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T.2 Live is very heavy

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Título del Test:
T.2 Live is very heavy

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T.2 Live is very heavy

Fecha de Creación: 2026/10/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

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¿Qué magnitud económica del contrato NUNCA incluye el IVA?. El Presupuesto Base de Licitación. El Precio del Contrato. El Valor Estimado del Contrato. El importe de las penalidades.

Según el Art. 100.1 LCSP, el Presupuesto Base de Licitación constituye: Una estimación orientativa que puede superarse si se justifica. El techo máximo de gasto que la Administración puede autorizar para el contrato. Una cifra calculada tras la adjudicación. El importe mínimo que debe ofertar cualquier licitador.

¿Qué prohíbe expresamente la LCSP 9/2017 frente a legislaciones anteriores, según el Art. 100.2?. Fijar el PBL mediante cifras alzadas sin desagregar sus componentes económicos. Incluir el IVA en el presupuesto base. Aplicar fórmulas polinómicas de revisión de precios. Exigir garantía definitiva al adjudicatario.

¿Cuál es el porcentaje habitual del Beneficio Industrial sobre la suma de costes directos e indirectos?. 3%. 6%. 10%. 15%.

Según la doctrina del TACRC, ¿Qué ocurre con los pliegos que licitan a "coste cero" (sin beneficio industrial)?. Son válidos si el contratista lo acepta voluntariamente. Son anulados, porque los contratos públicos son de carácter oneroso (Art. 2 LCSP). Se permiten solo en contratos de obras. Se consideran una donación lícita a la Administración.

¿Qué consecuencia tiene la falta de desglose de los costes salariales conforme al convenio colectivo sectorial (Art. 100.2)?. Ninguna, es un requisito meramente informativo. La nulidad del pliego de condiciones. Una reducción automática del PBL. La obligación de aplicar directamente el salario mínimo interprofesional.

¿Para qué sirve principalmente el Valor Estimado del Contrato (VEC), según el tema?. Para fijar el precio final que pagará la Administración. Para determinar el régimen jurídico aplicable: sujeción a SARA, Recurso Especial, solvencia y publicidad. Para calcular exclusivamente la cuota de IVA. Para sustituir al Presupuesto Base de Licitación en todos los casos.

¿Qué componentes se suman para calcular el VEC conforme al Art. 101.2 LCSP?. Solo el importe inicial del contrato. Importe inicial, prórrogas, modificaciones previstas y opciones/primas. Únicamente el IVA y el beneficio industrial. Solo las penalidades previstas en el pliego.

Un contrato de servicios de un Ayuntamiento (Administración subcentral) tiene un VEC de 250.000 €. ¿Qué consecuencia tiene?. Ninguna, al ser un ente local nunca está sujeto a SARA. Está sujeto a Regulación Armonizada (SARA), al superar el umbral de 221.000 €. Solo se publica en el BOE, nunca en el DOUE. Se convierte automáticamente en contrato menor.

¿A partir de qué VEC procede el Recurso Especial en materia de contratación (REM) para servicios y suministros?. VEC > 15.000 €. VEC > 40.000 €. VEC > 100.000 €. VEC > 500.000 €.

¿Qué certificación exige la ley incluir en el expediente de contratación al justificar el VEC (Art. 99.2 LCSP)?. Certificación de existencia de crédito presupuestario. Certificación de no fraccionamiento del objeto del contrato. Certificación de clasificación empresarial del adjudicatario. Certificación del convenio colectivo aplicable.

Según el principio de riesgo y ventura del Art. 102 LCSP, ¿Cuándo puede revisarse el precio de un contrato?. Siempre que el contratista lo solicite motivadamente. Solo en los supuestos legalmente tasados y mediante fórmulas polinómicas aprobadas por el Consejo de Ministros. Automáticamente cada año conforme al IPC. Nunca, bajo ninguna circunstancia.

¿Cuáles son los dos requisitos temporales/materiales para que proceda la revisión de precios (Art. 103.2), además de estar prevista en el PCAP?. Haber ejecutado al menos el 20% del contrato y haber transcurrido 1 año desde la formalización. Haber ejecutado al menos el 50% del contrato y haber transcurrido 2 años. Haber ejecutado el 100% del contrato y haber transcurrido 6 meses. No existen requisitos adicionales, basta con que esté prevista en el PCAP.

¿Qué prohíbe taxativamente el Art. 103.2, párrafo 3º de la LCSP respecto a la revisión de precios?. Revisar el precio de los materiales de construcción. Revisar los costes salariales, los costes indirectos y el beneficio industrial. Aplicar cualquier fórmula polinómica aprobada por el Consejo de Ministros. Revisar precios en contratos de obras.

Según el Art. 198 LCSP, si la Administración supera los 60 días sin abonar una factura conforme, ¿Qué consecuencia se produce?. El contrato queda automáticamente resuelto. Se devengan intereses de demora automáticos. El contratista pierde el derecho a reclamar el pago. La factura debe volver a tramitarse desde cero en FACe.

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