.3.b), NO figura: A) La carencia de entorno familiar. B) La pertenencia a una minoría étnica. C) La condición de solicitante de asilo o protección subsidiaria. D) La situación de pobreza económica de su familia. 10. Según el último párrafo del artículo 2.3, los elementos generales de ponderación deberán valorarse: A) Conjuntamente, conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad, de forma que la medida no restrinja o limite más derechos que los que ampara. B) Individualmente, conforme al principio de proporcionalidad, de forma que prevalezca el elemento de mayor relevancia. C) Conjuntamente, conforme a los principios de necesidad y oportunidad, de forma que la medida no restrinja o limite más derechos que los que ampara. D) Conjuntamente, conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad, pudiendo restringir otros derechos cuando resulte conveniente para la intervención. 11. De acuerdo con el artículo 2.4, cuando concurran otros intereses legítimos junto al interés superior del menor: A) Prevalecerá automáticamente el interés superior del menor, sin necesidad de considerar los restantes intereses legítimos. B) Se priorizarán las medidas que respeten por igual todos los intereses concurrentes, aunque ello reduzca la protección del menor. C) Se priorizarán las medidas que, respondiendo al interés superior del menor, respeten también los otros intereses legítimos; si no es posible respetarlos todos, prevalecerá el interés superior del menor. D) Se priorizarán los intereses de los progenitores cuando estén relacionados con el mantenimiento de la unidad familiar. 12. Conforme al artículo 2.5.c), se presumirá que existe un conflicto de interés: A) Cuando la opinión de la persona menor de edad sea contraria a la medida que se adopte sobre ella y, además, esta suponga una restricción de sus derechos. B) Cuando la opinión de la persona menor de edad sea contraria a la de sus progenitores y exista oposición expresa del Ministerio Fiscal. C) Cuando la opinión de la persona menor de edad sea contraria a la medida que se adopte sobre ella, exclusivamente si tiene madurez suficiente. D) Cuando la opinión de la persona menor de edad sea contraria a la medida que se adopte sobre ella o esta suponga una restricción de sus derechos. 14. Si existe conflicto de interés o discrepancia entre el menor y sus progenitores, tutores o representantes legales, el artículo 2.5.c) prevé la participación en el proceso de: A) Un defensor judicial. B) El Ministerio Fiscal, en sustitución de los progenitores o representantes legales. C) La entidad pública de protección de menores. D) Un abogado designado por el turno de oficio. 15. Según el artículo 2.5.d), toda decisión adoptada en interés superior del menor deberá incluir en su motivación: A) Los criterios utilizados y las garantías procesales respetadas, sin necesidad de identificar los elementos de ponderación. B) Los criterios utilizados, los elementos aplicados al ponderar los criterios entre sí y con otros intereses presentes y futuros, y las garantías procesales respetadas. C) Los criterios utilizados y los elementos aplicados al ponderar los criterios entre sí y con otros intereses presentes, excluyendo los futuros. D) Los criterios utilizados y los elementos aplicados al ponderar los criterios entre sí y con otros intereses presentes y futuros, sin identificar las garantías procesales. 16. De acuerdo con el artículo 2.5.e), deberán existir recursos que permitan revisar una decisión adoptada: A) Exclusivamente cuando se acredite que el interés superior del menor no fue valorado como primordial al adoptarla. B) Únicamente cuando se produzca una modificación sustancial de la situación familiar o económica de la unidad familiar. C) Cuando no se haya considerado primordial el interés superior del menor o cuando su propio desarrollo o cambios significativos en las circunstancias que la motivaron hagan necesaria su revisión. D) Cuando lo soliciten los representantes legales, siempre que el menor muestre su conformidad con la revisión. |




