t.36 Vehículos
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Título del Test:![]() t.36 Vehículos Descripción: .parte del 36 |




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Vehículos prioritarios: vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento o de asistencia sanitaria, en servicio urgente. además se considerará prioritarios aquellos vehículos con prioridad sobre los demás, aquellos servicios de urgencia, cuando se hallen en servicio de tal carácter, equipo de mantenimiento de las instalaciones y de las infraestructuras de la vía y los vehículos que acudan a realizar un servicio de auxilio en la carretera. ambas son correctas. Para que sea vehículo prioritario el mismo deberá. circular en servicio urgente y advertir su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa intermitente o giratoria de color azul y del aparato de señales acústicas especiales. DEBERÁN usar la señal luminosa cuando no entrañe peligro alguno para los demás usuarios. ambas correctas. Para que el personal externo al CNP haga uso de vehículos oficiales de la PN es necesaria una autorización del Director general de la policía, cuya expedición por delegación la efectúa... el Área de automoción de la PN. La dirección general de tráfico. el enunciado es incorrecto porque la autorización la dará directamente el área de automoción de la PN. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos ... II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento. II, y III, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento. Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario: dar media vuelta o marcha atrás,. circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén. o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de ésta. circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, haciéndolo por cualquier parte la de autopista o autovía siempre que no comprometan la seguridad de los otros usuarios de la vía. Cuando un vehículo de policía que manifiesta su presencia según lo dispuesto en el artículo 68.2 se sitúa detrás de cualquier otro vehículo y activa además un dispositivo de emisión de luz amarilla hacia adelante de forma intermitente o destellante, el conductor de éste deberá. detenerlo con las debidas precauciones en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior. En todo momento el conductor ajustará su comportamiento a las instrucciones que imparta el agente a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por aquél. aminorar la marcha y seguir en todo momento las instrucciones que imparta el agente a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por aquél. El brazo extendido y fijo del agente, significará. Que el conductor debe detener el vehículo. que la vía permanece cerrada. INDICACIONES DE LOS AGENTES. BANDERA ROJA. BANDERA AMARILLA. LUZ ROJA AMARILLA intermitente o destellante hacia delante. BANDERA VERDE. Brazo extendido hacia abajo inclinado y fijo. Vehículos NO PRIORITARIOS en servicio de URGENCIA advertir a los demás usuarios de la situación.. -usando avisador acústico en forma intermitente + conectando la luz de emergencia o agitando un pañuelo -y además no deberán cumplir todas las normas de trafico, y tendrán preferencia sobre las intersecciones cuando les cedan los demás usuarios. -usando avisador acústico en forma intermitente + conectando la luz de emergencia o agitando un pañuelo -y además deberán cumplir todas las normas de trafico, y tendrán preferencia sobre las intersecciones cuando les cedan los demás usuarios. Señal luminosa de vehículo prioritario en servicio urgente. V-1. V-3. Sobre V-1. podrá usarse simultáneamente junto con las señales acústicas especiales. deberá usarse simultáneamente junto con las señales acústicas especiales. V-1 Estará constituida por un dispositivo luminoso, con una o varias luces. de color azul, homologadas conforme al reglamento CEPE/ONU nº 65. de color amarillas, homologadas conforme al reglamento CEPE/ONU nº 65. ¿V-1 requiere de autorización?. SI la requiere para su INSTALACIÓN ante la jefatura provincial de tráfico, pero NO para su USO. NO la requiere para su INSTALACIÓN ante la jefatura provincial de tráfico, pero SI para su USO. V-1 deberá ser visible en todas las direcciones a una distancia mínima de. 50 metros. 150 metros. ¿Pueden los vehículos de policía utilizar con carácter voluntario un sistema auxiliar de fuentes luminosas?. Sí, por dos fuentes luminosas (intermitentes o estroboscópicas), de color azul, instaladas en el frontal del vehículo, a la altura de las luces de cruce, o por encima de ellas en el caso de las motocicletas. Sí, por dos fuentes luminosas (intermitentes o estroboscópicas), de color azul, instaladas en el frontal del vehículo, por encima de las luces de cruce, o a la altura de ellas en el caso de las motocicletas. ¿Los vehículos que no sean prioritarios podrán montar y utilizar V-1?. Sí, con la autorización para instalación pero no para su uso. No, esto queda prohibido. Señaliza a un vehículo de policía en su condición de no urgencia, constituida por una rotulación, en los costados del vehículo, que incorpora la denominación del cuerpo policial y su imagen corporativa. V-3 y la rotulación puede ser reflectante o no. V-2 y la rotulación puede ser reflectante o no. V-3 y la rotulación siempre será reflectante. Además de v-3 podrán llevar línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo, la cual debe ser.. En los vehículos con MMA MENOR o IGUAL a 3500kg de 7cm, y en los vehículos con MMA MAYOR a 3500 kg de 10 cm. En los vehículos con MMA MENOR a 3500kg de 7cm, y en los vehículos con MMA MAYOR o IGUAL a 3500 kg de 10 cm. v-7. indicará que un vehículo está matriculado en España al llevar la bandera europea y la sigla distintiva de España. Éste distintivo deberá estar situado en la placa de matrícula, o en otra separada. indicará que un vehículo no está matriculado en España al llevar la bandera europea y la sigla distintiva europea. Éste distintivo deberá estar situado en la placa de matrícula, o en otra separada. Distintivo V-26. Distintivo de uso compartido (vehículo compartido). Distintivo ambiental que se asigna a cada categoría de vehículo según su potencial contaminante. Distintivo V-25. Distintivo de uso compartido (vehículo compartido). Distintivo ambiental que se asigna a cada categoría de vehículo según su potencial contaminante. La Dirección General de Tráfico ha clasificado el parque de vehículos a través de criterios estrictamente ambientales, asignando a cada vehículo una categoría dentro de la escala ambiental creada. Se crearon cinco categorías de vehículos: 0 emisiones, ECO, C, B y A. y para las cuatro primeras se diseñó un distintivo ambiental, con la misma denominación que la categoría a la que pertenece, quedando la categoría A sin distintivo. 0 emisiones, ECO, C, B y A. y para las cuatro primeras se diseñó un distintivo ambiental, con la misma denominación que la categoría a la que pertenece, quedando la categoría B sin distintivo. Vehículos Pick-up. Se introduce en el Reglamento General de Vehículos, la definición de vehículos pick-up: vehículo cuya masa máxima ES superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único. Estos vehículos se caracterizan, en su gran mayoría, por tener la particularidad de que la parte destinada a la mercancía se encuentra separada de la cabina y normalmente a cielo abierto. Se introduce en el Reglamento General de Vehículos, la definición de vehículos pick-up: vehículo cuya masa máxima NO es superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único. Estos vehículos se caracterizan, en su gran mayoría, por tener la particularidad de que la parte destinada a la mercancía se encuentra separada de la cabina y normalmente a cielo abierto. Dispositivo luminoso vehículos inmovilizados en la vía: Se incluye en el anexo XI la posibilidad de colocar en el exterior del vehículo, cuando éste quede inmovilizado en la vía por accidente o avería, un dispositivo luminoso de color ---------------, de alimentación autónoma, alta visibilidad y que quede estable sobre una superficie plana. Este nuevo dispositivo luminoso se incluye como un elemento opcional, junto al ya existente triángulo de peligro, que sigue siendo obligatorio. amarillo auto. azul. Placa de matrícula trasera azul para taxis: La placa de la matrícula de los vehículos auto-taxis y los de arrendamiento con conductor de ----------- tendrán el fondo de la placa de la matrícula trasera de color azul con los caracteres en blanco. La placa de matrícula delantera seguirá siendo de color blanco y los caracteres, de color negro. hasta nueve plazas. más de nueve plazas. Según el manual de seguridad y salud para actividades genéricas del CNP, en un accidente de tráfico ¿a que distancia debe dejar el vehículo?. 15 metros del accidente. 25 metros del accidente. |